Un grupo de abogados de Chubut y la Asociación Argentina de Abogadxs Ambientalistas interpusieron un recurso federal contra el Estado Nacional, el Estado provincial e YPF SA para declarar la nulidad del acta-acuerdo entre el gobierno local y la empresa, así como la ley que la refrendó, por la que se liberó a YPF de toda responsabilidad por los daños ambientales cometidos en 120 años de explotación económica en la Cuenca del Golfo San Jorge. Hugo Ricardo Sastre, titular del Juzgado Federal 1 de Comodoro Rivadavia, se declaró incompetente para entender en el amparo ambiental colectivo, pero su decisión fue apelada al cierre de esta nota.
El gobierno de Ignacio Torres y su mayoría en la Legislatura le perdonó a YPF daños ambientales acumulados sin una estimación económica y técnica, evaluándose que solamente el sellado de los pozos abandonados rondaría entre 240 y 740 millones de dólares. En cambio, el gobierno local pactó una compensación de 25 millones de dólares que, además, no se sabe si es la misma suma ya comprometida hace un año por otro acuerdo con la misma empresa. Esa no es la única imprecisión. El acta menciona que perdona los daños por la actividad en seis áreas hidrocarburíferas, pero en el desarrollo del texto aparece una séptima, una off shore, cuyos daños resultarían una yapa.
El 26 de junio Torres firmó un acuerdo de perdón por el daño ambiental ocasionado para la explotación de seis áreas petroleras que cedió a terceros; el 2 de julio la Legislatura lo convalidó por mayoría y el gobernador la promulgó inmediatamente. El mayor daño se concentra en el ejido de Comodoro Rivadavia, donde ni el gobierno local ni la población fueron consultados en ningún momento. YPF inició en esta ciudad la explotación hidrocarburífera a principios de siglo XX, como empresa estatal, y continuó haciéndolo después de su privatización en diciembre de 1991, hasta que empezó a vender sus activos de la explotación convencional en 2024. La administración Torres pretende limpiar la retirada de YPF, asumiendo para el Estado provincial el costo de la remediación del pasivo centenario.
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Un escritor y docente de la ciudad, asentado en uno de los barrios más afectados por el daño acumulado, impulsó el amparo ambiental con el respaldo de un grupo de ocho abogados de Chubut, espacio que ya constituye un actor social y político valorado por el tipo de causas en las que se involucra y su rigor profesional. También promueve el amparo un equipo de la Asociación de Abogadxs Ambientalistas, organización creada en 2004 con intervención contra los desmontes en el norte del país, la megaminería y la infraestructura para los combustibles en el Golfo de San Matías (Río Negro), entre otros conflictos.
YPF es la principal empresa energética de la Argentina, clave en el desarrollo del fracking y en el diseño de la matriz del sector para esta etapa. Opera una cadena de petróleo y gas completamente integrada, con inserción en los minerales estratégicos.
Las irregularidades del pacto del perdón ambiental incluyen falta de medición del daño, falta de estimación económica, falta de consulta a los sectores directamente afectados, e imprecisiones en la identificación de los objetos del pacto, entre otras.
Nación ausente
El amparo presentado aporta documentación y análisis, que faltaron durante el debate legislativo, aunque desde hace década distintos actores de la sociedad de Comodoro Rivadavia lo discute, sufre y documenta. “Hay pozos inactivos o mal sellados dentro del ejido urbano, algunos ubicados en patios o debajo de casas, lo que limita el desarrollo edilicio seguro. Asimismo, tuberías enterradas y en desuso atraviesan sectores residenciales y de quintas, provocando hundimientos o filtraciones imprevistas. Muchas instalaciones antiguas no cumplen con las normativas actuales de distancia con respecto a las zonas pobladas. La convivencia forzada entre los espacios de extracción y los barrios periféricos expone a los vecinos a una mayor vulnerabilidad frente a emergencias ambientales”. Aun así, no se cumplió el requisito legal de consulta previa al municipio local y a su población. El intendente municipal pidió ser parte de las negociaciones con YPF, pero su petición fue desoída.
El acta-acuerdo Chubut-YPF no incluyó al Estado Nacional, una de las omisiones que destacó el amparo. Aseguró que “el Estado Nacional debe asumir la recomposición de la porción del pasivo ambiental anterior a 1991”, ya que al momento de la privatización asumió la responsabilidad por sus pasivos. Precisó dos situaciones vinculadas: “una, el 80% de los pozos localizados en el ejido de Comodoro Rivadavia son anteriores a esa fecha; dos, la norma impide acciones en contra de YPF S.A. por tales pasivos (...) Podría cuestionarse la validez de esta previsión, porque en los hechos YPF S.A. es continuadora de YPF S.E. más allá de cualquier artilugio argumental o legal”. Como sea, los amparistas afirman que subsiste la responsabilidad del Estado Nacional.
Además, la Nación debió “constatar la magnitud del pasivo ambiental por la que él mismo debe responder en su proporción. El abandono y sellado de pozos petroleros requiere la autorización previa de la autoridad de aplicación, la colocación de tapones de cemento para aislar formaciones y el saneamiento ambiental. Al Estado le corresponde ejercer el poder de policía minero y ambiental para auditar, sancionar y exigir el cumplimiento de estas obligaciones”.
