Jaque al proyecto estrella de Trump

Un freno al poder absoluto

 

El viernes, después de poco más de cinco meses de estudio, el Tribunal Supremo de Justicia de Estados Unidos calificó de ilegal la política arancelaria impuesta por el Presidente Donald Trump en lo que se refiere a los aranceles bajo el marco de la Ley de Poderes Económicos de Emergencia Internacional (IEEPA). A pesar de que seis de los nueve magistrados eran cercanos ideológicamente a Trump, solo tres votaron en contra y el resto formó parte de los seis que votaron a favor del fallo.

La IEEPA sólo permite regular el comercio vía cuotas, embargos, pero no “tasarlo”, es decir, imponer aranceles o impuestos. Ello explica la contundencia de la votación, días antes del discurso que pronunciará Trump ante el Congreso sobre el estado de la Unión. Sin duda, el golpe más duro inferido a su investidura y a su proyecto estrella desde que asumió su mandato.

Esto ha generado el enojo de Trump, quien inmediatamente salió con despecho a decir que estaba avergonzado de algunos miembros de la Corte (o sea, de los seis que votaron a favor del fallo). Con un lenguaje propio de un Pedro Navaja, tildó a los jueces de la mayoría como "fools" (tontos) y "lapdogs" (falderos) y arremetió contra los jueces a quienes él nombró: Neil Gorsuch y Amy Coney Barrett al decir que eran "una vergüenza para sus familias".

 

 

La Ley de Poderes Económicos de Emergencia Internacional (IEEPA)

La IEEPA, por sus siglas en inglés (International Emergency Economic Powers Act), es una ley federal de 1977 que otorga al Presidente de Estados Unidos autoridad para regular funciones económicas en respuesta a una "amenaza inusual y extraordinaria" proveniente del extranjero. Fue diseñada para permitirle al Presidente actuar rápidamente durante emergencias nacionales (como guerras o crisis graves de política exterior) sin esperar al Congreso. Tradicionalmente, se ha usado para congelar activos de gobiernos extranjeros o terroristas, bloquear transacciones financieras con países sancionados e imponer embargos comerciales específicos.

Pero el Presidente Trump hizo un uso indebido: declaró que el déficit comercial de Estados Unidos y la entrada de fentanilo constituían una emergencia nacional. Bajo esa lógica, argumentó que la IEEPA le daba el poder de imponer aranceles globales masivos para "proteger la economía". No tomó en cuenta que la IEEPA no es una vía libre para que el Presidente cree nuevos impuestos comerciales por su cuenta, puesto que la Constitución (artículo I, sección 8) reserva esta facultad exclusivamente al Congreso.

Así, los jueces determinaron que Trump intentó usar una ley de emergencias para rediseñar toda la política comercial del país, algo que excede el propósito original de la norma, por lo que declaró que los aranceles impuestos bajo la IEEPA son ilegales.

 

 

Reacción inmediata

Como Trump ya estaba avisado y sabía muy bien que este fallo podría ocurrir, tenía preparada la batería legal para mantener su política arancelaria. Así que de inmediato firmó una Orden Ejecutiva que estableció un nuevo arancel global del 10% bajo el sustento legal de la sección 122 de la Ley de Comercio de 1974.

A diferencia de la ley que la Corte Suprema derogó, esta sección permite al Presidente imponer aranceles temporales (por hasta 150 días) para corregir un déficit persistente en la balanza de pagos sin necesidad de declarar una emergencia nacional de seguridad. Este entrará en vigencia a partir del 24 de febrero por 150 días, después de lo cual deberá ser aprobado por el Congreso si quiere que esta continúe vigente. Esta situación generará mayor incertidumbre a la que usualmente proyecta el Presidente estadounidense a nivel mundial.

Según el anuncio, los productos de Canadá y México que cumplan con el tratado T-MEC quedarán exentos. También habrá excepciones para ciertos minerales, recursos naturales, fertilizantes y productos farmacéuticos. Sin embargo, acuerdos comerciales previos, como el Reino Unido, India y la Unión Europea, y probablemente Argentina, ahora enfrentarán este arancel global del 10%.

