Educación y ciencia son del pueblo

Unificar la discusión previsional no es recomendable

 

La reciente sanción de la Ley de Solidaridad Social y Reactivación Productiva en el Marco de la Emergencia Pública motorizó una revisión de las “jubilaciones especiales”, proponiendo la creación de una comisión de expertos que en los próximos 180 días deberá analizar la temática. Creo que unificar todo en un único debate no es recomendable ya que los regímenes son diversos y merecen un tratamiento diferenciado. Mucha gente cree que todos los regímenes son iguales y que equivalen a un privilegio, pero en realidad esa visión contiene errores notorios.

La República Argentina cuenta con un régimen general de jubilaciones y pensiones, el Sistema Integrado Previsional Argentino (SIPA). Este sistema brinda cobertura previsional al conjunto de los trabajadores en relación de dependencia, a los trabajadores autónomos, a los empleados y funcionarios públicos nacionales, a los empleados y funcionarios públicos de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y de las 10 provincias que transfirieron el sistema previsional local a la Nación. No están cubiertos por el SIPA el personal de las Fuerzas Armadas y de seguridad, los beneficiarios de cajas provinciales cuyos regímenes no fueron traspasados al sistema nacional y los profesionales de las provincias que estén incorporados en los regímenes previsionales administrados por las Cajas de Profesionales de la jurisdicción provincial respectiva.

Asimismo, conviven con el SIPA una serie de regímenes que prevén parámetros previsionales distintos a los del régimen general, son los denominados regímenes diferenciales:

  1. actividades que el Estado quiere promover por su especial interés público;
  2. actividades insalubres, y
  3.  actividades que por diversas circunstancias gozan de un régimen de privilegio.

En este trabajo me interesa particularmente tomar posición sobre las actividades que identifico como de especial interés público, sin perjuicio de que puedan analizarse y concretarse algunas modificaciones, en particular en el caso de la Corte Suprema de Justicia, que cuenta con los haberes más elevados del sistema.

Conviven en ese rubro distintos regímenes, a saber:

  1. El que beneficia al Presidente y Vicepresidente de la Nación. En la mayoría de los  países existen regímenes de similares características, atento que resulta difícil de concebir que quien desempeñó la primera magistratura, terminada su función, pueda salir a buscar trabajo.
  2. El que protege a los Jueces de la Corte Suprema de Justicia de la Nación. Aquí ya no deberíamos ser tan categóricos como ocurre con el Presidente, sencillamente porque quienes desempeñan dicho cargo son profesionales del derecho y poseen forma de mantenerse económicamente en la actividad privada, en la docencia o simplemente con la publicación de libros, tratados, conferencias, consultorías, etc. Como alternativa, podría valorarse un beneficio previsional del régimen general. Actualmente el valor de las prestaciones jubilatorias de los miembros de la Corte es el más abultado del sistema, y como si esto no fuera suficiente hay que agregarle que son los únicos que no se encuentran alcanzados por el impuesto a las ganancias y además cuentan con un sistema para computar la antigüedad que reviste ribetes vergonzosos, que sin duda requieren de una revisión urgente.
  3. El que protege a personas distinguidas con el Premio Nobel. En este caso, la oportunidad y justicia de este régimen es innegable. Nuestro país tiene cinco prestigiosos premios Nobel, que representan el orgullo de las universidades argentinas. En situación similar se encuentran los ganadores de Premios Nacionales a las Ciencias, Letras y Artes Plásticas.
  4. El Régimen especial para "personas cuya invalidez física o intelectual, certificada por autoridad sanitaria oficial, produzca en la capacidad laborativa una disminución mayor del 33%”. Las actividades tienen que estar de acuerdo a la discapacidad y puede ser desarrollada tanto en relación de dependencia como en forma autónoma. Para ser beneficiario la persona tiene que haber trabajado 20 años y tener al menos 45 años de edad.
  5. El régimen especial para deportistas olímpicos y paraolímpicos, reconociendo a aquellos que obtuvieron una medalla olímpica como "maestros del deporte” y pueden, en consecuencia, ser convocados por el Estado Nacional para promover el deporte amateur. Les corresponde una pensión mensual vitalicia equivalente a:
    1. los que hubieren obtenido el primer premio (medalla de oro), percibirán una pensión equivalente a tres haberes mínimos previsionales;
    2. los que hubieren obtenido el segundo premio (medalla de plata) percibirán una pensión equivalente a dos haberes mínimos previsionales
    3. los que hubieren obtenido el tercer premio (medalla de bronce) percibirán una pensión equivalente al haber mínimo previsional.

Se omitieron, adrede, los dos regímenes principales de este grupo: el Docente y el de los Científicos, los que por su trascendencia desarrollo a continuación.

Aun recuerdo al ex Presidente Macri cuando anunció con bombos y platillos que en la Argentina se terminaban los privilegios. Al día siguiente los titulares de los grandes medios tradujeron ese anuncio como “el fin de los regímenes especiales”, dejando de mencionar la palabra privilegio, y a los pocos días supimos que no estaban incluidos en esas medidas ni los jueces ni el servicio exterior. Era claro que venían por los docentes y por los científicos, que no tienen un régimen de privilegio sino un régimen especial por las características de su actividad.