Ciudad sacrificada
En Comodoro Rivadavia, en el ejido urbano de la ciudad más poblada de la provincia de Chubut, existen un total de 6.000 pozos, de los cuales 3.700 están inactivos, supurando a cielo abierto. Un relevamiento municipal detectó más de 150 pozos cuya ubicación exacta todavía no pudo determinarse, algunos bajo viviendas. La distinción entre pozo “inactivo” (reservorio potencialmente comunicado con superficie) y “abandonado” (sellado) deja una zona gris no resuelta por el acta-acuerdo impugnada. Además, en su costa marítima hay otros 560 de la explotación off shore, cuya integración al acta-acuerdo es uno de los puntos más oscuros que desmenuzan los amparistas.

“La auditoría de cierre fue elaborada por JMB SA ingeniería ambiental, consultora privada contratada por la propia YPF S.A., sobre datos suministrados por la operadora, sin relevamiento técnico independiente del Estado. Esto está en contravención al estándar de la Corte Interamericana según el cual el estudio ambiental debe ser realizado por una entidad independiente y técnicamente capaz bajo supervisión estatal”.
El amparo precisó que de las siete áreas ubicadas en la Cuenca del Golfo San Jorge, “Restinga Alí es la única área alcanzada por el acta con explotación costa afuera. El dato no es geográfico sino jurídico”. Las responsabilidades de custodia ambiental son diferentes en casos de la vida y recursos de aguas marítimas continentales. En el caso de la actividad off shore, “el daño ambiental afecta recursos hídricos subterráneos interjurisdiccionales, napas y acuíferos que se prolongan hacia la provincia de Santa Cruz y el litoral marítimo”.
Otra irregularidad presentó el punto de esa área off shore. La empresa informante de la totalidad de los 560 pozos ante la autoridad energética nacional no es YPF S.A. ni Petrominera Chubut S.E (estatal local), sino COPESA (Cía. Constructora Petrolera S.A.), sujeto que no integra el acuerdo ni compró activos a YPF. Así es que “el acta libera de responsabilidad sobre un área cuya cadena de operación y titularidad el propio instrumento no describe”. Ninguno de estos detalles fue expuesto en la Legislatura, probablemente porque el Ejecutivo lo ingresó sin los tiempos necesarios para un debate abierto y documentado.
“El abandono y la remediación en ambiente marino —cabezales sumergidos, líneas y ductos submarinos, estructuras de soporte— involucran una complejidad técnica y un costo por unidad muy superiores a los del abandono terrestre. La desproporción entre lo pactado y el costo real de recomposición, ya denunciada respecto del conjunto, alcanza aquí su expresión extrema: para esta área no se pactó nada. Finalmente, la degradación del ambiente marino no se detiene en el límite de las doce millas. Los recursos vivos existentes más allá de esa línea son de dominio y jurisdicción exclusivos de la Nación, lo que confiere al conflicto la dimensión interjurisdiccional”, precisó el amparo.
Como premio consuelo para Comodoro, el acta prevé un aporte por parte de la empresa de lotes, sobre los que no aportaron los correspondientes títulos de propiedad. Tal como apuntamos en su momento, el listado del anexo ni siquiera incluía la nomenclatura catastral correspondiente.
“La tierra pública aún en manos de la petrolera es uno de los pasivos ambientales y sociales que dejó YPF. Buena parte del asentamiento urbano del Km. 3, también conocido como Barrio General Mosconi, está en situación irregular en orden a la titularidad de las tierras. La falta de saneamiento ambiental a más de un siglo de explotación petrolera, el postergado sellado definitivo de los antiguos pozos, la contaminación de los pocos cauces de agua por la industria, la cantidad de edificios obsoletos en estado de abandono que ponen en riesgo la seguridad, son sólo algunas de las deudas más visibles”, enumeró el escrito. Jorge Spíndola, docente y amparista, vive en esos barrios, los que han padecidos desastres ambientales severos como inundaciones y derrumbes directamente vinculados con el papel que tuvo la empresa en el diseño de la ciudad.

Otro camino
Santa Cruz comparte la Cuenca del Golfo San Jorge, de donde YPF también se retiró de la explotación convencional para centrarse en Vaca Muerta. Pero el gobierno local alcanzó un acuerdo al parecer más beneficioso para su provincia. Obtuvo un resarcimiento integral de 335 millones de dólares junto con un plan de remediación obligatoria para 1.200 pozos. Existe un Programa de Saneamiento Ambiental, a cargo de YPF y supervisado por la Universidad de Buenos Aires (UBA), para tratar los pasivos ambientales en Santa Cruz, pero no se encuentra nada de esta información para YPF en Chubut.
Junto a Spíndola, promueven este amparo ambiental José Raúl Heredia, Alfredo Pérez Galimberti, Estrella Luz del Valle Gerez, Alejandro Fernández Vecino, Eduardo Gastón Acevedo, Verónica Heredia, Eduardo Raúl Hualpa y Marco Rojas Castro. Por la Asociación lo hacen Enrique Viale, María Gimena Viviani, Gonzalo Vergez y Lucas Daniel Micheloud.
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