Discursos, nada más

El Plan Accesar de prestaciones en discapacidad no llega a ser ni una declaración de buenas intenciones

 

El 11 de agosto el Presidente de la Nación lanzó el Plan Accesar para acercar a nivel municipal las prestaciones en discapacidad que, según él, dicha población requiere. Al hacerlo, empleó un lenguaje que ubica a las personas en situación de discapacidad en el lastimoso lugar de padecimiento individual, ignorando tanto los fundamentos como los contenidos de la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad, que tiene rango constitucional. Desconoció la construcción social de la discapacidad, con fuertes antecedentes históricos no sólo en nuestro país sino a nivel internacional, y que hace a lo que se entiende como modelo social de la discapacidad. Es evidente que la ANDIS (Agencia Nacional de Discapacidad) falló en uno de sus cometidos que consiste en capacitar a los integrantes del Estado nacional acerca de la discapacidad como realidad estructuralmente social y no anclada en un individuo padeciente, producto de una enfermedad o lesión descubierta al nacer o adquirida a lo largo de su vida.

En su discurso, el Presidente también hizo referencia a la política de su gobierno respecto a las pensiones no contributivas. Al respecto, el Estado nacional debiera restituir de forma inmediata las pensiones dadas de baja durante el macrismo, y desistir del recurso extraordinario federal interpuesto en la demanda iniciada por REDI (Red por los Derechos de las Personas con Discapacidad). Hasta tanto la ANDIS no reintegre todas las pensiones no contributivas ilegítimamente recortadas, muchas personas en situación de discapacidad seguirán sin contar con las prestaciones vía Incluir Salud. Al restituir las pensiones también se deberían compensar los montos no percibidos durante los meses o años durante los cuales estuvieron suspendidas. Sería un acto elemental de justicia.

Volviendo al Plan Accesar, no es tal ni llega a ser una declaración de buenas intenciones; diluye la fuerza constitucional de la Convención citada; pregona la promoción y protección de derechos cuando el Estado debiera hacerlos cumplir; invita a municipios a adherir vía la firma de un convenio cuando un plan nacional basado en la Convención debiera aplicarse de manera obligatoria en todo el país; la elaboración nada participativa del plan nacional se contradice con la supuesta promoción de una metodología participativa con actores locales; en ningún lugar señala las obligaciones del Estado en garantizar necesidades esenciales, a saber, trabajo (cupo laboral) y vivienda, ni explicita cómo lograrlo. En pocas palabras, está en abierta contradicción con la Convención, a la cual cita profusamente.

En el supuesto Plan no se mencionan como antecedente los 10 a 15 años en que desde la CONADIS (organismo antecesor a la ANDIS y con competencias equiparables) se visitaron innumerables provincias y municipios, logrando firmar convenios referidos a accesibilidad, sin que ello se tradujera en acciones concretas que modificaran significativamente las condiciones de accesibilidad requeridas por los lugareños en situación de discapacidad, ni en lo urbano, ni en lo edilicio, ni en el transporte. Tampoco se remite a la experiencia generada por una alianza entre organizaciones que recorrieron durante años el país promoviendo “Ciudades Accesibles” a partir de la histórica ley 962 de accesibilidad lograda en la Ciudad de Buenos Aires. ¿Qué hay de incorporar pautas de accesibilidad en los códigos de edificación municipales? ¿Qué hay de incorporar pautas de accesibilidad para garantizar recorridos peatonales accesibles –en espacios urbanos, suburbanos y periurbanos– que permitan llegar de manera fluida a centros educativos, laborales, gubernamentales, comerciales, de atención sanitaria, recreativos? Ni una palabra.

En la fugaz mención al tema laboral, se habla de promover el derecho al empleo de personas con discapacidad tanto en ámbitos públicos como privados. Pero un plan debiera establecer metas concretas con relación a cantidad de puestos de trabajo y cómo lograrlas. Este plan no hace referencia a la obligación asumida en 2003 por el Estado nacional (ley 25.689) de cumplir con el cupo laboral del 4% en la administración pública. En entrevistas posteriores al lanzamiento, el director ejecutivo de la ANDIS reconoce que sólo se cumple con el 1,6%. ¿Qué y cómo hará para cumplir con el 4%? Hasta el momento, la ANDIS está abdicando de su función de contralor de la ley.

Por otra parte, este funcionario que bien conoce la ley 20.923 de 1974 mediante la cual se estableció un cupo laboral aplicable tanto en el sector público como privado, elige desconocerla y ni se plantea retomar el legado histórico que fuera reprimido por la dictadura cívico-militar al asumir en marzo de 1976. Enriquece al análisis recordar la ley citada previamente, ya que en ella se establecía la conformación de una Comisión Nacional dirigida por un delegado del Servicio Nacional del Empleo del Ministerio de Trabajo e integrada por un representante respectivamente por la CGT, la CGE, la Secretaría de Estado de Seguridad Social, la Secretaría de Estado de Salud Pública y cuatro representantes de organizaciones de personas con discapacidad a los efectos de garantizar el cumplimiento del cupo laboral del 4%.

