¿Cuántos tienen que morir?

La Constitución responsabiliza al juez que mortifica a un detenido, pero la Corte...

 

Es extraño. En cuarentena me mantienen viva las cosas que aprendí de chica. Leer, cosa que le debo a mi nona Ruth, tejer, cosa que aprendí de mi abuela Irma y mi tía Patricia. Cocinar, homenaje cotidiano a las largas charlas sentada en el piso de la cocina de casa hablando con mi papá que contaba historias familiares o de libros y películas. Jugar con los perros, cosa que me enseño la infinita ternura de mi mama, que protestaba y nos retaba, pero siempre nos daba el dinero para llevar al veterinario a los perritos y gatitos que encontrábamos con mis hermanos en la calle, vacunarlos y regalarlos sanos.

Extraño a mi familia. Cosa rara, porque aun adorándolos, francamente no diría que nuestra coexistencia por más de 3 o 4 días sea fácil. Yo no he dejado de ser el Grinch malhumorado y gruñón que odia el ruido y esta lleno de manías. Y ellos no han dejado nunca de ser ruidosos y desordenados. Y con los años nada de eso ha cambiado, sino más bien para acentuarse. Pero los estoy extrañando y mucho. Son ruidosos y desordenados, pero son mis ruidosos y desordenados. Y son tan míos que duele extrañarlos tanto.

Extraño a mi mamá pidiendo que vaya a apagarle la luz que tiene a un metro, a mi papá burlándose de cosas que me indigna que se burle, a mi hermano Carlos contándole cosas que no logro entender, a Gabriel y a Emilce pidiéndome que no fume cuando está Isabella y extraño a Isabella metiéndose en las charlas como su voz de cotorrita. Extraño a la Guío despertándose re tarde. Extraño hasta las cosas que me fastidian de ellos.

Rezo para que ninguno se enferme. Y también rezo para que si alguno se enferma no sea grave, apenitas un resfrío.

Me cuesta poner en palabras el terror que tengo de no ver de nuevo a alguno de los míos, que mi casa materna siempre ruidosa se vuelva de pronto silenciosa. O de morirme yo a miles de kilómetros del ruido y el desorden con los que crecí. Rezo para que eso no suceda. Ni a nosotros ni a nadie. Pero salvo rezar y mantenerme aislada y atormentarlos por teléfono para que se cuiden –y retarlos, porque no puedo evitarlo y supongo que es mi forma compleja de decir que los quiero—, salvo eso, no puedo hacer mucho más. Y eso me angustia y me hace sentir impotente.

A la impotencia del miedo, se me suma por otro lado la impotencia que me da ejercer la abogacía en estas épocas en las que todos tenemos miedo.

Cuando se murió Héctor Timerman hice un enorme esfuerzo para no enojarme ni perder la poca razonabilidad que puedo ostentar. Supongo que estaba tan triste que no tenía fuerzas para enojarme. Y además Héctor me había dejado una misión. Durante su último año de vida repitió que tenía que dar la pelea para que el horror que le pasaba a él no le pasara a nadie mas, nunca más. Y yo se lo prometí y saber que tenía que honrar esa promesa me dio un objetivo. Una razón para no enojarme con todos para siempre y seguir peleando. Con la plena conciencia de que esas peleas no se ganan en soledad. Porque estoy convencida de que las peleas por más y mejor justicia, por un Poder Judicial más justo y más humano, son necesariamente peleas colectivas. De una sociedad que se harta del horror, de la injusticia, del odio. Y también de la muerte.

Pero veo azorada que aun en estas épocas en las que todos tenemos miedo, ni siquiera así el odio cede. Ni la injusticia. Ni la arbitrariedad. Pero por sobre todas las cosas, no cede ni un ápice la abominable indiferencia de un Poder Judicial, tan ciego, tan sordo, tan necio que me cuesta no acompañar este párrafo con un largo listado de improperios, destinado a ver si por una vez en la vida algo los toca, en las lejanas torres de cristal desde las que miran impasibles —e irresponsables— el mundo que se estremece bajo una pandemia que parece sacada de una novela de ciencia ficción.

Una de mis primeras notas en este Cohete a la Luna fue sobre uno de los casos más citados del derecho, “Marbury vs. Madison”, que básicamente es el antecedente que usamos todos cuando vamos a hablar de control de constitucionalidad. Y cuya aplicación práctica se resume en la frase: “Las leyes son lo que los jueces dicen que son”. Es decir, los únicos señores que pueden interpretar una ley y determinar si se ajusta o no a la Constitución son esos señores que llamamos jueces.

