Desde que asumió, el gobierno de Javier Milei ha definido su orientación internacional en torno a un eje prioritario: el vínculo con la administración Trump. Ese alineamiento no se limita a los foros multilaterales ni a la retórica presidencial. Se traduce en decisiones concretas de política económica. Entre ellas, el acuerdo de comercio e inversiones firmado con Estados Unidos en febrero de 2026 (que internacionaliza el Régimen de Incentivos para las Grandes Inversiones —RIGI— y expone al país a una nueva generación de demandas arbitrales) y ahora el Súper RIGI, cuya tramitación parlamentaria coincide con la visita de Peter Thiel, cofundador de PayPal y presidente de Palantir, y con el anuncio del proyecto Stargate Argentina: una carta de intención firmada entre OpenAI y la empresa Sur Energy para instalar un data center en la Patagonia.
La convergencia no es casual. El gobierno convirtió la atracción de inversiones tecnológicas norteamericanas en uno de los pilares de su estrategia de desarrollo. En ese marco se ubica el Súper RIGI, que con 130 votos a favor obtuvo el pasado miércoles la media sanción de la Cámara de Diputados. Ahora que el proyecto se encamina a ser tratado en el Senado, existen razones fundadas para sostener que el debate parlamentario debió ser más detenido: el Súper RIGI puede leerse como una reforma constitucional encubierta.
¿Qué es el Súper RIGI?
El Súper RIGI crea un régimen de incentivos fiscales, aduaneros y cambiarios para proyectos de inversión superiores a 1.000 millones de dólares destinados a "nuevas actividades económicas", definidas como aquellas que no se desarrollan en el país o cuyo grado de desarrollo es experimental o piloto. El proyecto pone la definición de esas actividades en manos del Poder Ejecutivo. Los incentivos que propone el Súper RIGI son significativos: impuesto a las ganancias al 15% (frente al régimen general del 35%), contribuciones patronales al 10%, exención de derechos de exportación desde el día uno, exención de derechos de importación para todos los bienes vinculados al proyecto, libre disponibilidad cambiaria progresiva hasta el 100% al tercer año y estabilidad normativa en materia tributaria, aduanera, cambiaria y de seguridad social por tres décadas desde la adhesión.
La relevancia del Súper RIGI se lee también a la luz de las declaraciones hechas hace pocas semanas por Milei en las que reforzaba su “compromiso de mantener la IA sin regulación prematura y mal entendida”; y también por lo declarado por el ministro de Desregulación en Davos: “Lo que queremos en la Argentina es asegurarnos y dar el mensaje de que no queremos regular la IA”.
La expectativa de que las empresas estadounidenses del complejo tecnológico-militar lleguen al país con grandes inversiones estructura el mensaje del Poder Ejecutivo al Congreso, que sostiene que este tipo de inversiones tendría un "impacto transformador en la estructura productiva nacional", con el objetivo declarado de promover el desarrollo económico, incrementar las exportaciones, favorecer el empleo y fomentar cadenas de producción locales. El problema es que el articulado del Súper RIGI no garantiza ninguna de esas cosas. Pero sí garantiza, con precisión técnica y alcance jurídico considerable, otras.
Autonomías provinciales, límites del Estado y arbitraje internacional
El Súper RIGI no solo opera sobre los incentivos a la inversión: reconfigura la relación fiscal y política entre la Nación, las provincias y los municipios. El artículo 74 reduce la capacidad recaudatoria del Estado nacional y estresa el sistema previsional; el artículo 113, además, limita lo que las provincias pueden cobrar a los VPU (vehículo de proyecto único) adheridos. Durante la votación, el oficialismo aceptó una modificación que profundiza ese límite: además de prohibir nuevas regalías y cánones, impide a las provincias y municipios aumentar los ya vigentes al momento de la adhesión. El diputado Germán Martínez pidió votación nominal para ese capítulo, advirtiendo que afecta directamente a las provincias; fue aprobado por 131 votos a favor. El resultado es un régimen donde las jurisdicciones subnacionales resignan capacidad fiscal exactamente en los proyectos de mayor escala que se instalen en su territorio. No se trata sólo de la limitación de las autonomías provinciales: el régimen también compromete la capacidad regulatoria nacional al ofrecer 30 años de estabilidad en sectores donde el impacto energético, hídrico y laboral es prácticamente imposible de anticipar. Tampoco se prioriza la participación de proveedores locales. Respecto de este último punto, el proyecto incorporó una cuota mínima del 20%, sin penalidades previstas en caso de incumplimiento, que además aplica "siempre y cuando la oferta de proveedores locales se encuentre disponible y en condiciones de mercado en cuanto a precio y calidad". Si la empresa acredita precios más bajos de proveedores extranjeros, la importación de esos insumos queda automáticamente habilitada por encima de la oferta nacional o local.
