La balanza de Luciani

Solo les faltó decir que las elecciones y la democracia son revisables por los jueces, que tienen el poder

 

Después de muchos años hemos podido saber que durante la dictadura se registró un cambio respecto a la existencia de las personas: pueden estar vivas o muertas o bien —y esta es la nueva categoría inventada por los militares en nuestro país— “desaparecidas”.

Se ha señalado que los militares impulsaron la persecución, el secuestro, la tortura y el asesinato de manera secreta y sistematizada de personas por motivos políticos en el marco del terrorismo de Estado, buscándose la impunidad al dificultar la prueba del cuerpo del delito. La desaparición es lo que logra que las personas puedan ser asesinadas impunemente. El procedimiento era el de desaparecer a los opositores, método represivo basado fundamentalmente en la producción de desconocimiento. Por eso, saber qué pasó, recuperar la memoria y exigir la verdad, se volvieron reclamos principales de las víctimas y de las organizaciones de derechos humanos.

Jorge Rafael Videla, en un reportaje realizado por la periodista María Seoane, dijo: “No, no se podía fusilar. La sociedad argentina, cambiante, traicionera, no se hubiera bancado los fusilamientos. No había otra manera. Había que desaparecerlos. Es lo que enseñaban los manuales de la represión en Argelia, en Vietnam. Estuvimos todos de acuerdo. ¿Dar a conocer dónde están los restos? Pero, ¿qué es lo que podíamos señalar? ¿El mar, el Río de la Plata, el Riachuelo? Se pensó, en su momento, dar a conocer las listas. Pero luego se planteó: si se dan por muertos, enseguida vienen las preguntas que no se pueden responder: quién mató, dónde, cómo”. Videla fue condenado en 1985 a cadena perpetua, junto con otros ex jefes militares, por delitos de lesa humanidad durante su mandato.

Y ahora vemos que en la causa “Vialidad” los fiscales, contrariando los principios y las reglas procesales, han inventado las pruebas “desaparecidas”, valorando en sus alegatos pruebas que no formaron parte del debate y que ahora “aparecen”, claro que mutiladas porque solo se unieron párrafos de conversaciones telefónicas, desechando las partes que revelaban la falta de pruebas acerca de una presunta “asociación ilícita” conformada por quienes ejercían las funciones propias del Poder Ejecutivo. Solo les ha faltado decir que las elecciones y la democracia son revisables por los jueces, que son quienes tienen el poder.

Esa aparición durante el juicio tampoco les sirvió para una prueba plena, que es lo que le corresponde al fiscal acompañar para sostener razonablemente una acusación, aplicando en su reemplazo una apelación al “sentido común”.

Todo ello en un discurso carente de análisis jurídico y rellenado con epítetos a través del uso de términos valorativos, suplantando con palabras altisonantes la falta de pruebas que hubo durante el proceso que duró tres años. Como se señalara en una nota periodística, se trató de una “estrategia de fuegos artificiales”, destinada a tapar que en los más de tres años de audiencias no se había probado nada que comprometiera a la ex Presidenta.

Con un notable desconocimiento acerca del mérito de las pruebas que destruyen la presunción de inocencia y de lo regulado en la Constitución y en el código procesal, el fiscal inventó la teoría del “peso de las pruebas”, medido no en su mérito sino en la balanza, en toneladas.

Asimismo, citaron fallos de la Corte Suprema haciéndole decir lo contrario de lo que la Corte dijera en una causa, es decir mintieron acerca del contenido sentado en ese caso y sin inmutarse.

