El ataque militar de Estados Unidos a Venezuela y el secuestro del Presidente Nicolás Maduro y su esposa, han dado lugar, como sucede habitualmente ante episodios tan extraordinarios, a narrativas opuestas que de algún modo reflejan el milenario debate entre el fin y los medios. El análisis de esas narrativas resulta patéticamente conmovedor, porque ilustra el grado de estulticia e incoherencia de muchas de las posiciones defendidas y la ceguera voluntaria en que incurren algunos protagonistas que no contemplan las consecuencias a largo plazo que tienen determinadas acciones. Ahora bien, antes de entrar en esos debates ideológicos, conviene analizar los hechos desde la perspectiva del derecho internacional, que es siempre un lugar incómodo para las narrativas, porque no deja mucho espacio para interpretaciones caprichosas. A modo de simple entretenimiento intelectual se podrá analizar si los argumentos que para algunos justifican la acción emprendida por el Presidente Trump, como el supuesto fin de poner fin a una dictadura o de capturar a un peligroso narcotraficante internacional, justifican los medios empleados. Pero esa lectura la debemos hacer sin perder de vista que son argumentos de circunstancia, que no encuentran el mínimo respaldo en norma alguna del derecho internacional.
Crimen de agresión
El análisis jurídico permite afirmar, sin género de dudas, que las acciones de Estados Unidos en Venezuela constituyen flagrantes violaciones a la Carta de las Naciones Unidas y a consagrados principios del derecho internacional consuetudinario. El artículo 2.4 de la Carta establece que “los miembros de la organización, en sus relaciones internacionales, se abstendrán de recurrir a la amenaza o al uso de la fuerza contra la integridad territorial o la independencia política de cualquier Estado, o en cualquier otra forma incompatible con los Propósitos de las Naciones Unidas”, y en el 2.7 que “nada autorizará la intervención en los asuntos que son esencialmente de la jurisdicción interna de los Estados”. Solo se autoriza el uso de la fuerza para el caso de legítima defensa (artículo 51 de la Carta) o en los casos autorizados por resoluciones del Consejo de Seguridad.
Es indiscutible que Maduro se negó a presentar las actas electorales de los últimos comicios, avalando así la presunción de fraude, y que la ONU ha registrado numerosas denuncias de graves violaciones de los derechos humanos, pero estos hechos no legitiman ninguna intervención armada de terceros países. La portavoz del Alto Comisionado de la ONU para los Derechos Humanos ha fijado la posición correcta, acorde con el derecho internacional, señalando que “Estados Unidos ha justificado su intervención basándose en el prolongado y atroz historial del gobierno venezolano en materia de derechos humanos, pero la rendición de cuentas por las violaciones de derechos humanos no puede lograrse mediante una intervención militar unilateral que viola el derecho internacional”.
En la Resolución 3.314 de 1976 la Asamblea de la ONU definió en qué consisten los actos de agresión, señalando que cualquiera de los actos siguientes, independientemente de que haya o no declaración de guerra, se caracterizará como tal:
- la invasión de un Estado por otro;
- el ataque de fuerzas armadas de un Estado contra otras de otro Estado o contra la población civil de éste;
- toda ocupación militar que derive de los actos anteriores y que implique el uso de la fuerza;
- el bombardeo; y
- el bloqueo de puertos o de costas de un Estado.
Estos hechos también configuran lo que en el Estatuto de Roma se denomina “crimen de agresión” (artículo 8). Si bien Estados Unidos no ha adherido a ese tratado, el lugar de los hechos ha sido Venezuela, que sí es firmante del tratado, por lo cual ya hay un equipo de juristas preparando una denuncia contra Trump por la comisión de este delito ante el Tribunal Penal Internacional.
Por otra parte, las inmunidades soberanas de los jefes de Estado constituyen un principio básico del Derecho Internacional que deriva, a su vez, de los principios de independencia, soberanía e igualdad de los Estados (par in parem imperium non habet). Supone que los jueces y tribunales de un Estado no pueden juzgar a otro Estado ni a sus autoridades (salvo los casos competencia del Tribunal Penal Internacional). El régimen jurídico internacional de estas inmunidades se ha ido configurando a través de normas consuetudinarias que posteriormente se han recogido en diversos tratados. La Convención de las Naciones Unidas del 2 de diciembre de 2004, sobre las inmunidades jurisdiccionales de los Estados y de sus bienes, representa el principal intento codificador en la materia. Si bien esta convención todavía no ha entrado en vigor, la propia Asamblea General de Naciones Unidas considera que las inmunidades recogidas en este instrumento constituyen “un principio generalmente aceptado en el Derecho Internacional consuetudinario”, de manera que su cumplimiento “fortalecería la preeminencia del derecho y la seguridad jurídica, particularmente en las relaciones de los Estados con las personas naturales o jurídicas”.