El nudo jurídico más delicado es el arbitraje. El artículo 109 establece que las controversias entre el Estado y los inversores pueden someterse a arbitraje internacional a elección del inversor, bajo los reglamentos de la Corte Permanente de Arbitraje, la Cámara de Comercio Internacional o el CIADI, con sede fuera del territorio argentino. El artículo 103 elimina el requisito de agotamiento previo de la instancia administrativa. A su vez, el artículo 110 considera los derechos e incentivos otorgados al inversor como "inversiones protegidas" en los términos de los tratados bilaterales de inversión. En el caso de Provincias y Municipios, el proyecto limita las acciones y reclamos que estos pueden ejercer, despojándolos de la posibilidad de reclamos o ejecución de deuda ya que el proyecto exige una sentencia firme y con cosa juzgada antes de poder ejercer acciones. El resultado es una seguridad jurídica unidireccional: protege al inversor frente al Estado, pero no protege al Estado ni a la ciudadanía frente al inversor.
Esto implica que cualquier decisión futura del Estado que modifique las condiciones del régimen (una regulación ambiental, una norma laboral, una política energética) puede activar una demanda arbitral. Argentina acumuló decenas de demandas bajo el sistema de arbitraje, siendo durante años el país más demandado del mundo en ese mecanismo. La mayoría de esas causas derivaron de las medidas de emergencia adoptadas tras la crisis de 2001. El proyecto en debate reproduce, en términos estructurales, las mismas condiciones que generó aquella exposición.
Lo que los data centers generan y lo que no
Asumiendo por un momento que el marco jurídico anterior fuera aceptable, vale preguntarse: ¿son los data centers el motor de desarrollo que el gobierno promete?
La evidencia sugiere cautela. Chile tiene 33 centros de datos en funcionamiento, otros 34 en trámite y una capacidad instalada que se multiplicó por cinco en una década. Los números de inversión son efectivamente grandes. Los de empleo, no. En 2025, Rest of World analizó 17 data centers: el total de empleos directos a tiempo completo generados por esos proyectos fue de 1.547, muy lejos de los 81.000 proyectados por el Plan Nacional de Data Centers chileno. Algunos centros operan con 90 empleados, otros con menos de 20, y los propios trabajadores señalan que la mayoría de esos puestos son de seguridad o limpieza. La realidad es que, una vez construidos los galpones donde se instalan, los data centers casi no demandan trabajo humano. El consumo de bienes comunes naturales es, en cambio, considerable. En Chile, organizaciones ambientales y comunitarias denunciaron que un proyecto de Google en Cerrillos pretendía extraer 169 litros de agua por segundo, equivalentes al consumo de 18.000 hogares. La presión judicial y comunitaria, sostenida durante cuatro años, logró que la empresa eliminara el uso de agua del diseño final. En Estados Unidos, el centro de datos de Google en Iowa consumió alrededor de 3.800 millones de litros de agua durante el año 2024. La Agencia Internacional de Energía proyecta que el consumo eléctrico global de data centers superará los 800 TWh anuales para 2028, equiparable al consumo anual de Alemania.

