Empresas y ataque contra la población

La señalización de Propulsora Siderúrgica como escenario de crímenes de lesa humanidad

 

Los hechos de criminalidad económica de las grandes empresas ocupan un destacado lugar en los debates políticos y académicos. También en el sentido común del pueblo, que en general conoce o intuye las tramas delictivas y la dudosa legitimidad de los comportamientos permitidos que lo afectan en su trabajo y consumo. Asumida su fragilidad en el inexpugnable mundo de las grandes corporaciones, lxs ciudadanxs de a pie pueden apreciar, sin embargo, la existencia de refugios humildes pero seguros para resistir y combatir los ataques corporativos.

En la última semana, por un lado, se llevó adelante uno de los actos más significativos en relación a la identificación de la responsabilidad empresarial en los delitos de lesa humanidad cometidos durante la época del terrorismo estatal. Por iniciativa de familiares y del municipio de Ensenada, fue señalizada la planta de Siderar Ensenada (ex Propulsora Siderúrgica) del holding Ternium del grupo Techint, como lugar donde se cometieron crímenes contra los trabajadores, hecho que debería formar parte de los “hitos históricos” destacados por la gigante corporación en su sitio web.

Por otro lado, en un seminario académico realizado en Flacso, la investigadora española Libia Arenal Lora presentó su libro para juzgar los “crímenes económicos contra la humanidad”. Doctora en derecho y coordinadora general de Fundación para la Cooperación APY - Solidaridad en Acción de Sevilla, llegó a la Argentina para estudiar la sentencia que a fin del año pasado condenó por delitos de lesa humanidad a los ex directivos de Ford. La propuesta del equipo que integra, sin embargo, va más allá de los ataques físicos directos que contaron con la responsabilidad empresarial. Apunta a que se juzguen desde la jurisdicción internacional los graves abusos económicos de las corporaciones en esta etapa tardía del capitalismo.

 

Libia Arenal Lora.

 

En todo este amplio abanico de prácticas de grandes corporaciones, desde la participación comprobada en algunos casos en el secuestro, desaparición y tortura de trabajadores, hasta la acumulación y fuga de capitales en tiempos de crisis generalizada, como volvemos a vivir hoy en nuestro país, se perfilan estrategias de rentabilidad corporativa que constituyen ataques generalizados y sistemáticos contra la población.

 

 

Propulsora Señalizada

Con una impactante superposición de cartelería, la municipalidad de Ensenada, a iniciativa de su subsecretario de Derechos Humanos, Carlos Dabalioni, señalizó la planta fabril de la ex Propulsora Siderúrgica como lugar en el que se cometieron crímenes de lesa humanidad. En este territorio, donde funciona la planta de aceros planos en frío, hermana de la Siderca-Tenaris de Campana (ex Dálmine-Siderca), fueron asesinados y/o desaparecidos más de una veintena de trabajadores durante la época del terrorismo estatal.

La empresa, fundada en 1969, se convirtió rápidamente en uno de los motores organizadores de la sociedad de Ensenada, convocando una nutrida fuerza de trabajo, en un contexto de creciente radicalidad política en el mundo obrero y en estrecha vinculación con la militancia universitaria platense. Los hechos armados se hicieron presentes antes del golpe de Estado de marzo de 1976, con varias víctimas obreras. Durante la dictadura, la lista se engrosó rápidamente. En el tomo 2 del informe Responsabilidad Empresarial en Delitos de Lesa Humanidad, se detallan las distintas maneras en que se evidenció el rol empresarial en los crímenes de las fuerzas represivas estatales. Pero también se relatan las distintas formas en que la compañía acumuló capital a partir de distintas facilidades y mecanismos brindados por el Estado tanto en la segunda etapa de la industrialización sustitutiva como durante el abrupto cambio hacia la financiarización de la economía impuesto por la dictadura.

La sentencia del Tribunal Oral Federal Nº1 al condenar los crímenes de la Fuerza de Tareas Nº 5, en octubre de 2015, resultó inspiradora para esta señalización. Allí, al investigar los crímenes cometidos contra 40 trabajadores de Astilleros Río Santiago, Propulsora Siderúrgica, YPF y Swift, se exhortó a los gobiernos nacional y provincial a señalizar los ex centros clandestinos de detención y a las autoridades empresariales a que permitan erigir en sus instalaciones monumentos recordatorios de estos hechos.