La Convención retoma el necesario protagonismo que las organizaciones de personas en situación de discapacidad han sintetizado en el slogan “nada sobre nosotros sin nosotros”, notoriamente ausente del Plan tanto en su confección como en su pretendida aplicación. De hecho, consultas realizadas con el Comité Asesor de ANDIS, con el Observatorio de Discapacidad bajo la órbita de la agencia y con organizaciones de personas con discapacidad a nivel nacional, como ser REDI (Red por los Derechos de las Personas con Discapacidad), revelan que ninguna de estas fue consultada o tuvo intervención en la elaboración del Plan Accesar. Esto está en abierta contradicción con el artículo 4 inciso 3 de la Convención, donde se establece que “en la elaboración y aplicación de legislación y políticas para hacer efectiva la presente Convención, y en otros procesos de adopción de decisiones sobre cuestiones relacionadas con las personas con discapacidad, los Estados Partes celebrarán consultas estrechas y colaborarán activamente con las personas con discapacidad, incluidos los niños y las niñas con discapacidad, a través de las organizaciones que las representan”. Las múltiples referencias a la participación de personas con discapacidad y sus organizaciones aparecen en el plan sin que se aclare si sus opiniones serán escuchadas y de ser así si serán vinculantes. Dado que la ANDIS fue incapaz de convocar a organizaciones nacionales para elaborar su Plan Accesar, difícilmente abogará por la necesaria convocatoria de organizaciones locales para priorizar necesidades y pensar en cómo instrumentar las políticas que de ellas se deriven. La democracia participativa enunciada en la Convención está ausente.

Pero también lo están otras realidades que atraviesan a la discapacidad y en particular a la accesibilidad, y muy especialmente en época de pandemia. Así como se insiste en transversalizar la problemática de la discapacidad, es preciso escuchar e incorporar miradas y experiencias que nos afectan en la cotidianeidad, a saber, lo que concierne a lo ecológico-ambiental (cambio climático, pérdida progresiva de espacios verdes), a la problemática de género, y muy especialmente a cómo estas realidades están atravesadas por las pugnas subyacentes entre clases sociales. En todo análisis de ejercicio de poder político –y todo plan gubernamental lo encarna– la clase social dominante impone sus intereses sobre el Estado. Esto se ha hecho harto evidente en el ámbito de la Ciudad de Buenos Aires con las modificaciones regresivas de sus códigos de edificación y urbanístico bajo la gestión actual de Horacio Rodríguez Larreta. La lucha por el poder está a la orden del día.

En la lucha por contrarrestar este dominio, la elaboración de análisis situacionales participativos se convierte en un insumo fundamental para establecer líneas de base para la formulación de proyectos viables, sustentables y evaluables con relación a la accesibilidad, por dar un ejemplo. El Plan Accesar debiera reconocer que el diseño de programas y proyectos sociales de base territorial debe partir desde las organizaciones sociales participantes, instalando la demanda por la accesibilidad en los procesos de desarrollo local. La imposición burocrática nacional ya ha demostrado su inoperancia a lo largo de gestiones anteriores, ya sea bajo la órbita de la CONADIS como de la ANDIS. Es hora de un cambio de paradigma.

Sin embargo, y a modo de ejemplo, en lugar de concebir iniciativas física y socialmente inclusivas, el Plan Accesar remite a soluciones asistencialistas tales como transporte especial versus transporte público accesible. En el mejor de los casos tiende a pensar en clave de ajustes razonables y no de un hábitat inclusivo. Pretende abarcar todas las escalas pertinentes al hábitat físico, desde el ordenamiento territorial hasta el inventario de mobiliario. Sin embargo, no define las instancias propias de un plan: fundamentos, objetivos generales y específicos, metas, etapas y asignaciones presupuestarias.

Respecto de lo presupuestario, el Plan señala que los recursos para materializarlo estarán a cargo de partidas específicas de la Secretaría General de la Presidencia, sin aclarar la magnitud de dichos recursos. Además, dichas partidas, ¿provendrán del presupuesto nacional, de la ley de cheques, del préstamo que el macrismo acordó con el BID (Banco Interamericano de Desarrollo) para la ANDIS o de otra fuente? Las implicancias políticas del origen de los fondos determinarán el margen de acción del plan, y darán cuenta de la continuidad o no de la política que el macrismo estableció para el sector. Es una preocupación que debe ser aclarada.

Finalmente, un Plan Nacional debiera señalar que la Convención es de cumplimiento obligatorio en todo el territorio del país, sin que medien adhesiones voluntarias de provincias o municipios. Sin embargo, el Plan en cuestión diluye la fuerza de la Convención al supeditar una ley de jerarquía constitucional a la voluntad local de adherir a su cumplimiento.

En discapacidad siguen imperando discursos ampulosos por parte de un Estado que abdica su responsabilidad, con lo cual el sector seguirá siendo postergado durante esta gestión como lo ha sido en las anteriores. Seguirán prevaleciendo discursos y nada más, a menos que el colectivo de personas en situación de discapacidad se organice y luche en torno a su reclamo histórico por trabajo y vivienda, compartido por los desocupados en su conjunto.

 

 

 

* Eduardo Joly es sociólogo y presidente de la Fundación Rumbos.

 

 

 

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