En un país con regiones desérticas y semidesérticas, con estrés hídrico severo, el Súper RIGI no establece condiciones vinculantes sobre el uso de agua y energía: la palabra "carbono" no aparece en sus 116 artículos, y "agua", "energía" y "ambiental" sólo figuran en un único inciso, que exige al VPU presentar una declaración jurada respaldada por un estudio técnico (contratado y pagado por la propia empresa) sobre el impacto en su zona de influencia. El artículo 73, en cambio, sí garantiza la "operación continuada sin interrupciones" como derecho del inversor. El Ejecutivo afirmó en Diputados que ninguna inversión llegaría sin generar su propia energía, pero esa exigencia no está en el proyecto: el diputado Maximiliano Ferraro propuso un "Plan de abastecimiento energético sostenible" que obligaba a detallar la demanda proyectada, la participación de renovables y una garantía de que el proyecto no afectaría el suministro local. Benegas Lynch, miembro informante del dictamen, lo rechazó sin más argumento que 'no se aceptan modificaciones'. El capítulo se aprobó por 131 votos contra 107, uno más que la votación general.
El contraste con otros países que están regulando este sector es ilustrativo. Irlanda, cuando los data centers alcanzaron el 22% del consumo eléctrico de Dublín, impuso una moratoria de facto sobre nuevas conexiones. Al levantarla, exigió que cada nuevo centro de datos instale capacidad propia de generación equivalente al 100% de su demanda y cumpla una obligación del 80% de energía renovable. Brasil, que otorga beneficios sectoriales por cinco años y no por 30, además los condiciona a la provisión de energía 100% renovable y a la inversión del 2% en I+D universitario. El Súper RIGI no establece ninguna de esas condiciones.
A eso se añade una paradoja de política pública difícil de soslayar. El mismo ciclo presupuestario que crea el Súper RIGI recortó el financiamiento de ciencia y tecnología al mínimo histórico desde 2002: el CONICET recibió un 41% menos de fondos en valores constantes y la Agencia I+D+i un 67% menos. Un régimen que busca atraer industrias de frontera no puede prescindir del sistema que forma los recursos humanos que esas industrias demandarán. Lo único que necesita un data center para instalarse es energía, agua y tierra barata para reducir costos. Si eso es lo que la Argentina ofrece, la pregunta sobre qué queda para el país merece una respuesta más elaborada que las que el debate parlamentario encabezado por el oficialismo ha producido hasta ahora.
Una decisión con consecuencias de largo plazo
Organizaciones de la sociedad civil advirtieron sobre una masiva renuncia fiscal y beneficios impositivos excepcionales que podrían tener impactos en los ecosistemas y la biodiversidad de zonas cordilleranas que ya sufren estrés hídrico. Más de veinte organizaciones (entre ellas Amnistía Internacional Argentina, Greenpeace, FARN, Asociación de Abogados Ambientalistas, Géneras y el Transnational Institute) suscribieron un documento conjunto señalando que las decisiones que tome el Congreso en las próximas semanas tendrán efectos sobre quién controla qué infraestructura tecnológica, con qué condiciones y con qué capacidad de revisión democrática, durante las próximas tres décadas.
El Súper RIGI no llega solo. El mismo Congreso que lo debate tiene sobre la mesa una reforma a la Ley de Sociedades que crearía la figura de "sociedades automatizadas": empresas con personería jurídica plena, operadas por sistemas de inteligencia artificial, sin necesidad de responsables humanos para su funcionamiento ordinario. Ninguna de las dos leyes nombra a la otra. Pero leídas juntas configuran una secuencia: primero se construye el caparazón (treinta años de estabilidad normativa, arbitraje internacional, garantía de operación continuada) y después se habilita el inquilino que podrá ocuparlo sin que nadie identificable responda por sus daños. Organizaciones internacionales ya tienen un nombre para esa combinación: impunidad artificial. El Senado, que constitucionalmente representa a las provincias, debe decidir ahora si convalida la entrega de las pocas herramientas que les quedan frente al capital transnacional. Todavía puede decidir no construir el refugio legal de una tecnología cuyas reglas de juego ni siquiera empezó a discutir.
*Luciana Ghiotto es investigadora del Conicet con sede en el Instituto de Investigaciones Políticas de la Universidad Nacional de San Martín. Profesora de economía política internacional en la UNSAM, investigadora adjunta del Transnational Institute y miembro del Observatorio del RIGI.
**Micaela Sánchez Malcolm es presidenta de la ONG Géneras, docente e investigadora en la Carrera Ciencias de la Comunicación de la Facultad de Ciencias Sociales (UBA). Se desempeñó como Secretaria de Innovación Pública de la Nación entre 2019 y 2023.
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