Docentes y científicos cobran jubilaciones muy magras, los docentes en el orden de los $40.000 y los científicos entre $60.000 y $80.000. Cabría preguntarse cuál seria, entonces, la intención de modificarlo. En mi opinión, se corresponde con una obsesión del neoliberalismo y particularmente de los organismos internacionales, que lo que pretenden es que en los países en vías de desarrollo no haya educación de calidad ni ciencia nacional, en el entendimiento de que los hijos de la oligarquía pueden estudiar en escuelas de élite o en el extranjero.

Quiero confesar que yo no caí en la escuela pública, al contrario, fui producto de la escuela pública, no menos de 100 docentes en distintas etapas me hicieron profesional, si no hubiera sido por ellos seguramente mi vida hubiera sido bastante diferente. Así que siento un profundo respeto y admiración por la docencia de la escuela pública. Cada vez que digo esto alguno presenta la anécdota de que conoció un mal docente o a uno que era vago, pero mi respuesta es siempre la misma: esa situación particular no puede invalidar los cientos de miles de docentes que a lo largo y a lo ancho del país, llueva o truene, se ponen frente a un aula y les dan clase a un grupo de niños, niñas y adolescentes.

Nada debe ser mas igualador en la sociedad que la educación pública, por eso quienes pensamos en una democracia nacional y popular debemos defenderla con el pensamiento, la palabra y la acción.

En la Argentina, la comunión entre la educación y la seguridad social data del año 1884 con la sanción de Ley 1.420 de “educación común”, popularmente conocida como “Ley de educación libre, gratuita y obligatoria”.  Ella tiene en su articulado –artículos 31 a 34— un régimen jubilatorio que abarca a los preceptores de las escuelas nacionales.

El Estatuto del Docente – Ley 14.473/58 – determinó que para acceder al beneficio jubilatorio eran necesarios 25 años de servicios con aportes, sin límite de edad. También estableció un régimen diferencial de movilidad jubilatoria para los docentes nacionales. Ambos beneficios fueron derogados por la Ley 18.037 en 1968, incorporando a los docentes al régimen general.

La Ley 23.985 restableció el régimen especial docente reincorporando a los incluidos en el Estatuto del Docente a un régimen de movilidad equivalente al 82% del salario en actividad y fijando el haber inicial en el 82% del salario de actividad del promedio de los últimos 24 meses de labor. Esta ley tuvo una vigencia efímera y fue rápidamente derogada por la Ley 24.016.

La Ley 24016 reiteró la incorporación al régimen especial a los docentes nacionales que rigen su accionar por el estatuto del docente. La Ley de emergencia económica24.019— reduce la movilidad al 70% por un lapso de 5 años. El Decreto 78/94 derogó, mediante el artilugio de la reglamentación del artículo 167 de la Ley 24.241, el régimen docente junto a otros regímenes diferenciales.

Finalmente, el Decreto 137/05 restableció la vigencia de la Ley 24.016 y la Resolución de la Secretaría de Seguridad Social 33/05 fijo que el régimen especial docente abarca a todos los docentes incluidos en el Estatuto del Docente.

Dentro del régimen docente merecen especial reconocimiento el Régimen de escuelas de frontera y de enseñanza diferenciada

Del resumen normativo detallado más arriba puede observarse que durante el período neoliberal de Menem y De La Rúa no existió un Régimen Especial Docente ni de científicos. Ambos fueron repuestos en los inicios del gobierno de Nestor Kirchner. Si Macri no llegó a derogarlo fue porque esperaban otro período de gobierno para hacerlo, pero el pueblo no les dio tiempo.

Respecto de los científicos me viene a la memoria el orgullo inmenso que sentí cuando se puso en órbita el Arsat-1 y luego el Arsat-2, pero esto me lleva inexorablemente a una pregunta: ¿qué pasó en estos cuatro años que no hubo más Arsat? Respecto de estos satélites, lo único que le interesó al macrismo fue cómo privatizarlos. También recuerdo cuando Cavallo mando a los científicos a lavar los platos. Esa es la valoración que el neoliberalismo hace de la ciencia. Pero la ciencia es mucho más que el Arsat o que las becas del Conicet, es la suma de pequeños esfuerzos que intentan hacernos la vida un poco mejor y no que la tengamos que comprar enlatada.

Creo que el régimen docente y el régimen de científicos están profundamente hermanados y forman parte del proyecto de país que queremos construir. La educación y la ciencia son libertarios, nos dan identidad de Nación. No habría ciencia sin educación, así que el primer paso de la conquista de la ciencia es la educación pública.

Por ello, cuando nos quieren vender que el régimen docente o el de científicos es de privilegio, nos están engañando  e intentan dominarnos, justamente a través de la precarización de la educación y la ciencia. Todo esfuerzo que hagamos para impedirlo será poco, ya que las élites de adentro, pero mucho más de afuera, harán lo imposible para limitar el desarrollo de una educación pública de calidad y de una ciencia con sentido nacional.

Si algún día pensamos flaquear en esta lucha eterna por la dignidad humana recordemos a Paulo Freire, cuando nos enseña que la educación no cambia el mundo; cambia a las personas que van a cambiar al mundo.

 

 

--------------------------------

Para suscribirte con $ 1000/mes al Cohete hace click aquí

Para suscribirte con $ 2500/mes al Cohete hace click aquí

Para suscribirte con $ 5000/mes al Cohete hace click aquí