El imperio de la ley

El gobierno porteño acumula ilegalidades y desobedece sentencias judiciales

 

En la apertura de sesiones legislativas de la Ciudad de Buenos Aires, el jefe de gobierno Jorge Macri delineó los aspectos en los que se concentraría la quinta gestión del PRO. Uno de los ejes que destacó fue la cuestión del orden y el respeto a la ley. Literalmente expresó: “Un eje prioritario y central de nuestra gestión es recuperar el orden (…) Estamos liderando un cambio cultural basado en un principio: nadie está por encima de la ley”.

Resulta llamativa la ostentación de apego a la ley cuando, para ser jefe de gobierno, no cumplió los requisitos de residencia previa que dispone la Constitución de la Ciudad, irregularidad que la Justicia avaló, rechazando los cuestionamientos con argumentos formales.

Luego de la manifestación solemne de tomarse la ley en serio, su gestión no pudo o no quiso revertir los últimos 16 años durante los cuales el PRO practicó un gobierno al margen de la ley, con decisiones que violaron los mecanismos y garantías más básicas del Estado de Derecho, del sistema republicano y de la democracia, como el respeto por el procedimiento constitucional de sanción de leyes.

Siguiendo esta línea, haremos un racconto de las principales decisiones judiciales en las que distintos tribunales establecieron que el gobierno de Jorge Macri no está cumpliendo con la ley y la Constitución.

 

Un subte con tarifas injustas e ilegales

El lunes 27 de mayo, en las causas caratuladas “Asociación Civil Observatorio del Derecho de la Ciudad c/ GCBA y otros s/ Amparo”, expediente 55678/0, y “Bregman c/ GCBA y otros s/ Amparo”, expediente 54528/0, la jueza Elena Liberatori hizo lugar a una medida cautelar, por la cual:

  1. Ordenó suspender los efectos de la Resolución 5/SBASE/24 desde el 4 de junio hasta el 10 de julio de 2024 inclusive, fecha en que se volverá a evaluar la situación;
  2. Estableció que en un plazo de cinco días hábiles, SBASE deberá presentar una readecuación de la tarifa al usuario que adopte los criterios de tarifa justa y razonable (ley 4.472);
  3. Vencido dicho lapso y en caso de no presentar la readecuación, resolvió que se concretaría la suspensión lisa y llana de la Resolución 5/SBASE/24.

La jueza detectó severas irregularidades en cada aspecto del nuevo cuadro tarifario. Sostuvo que el propuesto por el gobierno porteño se funda en una tarifa técnica cuya estructura de costos no es controlada por SBASE, que acepta llanamente lo que Emova (Grupo Roggio) declara, y que luego de diez años continúa indefinida y sin reglamentarse. Con respecto a la tarifa técnica, sostuvo que el cuadro tarifario es irrazonable: la tarifa al usuario se incrementó un 359% mientras la tarifa técnica solamente un 116%. Se superan desproporcionadamente los topes históricos de la relación entre estas dos tarifas. El GCBA adoptó como criterio armonizar con las subas del transporte de colectivos que dispuso nación, pero falseando los resultados. Además, consideró que dicho criterio no está legalmente establecido y va en contra de la autonomía de la ciudad. De esta forma, reconoce que la tarifa adoptada con el fin de no generar migraciones de un medio de transporte a otro provoca como resultado una tarifa del servicio subte muy superior a la del colectivo, lo que derivará en la migración de pasajeros que aparentemente se quiere evitar.

Por último, constató que no se cumplió adecuadamente con el procedimiento de participación ciudadana en audiencia pública porque el GCBA y SBASE no fundamentaron sus respuestas a las intervenciones de las personas que participaron en ella. Para el Tribunal, quedó claro que nadie controla lo que Emova pasa como costos y que el GCBA pretende trasladar la totalidad de la carga de sostener el subte al usuario, con el objetivo de minimizar el subsidio del GCBA. Ajuste irrazonable, con fundamentos falsos e ilegales.

Concluye la jueza que “la motivación del aumento obedece a estas dos circunstancias: minimizar el subsidio y compensar la merma de pasajeros, todo lo cual hace que el usuario deba cargar vía el aumento tarifario con circunstancias ajenas a la explotación del servicio y que desde luego también le alcanzan en su propia ecuación económica”.

 

El patrimonio debe protegerse

La Cámara de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo, Tributario y de Relaciones del Consumo, Sala I, en el expediente 43501/2011-0, ratificó la sentencia judicial que ordenó al GCBA finalizar la evaluación patrimonial de todos los inmuebles anteriores a 1941 y garantizar su protección para que no sean demolidos en caso de que la evaluación resulte positiva.

La sentencia fue dictada el 24 de mayo de 2024 y la presentación judicial fue realizada por el Observatorio del Derecho a la Ciudad, la asociación civil Basta de Demoler, la Fundación Ciudad y SOS Caballito. Esta orden judicial surge en virtud de la reticencia del GCBA a completar el catálogo definitivo con el relevamiento de la totalidad de los inmuebles de propiedad pública o privada emplazados dentro del territorio de la ciudad cuyos planos hayan sido registrados antes del 31 de diciembre de 1941.

El GCBA posterga finalizar esta evaluación porque prefiere realizarlas a medida que se solicitan los permisos de demolición y, con procedimientos poco transparentes, condiciona los análisis a los intereses inmobiliarios. La desestimación del valor patrimonial de un inmueble no se realiza a través de un acto administrativo y, por lo tanto, no se publica en el Boletín Oficial. La ciudadanía se entera cuando la demolición se encuentra en marcha y ya es casi imposible cuestionar administrativamente o en la Justicia la valoración negativa realizada por el GCBA.

