Inversiones y deslocalizaciones

Es necesario fomentar el capital nacional frente a la extorsión de las transnacionales

 

Dow Chemical ha anunciado el cierre de su planta de Puerto General San Martín, provincia de Santa Fe, que se haría efectivo en mayo de 2022. Se trata de la única fábrica que produce polioles en nuestro país, insumos necesarios para la elaboración de poliuretano, utilizados en innumerables procesos productivos: industria de la construcción, automotriz, farmacéutica, electrodomésticos, pinturas, entre otros.

No es una empresa que se encuentre en crisis. Por el contrario, durante 2020 y en el curso del presente año ha aumentado considerablemente el uso de su capacidad instalada, ante la creciente demanda determinada por la importante reactivación de varias industrias, entre ellas, la automotriz y la construcción.

Dow ha afirmado que “esta medida se enmarca en los anuncios globales realizados por la compañía el 23 de julio de 2020, sobre la decisión de reducir gastos operativos e implementar un programa de reestructuración que abarcó el cierre de activos y plantas de manufactura en todo el mundo”. Añadió que esa decisión "no tiene ninguna relación con la coyuntura económica o sanitaria del país”. Ha anunciado que seguirá operando en su planta ubicada en Bahía Blanca y suministrando el poliuretano a la Argentina a través de otras plantas ubicadas en Colombia, Brasil y Estados Unidos.

La reacción de los trabajadores y su organización, el Sindicato de Obreros y Empleados Petroquímicos Unidos (SOEPU) de San Lorenzo, fue inmediata: resolvieron paralizar la planta en forma gradual y se concentraron en la puerta de la fábrica.

El secretario general del SOEPU, Mauricio Brizuela, advirtió que la planta de polioles del cordón es la única en el país que abastece este insumo clave, y que por ello debe continuar. Reclamó a las autoridades nacionales y provinciales que impidan que esa producción nacional sea reemplazada por importaciones desde la planta que tiene en Brasil la misma multinacional.

Los trabajadores y sus representantes sindicales fueron recibidos por la Comisión de Asuntos Laborales de la Legislatura santafesina. El diputado provincial Carlos del Frade, del Frente Social y Popular, manifestó que “la industria argentina está en riesgo y los gobiernos, nacional y provincial, deben tomar cartas en el asunto” ante el peligro de cierre “de una empresa altamente rentable”. Consideró que “la destrucción de estas industrias condenan a la Argentina a ser una factoría importadora”.

En síntesis: en virtud de un proceso de reestructuración interno, el grupo multinacional instalado en Puerto General San Martín en 1970 expulsará de la producción a 120 trabajadores del cordón industrial de San Lorenzo, y obligará a nuestro país a importar un insumo crítico para diversos procesos industriales.

 

La empresa Dow anunció el cierre de la planta que fue instalada en 1970.

 

Sus ventas y su tasa de ganancia crecieron durante los últimos años en virtud de la rebaja de los salarios, como consecuencia de las medidas adoptadas durante los cuatro años del gobierno macrista, y no dejaron de crecer durante la pandemia. Se beneficiaron con la Asistencia de Emergencia al Trabajo y la Producción (ATP), una de las herramientas para cuidar el trabajo, garantizar la producción y amortiguar el impacto económico generado por la crisis de Covid-19, medidas del gobierno nacional que imponen un esfuerzo al conjunto de la sociedad. Los beneficios obtenidos por la corporación como producto del trabajo acumulado durante más de medio siglo –la fábrica fue instalada en 1970– fueron enormes. Las pérdidas que provocará el cierre y posible destrucción de la planta serán incalculables para los trabajadores, sus familias y el país.

La decisión de cerrar la planta de Dow no responde a los supuestos motivos que sostienen los medios hegemónicos: las empresas se van del país (y las inversiones extranjeras no vienen) porque al capital no se le ofrecen las ventajas fiscales que reclama, no se eliminan las indemnizaciones por despido y no se desregulan totalmente las relaciones laborales. Por el contrario, entre enero de 2020 y junio de 2021 se registraron 701 anuncios de inversión de empresas nacionales por 13.372 millones de dólares. Los mayores proyectos se dieron en los sectores de hidrocarburos, energía, construcción, economía del conocimiento, biomasa, puertos, aeropuertos, farmaceútico, autopartista, logística, lácteos, carnes, textiles y transporte escolar. En total, fueron 896 anuncios por 33.673 millones de dólares.

Los medios hacen referencia a que “abandonaron el país 19 compañías”, sin aclarar que 10 lo hicieron de manera definitiva o achicaron sus operaciones a un mínimo, mientras las 9 restantes transfirieron sus acciones a socios o compradores locales [i].

