La solución Irak para la deuda venezolana

Las reestructuraciones de deuda pública son una necesidad ineludible

 

Las reestructuraciones de deuda pública son una necesidad ineludible para el país que padece la crisis, un trago amargo para los inversores genuinos, una oportunidad soñada para los especuladores inescrupulosos y un desafío profesional, tan estimulante como redituable, para los abogados que las diseñan, negocian y documentan.

En el caso de Venezuela, la magnitud y complejidad de su deuda soberana potencian necesidades, amarguras, oportunidades y desafíos. Se estima que todas las deudas del gobierno y de la empresa petrolera estatal Petróleos de Venezuela S.A. (PDVSA) suman una cifra equivalente a 140.000 millones de dólares, de los cuales aproximadamente U$S 65.000 millones son bonos que cotizan en los mercados, U$S 40.000 millones son préstamos de otros países (principalmente China y Rusia) y el resto combina una miscelánea de créditos comerciales, juicios arbitrales y reclamos varios.

A fines de 2017, el gobierno de Nicolás Maduro suspendió los pagos de casi todos los bonos denominados en moneda extranjera, excepto los que están garantizados con prendas sobre las acciones de la empresa refinadora estadounidense Citgo, propiedad de PDVSA. Es una medida que quizás debió tomar antes para asegurarse un nivel más alto de reservas con el que enfrentar la crisis económica, ahora agravada por el bloqueo comercial. Los créditos bilaterales se siguen pagando pero se abonan en especie con embarques de petróleo crudo en lugar de dólares.

Por el momento, las sanciones impuestas por el Presidente de Estados Unidos Donald Trump bloquean cualquier alternativa de renegociación de la deuda porque le prohiben a las empresas y ciudadanos estadounidenses comerciar con el gobierno venezolano y con PDVSA. Pero esas restricciones se derogarían de inmediato si las medidas de Trump consiguieran su propósito declarado de forzar la caída del que llama el “régimen ilegítimo de Maduro” para reemplazarlo con un gobierno presidido por el titular de la Asamblea Nacional, Juan Guaidó. No obstante, desde que Guaidó se autoproclamó Presidente “encargado”, la cotización de los bonos venezolanos defaulteados subió unos seis puntos hasta alcanzar el 34% de su valor nominal pero todavía sigue lejos del 50% que llegaron a costar durante el apogeo de las protestas opositoras en 2017. Tres razones explican la prudencia de los grandes jugadores cuyas chequeras podrían impulsar con más vehemencia el precio de los bonos: la falta de liquidez del mercado secundario por la exclusión de los inversores estadounidenses, la demora inquietante del desenlace deseado que les recuerda desencantos anteriores y el miedo de que sus ganancias se sacrifiquen en el altar de las ambiciones geopolíticas del ala dura del gobierno de Trump. El conflicto de intereses que subyace el tercer motivo merece una explicación más detallada.

Los papers con sugerencias de estrategias para reestructurar la deuda soberana venezolana que ya circulan entre los especialistas habilitan dos conclusiones. La nueva cláusula incluida a partir de 2003 en los bonos soberanos de casi todos los países, que fue promocionada por la industria financiera como una solución contractual al hostigamiento de los fondos buitre porque permite modificar sus términos comerciales con el consentimiento de una mayoría calificada de los bonistas, no es eficaz para reestructurar configuraciones complejas de deuda como la venezolana. Pero esas falencias contractuales podrían soslayarse si Trump recurre a las mismas normas de emergencia que le permitieron sancionar al gobierno de Maduro para suspender todas las demandas contra Venezuela y PDVSA en los tribunales de Estados Unidos mientras Guaidó negocia con los acreedores. Que los antecesores de Trump en el cargo no hayan utilizado esas facultades extrardinarias para ayudar al gobierno de Cristina Kirchner a resistir los embates de Paul Singer y su pandilla no es más que la excepción que confirma la regla.

