Derechos, no delitos

La mafia patronal y su enemigo eterno

 

En una nota del diario La Nación se postula un interrogante indicativo y una respuesta prefabricada: ¿Bloqueos o derecho a huelga? Y a continuación, con mendaz sesgo sorpresivo, presenta una alianza de abogados y abogadas laboralistas como una coalición “inédita”.

Todo apunta a suponer que la única liga de letrados permitida para el purismo relator es la del establishment, mancomunada para sostener sus aparatos en las universidades, los colegios de abogados y la mayor parte del Poder Judicial de nuestro país.

Es la terminal mediática de la mafia patronal y la dialéctica sincrónica que articulan para denostar, estigmatizar y fulminar a su enemigo perpetuo: el movimiento obrero organizado, las asociaciones sindicales y los derechos humanos laborales que defienden.

Al fin y al cabo es la causa y finalidad de los modelos económicos neoliberales y las dictaduras militares que tuvieron lugar en nuestro país: la distribución regresiva del ingreso, la pulverización del salario y la destrucción de derechos laborales necesaria para concretar ese objetivo, y así favorecer a los conglomerados económicos de ayer y de hoy, foráneos e internacionales.

La pregunta inscripta en el diario sobre bloqueos o delitos vino de la mano del conflicto gremial entre los trabajadores de Lácteos Vidal y los dueños de la firma, sostenido en el tiempo desde julio del corriente año.

Desde ya que ese conflicto, lejos de responder a un capricho artero de un grupo de trabajadores, es consecuencia del sistemático incumplimiento contractual de la patronal, y no de la supuesta tenacidad de generar una industria judicial laboral.

La empresa incumple derechos básicos de la relación jurídica laboral que la une a esos trabajadores, pero esa razón parece intrascendente para la Liga Patriótica actual, llamada Movimiento Empresarial Antibloqueo, una suerte de conglomerado patronal que lleva a cabo una caza de brujas a trabajadores y trabajadoras organizadas que ejercen acciones gremiales en resguardo de sus derechos.

Es una expresión casuística más de una matriz discursiva que encuentra ejemplos desde épocas preindustriales, pasando por las conquistas de las primeras leyes protectorias del trabajo, la consolidación del peronismo, la supresión de derechos y personas de la dictadura militar, el consenso de Washington, la década infame de los ‘90 y el macrismo en pleno.

Ese lenguaje demoniza y postula como enemigo eterno e interno a sindicatos, activistas gremiales, trabajadores y abogados laboralistas. Al igual que en otras referencias de representación política e institucional, es una forma de deshumanizar a quienes ejercen la representación gremial y sus asociaciones.

 

 

 

La falsa pregunta existencial del diario La Nación y su vieja costumbre de denostar al movimiento obrero.

 

 

La carencia de humanidad legitima y permite la negación de entidad, la destrucción de derechos y la violencia como instrumento de exterminio de ese enemigo.

La resignificación de los derechos la hacen las terminales de la derecha mediática, universitaria, política y judicial institucional, en su expresión más conspirativa, reaccionaria o moderada, pero siempre en representación de los intereses objetivos y corporativos del capital concentrado.

Volver a los clásicos y reafirmar la simpleza es un ejercicio saludable e insoslayable en tiempos de prédicas iracundas y desembozadas, articuladas por los medios que propagan esa estigmatización, la academia que valida el Estado de Derecho liberal de excepción (tal como mencionó Cristina Fernández de Kirchner en el alegato de la causa Vialidad) y la política que legitima esas proclamas.

Cualquier acción gremial destinada a remover los obstáculos para lograr el mejoramiento de las condiciones de vida y trabajo es un derecho humano fundamental. Como siempre recuerda Héctor Recalde, la Ley de Asociaciones Sindicales 23.551 contempla “demás medidas legítimas de acción sindical” en tanto integrativas de esa libertad sindical.

Es entonces la libertad sindical, hija de la libertad de asociación (artículo 14 de la Constitución Nacional) e instrumento de consecución de conquistas y expresión de conflictos, la que posibilita todos y cada uno de los derechos colectivos del trabajo: la negociación colectiva, el derecho a afiliarse, a ejercer medidas de acción directa, a suscribir convenios colectivos de trabajo y a conformar sindicatos, de un modo anárquicamente enumerado.

El artículo 14 bis de la Constitución Nacional, el Convenio 87 de la Organización Internacional del trabajo, la Ley 23.551 en toda su extensión, son el anclaje constitucional, convencional y legal de ese derecho humano fundamental.

En definitiva, a riesgo de caer en contradicciones insalvables para la lógica más primaria, lo que es un derecho no puede constituir un delito, a menos que abracemos las aporías.

Asistimos a un proceso de reformulación semántica performativo con impacto material en cuanto a las implicancias políticas. No se niega frontal y nominalmente la existencia de esos derechos colectivos del trabajo, como la huelga, sino que se despoja de sentido y reformula con otras acciones. Vale de ejemplo la falsa pregunta existencial del diario La Nación: no niegan el derecho de huelga, antes bien afirman que la acción gremial consistente en la suspensión colectiva y concertada de trabajo es un delito.

El conflicto gremial en la empresa Lácteos Vidal motivó la presentación por parte de esa “inédita” coalición de abogadxs de un amicus curiae, en el entendimiento de que somos las y los abogados laboralistas quienes de la mano del movimiento obrero tenemos la tarea de impedir la identificación de la libertad sindical y las medidas de acción directa con los delitos, en primer lugar, y la victimización del empresario incumplidor en segundo término.

La penalización de los derechos laborales importa retrotraer el derecho social más de un siglo y medio, estigmatizando las conquistas de derechos sociales, económicos y culturales, pulverizando el Estado Social de Derecho y destruyendo el principio de justicia social como rector y ordenador de las relaciones productivas de trabajo.

Que la batalla cultural no prescinda del derecho, un territorio que la derecha hace tiempo decidió cooptar.

 

 

 

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