Es importante señalar que no todos los aranceles que Trump ha impuesto durante su segundo mandato tienen sustento legal en las emergencias que declaró bajo la IEEPA, por lo que estos continuarán vigentes. Es el caso de los aranceles específicos para la industria del acero, el aluminio, la madera y la automotriz, para la que Trump se valió de otra ley: la sección 232 de la Ley de Expansión Comercial de 1962, al alegar motivos de seguridad nacional.

En efecto, esta normativa otorga al Presidente la autoridad para imponer aranceles o restricciones a las importaciones si se determina que estas representan una amenaza para la seguridad nacional. Ello requiere de una investigación previa del Departamento de Comercio, que debe realizar una investigación que confirme dicho riesgo.
Trump también podrá utilizar la sección 301 de la Ley de Comercio de 1974, y de hecho ha insinuado que ampliará el uso de esta norma, que permite a Estados Unidos sancionar a países que realicen "prácticas comerciales desleales". Es la misma ley que usó en su primer mandato contra China. Esa norma le permite al Representante Comercial de Estados Unidos (USTR) imponer aranceles discrecionales, sin límites, siempre que se utilicen para eliminar prácticas comerciales extranjeras "injustificables" o "discriminatorias", tal como fueron aplicados a las importaciones de vehículos chinos. La sección 301 también exige una investigación previa por parte del representante comercial de Estados Unidos (USTR) y un periodo de comentarios públicos antes de que los aranceles entren en vigor.

 

El gran problema de Trump: devolver los aranceles ilegales

En cualquier caso, Trump deberá reembolsar los aranceles derogados por ser considerados ilegales, los que se estiman en 175.000 millones de dólares. En un escenario de creciente déficit fiscal con un crecimiento en espiral del servicio de la deuda, en el que el Presidente aspira a incrementar el presupuesto del Pentágono nada menos que en un 50%, el fallo le cae como un rayo en cielo despejado.

Muchas empresas ya trasladaron el costo del arancel a precios, es decir, al consumidor final, que resulta el más perjudicado. De hecho, encuestas recientes coinciden en señalar que 60% de los estadounidenses expresan rechazo al incremento de aranceles. Como la mayoría de los importadores ha trasladado el costo arancelario a los precios, será muy engorroso determinar qué empresas lo hicieron, en qué grado, pues de lo contrario, recibir la devolución de los aranceles sería en la práctica una suerte de impuesto pagado por los usuarios en beneficio de estos. Devolverlo a los usuarios sería engorroso.

No es cierto que los países exportadores al mercado estadounidense paguen los aranceles impuestos por Trump. Los exportadores pueden verse desincentivados a exportar, pero, por lo general, son las empresas importadoras en Estados Unidos las que pagan el arancel al gobierno al traer la mercancía, y estos a su vez lo cargan al consumidor. Este es un factor poderoso por el que el gobierno no puede controlar la inflación, que ascendió en 2025 a 2,7%, superando la meta del 2%.

 

Liberación o suicidio

El fallo judicial ha puesto un freno al "poder absoluto" del Presidente sobre la política arancelaria inaugurada el 2 de abril del año pasado cuando Donald Trump, pizarra en mano, declaró el día de la liberación al imponer aranceles a todo el mundo, incluida una isla donde solo habitaban pingüinos. Ese acto en el que lanzó su guerra arancelaria mundial con el objetivo de “hacer América grande otra vez” quedará probablemente grabado en la historia como el punto de inflexión en el que Estados Unidos puso en evidencia su pérdida de hegemonía económica, política y diplomática.

En efecto, ese día Trump impuso aranceles del 10% a más de 150 países y territorios bajo la Ley IEEPA, además de un nivel de aranceles mayor, diferenciado, a países como Vietnam, con un 46%, Taiwán, 32%, Japón, 34%, Corea del Sur, 25%, Israel con 17%, China, 34%, y la Unión Europea con un 20%.

