Sarasa de la peligrosa

Así como es ilícito el armado de causas judiciales, lo mismo sucede con la realización de escuchas ilegales

 

El 10 de febrero de 2019, Joaquin Morales Solá escribió: "La Justicia determinó que la operación contra Stornelli salió de la cárcel donde están los ex funcionarios. Algunos presos kirchneristas son los autores intelectuales de la campaña mediática contra Stornelli". Así el editorialista comenzaba la difusión de la campaña de defensa del hoy procesado y sumariado fiscal Carlos Stornelli, que fue descubierto en una relación conspicua con señores que se dedicaban a la inteligencia ilegal, entre ellos Marcelo D’Alessio, con quien el fiscal Stornelli planeó plantarle cocaína al ex marido de su actual mujer. Si, así como leen.

A lo que refería Morales Sola con "la Justicia determinó" era a una serie de trascripciones de escuchas que de modo “anónimo” en el caso de Stornelli y no tan anónimo en el caso de Elisa Carrió, les fueron remitidas a ambos y que ellos presentaron en Tribunales como prueba del presunto complot. Las escuchas provenían del penal de Ezeiza, donde se alojaban muchos empresarios y ex funcionarios del kirchnerismo que entonces estaban en prisión preventiva.

Porque hay que decirlo con todas las letras: el macrismo y su mesa judicial no solo determinaron prisiones preventivas en completa violación al Código Procesal Penal –prisiones preventivas que por cierto firmaban los jueces, hay que decirlo— sino que a tal situación le añadían el berretín de acumular los detenidos en pabellones especiales del penal de Ezeiza donde podían escuchar sus charlas privadas, mediante un sofisticado sistema de interceptación de llamadas telefónicas –incluso las que los detenidos tenían con sus abogados— , sino además con un sistema de cámaras y micrófonos instalados en los pabellones para tales fines.

Respecto a dichas escuchas y sus transcripciones, lo único que determinó la Justicia es que las mismas son ilegales. La fiscal Cecilia Incardona, en un extraordinario trabajo de investigación, señaló que "por medio del Área de Asuntos Jurídicos de AFI procedieron a la escucha ilegal de conversaciones telefónicas mantenidas por las personas privadas de la libertad, alojadas en el IRIC que correlativamente incluyeron a sus abogados, familiares, allegados y organizaciones políticas y sociales con las que ellos se vinculaban. Para ello, se valieron del acceso al producido de intervenciones telefónicas de los teléfonos públicos de los pabellones del penal de Ezeiza, al que tenían acceso por una intervención en causas judiciales vinculadas a otro objeto procesal completamente ajeno a las personas que escucharon y a las que además por expresa orden judicial no debían escuchar".

"Asimismo —continúa—, mediante información distorsionada, desde la Dirección de Jurídicos a la que previamente se le había insertado potestad y personal para realizar escuchas que nunca había tenido, se instó y logró la ampliación de las intervenciones a más teléfonos públicos de otros pabellones, lo que multiplicó la escucha ilegal a quienes se encontraban en ellos. Al menos parte de la información así obtenida tuvo una efectiva utilización, al ser filtrada y tomar estado público".

Y añade la fiscal en directa relación a los que Morales Solá llama "la Justicia determinó": las trascripciones que presentaron Carrió y Stornelli en Tribunales "son la muestra cabal de que desde el área de Asuntos Jurídicos de la Agencia Federal de Inteligencia se practicaba la escucha telefónica ilegal de conversaciones de las personas alojadas en los pabellones IRIC antes mencionados, y que parte de las transcripciones de esas escuchas fueron filtradas a terceras personas, todo ello con finalidades que se encontraban manifiestamente por fuera del objeto procesal de la causa en la que las escuchas habían sido dispuestas y que a esta altura, vale recordar, se vinculaba con que una persona detenida en el penal, sin relación con estos temas, podría haber estado intentando hacerse de explosivos".

Cuando estalló el escandalo D’Alessio y se difundió su vinculación con Stornelli, el juez Claudio Bonadío requirió esas escuchas y la oficina de escuchas –que depende de la Corte Suprema— se las proporcionó. Curioso detalle es que es la propia orden del juez que había ordenado las escuchas señala que el organismo autorizado era la Direccion de Contrainteligencia. Pero resulta que no las tenía. Así que fue la DAJUDECO de la Corte Suprema quien se las proporciono a Bonadío… en el marco de la causa Cuadernos, en la que curiosamente Carlos Stornelli –quien buscaba esas transcripciones de escuchas para su propia defensa— era fiscal. Cosas vederes…

 

 

 

 

Hoy sabemos que era la Dirección de Jurídicos de la AFI de Mauricio Macri quien hacia las transcripciones y no la Dirección de Contrainteligencia, que era la oficina autorizada. También sabemos que en la Dirección de Jurídicos de la AFI escuchaban y transcribían todo y no solo que contaba con autorización judicial. Lo sabemos porque la AFI en esta nueva gestión se presentó ante el juez que investiga la causa de espionaje ilegal, donde se expresó que "a través del entonces Servicio Jurídico de la AGENCIA se requerían intervenciones telefónicas ante los magistrados a cargo de distintas investigaciones, luego, diligenciaban la autorización judicial pertinente ante la Dirección de Captación de Comunicaciones del Poder Judicial de la Nación (DAJUDECO), para finalmente recibir el material a través de un sistema de contenido de audios y transcripciones que funcionaba en un servidor ubicado en el Organismo".

