Juzgar a los patrones

Responsabilidad empresarial en el terrorismo de Estado: logros, desafíos y obstáculos

 

Desde la asunción de un nuevo gobierno en diciembre de 2019 se buscó dar impulso a la temática, considerada prioritaria para dar respuestas a las demandas de décadas, aún en un contexto tan complejo como el de la pandemia del Covid-19. Entre 2020 y 2021, años en los que tuvieron lugar decisiones clave como la de la Corte Suprema de Justicia de la Nación que anuló la falta de mérito otorgada a Carlos Blaquier y a Alberto Lemos en las causas vinculadas con el ingenio Ledesma, una serie de decisiones judiciales definieron los procesamientos de figuras de la empresa Acindar en los casos de la represión en Villa Constitución, en la empresa Norwinco de Tucumán y el ingenio La Fronterita, al tiempo que avanzó una segunda causa vinculada con la empresa de transporte La Veloz del Norte, en la provincia de Salta.

Finalmente, a fines de 2021, luego de la confirmación de la sentencia de la Causa Ford en la Cámara Federal de Casación Penal, se lograron avances en el sistema interamericano vinculados con ese proceso represivo. El 1° de diciembre de 2021 se firmó un compromiso de cumplimiento por parte del Estado de las recomendaciones de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH), en reparación por los perjuicios sufridos por Pedro Troiani, secuestrado y torturado dentro de la empresa automotriz en 1976 y luego despedido sin posibilidad de indemnización. Troiani se había visto impedido de reclamar sus derechos por temor a represalias y cuando finalmente pudo presentar una demanda de reparación por parte de la empresa, ésta fue declarada prescripta. El acuerdo contempló medidas de reparación individual, el acompañamiento de la acción civil y medidas de reparación colectiva como iniciativas de investigación, archivo, señalización y comunicación sobre responsabilidad empresarial en la represión a trabajadores/as y sindicalistas.

Un dato clave para avanzar en el campo de las acciones civiles fue la modificación en noviembre de 2020 del Código Civil que estableció la imprescriptibilidad del resarcimiento de los delitos de lesa humanidad, lo que abre nuevas perspectivas para los intentos de judicialización de las responsabilidades empresariales en los ámbitos civil y laboral.

En un antecedente auspicioso, en abril de 2007 la Suprema Corte de la Provincia de Buenos Aires había ordenado a la empresa Siderca, del grupo económico Techint, pagar a la viuda de Orlando Bordisso, un empleado desaparecido durante la última dictadura, una indemnización establecida por la entonces vigente ley de accidentes de trabajo, debido a que el secuestro ocurrió en el trayecto entre la planta metalúrgica y su casa.

Por otra parte, en mayo de 2019 la Corte Suprema de Justicia de la Nación sentó jurisprudencia en otro caso similar que pareció clausurar este camino. En el caso de Roberto Ingegnieros, otro trabajador del grupo Techint víctima de desaparición forzada también ocurrida en el trayecto entre la fábrica y su domicilio, la Corte decidió por mayoría que las acciones laborales destinadas a obtener la reparación de daños derivados de delitos de lesa humanidad se encontraban sujetas a los plazos de prescripción de la normativa aplicable. El nuevo Código Civil marca en este sentido un cambio progresivo significativo y destacable.

Los desarrollos actuales se proponen vencer los obstáculos y las demoras, poniendo en juego el conocimiento acumulado a lo largo de décadas en distintas instancias de denuncia nacional e internacional de las violaciones a los derechos humanos durante la dictadura, así como en las distintas etapas del proceso de justicia.

Sin embargo, son muchas las asignaturas pendientes. Diversos juicios que llegaron a la etapa oral únicamente con imputados de las fuerzas armadas y de seguridad pusieron de manifiesto, a partir de testimonios de víctimas y de expertos/as, la existencia de múltiples trabas y la deficiente recepción y escucha de las responsabilidades empresariales en la represión de trabajadores/as y sindicalistas.

Algunos de los casos son la Megacausa de Jujuy, que incluye trabajadores/as de Ledesma y Mina El Aguilar, diversos tramos de la causa de Campo de Mayo, con casos de trabajadores/as y delegados/as de una gran cantidad de empresas del cordón industrial de zona norte y oeste de la Provincia de Buenos Aires, y el juicio relativo a crímenes cometidos en las ex Brigadas de Investigaciones y CCDTyE de Lanús, Quilmes y Banfield, en el cordón industrial sur, involucrando trabajadores/as de empresas como Molinos Río de la Plata, Astilleros Río Santiago, Mercedes-Benz, Saiar y Peugeot, entre otros.

Otros juicios iniciados en 2019, como el de Contraofensiva I y el de Ligas Agrarias, que analizó la represión contra militantes de estas organizaciones en la provincia de Chaco, han enfatizado la necesidad de abordar las articulaciones empresariales y militares en territorios urbanos y rurales. Estudios de este tipo contribuirían además al análisis de procesos de organización, militancia y represión en ámbitos rurales de gran importancia regional pero que han tenido hasta el momento un abordaje parcial y preliminar.

La confluencia y articulación de diversos sectores y luchas sindicales y sociales de distintos territorios del país en los años '60 y '70 fue atacada por una política represiva que también presentó conexiones y patrones en común en todo el país.

Los impactos de esta trayectoria son, por un lado, judiciales, pero también históricos y sociales. Al iluminar en forma contundente el papel de la clase trabajadora en esta historia, la dimensión de la represión a trabajadores/as y sindicalistas, así como la participación de empresas y empresarios en ese proceso, en articulación con las Fuerzas Armadas, contribuye a enfatizar la vinculación entre las políticas represivas y las luchas por los derechos económicos, sociales y laborales a la hora de analizar las dictaduras en la Argentina y en la región durante la etapa de la Guerra Fría y sus duraderos impactos y condicionamientos.

Al mismo tiempo, esta línea de trabajo sobre responsabilidad empresarial dio lugar a diversas iniciativas, tanto en el campo penal como en el civil y el laboral; a presentaciones en el ámbito internacional y a políticas de reparación a nivel individual y colectivo, tanto económicas como simbólicas, incluyendo los procesos de señalización territorial, la reparación de legajos laborales, en primera instancia en el sector público y desde diciembre de 2021 para el sector privado, y a un amplio arco de formas de reconstrucción, conmemoración y comunicación de lo ocurrido en las distintas localidades y territorios del país.

La demora de los procesos judiciales, que tiene como contracara la avanzada edad tanto de los imputados/as como de las víctimas que exigen justicia, imprime una urgencia ineludible y convoca a sumar todos los esfuerzos y aportes posibles desde todos los sectores. Resulta imperioso avanzar de inmediato para ampliar las políticas de memoria, verdad, justicia y reparación que permitirán construir sobre bases y criterios más justos las disputas por derechos económicos, sociales, laborales y políticos en el presente y el futuro.

 

 

 

* El texto es el último capítulo del libro Responsabilidad empresarial en las violaciones a los derechos humanos en la Argentina, que puede descargarse aquí, y su título completo es “Logros, desafíos y obstáculos para la judicialización de las responsabilidades empresariales y la reparación a trabajadores/as y sindicalistas en la etapa actual (2019-2022)”.
**Victoria Basualdo, Andrea Copani, María Alejandra Esponda, Marianela Galli, Carina Wittenstein y Marisol Machado, autoras del texto, integran la Unidad especial de investigación de delitos de lesa humanidad cometidos con motivación económica de la Secretaría de Derechos Humanos de la Nación.

 

 

 

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