Por otra parte, no existe un procedimiento democrático amplio para que la ciudadanía sea parte de la valoración patrimonial de un inmueble. Este análisis queda en manos de unas pocas personas designadas por el Poder Ejecutivo, que responden al poder inmobiliario-financiero. La sentencia judicial reconoce la necesidad de proteger el patrimonio de la ciudad y que no quede indefinidamente en un limbo, sino que se transforme en una política de Estado prioritaria y con apertura democrática.

 

Multas por el agua

En plena pandemia, en abril del 2020, un grupo de mujeres referentas de las distintas villas de la ciudad junto con el Observatorio del Derecho a la Ciudad, la Cátedra de Ingeniería Comunitaria (CLIC) y la CTAA presentaron una acción de amparo colectiva para exigirle al gobierno porteño que garantice el acceso al agua potable en todas las villas (causa caratulada como “KOUTSOVITIS, MARIA EVA Y OTROS c/ GCBA s/AMPARO LEY 16.986”, expediente 10.459/2020).

En mayo de 2020, la Justicia ordenó al gobierno elaborar un Plan de Emergencia consensuado con los habitantes de los barrios y garantizar la entrega de agua potable de manera que las familias accedan en igualdad de condiciones que el resto de la ciudad al agua potable y la higiene.

El 3 de abril de 2024, el juez federal Enrique Lavié Pico declaró que Jorge Macri no está cumpliendo con la sentencia y apercibió al GCBA con una multa de 10.000 pesos por cada día de retraso.

El GCBA, al incumplir la sentencia judicial, comete un delito y además expone a los habitantes de las villas a un mayor riesgo sanitario y de contagio de dengue. Si oportunamente hubiera garantizado el acceso al agua como se lo ordenó la Justicia, por ejemplo entregando tanques domiciliarios donde almacenarla de manera segura, se hubieran evitado los contagios récords en los barrios populares.

 

Depósitos de personas

Jorge Macri anunció a mediados de mayo un nuevo programa: una Red de Atención para responder a la problemática de las personas en situación de calle. El anunció consistió en poner un nuevo nombre a las mismas políticas que sostiene el GCBA desde hace 16 años.

Supuestamente una de las novedades son los Centros de Inclusión Social (CIS), que mayormente se asemejan más a depósitos de personas con regímenes cuasi carcelarios que a viviendas adecuadas.

El 26 de abril último, días antes del anuncio de Macri, la Justicia porteña consideró (expediente 21.433/2023-0) que la solución habitacional a través de un CIS constituye “una lesión de los derechos fundamentales de una persona mayor en su derecho de acceso a una vivienda adecuada y a una salud integral, por omisión del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires”.

También ordenó que hasta que se cumpla la sentencia, el GCBA debe otorgar una suma que cubra las necesidades habitacionales de la persona mayor de acuerdo al actual estado del mercado. Concretamente ordenó un apoyo económico de 135.000 pesos, que resultaba del presupuesto de una habitación de hotel, presentado en la causa judicial.

En la demanda se había solicitado que el GCBA garantice una vivienda adecuada excluyendo como tal a los programas habitacionales que contemplen el alojamiento en hogares, paradores o centros de inclusión social porque no respetan lo que dispone el artículo 9 de la ley nacional 27.654, el artículo 17.4 de la ley 4.036 y el artículo 19 de la segunda Convención Interamericana sobre Protección de los Derechos Humanos de las Personas Mayores.

 

Ajuste aunque haya multas

Jorge Macri, en sintonía con el gobierno nacional, realiza en la ciudad un ajuste feroz pero solamente en políticas sociales, empleo público, infraestructura y servicios públicos. Los grandes privilegios para las corporaciones económicas siguen intactos, principalmente las quitas impositivas que otorgó Rodríguez Larreta el año pasado, en el marco de su campaña presidencial.

Este ajuste lleva a niveles extremos las consecuencias de desobedecer sentencias judiciales.

En el expediente 13.375/2016-2, la Justicia porteña había intimado al GCBA a incrementar el subsidio habitacional de una mujer con dos niños bajo apercibimiento de ser sancionado con 5.000 pesos por cada día de retraso. El GCBA no cumplió y la sanción comenzó a correr desde el 13 de marzo. Luego de dos meses, el GCBA continúa sin cumplir y las sanciones acumulan un monto de 290.000 pesos, que ya fue liquidado y el Tribunal ordenó al GCBA pagarlo.

El afán de ajuste se está tiñendo de impericia en la gestión. El GCBA terminará pagando más que el monto de incremento del subsidio habitacional ordenado judicialmente.

Imaginen cómo funciona la Red de Atención para personas en situación de calle que el gobierno de Macri prefiere pagar multas en lugar de garantizar una vivienda adecuada a una madre con dos niños, que se encontraría en situación de calle si no fuera por el accionar de la justicia.

Son muchas más las sentencias que declaran ilegales y violatorias de derechos humanos numerosas decisiones del gobierno de Jorge Macri, pero las reseñadas son suficientes para mostrar que la ciudad está siendo mal gestionada y que los sectores con mayores necesidades están siendo desatendidos mientras los negocios con lo público continúan.

 

 

 

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