La multinacional Dow no va a cerrar su planta porque no sea rentable. Emplea un mecanismo extendido en todo el mundo: el de las deslocalizaciones. La deslocalización es “cualquier cierre total o parcial de la empresa seguido o acompañado de la ubicación de todo o parte de la misma en otro lugar”, sin que necesariamente el cambio se produzca desde un país desarrollado a uno subdesarrollado, aunque ello ocurra en la mayor parte de los casos [ii].

Es necesario tener en cuenta que “la financiarización de la economía se corresponde, ante la carencia de suficientes oportunidades de negocio rentable en la esfera productiva, a un desvío del excedente hacia el ‘management financiero y el capital rentista’, que expresa una contradicción entre la concentración  y la distribución del excedente. Tanto en la zona euro, como en la semiperiferia y en América Latina, la financiarización contribuye a fragmentar y desestabilizar la fuerza de trabajo, siendo la fracción transnacional del capital la que utiliza el endeudamiento y se apropia de forma monopolística de los derechos de propiedad y recursos de los países emergentes y de los servicios públicos que se privatizan. Los criterios de rentabilidad basados en el ‘valor accionarial’ tienen por objetivo desplazar, en detrimento del trabajo y a favor del capital y de su propietario (el accionista), el reparto del valor creado en el proceso de producción” [iii].

Es indudable que la pérdida de los empleos determinará un creciente sentimiento de inseguridad por la escasa posibilidad de recolocación de los despedidos en otras industrias similares. Esto provocará un impacto sobre el fuerte sindicalismo del cordón industrial, al que seguramente los medios de la derecha recalcitrante tratarán de endosar la responsabilidad del cierre.

En febrero de 2016 –en pleno clima de fiesta del macrismo– la multinacional Glencore decidió cerrar de manera definitiva la planta de Ar Zinc (antigua Sulfacid), en la localidad de Fray Luis Beltrán. Quedaron en la calle 460 obreros.

En febrero de 2019 cerraba Mefro Wheels –única empresa en la Argentina que fabricaba llantas–, ubicada en la zona sur de Rosario, dejando sin trabajo a 170 metalúrgicos. De nada valió la calidad de su tecnología, procesos, tecnificación y capacidad de sus trabajadores. El “clima de negocios” y el desvío de excedentes hacia la especulación financiera se impusieron una vez más.

En todos los casos se utilizó la técnica del lock-out y otras medidas antisindicales, instrumentos generalmente utilizados por los grupos económicos multinacionales o nacionales para las deslocalizaciones, sin que las autoridades administrativas de trabajo ni el Poder Judicial hayan calificado dichas conductas como ilícitas, ni adoptado medidas serias a los fines de evitarlas.

El hecho de que el lock-out o la deslocalización de empresas no sean delito, y que no exista norma alguna que establezca prohibiciones y sanciones que impidan su utilización, implica reconocerles una legitimidad de la que carecen y alentar su uso cada vez más generalizado [iv].

Los grupos económicos que más han ganado durante la pandemia amenazan con despidos, cierres y deslocalizaciones, como medidas de extorsión contra los trabajadores y el gobierno nacional.

 

 

Medidas posibles

La Argentina no puede aceptar los cierres o deslocalizaciones de empresas como si fueran hechos normales en el contexto de la libre circulación de los capitales impuesta por el dominio del capital financiero.

Hay un orden económico internacional dominado por 500 sociedades transcontinentales privadas que –según datos del Banco Mundial– controlan el 52,8 por ciento del producto mundial bruto, es decir, más de la mitad de toda la riqueza producida en el planeta. Su valor patrimonial es igual al producto interior bruto de 130 Estados, aunque emplean menos del 1,8% de la fuerza de trabajo del mundo. “Esas 500 sociedades presentan al mercado como nuevo sujeto de la Historia, lo que no es más que una falsedad ideológica que utilizan como máscara”. Hoy el capital es totalmente móvil y viaja alrededor del planeta a la velocidad de la luz, cambiando de rostro y de nombre de forma instantánea a través de sociedades pantalla. Todas las grandes corporaciones multinacionales utilizan sociedades offshore, domiciliadas en guaridas fiscales. Sus movimientos resultan absolutamente opacos. Y sirven para que prácticamente no paguen impuestos, facilitándoles la evasión fiscal [v].