Las autoridades locales de Ensenada decidieron que la señalización se haría en la línea municipal. Con participación de vecinos, familiares, investigadores, sectores del movimiento obrero, entre otros, pero no de la Unión Obrera Metalúrgica, se descubrió el cartel que a partir de ahora informa a todos los trabajadores y empleados de Siderar, a sus actuales directivos, a sus proveedores y a todos los ensenadenses, que aquel territorio fue escenario de crímenes contra la humanidad.

La antropóloga Alejandra Esponda investiga desde hace años la historia de esta empresa, donde su papá, Carlos, supo trabajar hasta pocos meses antes de ser secuestrado y desaparecido. Esponda habló durante el acto conmemorativo y subrayó la importancia de esta señalización en una localidad donde estos hechos fueron callados notablemente: “tiene el sentido de reapropiación de la historia local por su propia gente, en la trama comunitaria es muy importante, son marcas transitables y tienen un significado especial en localidades como esta, compuesta mayoritariamente por familias obreras que no han tenido el mismo proceso de Memoria, Verdad y Justicia como por ejemplo tuvo La Plata”, explica.

 

Alejandra Esponda durante la ceremonia.

 

Al mismo tiempo, confiesa que lo que más la impactó fue el compromiso del municipio de “marcar la responsabilidad empresarial con la verdad, más allá que pueda o no haber una decisión de la Justicia”.

 

 

Los crímenes económicos contra la humanidad

En 2009, a poco de desatarse el colapso financiero mundial,  la académica estadounidense Shoshana Zuboff escribió para Bloomberg un artículo donde exhortaba a caracterizar como “Crímenes Económicos contra la Humanidad” las prácticas de los ejecutivos de Wall Street que habían cargado millones de dólares en sus bolsillos pero que destruían las economías y la vida de las personas. Zuboff, reciente autora de un libro sobre el poder corporativo y el control de la información en la era digital, disparó la inquietud de algunxs especialistas que trabajan la temática de derechos humanos en el derecho internacional, para pensar cómo castigar estas prácticas que resultan sumamente esquivas a los tribunales locales.

 

Shoshana Zuboff.

 

Libia Arenal Lora es una de estas estas especialistas. A diez años de la publicación del artículo de Zuboff, presenta una propuesta para criminalizar las prácticas de las corporaciones que persiguen el lucro y que constituyen graves abusos contra la población. Su optimismo se sostiene en la constatación de que en el pasado el derecho internacional evolucionó criminalizando los graves abusos del poder político bajo figuras como las de genocidio o delitos de lesa humanidad. El esfuerzo ético y político de avanzar hacia un ordenamiento que proteja de manera integral al ser humano frente a aquellos graves abusos del poder económico y económico-político, sin embargo, plantea un profundo problema que desarrolla en su trabajo: ¿se puede reinterpretar la categoría delitos de lesa humanidad que quedó fijada en el artículo 7º del Estatuto de Roma de la Corte Penal Internacional en 1998 y que centralmente trata los crímenes políticos para incorporar otros de índole económica? ¿O debe construirse una nueva categoría de crímenes internacionales?

En su trabajo, Arenal llama a condenar las prácticas de corrupción política, las políticas de ajuste estructural, la destrucción ambiental y la especulación financiera o de precios, entre muchas otras, siempre que se constaten como prácticas sistemáticas y generalizadas de ataques sobre la población. La propuesta, éticamente loable, políticamente necesaria y académicamente seria, dispara sin embargo profundos debates entre los académicos, los “plomeros” del derecho y los investigadores sociales. Algo de esto se lleva de su paso por Argentina.

Su viaje al país que transita un temerario escenario de colapso económico y social, le ofrece más que la observación de una realidad muy distinta a la de otros países de la Tierra, el contacto con un cúmulo heterogéneo y muy rico de experiencias de resistencia y combate contra la impunidad de los crímenes corporativos que propone juzgar.

Quizás por eso, en lugar de detenerse en la crema de la “Causa de los Cuadernos” (la abigarrada corrupción estructural del capitalismo argentino), en el criminal modelo económico del gobierno de Cambiemos (que amplió la desigualdad social existente y generalizó el empobrecimiento de la población) o directamente en la política de endeudamiento, fuga y blanqueo de capitales (combo combinado de crisis general y lucro selectivo), su interés estuvo puesto en las novedades que presenta el proceso de Memoria, Verdad y Justicia.