Durante el litigio de los fondos buitre contra nuestro país, la International Capital Markets Association (ICMA), cuyos socios incluyen a todos los protagonistas relevantes de los mercados internacionales de deuda, postuló que el caso argentino era inusual porque aspectos clave de los bonos defaulteados en 2001, como el capital adeudado, la tasa de interés y la fecha de vencimiento, sólo podían modificarse con la aprobación unánime de todos los bonistas. Para la ICMA, esa exigencia contractual era la única vulnerabilidad que le había permitido a los fondos buitre desplegar su estrategia de hostigamiento. Si bien ya nada podía hacerse por la Argentina, neutralizar la amenaza sólo requería cambiar los futuros contratos para que los términos comerciales de los bonos pudieran alterarse con efecto efecto vinculante para todos los bonistas mediante el voto favorable del 75% de cada emisión.

El gobierno de Estados Unidos y el staff del Fondo Monetario Internacional respaldaron esa propuesta acotada de la ICMA, en lugar de un tratado que hubiese replicado a nivel internacional las leyes domésticas de quiebra y restablecido el equilibrio indispensable para negociar soluciones justas y sustentables de las crisis de deuda soberanas. La consecuencia de esa decisión es que cualquier acreedor disidente podría boicotear los intentos de reestructurar la deuda venezolana que, con el auspicio de la administración Trump, ensayara un hipotético gobierno de Guaidó porque virtualmente todos los bonos de Venezuela y PDVSA están regidos por las leyes de Nueva York y sometidos a la jurisdicción de sus tribunales, pero ninguno de los de PDVSA contiene las cláusulas sugeridas por la ICMA. Y por supuesto tampoco las contemplan los créditos comerciales ni los bilaterales. Con el agravante de que Venezuela y PDVSA, a diferencia de otros países, poseen valiosos bienes y flujos de fondos embargables en los Estados Unidos porque la mayor parte de sus ingresos en moneda extranjera proviene de sus exportaciones de petróleo a ese país.

Si Trump y sus cómplices regionales consiguieran derrocar a Maduro y desearan inmunizar a su ahijado político Guaidó contra esas amenazas, la Ley de Facultades Económicas para Emergencias Internacionales de los Estados Unidos les brindaría el instrumento más potente para lograrlo. Desde que el congreso la sancionó en 1976, los Presidentes estadounidenses han ejercido  59 veces los poderes extraordinarios que les concede, en general para aplicar sanciones financieras a gobiernos y gobernantes que consideraban enemigos. La más reciente ocurrió el viernes 15 cuando Trump los usó para transferir a la construcción del muro en la frontera con México fondos asignados por el congreso a otros ítems del presupuesto. Pero entre 2003 y 2014, dos Presidentes de partidos distintos, George W. Bush y Barack Obama, los utilizaron después de la caída de Saddam Hussein para frenar juicios de los acreedores de Irak en los tribunales estadounidenses.

La Orden Ejecutiva 13303, dictada por Bush en 2003 y renovada anualmente por él y por Obama hasta 2014, declaró que el riesgo de embargos de las exportaciones de petróleo de Irak por juicios originados en deudas contraidas por el gobierno de Hussein constituían una “amenaza inusual y extraordinaria a la seguridad nacional y la política exterior de los Estados Unidos”, y prohibió que los tribunales estadounidenses los dispusieran. Simultáneamente, el Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas aprobó mediante un voto unánime, y por lo tanto obligatorio para todos los países miembro, una medida similar que mantuvo vigencia hasta 2011 (Resolución 1483). Esa protección extraordinaria le permitió al gobierno de Irak, ejercido hasta junio de 2004 por una coalición liderada por Estados Unidos, reestructurar el 96% de su deuda externa con acreedores comerciales de 50 países a pesar de infligirle a sus créditos una quita del 89%.

La previsible oposición de China y Rusia, miembros permanentes del Consejo de Seguridad con poder de veto, bloquearía una propuesta de los Estados Unidos para que las Naciones Unidas adoptaran una resolución similar en beneficio de un eventual gobierno de Guaidó, pero no podría impedir que Trump dictara una orden como la promulgada por Bush para Irak. ¿Es verosímil que Trump resuelva perjudicar los intereses financieros de grandes bancos y fondos de inversión estadounidenses para facilitar la reestructuración de la deuda venezolana? La pregunta correcta es otra: ¿qué están dispuestos a hacer los halcones republicanos que manejan la política exterior de la Casa Blanca en América Latina, John Bolton y Elliott Abrams, y los grupos económicos que los respaldan, para asegurarse el control de la mayor reserva de petróleo del mundo?

 

 

 

 

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