El caso de Dow y otros no son más que manifestaciones del accionar generalizado de los conglomerados económicos transnacionales. Los Estados nacional y provincial deben impedir el cierre de esta empresa, ya fuere a través de promover su adquisición por otra sociedad o mediante su expropiación por causa de utilidad pública. Los trabajadores tienen derecho a contrarrestar el lock- out patronal, evitar el vaciamiento, la pérdida de los puestos de trabajo y la destrucción de la planta –con la que amenaza la multinacional– a través de todas las medidas de acción directa a su alcance.

En nuestro país aún se halla vigente la Ley de Inversiones Extranjeras 21.382 (texto ordenado de 1993), la misma de la dictadura cívico-militar que fue pergeñada por José Alfredo Martínez de Hoz y modificada durante el menemismo por la Ley de Emergencia Económica 23.697. De acuerdo a la misma, los inversores extranjeros que inviertan capitales en el país destinados a la promoción de actividades de índole económica, o a la ampliación o perfeccionamiento de las existentes, tendrán los mismos derechos y obligaciones que la Constitución y las leyes acuerdan a los inversores nacionales.

Contrariamente a lo que los economistas y voceros políticos y mediáticos del establishment proclaman hasta el cansancio, las inversiones extranjeras no implican, necesariamente, la incorporación de nuevos valores a las fuerzas productivas. El artículo 2 de la ley 21.382 dice que “a los fines de la presente ley se entiende por inversión de capital extranjero:

  • a) todo aporte de capital perteneciente a inversores extranjeros, aplicado a actividades de índole económica realizadas en el país;
  • b) la adquisición de participaciones en el capital de una empresa local existente, por parte de inversores extranjeros”.

El artículo 3 establece que la inversión extranjera podrá efectuarse en:

  1. Moneda extranjera de libre convertibilidad.
  2. Bienes de capital, sus repuestos y accesorios.
  3. Utilidades o capital en moneda nacional pertenecientes a inversores extranjeros, siempre que se encuentren legalmente en condiciones de ser transferidos al exterior.
  4. Capitalización de créditos externos en moneda extranjera de libre convertibilidad.
  5. Bienes inmateriales, de acuerdo con la legislación específica.
  6. Otras formas de aporte que se contemplen en regímenes especiales o de promoción.

Se prevé como “inversión extranjera” tanto la efectuada en moneda extranjera de libre convertibilidad como “el aporte de bienes de capital, sus repuestos y accesorios”, forma preferida por las empresas multinacionales, ya que les permite realizar el valor de equipos o maquinarias exportadas como capital, sobrevaluando su valor real.

En esta difícil etapa de nuestra economía, es necesario priorizar el fomento de las inversiones del capital nacional, recordando que “no alcanza sólo con crecer, sino desmonopolizar. Hay que poner un límite, hacerles cumplir la ley, porque abusan de su posición dominante”, y que es necesario pensar en cómo dar trabajo a 500.000 personas. Una de las iniciativas en ese sentido es la reducción de la jornada laboral, manteniendo los salarios [vi]. [1]

La Ley de Inversiones Extranjeras, totalmente funcional a los intereses del capital monopolista, es contraria a los objetivos del desarrollo nacional y la creación de empleo. Debe ser sustituida por otra que fortalezca el control del Estado, que autorice sólo las inversiones extranjeras directas de carácter productivo que generen nuevos puestos de trabajo y que estén direccionadas hacia determinados sectores de la economía, sin provocar una competencia ruinosa para las empresas nacionales.

 

 

 

[i] “La parte que los medios no publican”, David Cufré, Página/12, 13/08/2021.
[ii] Ermida Uriarte Oscar, “Deslocalización, globalización y derecho del trabajo”, IUSLabor, enero de 2007.
[iii] “Algunas cuestiones sobre el impacto de las empresas transnacionales: fiscalidad, deslocalizaciones y calidad del empleo”, Mikel de la Fuente Lavín, Universidad del País Vasco, página 90.
[iv] Elizondo, Jorge, “El lock out y la huelga”, en La Causa Laboral, Asociación de Abogados y Abogadas Laboralistas, Revista bimestral, Año XIII, ISSN 2346-8610.
[v] Jean Ziegler, vicepresidente del Comité Asesor del Consejo de Derechos Humanos de las Naciones Unidas. Profesor de Sociología de la Universidad de Ginebra y de La Sorbona.
[vi] Declaraciones de Leo Bilanski, presidente de la Asociación de Empresarios Nacionales para el Desarrollo Argentino (ENAC), Infogremiales, 18 de agosto de 2021.

 

--------------------------------

Para suscribirte con $ 1000/mes al Cohete hace click aquí

Para suscribirte con $ 2500/mes al Cohete hace click aquí

Para suscribirte con $ 5000/mes al Cohete hace click aquí