Como si se tratase de trasladar un mueble, Trump dijo durante su discurso que si querían evitar los aranceles, debían instalarse en los Estados Unidos porque hoy se defiende al trabajador estadounidense y que por fin estaban priorizando a su país. Y agregó: "Los horrendos desequilibrios han devastado nuestra base industrial y han puesto en riesgo nuestra seguridad nacional. (...) Los países amigos se comportaban a veces peor que los enemigos".
También expresó: "[La imposición de aranceles] es nuestra declaración de independencia económica; (...) [el dinero generado] se utilizaría para reducir nuestros impuestos y pagar nuestra deuda nacional”. Y como si las estrategias de globalización neoliberal no hubieran sido diseñadas por funcionarios de ese país y empleados de las corporaciones estadounidenses, dijo: “Durante décadas nuestro país ha sido saqueado, nos han robado nuestros empleos y nuestras fábricas”. Trump no dice que el consumo de sus ciudadanos y las ganancias de importantes corporaciones del mundo se beneficiaron con la mano de obra barata en países de Asia y América Latina. Tampoco, que los responsables del déficit fiscal y de la enorme deuda del país son los sucesivos gobiernos que han financiado guerras y bases militares mediante la impresión de dólares.

Desde entonces, Trump, haciendo uso indebido e inconstitucional de dicha ley, sin aprobación del Congreso, ha impuesto aranceles a diestra y siniestra con el poder de un emperador, que no le ha traído resultados favorables al cabo de diez meses de su lanzamiento. La inflación no puede ser controlada, la economía no crece, las importaciones continúan creciendo, el déficit comercial se mantiene en los mismos niveles y tampoco hay creación de empleo.

Lo más grave de su política arancelaria es su uso extorsivo como mecanismo de injerencia en asuntos internos de los países. Es el caso de la escandalosa intromisión del gobierno estadounidense en la institucionalidad brasileña con la imposición de aranceles del 50% a parte de sus exportaciones al mercado estadounidense como arma para que se le otorgue inmunidad a su aliado, el ex Presidente Jair Bolsonaro, y permitirle así que participe en las elecciones presidenciales de 2026.

En agosto, el Presidente Trump duplicó los aranceles a las importaciones de India al 50% como un castigo por importar petróleo ruso. En aquella oportunidad, por la misma razón, amenazó con tomar la misma medida con China, pero las autoridades de ese país lo pusieron en su lugar y le dijeron que seguirán tomando medidas de seguridad energética basadas en sus intereses.

Trump también ha amenazado con su garrote arancelario a Colombia en repetidas oportunidades y el 9 de febrero pasado firmó una orden ejecutiva que impuso aranceles a los bienes y servicios procedentes de países que vendan o proporcionen petróleo a Cuba, argumentando que la ayuda a la isla “constituye una amenaza inusual y extraordinaria para la seguridad nacional y la política exterior de Estados Unidos”. Hasta antes del secuestro de Nicolás Maduro, el petróleo consumido por Cuba, indispensable para su suministro eléctrico, provenía fundamentalmente de México y de Venezuela. Suspendido el envío, Cuba padece una crisis humanitaria que el gobierno estadounidense utiliza como arma para derribar al gobierno.

Con países latinoamericanos que tenían Tratados de Libre Comercio con Estados Unidos, y aun teniendo todos ellos, con excepción de México, déficit comercial con Estados Unidos, les impuso aranceles del 10%. Como a otros países de Asia les impuso aranceles más altos, esto implicó cierta protección en algunos rubros en los que competían con los latinoamericanos, por lo que estos aceptaron calladamente la violación de un tratado internacional aprobado por los Congresos de esos países.

En síntesis, el fallo de la Corte Suprema ha puesto un freno al poder absoluto del Presidente en la política arancelaria, en un escenario de caída de respaldo ciudadano a sus proyectos en diversos frentes. A esto se suma la presión de las elecciones de medio término en noviembre, cuando se presagian nubarrones.

 

 

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