 

Hacia la responsabilidad corporativa

Libia Arenal se detuvo en el denominado “Juicio a Ford” y mantuvo un encuentro con abogadxs e investigadores que encabezaron la querella contra los ex directivos de la automotriz multinacional, surgiendo fuertes coincidencias y sensibles contrapuntos. De una lectura detallada de la sentencia, Arenal obtiene dos conclusiones: que los resultados del juicio suponen un “avance en la búsqueda de fijar la responsabilidad de todos los actores involucrados en estos aberrantes crímenes, evitar su impunidad y reparar a las víctimas” y que “el avance no parece suficiente para dimensionar la grave naturaleza y consecuencias de la participación más directa de las empresas” en estos crímenes internacionales, “tanto desde una perspectiva de política criminal como de cumplimiento del derecho a la reparación de las víctimas”.

A esta segunda conclusión llega a partir de corroborar que a lo largo de la sentencia se afirma la existencia de una estrecha alianza y convergencia ideológica entre élites empresariales y militares que atacaba al mismo tiempo a la denominada “subversión” y al movimiento obrero (“siendo un binomio indisociable”) y que el ataque a la primera “fue la excusa para la concreción de fines político-económicos mucho más amplios que no debían ser explicitados”. Observa Arenal que la naturaleza de esta alianza y el desarrollo del terrorismo estatal “haría valer el paradigma económico como configurador de la naturaleza de los crímenes más graves que se cometen contra la humanidad”.

En síntesis, con una mirada centrada en las corporaciones, en el móvil del lucro y en la necesidad del cambio de paradigma económico, no alcanza la individualización de responsabilidades de ex directivos como los de Ford para juzgar el terrorismo de Estado y se muestra necesaria la construcción de un marco “para abordar la responsabilidad de la empresa en calidad de personas jurídica que ayude a mejorar su prevención, evitar la impunidad y reparar de una forma integral a las víctimas”.

Durante el seminario en Flacso, Arenal escuchó de abogados e investigadores que participaron de la querella en el “Juicio a Ford” detalles de las particularidades del proceso de juzgamiento de los crímenes del terrorismo de Estado en la Argentina. Se advirtieron los problemas de ampliar la categoría clásica de delitos de lesa humanidad para intentar juzgar los crímenes económicos, se ratificó la centralidad del Estado en la organización del dispositivo represivo ilegal y se explicó que la categoría establecida en el artículo 7º del Estatuto de Roma ha servido localmente para declarar la imprescriptibilidad de los delitos del terrorismo de Estado, que luego se juzgan bajo las categorías locales de privación ilegal de libertad, tormentos y homicidio, entre otras. Se advirtió, asimismo, que pese a todo, estas herramientas sirvieron para alcanzar una condena histórica a nivel mundial contra los ex directivos de Ford.

Las observaciones y las propuestas de Arenal, que pueden enseñar un excesivo peso de la dimensión internacional frente a la local, no desmerecen los alcances del fallo pero revelan eventuales desacoples entre el necesario entendimiento realista sobre las posibilidades y límites del derecho y la perspectiva que ofrece la crítica social. Desacoples que pueden, en ocasiones, tener efectos productivos para subsanarse modestamente con giros políticos habilitados por los fallos judiciales y reforzados con iniciativas estatales como la señalización de la ex Propulsora Siderúrgica.

Lo que sí es claro, y surge como coincidencia, es la insuficiencia del término “complicidad” y la inexistencia de un marco y una tradición jurídica en la Argentina para perseguir esta variedad de abusos de las corporaciones. Son pocos, pero existen fallos que revelan la responsabilidad empresarial pasada y actual en prácticas que pueden ser consideradas un ataque a la población, ya sea bajo la forma clásica de los delitos de lesa humanidad como bajo una nueva categoría que incorpore los crímenes económicos.

El debate no sobra cuando, en definitiva, la especulación financiera y de precios, el endeudamiento fraudulento y la fuga de divisas, vuelven a emerger en la agenda pública como cultura corporativa de un sector dominante del empresariado que destruye desde hace décadas el bienestar de los argentinos.

 

 

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