El Covid-19, enfermedad profesional

Las ART se desentienden de su responsabilidad con la complicidad de la Superintendencia de Riesgos del Trabajo

 

La Organización Internacional del Trabajo (OIT) es un organismo especializado de las Naciones Unidas que se ocupa de los asuntos relativos al trabajo y las relaciones laborales.

 

El Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social de la Argentina está a cargo de la gestión de las políticas del Poder Ejecutivo Nacional en materia de relaciones laborales, empleo y seguridad social. Fue creado en 1949 por decisión del presidente Juan Domingo Perón.

 

 

Un combo de contradicciones

La discrecionalidad con que las empresas deciden los protocolos contradice las recomendaciones de la OIT sobre formar Comités Mixtos de Salud y Seguridad al no considerarlos obligatorios. Un estimado del fracaso de los protocolos armados por las propias empresas puede constatarse en cifras oficiales, que reconocen el gradiente de contagios en la industria en un 15% en las grandes empresas. En las pymes es peor aún, porque la desesperación por conservar el trabajo expone exageradamente a los operarios, que son prisioneros de su propio destino en lugares donde hay gran cantidad de empleados informales.

La evasión de responsabilidad médica y fundamentalmente económica de las ART está demostrada por sus inmensos ahorros que se producen por el desvío de la atención integral de los trabajadores infectados a las obras sociales sindicales y los hospitales públicos. Desde que se pasó de ASPO a DISPO (aislamiento a distanciamiento) las ART dejaron de realizar coberturas. ¿Cómo explican que en las estadísticas haya más casos pero menos coberturas?

¿Los funcionarios de la Superintendencia a cargo necesitan que las organizaciones sindicales le recuerden elementales derechos de los trabajadores? La inacción de la Superintendencia de Riesgos del Trabajo a cargo del macrista todo terreno Gustavo Morón la colocó en la zona gris de las gestiones de “funcionarios que no funcionan”. Llegó al final de su recorrido en el Ministerio de Trabajo. La nueva gestión de la SRT debería incorporar como una de sus primeras resoluciones el Covid-19 al listado de enfermedades profesionales.

El Espacio Intersindical Salud, Trabajo y Participación de los Trabajadores, conformado por organizaciones sindicales del ámbito público y privado de la CGT, la Corriente Federal y la CTA de los Trabajadores para la defensa de la salud de las y los trabajadores, expresó la necesidad de incorporar al Covid-19 al Listado de Enfermedades Profesionales de la Ley 24.557 de Riesgos del Trabajo.

 

Una línea recta, no de derecha

Es de derecha una línea contra los intereses de las mayorías desposeídas y más desguarnecidas ante enfermedades y carencias sociales de todo tipo. Se debe tener en cuenta que alrededor del 35% de la población trabajadora es informal, no está incluida en el Sistema de Riesgos del Trabajo y no cuenta con ningún tipo de cobertura.

El Covid-19 cumple con los requisitos necesarios para ser considerada enfermedad profesional según la Ley de Riesgo del Trabajo. Los datos epidemiológicos oficiales han demostrado que el incremento de trabajadores contagiados se produjo tanto en ASPO como en DISPO, al momento de liberar diferentes actividades. El costo económico del impacto sanitario del Covid-19 debe ser absorbido por las Aseguradores del Riesgos del Trabajo para que no recaiga en el Sistema Público ni de las obras Sociales.

El incremento de las enfermedades profesionales a causa del Covid-19 demuestra la relación de causalidad entre los distintos tipos de actividades laborales de los trabajadores afectados. Los datos de la mortalidad (75% de las muertes laborales fueron por Covid-19) y las incapacidades subevaluadas demuestran que es necesario evitar instancias administrativas que restrinjan y retarden una justa cobertura con reparación de los daños ocasionados

 

No miren hacia otro lado

Las ART reciben las denuncias de afectados por el Covid-19 pero no reconocen sus obligaciones legales en forma integral al no ser incorporada la enfermedad como profesional ya que eso debe hacerse en una segunda instancia ante las Comisiones Médicas de la SRT. De los 200.000 casos registrados solo 400 fueron a dichas Comisiones. La diferencia entre denuncias aceptadas y enfermedades reconocidas como profesionales se explica porque el 80% de los afectados ignoran que la denuncia consta de dos etapas para conseguir la cobertura de las secuelas (encuesta sobre información hacia los trabajadores en contexto Covid-19 realizada por el Espacio Intersindical Salud y Trabajo, noviembre de 2020).

Estudios recientes han constatado a nivel mundial que no son pocos los daños residuales: neurológicos, cardíacos, respiratorios y graves afecciones psicológicas. ¿Quien se hará cargo de las secuelas post Covid-19 en los trabajadores contagiados en sus lugares de trabajo si no son reconocidos?

Es necesario y urgente que el Covid-19 sea reconocida e incluida en el Listado de Enfermedades profesionales para que las y los trabajadores tengan su resguardo sanitario y legal desde el momento del contagio hasta su reinsercion laboral.

 

 

* El autor es secretario general de la Asociación Gremial de los Trabajadores del Subte y Premetro (Metrodelegados).

** La autora es secretaria de Salud Laboral de la CTA provincia de Buenos Aires y coordinadora del Espacio Intersindical Salud, Trabajo y Participación de los Trabajadores.

 

 

 

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