"Dicho sistema implicaba una conexión de enlace tipo punto a punto que conectaba la DAJUDECO con la Agencia Federal de Inteligencia. A través de ese enlace, los audios eran enviados directamente al Organismo desde donde el Servicio Jurídico, en principio, procedía a la transcripción de las comunicaciones recibidas y luego se las derivaba al área que se encargaba de su análisis".

"En definitiva, la información obtenida mediante la interceptación telefónica impulsada por la AFI y efectivizada por la DAJUDECO era recibida prácticamente en tiempo real, toda vez que las ‘escuchas’ eran transferidas a más tardar al día siguiente de realizadas en un formato de archivo ‘zip’".

Y también Cristina Caamaño le hizo saber a juez Martínez Di Giorgi que “así se han podido contabilizar aproximadamente 105.000 escuchas guardadas, cuyo impulso, procesamiento y análisis realizaron diversos agentes durante la gestión anterior del organismo de acuerdo con el entramado que se viene describiendo en diversos procesos penales en curso".

A esto debe sumarse que el propio juez Martínez Di Giorgi  ya había señalado en esa causa  el hallazgo de más de 240 transcripciones de las conversaciones de abogados con sus defendidos.

Cuento esto porque el tema de estas escuchas ilegales lo venimos peleando con Alejandro Rúa desde el año 2019. Apenas aparecieron las primeras, las que contaba Joaquín Morales Solá en febrero, denunciamos su existencia y pedimos su destrucción. En aquella oportunidad contamos con el apoyo del Colegio Publico de Abogados de Capital Federal. Van casi tres años de pelea pidiendo lo mismo, que se busque a los culpables de haber realizado esas transcripciones ilegales de escuchas no autorizadas por ningún juez y que las mismas sean destruidas. Y que se implementen garantías de no reiteración. Hasta la fecha, el reclamo no ha sido escuchado por el Poder Judicial argentino.

Frente a esta sordera, Alejandro Rúa ha reiterado al Relator de Independencia de Magistrados y Abogados de Naciones Unidas que es necesario que intervenga, a los fines que el organismo reclame "la destrucción de los registros amparados por la confidencialidad de las consultas entre los abogados y sus defendidos, de conformidad con los Principios Básicos sobre la Función de los Abogados adoptados por las Naciones Unidas y en amparo de los derechos reconocidos en los instrumentos internacionales y locales que fueran ya reseñados; y de todas aquellos otros que se hayan obtenido sin legitimidad a propósito de las actividades de espionaje ilegal desplegada por las autoridades nacionales en las unidades carcelarias".

Y también que "se promueva y respalde la investigación de forma eficaz, rápida, completa e imparcial", para"la verificación de los hechos y la revelación pública y completa de la verdad" y "la aplicación de sanciones judiciales o administrativas a los responsables de las violaciones", entre otros aspectos de la "reparación adecuada, efectiva y rápida del daño sufrido" que se debe a las víctimas, de conformidad con los Principios y directrices básicos sobre el derecho de las víctimas de violaciones manifiestas de las normas internacionales de derechos humanos y de violaciones graves del derecho internacional humanitario".

Las siguientes garantías de no repetición y según los términos de esos mismos Principios y Directrices de la ONU, contribuirán a la prevención, en orden:

  1.  al “ejercicio de un control efectivo por las autoridades civiles sobre las fuerzas… de seguridad”, penitenciaras y de los servicios de la inteligencia;
  2. “la garantía de que todos los procedimientos civiles se ajustan a las normas internacionales relativas a las garantías procesales, la equidad y la imparcialidad”;
  3. “el fortalecimiento de la independencia del Poder Judicial”;
  4. “la protección de los profesionales del derecho… así como de los defensores de los derechos humanos”;
  5. “la educación, de modo prioritario y permanente, de todos los sectores de la sociedad respecto de los derechos humanos y del derecho internacional humanitario y la capacitación en esta materia de los funcionarios encargados de hacer cumplir la ley, así como de las fuerzas… de seguridad”, penitenciarias y de inteligencia; y
  6. “la promoción de la observancia de los códigos de conducta y de las normas éticas, en particular las normas internacionales, por los funcionarios públicos, inclusive el personal de las fuerzas de seguridad, los establecimientos penitenciarios, los medios de información…” y los servicios de la inteligencia.

Quiero señalar algo que me parece importante. Mientras nosotros discutimos, siguen circulando escuchas ilegales que hizo el macrismo. Y ese revoleo de escuchas se tiene que acabar. Por una sencilla razón: que existan escuchas ilegales viola los derechos humanos de todos. Que exista espionaje ilegal lo prohíbe la ley. Y si no se hace algo al respecto, puede venir otro gobierno y hacer lo mismo. Violar la ley. Y violar tus derechos, o los míos y los de cualquiera.

El estado de derecho no admite ciertas prácticas. Así como acaban de llamar a indagatoria a los que formaron parte de la reunión que conocemos como "la Gestapo de Vidal", porque el armado de causas judiciales es una actividad ilícita, lo mismo sucede con la realización de escuchas ilegales. Investigar a los responsables de haber llevado adelante esa actividad ilícita, sancionarlos, tomar las medidas preventivas para que no suceda más y finalmente hacer lo que corresponde: destruir toda escucha ilegal. El resto es sarasa pero una muy peligrosa, porque pone en riesgo los derechos de todos.

 

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