El condenau embargau

La Justicia embargó bienes de Levinas por 138.000 dólares por el hurto de 11 obras a León Ferrari

 

La Justicia volvió a condenar al panelista televisivo Gabriel Levinas por el hurto de cuadros del artista plástico León Ferrari. La Sala A de la Cámara Civil desestimó los intentos del acusado por eludir la sentencia y la jueza de primera instancia Virginia Simari lo conminó, el último 31 de octubre, a desembolsar 88.000 dólares más otros 50.000 por intereses y costas. Además trabó embargo sobre sus bienes, luego de rechazar los planteos de prescripción presentados por su defensa.

Levinas había recibido en préstamo 15 cuadros de manos de Ferrari en 2008, con el compromiso de exponerlos en la Galería de Arte Brun Leglis de París. De las quince obras entregadas por Ferrari, aquél restituyó cuatro y retuvo las once restantes bajo pretextos diversos. El artista insistió en la devolución pero no logró su cometido: el 25 de julio de 2013 falleció y sus deudos —la viuda y su hijo— se presentaron ante la Justicia para demandar a Levinas.

 

La civilización occidental y cristiana, 1965.

 

En la primera etapa de la demanda, Levinas alegó que vendió parte de la obra de Ferrari, en Uruguay, a un comprador de apellido Brumberg, de quien no recordaba el nombre de pila y sin recibo por la obra entregada. En la instrucción de la causa, el acusado afirmó que el dinero obtenido por la venta a Brumberg no pudo girárselo a León Ferrari dado que “debió usarlo por razones de urgencia”, en el marco de un problema de salud.

La defraudación por retención indebida pretendió ser reconvertida por el acusado, Levinas, en un hecho de persecución política: en su defensa dijo que “León Ferrari, que es un artista reconocido mundialmente, fue uno de los niños mimados de la administración [kirchnerista] que terminó el 10 de diciembre de 2015 y consecuentemente Gabriel Levinas fue un periodista disidente y, como tal y conforme métodos conocidos, un periodista denostado". Añadió que "otros artistas con igual mérito pero distinta ideología no tuvieron” la misma cantidad de viajes al exterior y muestras que promovió aquel gobierno.

 

 

Agregó que los cuadros recibidos no figuraban en el listado de obras legadas como herencia y que debía rechazarse la demanda por el tiempo transcurrido. Respecto a este último reparo. la Cámara consideró que “el hecho de no haber denunciado en el marco del juicio sucesorio los bienes que en este proceso se reclaman no es óbice para promover la acción aquí intentada”. En ese marco, desechó los argumentos de la defensa e intimó a la inmediata devolución de 138.000 dólares.

 

El panelista condenado.

 

 

 

 

--------------------------------

Para suscribirte con $ 1000/mes al Cohete hace click aquí

Para suscribirte con $ 2500/mes al Cohete hace click aquí

Para suscribirte con $ 5000/mes al Cohete hace click aquí