Recuerdo las reflexiones de un fiscal —para demostrar que no todos son iguales en el desempeño de su cargo— porque creo que se trata de un buen enfoque que trae luz sobre el tema. Planteaba que los fiscales cuando acusan o piden absoluciones, y los jueces cuando dictan sentencias, deben ser muy contundentes, claros y objetivos en estos casos de tanto interés público y de incidencia social. Deben describir las pruebas, explicar con base objetiva los hechos que se consideran probados y los que no, asignarles una calificación jurídica de manera didáctica, y luego decir las conclusiones, sin estridencias, sin conjeturas, adjetivos calificativos, apelativos a los sentimientos de los oyentes (para la hinchada), lo cual no significa falta de pasión, energía y hasta de vehemencia. Es decir, son las pruebas las que tienen que hablar. Cuando habla la evidencia, se acabaron las conjeturas, deducciones, presunciones, sospechas o medias verdades. De esa manera, el Derecho —y su aplicación por los fiscales y jueces— cumplirá su cometido de pacificación y tranquilidad social.

Recordemos lo que la Corte Suprema señaló en el caso Stancanelli, citado por el fiscal pero no aplicado en su alegato. Dijo que resulta necesario llamar a la reflexión a los jueces y fiscales, intervinientes en causas de significativa repercusión, sobre la necesidad de extremar la atención en el encuadramiento legal de los hechos imputados a funcionarios o ex funcionarios frente a una opinión pública, formada espontáneamente u orientada por los medios masivos de comunicación, particularmente sensible ante hechos, reales o supuestos, de corrupción administrativa, Pues resulta irreparable el daño producido por la ligereza en la apreciación de tales hechos al crear expectativas públicas de punición que, en caso de quedar luego desvirtuadas, alimentan sospechas o interpretaciones torcidas o aun malévolas sobre la intención de los órganos judiciales que en definitiva hacen respetar el ordenamiento jurídico. Nada se resuelve creando delitos de la nada ni buscando el tipo penal que permita el procesamiento con efectiva privación de la libertad para luego acomodar los hechos a la figura, invirtiendo así el orden lógico del razonamiento. Demasiados problemas han ocasionado a la república las represiones ilegales del pasado para que ahora se intente la represión de los delitos contra la administración o que perjudiquen el erario público por caminos aparentemente revestidos de legalidad, pero en definitiva ilegales, con el agravante de provenir de los encargados de asegurar el imperio del derecho y la consiguiente paz social. No es cuestión de satisfacer a la opinión pública presentándose como adalides de la lucha contra la corrupción administrativa, sino de aplicar rigurosamente el ordenamiento jurídico sancionando mediante la utilización de los medios legítimos suministrados por el derecho a aquellos que lo violan.

Por eso ahora vuelvo a recordar una parte de un artículo que escribiera el profesor Julio Maier y que titulara “Del ridiculo es dificil volver”, en relación a otra causa del lawfare—la del memorándum con Irán— en el que decía: “Sábado de madrugada: me acabo de enterar, por intermedio del fiscal del caso, a quien no conozco –pero me gustaría saber en cuál Universidad estudió y quien le enseñó Derecho penal (comprensivo del derecho procesal penal)— que el tratado con Irán ha cobrado nuevos bríos criminales y criminológicos”, señalando “lo poco menos –o más— que estúpido –también por lo inútil— que resulta enjuiciar a los protagonistas de un tratado, que nunca se perfeccionó ni ejecutó, sobre la base de una supuesta intención”. Y nos dice: “Se comprende ahora mi curiosidad por conocer cómo se enseña y quién enseña Derecho penal y procesal penal en las universidades de nuestro país, a pesar de que no desconozco que pueden existir malos estudiantes que no llegan a comprender los alcances del Derecho penal y, sin embargo, superan las exigencias para arribar al título de grado”.

Estas reflexiones del Maestro del Derecho Procesal resultan aplicables a esta causa conocida como “Vialidad” y me gustaría también saber en qué universidad estudiaron estos funcionarios, pero me da un poco de temor conocer también quien les enseñó el derecho penal y procesal penal, porque yo he enseñado muchos años en la UBA y he sido titular de cátedra por lo que este dato puede volverse en mi contra.

 

 

 

 

 

 

  • Profesora Consulta de la Facultad de Derecho de la UBA
  • Premio Azucena Villaflor 2021 por su actuación en defensa de los Derechos Humanos

 

 

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