Siempre me gustó el caso Marbury. Y lo he citado tantas veces a lo largo de mi vida que ya lo siento como un viejo amigo. En épocas de pandemia nuevamente aparece con toda claridad la utilidad de estudiar a Don Marbury discutiendo a través de los siglos con Don Madison.

Veámoslo y empecemos por ver qué dice la Constitución sobre un tema que cobra una especial relevancia en estos días: la situación de las personas privadas de su libertad. Entonces y como corresponde me voy a un artículo en particular de la Constitución. El artículo 18, que en lo que resulta de utilidad para esta esta nota establece: “Ningún habitante de la Nación puede ser penado sin juicio previo fundado en ley anterior al hecho del proceso. (…) Quedan abolidos para siempre la pena de muerte por causas políticas, toda especie de tormento y los azotes. Las cárceles de la Nación serán sanas y limpias, para seguridad y no para castigo de los reos detenidos en ellas, y toda medida que a pretexto de precaución conduzca a mortificarlos más allá de lo que aquella exija, hará responsable al juez que la autorice”.

Sobre la primer parte —lo de “ningún habitante de la Nación Argentina puede ser penado sin juicio previo”—, la doctrina y la Corte ya han establecido que “cuando en su artículo 18 la Constitución Nacional dispone categóricamente que ningún habitante de la Nación puede ser penado sin juicio previo, establece el principio de que toda persona debe ser considerada y tratada como inocente de los delitos que se le reprochan, hasta que en un juicio respetuoso del debido proceso se demuestre lo contrario mediante una sentencia firme (Fallos: 321:3630)”

.¿Y qué es entonces una sentencia firme? Ese concepto tan necesario para establecer si alguien es culpable o no de un delito.

La respuesta es de una sencillez demoledora: una sentencia firme es una sentencia que ya no se puede modificar, sea porque ya no quedan recursos contra ella, sea porque la ley no lo prevé o porque el plazo establecido ha pasado y ninguna de las partes lo ha presentado. Y en términos prácticos, una sentencia que no ha sido revisada por la Corte Suprema, sea porque nadie se presentó ante la Corte a pedir su revisión y ya esta vencido el plazo para hacerlo, o sea porque alguien dentro del plazo le pidió a la Corte Suprema que revisara la sentencia y la Corte lo hizo y dijo que la sentencia estaba bien o que no había motivos para revisarla.

Antes de eso, Juan sin sentencia firme es inocente. Lo explica con claridad el gran Julio Maier, en un libro que leemos todos cuando estudiamos abogacía cuando dice que la Constitución  impide que se trate como si fuera culpable a la persona a quien se le atribuye un hecho punible, cualquiera que sea el grado de verosimilitud de la imputación, hasta tanto el Estado, por intermedio de los órganos judiciales establecidos para exteriorizar su voluntad en esta materia, no pronuncie la sentencia penal firme que declare su culpabilidad y la someta a una pena (Derecho Procesal Penal del Dr. Julio Maier, Tomo I- fundamentos-, ed.:Editores del Puerto s.r.l., pag.: 490).

Pero pese a la claridad de lo que acabo de explicar, la Argentina esta llena de personas presas sin sentencia firme. Es decir, tratadas como culpables, sin serlo ante la ley. He dedicado una buena cantidad de artículos a tratar de explicar las razones –casi siempre irrazonables— de esta conducta del Poder Judicial, de mandar gente en cana cuando ante sus propias definiciones, esa gente aún es inocente. Y seguramente lo seguiré haciendo, pero no es este el punto al que quiero llegar.

Ya vimos que la Constitución no le da el “me gusta” a Juan preso sin sentencia firme. Miremos ahora donde está –mal— preso, Juan sin sentencia firme. Según la Constitución, Juan sin sentencia firme esta preso en “cárceles de la Nación” que deben “sanas y limpias, para seguridad y no para castigo de los reos detenidos en ellas”.