Las narrativas exculpatorias
La narrativa oficial de los Estados Unidos, expuesta por su embajador Mike Waltz en la reunión del Consejo de Seguridad del pasado martes, sugiere que estamos ante una simple operación policial. “No hay ninguna guerra contra Venezuela ni contra su pueblo. No estamos ocupando ningún país”, aseguró el embajador al defender la tesis de que fue una “acción policial” que se llevó a cabo para arrestar a “un narcotraficante” que será juzgado por los tribunales por “los delitos cometidos contra el pueblo estadounidense durante los últimos quince años”. El Presidente Javier Milei se plegó a esta tesis y en diálogo con LN+ dio por probado que Nicolás Maduro “tiene como fuente de ingresos el narcotráfico del Cartel de los Soles”, al tiempo que afirmó que debería asumir Edmundo González Urrutia, a quien definió como “el verdadero Presidente”.
En la acusación que se presentó ante el juez de garantías de New York que tiene a cargo el proceso Maduro, se retiraron todas las referencias al Cartel de los Soles porque no hay pruebas de que tal organización exista y, según todos los indicios, es un relato fabulado similar al de las “armas de destrucción masiva” para justificar la invasión de Irak. La acusación reconstruida es más escueta, afirmando que Maduro “se ha asociado con sus conspiradores para usar su autoridad obtenida ilegalmente y las instituciones que corrompió para transportar miles de toneladas de cocaína a los Estados Unidos”.
Los países y dirigentes de la derecha mundial que salieron a festejar la captura de Maduro se han basado en la naturaleza dictatorial de su gobierno, eludiendo toda mención a la clara violación del derecho internacional. Esa fue la posición de la Argentina en la reunión del Consejo de Seguridad, donde el embajador Francisco Tropepi manifestó que “el gobierno de la República Argentina valora la decisión y la determinación demostradas por el Presidente de los Estados Unidos y por su gobierno en las recientes acciones adoptadas en Venezuela que derivaron en la captura del dictador Nicolás Maduro”.
Por su parte la Unión Europea ha hecho el ridículo con un comunicado en el que Kaja Kallas, alta representante de la Unión para Asuntos Exteriores, manifestó que ese bloque regional “comparte la prioridad de luchar contra la delincuencia organizada transnacional y el tráfico de drogas, que suponen una importante amenaza para la seguridad en todo el mundo”, para añadir a continuación que “estos retos deben abordarse mediante una cooperación sostenida, respetando plenamente el Derecho Internacional y los principios de integridad territorial y soberanía”. El canciller alemán puso la guinda al comunicado manifestando que “la clasificación jurídica de la intervención estadounidense en Venezuela es compleja”.
Marine Le Pen, en Francia, lanzó una solitaria voz discordante al señalar que “había mil razones para condenar al régimen de Nicolás Maduro (...) Pero hay una razón fundamental para oponerse al cambio de régimen que Estados Unidos acaba de instaurar en Venezuela. La soberanía de los Estados nunca es negociable, independientemente de su tamaño, poder o continente. Es inviolable y sagrada. Renunciar hoy a este principio por Venezuela, por cualquier Estado, equivaldría a aceptar nuestra propia servidumbre mañana”.
Tutelaje neocolonial
Todas estas narrativas han quedado obsoletas por las propias declaraciones de Trump y del secretario de Estado Marco Rubio, que sin ambages han reconocido que el ataque a Venezuela encierra un descarado propósito neocolonial y nada tiene que ver ni con la democracia, ni con los derechos humanos, ni con el narcotráfico. Que el promotor del asalto al Capitolio se convirtiera en protector de las democracias en el mundo ya sonaba algo extraño. En el primer mensaje en el que pretendió justificar la acción emprendida señaló que “vamos a gobernar el país hasta que podamos llevar a cabo una transición segura, adecuada y sensata”. La voluntad de apropiarse de los recursos petrolíferos de Venezuela quedó en evidencia cuando manifestó que el régimen socialista le había robado la industria petrolera venezolana construida con talento, empuje y habilidad americana. “Esto constituyó uno de los mayores robos de propiedad estadounidense en la historia de nuestro país”. Por su parte, Marco Rubio ha anunciado un plan de tutelaje neocolonial de tres etapas para Venezuela que supuestamente se iniciará con la estabilización del país, continuará con una fase de recuperación económica y social, y culminará con una transición política. Una de las primeras medidas ha consistido en la incautación de 30 a 50 millones de barriles de crudo venezolano, que serán vendidos en el mercado internacional para entregar el dinero recaudado a Trump para que lo administre. Evidentemente, la única diferencia con los actos de piratería tradicional es que ahora se asumen descaradamente como políticas de Estado.
