El enclave inglés

La soberanía que no se ejerce, a la larga se pierde

 

En la actualidad existen en el mundo alrededor de 200 enclaves con distintas características, algunos originados en la geografía, aunque la mayoría son resultado de conflictos de soberanía de mayor o menor envergadura, como consecuencia de guerras raciales o religiosas, de ambiciones imperiales por recursos o riquezas, o sencillamente por la codicia de usufructuar puntos estratégicos del planeta.

Los enclaves son territorios con determinadas características de ocupación y administración autónoma, a veces soberana, implantados, insertados en el medio de otro territorio soberano mayor. A menudo el sector perdedor de un conflicto interno de un país o región queda ocupando su parte habitada del territorio y lucha por él logrando autonomía respecto de la nación ganadora o poderosa. Puede quedar entonces dentro del mismo territorio ganador, o en su frontera.

La referencia viene a cuento del enclave que se viene desarrollando lenta pero persistentemente a la vera del lago Escondido, en la provincia de Río Negro. No es el único enclave en proceso existente en el país, y en esa provincia, sin que hasta ahora se haya esgrimido esa categoría ante algún organismo nacional o internacional. Sin embargo, en el caso aludido, como decimos, en proceso de cierta autonomía, o en la tolerancia que le otorga esa provincia a la práctica de un concreto autogobierno, se dan características del desarrollo que han tenido los enclaves en la historia. Puesto que en muchos casos estos territorios enclavados surgen en tierras de frontera, por razones de oportunidad y supervivencia. En algunas situaciones suponen ocupaciones de cierta permanencia sin perturbaciones reales y objetivas a su existencia, que con el tiempo son reconocidas por los Estados soberanos en cuyos territorios se establecen. Pero también suele ocurrir que esas ocupaciones se conservan por la fuerza, y ello respalda al mismo tiempo su duración y sus eventuales derechos. Esta última variedad es una especialidad del imperio inglés a través de los siglos y a lo largo del planeta.

No es el caso del lago Escondido hasta el presente, ya que no hay allí una población estable, permanente, con la voluntad de constituirse en un enclave. A pesar de lo cual están dadas varias características de este tipo de ocupaciones: está en una importante extensión en la frontera con la vecina República de Chile; administra ese territorio con fuerzas de seguridad propias; ejerce la violencia en la conservación y uso de ese espacio contra todo aquel ajeno a su voluntad sin otra norma que ese deseo; no reconoce en los hechos las normas del Estado soberano en el cual se ha instalado, la Argentina, ni del provincial donde se asienta, el que ha sido contemplativo con varias irregularidades de esa situación, en el límite con la complicidad. En la práctica concreta –tan inglesa– esa resistencia a las normas del Estado que le ha permitido la ocupación con estas características, no ha originado reproches efectivos a su autonomía de ningún tipo; y tampoco son claros los orígenes de esa ocupación, más bien nadan en una gran oscuridad, vecina cercana a la ilegalidad y pariente de la corrupción.

Sin embargo, este cúmulo de hechos comprobados no permitiría calificar a esas tierras como un enclave, más allá de la doctrina inglesa que asume territorio inglés a aquel en el cual se asiente y sea propietario un súbdito suyo en cualquier parte del mundo. Doctrina que no puede admitirse en nuestro país, por lo menos en teoría, ya que la práctica indica otra cosa.

Estas distracciones sobre las características de este tipo de ocupaciones del territorio proviene de lo que ocurre a menudo en varias provincias de nuestra nación: son visibles las vallas que impiden el paso a particulares en caminos públicos de provincias cordilleranas en los accesos a explotaciones mineras, me ha ocurrido observarlos. De la misma manera esos obstáculos se verifican repetidamente en costas de los mares argentinos, o en las de varios lagos cordilleranos, más allá de la normativa que prohíbe esas limitaciones.

Últimamente se ha puesto de moda en varias provincias argentinas adjudicar tierras fiscales de enormes magnitudes a corporaciones privadas, con fines de explotación comercial: con la característica común del ocultamiento público de esas transferencias, donde planea la oscuridad –con el alcance que le hemos dado en este escrito–. Los valores de esas cesiones son irrisorios y sorprenden; no existe publicidad previa de los hechos ni se ha llamado a compulsa alguna, por si acaso alguien distinto del favorecido quisiera participar; si no están en la frontera del país, son tierras muy cercanas a ella, etc., etc. Propietarios de varias naciones europeas, y también de nacionalidad china, compiten por esas extensiones territoriales.

Esta mención remite a la costumbre reiterada y mantenida hasta el presente por varias provincias de adjudicar las mejores tierras fiscales de nuestra cordillera y zonas cercanas, con sus riquezas de todo orden, a particulares y empresas, nacionales o extranjeras. por precios muy interesantes. Casi siempre contraviniendo la ley de limitación de las superficies y de los titulares en operaciones de tierras con fronteras internacionales, lamentablemente cedida en su aplicación a las provincias, a pesar de ser una cuestión de eminente interés nacional, de soberanía.

 

 

Pero para no abundar en ejemplos irritantes, es bueno recordar que la palabra soberanía se afianza en su significado con la práctica de su ejercicio, y es hermana de la palabra dignidad. Ninguna persona o país que no se hace respetar en su dignidad puede exigir a otros que la tengan.

El problema es que el reparto de jurisdicciones en el ejercicio de las leyes que regulan la soberanía territorial hace muy difícil la actividad en su defensa y permite que cada cual mire para el costado y señale a los otros obligados a ejercerla. Lo cual ayuda a que los procesos de desarrollo de futuros enclaves se sumen en el territorio argentino, desmintiendo la existencia de un orden formal que supuestamente los impide. Quizás sea hora de replantear la validez de las formas de ejercicio de la soberanía territorial, que naturalmente corresponde a la Nación, ya que las provincias sólo detentan autonomía, y ejercerla entonces como corresponde, retomando su ejercicio cuando así no se verifique, modificando la normativa existente si fuere necesario. La soberanía que no se ejerce, a la larga se pierde.

 

 

 

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