Pero pasa que el Estado a través de uno de sus poderes, el Poder Judicial, primero se pasa por zonas pudendas la presunción de inocencia y manda preso a Juan sin sentencia firme y luego vuelve a hacer sus necesidades fisiológicas sobre el mandato de cárceles sanas y limpias. Las dimensiones de esto convierten a la administración de justicia en un gran baño público, maloliente, sucio y lleno de moscas que se regodean con esta situación desde editoriales varias. Me hace acordar a un viejo ejemplo acerca de lo que es una falacia ad populum, es decir una argumentación que —falsamente— supone que algo está bien porque muchas personas afirman que está bien. El ejemplo decía: “Coma caca, un millón de moscas no pueden equivocarse”.

No hay un solo organismo en este país que se anime a afirmar que las cárceles argentinas son sanas y limpias. Porque no lo son. De hecho, estamos desde hace un año calendario en emergencia penitenciaria. La declaró German Garavano el 25 de marzo de 2019 por Resolución 184. Imagínense la situación de Juan preso sin sentencia firme en una de estas cárceles.

¿Se lo imaginaron? Bien ahora imagínense la situación de Juan preso sin sentencia firme en cárceles que son cualquier cosa menos sanas y limpias en medio de la pandemia que padecemos estos días.

Si vos o yo, que vivimos en nuestras casas, tenemos miedo y estamos en riesgo solo por compartir el supermercado del barrio con nuestros vecinos, imagínate alguien que debe atravesar la emergencia sanitaria en un lugar que no es ni sano ni limpio, sino que está en emergencia. ¿Estarías tranquilo si alguien que querés tiene que estar alojado en un lugar donde la cantidad de respiradores por habitante es CERO?

¿Qué sentirías vos si te obligan a atravesar la cuarentena en un lugar así? ¿Y si obligan a alguien que querés a pasar a por esa experiencia horripilante? ¿Y si la obligación te la imponen porque sí?

No tenés que contestar, porque todos sabemos la respuesta. Todos menos el Poder Judicial.

Dentro de las múltiples cosas que hago en mi vida somos abogados, junto con Ale Rúa, de un Juan preso sin sentencia firme. Nuestro Juan preso sin sentencia firme se llama Amado Boudou. Condujo el ANSES y por su idea hoy tu mamá, ama de casa que no tenía aportes, cobra su jubilación. Y vos y yo vamos a cobrar también la jubilación del Estado y no de un seguro privado de jubilación que puede quebrar y dejarte en la pampa y la vía. También fue Ministro de Economía. Y fue Vicepresidente de la Nación.

Amado esta preso sin sentencia firme. Cuando estalló la crisis del coronavirus, fuimos a la Corte Suprema a reclamar que lo dejaran en libertad. Porque la propia Corte ha dicho que, sin sentencia firme, las personas NO pueden ser tratadas como culpables. Y estar preso es ser tratado como culpable.

Y estar preso en un lugar que está en emergencia y con riesgo cierto de contagiarte de una enfermedad que nadie quiere tener, no parece una medida para la seguridad de nadie, sino más bien una decisión orientada a castigar a alguien mucho más allá de lo que permite la ley — y la decencia y la humanidad. Pero el caso en el que somos abogados con Ale es el de Amado Boudou.

Fuimos a la Corte Suprema, porque ahí están los recursos que cuestionan tanto su prisión como su condena. En donde se ve materializado que la sentencia que están haciéndole cumplir a Amado NO está firme. La Corte, en lugar de resolver nuestro pedido, que era bien simple y concreto, se lo mandó al Tribunal Oral N° 4.

Entonces volvimos a la Corte para decirle “con noticia de que nuestra última petición ante esa instancia ha sido derivada al tribunal de juicio en el que siguen tratando a nuestro asistido como culpable obligándolo a cumplir en prisión una condena que aún no está firme, reiteramos que esta defensa reclama 'la habilitación de días y horas para tramitar y hacer lugar a la queja' que debe resolver pronto esa Corte, por los argumentos que ya fueran dados a lo largo de esta incidencia y en orden a 'que cuando en su artículo 18 la Constitución Nacional dispone categóricamente que ningún habitante de la Nación puede ser penado sin juicio previo, establece el principio de que toda persona debe ser considerada y tratada como inocente de los delitos que se le reprochan, hasta que en un juicio respetuoso del debido proceso se demuestre lo contrario mediante una sentencia firme'" (Fallos: 321:3630)” (CSJ 367/2018/C51; res. de 26/12/19).