El espacio vital
En el documento sobre la Estrategia de Seguridad Nacional recientemente publicado, Trump reivindica la doctrina Monroe y declara abiertamente al “hemisferio occidental” –denominación que se usa para referirse al continente americano– como zona de seguridad de los Estados Unidos. “Queremos garantizar que el hemisferio occidental permanece lo suficientemente bien gobernado y razonablemente estable para impedir y desalentar la migración masiva a Estados Unidos; queremos un hemisferio en el que los gobiernos cooperen con nosotros contra los narcoterroristas, los carteles y otras organizaciones criminales transnacionales; queremos un hemisferio que se mantenga libre de incursiones hostiles extranjeras y de posesión foránea de activos clave, y que apoye las cadenas de suministros fundamentales; y queremos garantizar nuestro acceso continuado a localizaciones estratégicas clave”, proclama la Estrategia de Seguridad Nacional.
Hace un año Trump reflexionaba abiertamente, en Mar-a-Lago, sobre la posibilidad de convertir Canadá, Groenlandia y Panamá en partes de Estados Unidos. A la vista de lo acontecido en Venezuela, ninguna de esas opciones debería descartarse. Stephen Miller, subjefe de gabinete de Trump, afirmó en una entrevista en la cadena CNN que Groenlandia debería formar parte de Estados Unidos, que podría apoderarse de este territorio danés autónomo porque “nadie va a luchar militarmente contra Estados Unidos por el futuro de Groenlandia”. Añadió que “vivimos en un mundo real, gobernado por la fuerza, gobernado por el poder. Estas son las leyes de hierro del mundo desde el principio de los tiempos”, aseguró. El propio Trump declaró el domingo pasado a la revista The Atlantic que “necesitamos Groenlandia, desde el punto de vista de la seguridad nacional, sin duda alguna”. Ante este panorama, cabe entonces formular algunas preguntas incómodas:
- ¿Qué hará la Unión Europea si finalmente Trump cumple su amenaza y ocupa Groenlandia?
- ¿Qué hará Milei si el día de mañana Trump declara que las reservas acuíferas de la Patagonia le son necesarias por razones de seguridad nacional para los Estados Unidos?
La pretensión de Trump de definir una zona de seguridad o espacio vital para los Estados Unidos trae a la memoria los antecedentes que dieron lugar a la caída de la Liga de las Naciones y al inicio de la Segunda Guerra Mundial.
En 1923 se evidenció la debilidad de la organización cuando Francia ocupó la región alemana del Ruhr para exigir reparaciones de guerra violando los principios de la institución. La invasión de Manchuria por parte de Japón en 1931 fue el segundo gran golpe que recibió la Liga de las Naciones. Condenado por la agresión, Japón abandonó la organización en 1933 sin haber recibido sanciones efectivas. En 1935 se produjo la invasión de Abisinia por la Italia fascista de Mussolini y más adelante la reocupación alemana de Renania. El último gran acto oficial de la Liga fue expulsar a la URSS cuando tropas soviéticas invadieron Finlandia en 1939. Finalmente, después de haber anexionado Austria y los Sudetes de Checoeslovaquia, Alemania, que no había sido admitida en la Liga, invadió Polonia en busca de su lebensraum, lo que dio lugar al inicio de la Segunda Guerra Mundial. Así quedó sellado el fracaso final de una organización que nunca obtuvo de las principales potencias la autoridad suficiente para imponer a sus miembros sus resoluciones en forma obligatoria. Debido a aquel fracaso, las Naciones Unidas se fundaron para “preservar a las generaciones venideras del flagelo de la guerra que dos veces durante nuestra vida ha infligido a la Humanidad sufrimientos indecibles”. Hoy estamos a las puertas de repetir trágicos errores.
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