Feliz cumple sí, Ni una menos no

Activistas feministas detenidas por pintar el asfalto

 

“Si decía Feliz cumpleaños no pasaba nada”, le dijo un oficial de policía de González Chaves a una de las activistas que acababan de pintar Ni una menos sobre el asfalto de una calle céntrica de ese pueblo del sur de la provincia de Buenos Aires. El 14 de enero cinco feministas, dos de ellas menores, activistas de la Colectiva Feminista de Gonzáles Chaves, fueron abordadas por una decena de oficiales, detenidas y acusadas de cometer una infracción. En el momento de la detención, las jóvenes reclamaron que estaban difundiendo una campaña nacional contra las violencias machistas y que estaban ejerciendo un derecho amparado en jurisprudencia internacional. El comisario Oscar Arista respondió: “Ustedes siempre están victimizándose” y las mandó a la comisaría.

 

Un Comisario que cree que las mujeres se victimizan.

 

Las tres mayores de edad esperaron cinco horas en la dependencia policial. El comisario y uno de los oficiales, Gonzalo Milesi, además de burlarse de las feministas, las hicieron firmar un acta que daba cuenta del inicio de un procedimiento por el cual las militantes estaban siendo procesadas por infracción al Código de Faltas provincial, específicamente del artículo que veda fijar carteles o escribir leyendas en monumentos y edificios. La orden de inicio de las actuaciones fue dada por la Jueza de Paz Letrada del partido de Adolfo Gonzáles Cháves, María Silvina Giancaterino. Esta magistrada, que ordenó el procesamiento, también está llamada a dictar sentencia.

En la declaración indagatoria del 18 de febrero de una de las activistas quedó plasmada la selectividad con la que actuó la policía local. En la localidad de Chaves, que no alcanza lxs 10.000 habitantes, es costumbre hacer pintadas en el asfalto de las calles céntricas, rodeando a la plaza, especialmente en las ochavas. Ahí se escribe para felicitar a una quinceañera, ensalzar un logro deportivo o comunicar campañas de interés público, como podría ser Ni Una Menos.  

 

Se hacen diversos tipos de pintadas. ¿Qué tiene de malo la pintada feminista?

 

Las jóvenes activistas de Chaves participan de un colectivo muy dinámico, que hace eco a nivel local de las consignas del feminismo nacional y regional. Esa noche del 18 de enero, como tantas otras, pintaron Ni una menos, Basta de matarnos y Amiga, llegué, ¿Amiga, llegaste? en el concreto de cada ochava que rodea a la plaza principal. Las últimas dos consignas nacieron de la coordinación de estrategias para protegerse por parte de niñas, adolescentes y jóvenes. Aluden a los mensajes por WhatsApp que suelen mandarse las jóvenes cuando se mueven solas por las ciudades.

 

 

Pintaron ¿Amiga, llegaste? y esa noche no llegaron a sus casas. La criminalización de la protesta social es una de las líneas de acción de la política de seguridad que recorre el país de punta a punta. Y la persecución a feministas que manifiestan sus posiciones en la vía pública tiene varios antecedentes en la historia reciente. Hace dos años, el 7 de marzo de 2016, un grupo de mujeres y lesbianas también pintaban en la noche porteña consignas de difusión del Paro internacional feminista del 8 de marzo, cuando un grupo de antiderechos llamó a la policía para alertar sobre los supuestos hechos vandálicos. Las seis chicas fueron procesadas. Al día siguiente, minutos después de la marcha del 8M, 20 personas fueron detenidas arbitrariamente por deambular cerca de la Plaza de Mayo y parecer feministas. Una situación similar vivieron el 3 de diciembre pasado activistas de La Revuelta, de la ciudad del Neuquén, cuando fueron detenidas por la policía mientras realizaban pintadas contra los fallos que liberaron a los femicidas de Lucía Pérez.

 

 

 

“Varias jóvenes, identificadas con la colectividad feminista”, dice el escrito policial, “estaban pintando con acrílico”. Según la declaración de una de las jóvenes pertenecientes al credo feminista, mientras ellas realizaban la pintada pasaron por el lugar varios policías en patrulla, el policía que cuida la plaza, inspectores de tránsito y otras personas que las saludaron, o incluso preguntaron qué pintaban. Pero cuando se movían de una a otra esquina para dejar asentado el último mensaje aparecieron tres patrulleros (ellas eran cinco); las increparon entre ocho y diez agentes. Según la indagatoria, uno de los agentes les habría dicho que “lo que estaba mal era el contenido de lo que estábamos pintando, porque podía haber gente que no estuviera de acuerdo, que si estuviéramos pintando “feliz cumpleaños” estaba todo bien, pero como estamos pintando Ni una menos, Paren de matarnos, ¿amiga, llegaste?, y amiga, llegué (...)”.

 

Lo que estaba mal era el contenido.

 

Guillermo Torremare, integrante de la Mesa Nacional de la Asamblea Permanente por los Derechos Humanos, es el abogado defensor de las feministas. Consultado acerca de si cree que hay ensañamiento particular por tratarse de pintadas alusivas a consignas del feminismo, responde que sí y que “no sancionan las pintadas en el asfalto por otros temas (cumpleaños de 15, festejos de fútbol, etc.)”. La defensa presentada por Torremare se centra en el pedido de recusación de la Jueza interviniente y en el pedido de sobreseimiento.

Según el escrito, el artículo (artículo 58 del Decreto Ley 8031/73) que señala la infracción está en desuso y ”las campañas políticas que se reiteran cada dos años son el mejor ejemplo de ello”. Además de las campañas políticas, las pintadas sobre el asfalto o en cualquier superficie de la vía pública son utilizadas por otros actores sociales para difundir los más variados temas y “jamás ha merecido reproche alguno. Si no hay reproche para esos temas y lo hay para la campaña que desarrollábamos nosotros, se configura una clarísima discriminación, lo que es severamente vedado por el orden jurídico”. Otro de los elementos señalados para solicitar el sobreseimiento es que la normativa citada no menciona al asfalto, se refiere a “edificios, monumentos, paredes, cercos”, pero no al asfalto: “Conducta no encuadra en el tipo legal descripto por el artículo”.

 

 

Por otro lado, la defensa plantea que “tal conducta no solo debería estar exenta de reproche legal alguno sino que debería ser objeto de las políticas públicas por mandato de la Convención Sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación Contra la Mujer (leerla toda pero ver especialmente sus artículos 2 y 5), la ley 26.485 de Protección Integral de la Mujer (artículos 2, incs. c y e), 9 inc. q) y concdts.)”.

Muchxs vecinxs del pueblo se solidarizaron con las procesadas y pintaron las calles del frente de sus viviendas con las consignas levantadas por la Colectiva Feminista. Resta esperar que la jueza se expida sobre los requerimientos de la defensa. Este es un caso que da clara cuenta de la discrecionalidad policial para con las activistas feministas y la supervivencia en los niveles más altos de la fuerza policial y el poder judicial de un pensamiento que prejuzga al feminismo, cuando no lo persigue.

 

 

 

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