"Porque los jueces del tribunal y de Casación insisten en tratarlo como culpable y han comenzado a ejecutar indebidamente una condena que no está firme. Y es esa Corte la que ya debe poner remedio a esa situación, resolviendo en este trámite como se reclama y haciendo cesar la prisión arbitraria, para que nuestro asistido cumpla el aislamiento social, preventivo y obligatorio en su domicilio y fuera de la cárcel en donde le están haciendo cumplir una improcedente condena anticipada”.

 

 

 

 

Verán ustedes que el escrito lo entiende hasta un niñito de 5 años. Y voy a decir esto furiosa: el actual presidente de la Corte Suprema, Carlos Rosenkrantz, no tiene 5 años porque según su CV nació un 28 de octubre de 1958. Así que debo suponer que teniendo casi 62 años, lo que no sabe es leer.

A nuestro pedido, y como juez encargado de la feria, esto fue lo que nos contestó.

 

 

 

¿En serio, Carlos, no es un tema de feria la libertad de alguien? Porque según la acordada que citás —Acordada 6/20—, en su punto 3° se dice que los magistrados deben resolver los temas que NO “admitan demora o medidas que de no practicarse pudieren causar un perjuicio irreparable”.

El apartado 4 de la Acordada 6/20 dice clarito: “4º) A los efectos de lo previsto en el punto anterior se deberá tener especialmente en consideración, entre otras, las siguientes materias: a) penal: cuestiones vinculadas con la privación de la libertad de las personas". Básicamente te estamos pidiendo la libertad, así que no veo cómo podés decir que NO es tema de feria.

No te estábamos pidiendo ni un favor, ni una graciosa concesión de tu bondad. Si te hubieses fijado un poquito, habrías visto que sólo presentamos el pedido en los incidentes de excarcelación. Porque reclamamos que, aplicando la doctrina que vos mismo firmaste, esa que recuerda que “toda persona debe ser considerada y tratada como inocente de los delitos que se le reprochan, hasta que en un juicio respetuoso del debido proceso se demuestre lo contrario mediante una sentencia firme”, dispusieses la libertad de Amado Boudou, previa certificación de los recursos que están en la Corte y que dan cuenta de que la sentencia que está cumpliendo Amado NO está firme. Y por lo tanto no debe ser tratado como culpable.

Después, si querés y quieren tus amiguitos, discutimos si la sentencia está bien o mal. Pero no puedo creer que sabiendo que aún esta pendiente esa discusión, no liberes a alguien que, según lo que vos firmaste, es inocente y debe ser tratado como tal. Más aun teniendo en cuenta la emergencia de esta pandemia.

La concha de todo, Carlos Rosenkrantz, te lo pregunto con honestidad enfurecida: ¿cuántos más necesitas que mueran para hacer lo que por ley tenés la obligación de hacer?? ¿10? ¿20? ¿100? ¿1000?

¿Porque sabes qué, Carlos?  Vos ya fuiste parte de la muerte de alguien a quien yo defendía. Se llamaba Héctor Timerman. Y era mi amigo, Carlos. Y yo fui a pedirles a ustedes, la Corte Suprema, que revisaran su situación y no lo hicieron. Se tomaron todo el tiempo del mundo y para cuando se dignaron a contestarme… ¡Héctor ya llevaba casi un año muerto!

La sentencia que firmaste y he repetido tanto habla de la “injusticia con dos personas que se encuentran privadas de su libertad sin sentencia firme”. Quiero que sepas algo, Carlos: vamos a reponerte el pedido, para que habilites la feria y resuelvan. Y si pese a lo que firmaste el 26 de diciembre de 2019, seguís siendo injusto con Amado Boudou, solo voy a recordarte que la parte final del artículo 18 dice clarito que “toda medida que a pretexto de precaución conduzca a mortificarlos más allá de lo que aquella exija, hará responsable al juez que la autorice”.

No sé en qué Dios creés o si te importa la Patria realmente, pero esta abogada, a la que alguna vez hace años calificaste como miembro de una secta troska, no está dispuesta a que se le muera nadie más por culpa de lo que ustedes deben hacer y no hacen. Porque entre otras cosas, se lo prometí a Héctor Timerman. Y voy a honrar mi promesa, esa que le hice a mi amigo tan querido, que se moría sin Justicia, por culpa también de ustedes.

Nadie más, nunca más.

 

 

 

 

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