La dignidad de Manuela

La Corte Interamericana podría sentar un precedente para terminar con la penalización del aborto

 

Desde su casa de adobe con piso de tierra y techo de chapa, en la zona rural de Cacaopera, un joven salvadoreño de 21 años con ojos rasgados mira a la cámara y reclama justicia: “Le pido al Estado que no haya más niños como nosotros, que tengan que crecer sin madres”. Es Santos, el hijo mayor de Manuela –pseudónimo utilizado para preservar su identidad–, una mujer que fue condenada a 30 años de prisión por homicidio agravado a raíz de la pérdida involuntaria de un embarazo y murió en 2010 esposada a la cama de un hospital. Del otro lado de la pantalla observan el video desde San José, Costa Rica, los jueces de la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CorteIDH) durante la segunda jornada de la audiencia pública del caso “Manuela y otros vs. El Salvador”. Se trata de un momento histórico: por primera vez el tribunal internacional trata una denuncia contra un Estado por una condena en el marco de una emergencia obstétrica. El fallo, que se conocería en la segunda mitad del año, podría sentar un precedente en la región respecto al reconocimiento de los derechos reproductivos de las mujeres y personas gestantes y visibilizar el impacto de la prohibición absoluta del aborto en la criminalización de quienes sufren emergencias obstétricas.

Manuela, de 31 años, vivía en condiciones de pobreza. Tenía dos hijos, uno de 9 años (Santos) y otro de 7, y era jefa de familia: su esposo los había abandonado. No sabía leer ni escribir, nunca tuvo acceso a una educación formal ni a servicios de salud reproductiva. Sus dos primeros partos fueron en su propia casa, sin ayuda médica. El 27 de febrero de 2008 llegó al hospital envuelta en una hamaca. Tenía una hemorragia severa y síntomas de preeclampsia. Esa noche había sentido un fuerte dolor abdominal, expulsó el feto en la letrina que se encontraba a unos metros de su casa y se desmayó. Sus padres la llevaron al hospital más cercano, a dos horas del lugar.

Desde el momento en que pisó el centro médico hasta el fin de su vida Manuela fue víctima de un entramado de violencias: de género, institucionales, obstétricas, psicológicas. La médica que la atendió asumió que se había provocado un aborto, avisó a la policía sobre el delito y esperó tres horas para tratarla, mientras ella se desangraba.

El Salvador es parte de un puñado de países de Latinoamérica y el Caribe en que el aborto se encuentra totalmente prohibido. Desde 1998 está penalizado en todas las circunstancias: ni siquiera es permitido por causales como que el embarazo sea consecuencia de una violación o el peligro de vida de la persona gestante. La pena para quienes abortan es de hasta 50 años de cárcel y para el personal médico que realiza la intervención de hasta 12 años. En 1999 la Constitución salvadoreña incorporó la definición de persona como “todo ser humano desde el instante de la concepción”.

Durante su internación Manuela fue interrogada en el hospital por dos agentes de la policía que, sin evidencias, la acusaron de haber matado a su hijo. Le dijeron que era “una ligera” por haber tenido sexo extramarital asumiendo que había engañado a su esposo, a quien no veía hacía años. Sin una orden judicial ni un abogado defensor presente durante el interrogatorio, la esposaron a la camilla y cuando fue dada de alta la llevaron detenida con prisión preventiva.

El 11 de agosto de 2008, la justicia encontró a Manuela culpable del delito de “homicidio agravado por el vínculo” y la condenó a 30 años de prisión. Poco les importó que hubiera perdido su embarazo naturalmente, por una emergencia obstétrica. La justicia consideró como prueba un documento en el que la policía había obligado al papá de Manuela, quien no sabe leer, a imprimir sus huellas dactilares. Resultó ser una falsa denuncia contra su propia hija, en la que aseguraba que ella había inducido el parto.

La sentencia judicial, basada en toda clase de estereotipos de género, estuvo en sintonía con la versión policial: ella había tirado a su hijo a una letrina para esconder una supuesta infidelidad y evitar la crítica pública. El Tribunal juzgó a Manuela de “mala madre” por no haber tenido el “instinto maternal” para buscar atención médica en medio del dolor, cuando estaba desangrándose e incluso inconsciente.

En la cárcel Manuela adelgazó cerca de 13 kilogramos y perdió parte de su pelo. Después de un año de estar privada de su libertad le diagnosticaron un cáncer linfático, llamado Linfoma de Hodgkin. Inició un tratamiento de quimioterapia de forma tardía e intermitente. Un año antes de su condena había empezado a sentir dolores de cabeza, náuseas, dolor de estómago y cansancio. Tenía masas visibles en el cuello. Había consultado con un profesional de la Unidad de Salud cercana a su casa y le dijeron que era una gastritis.

 

 

 

 

Un largo camino hacia la justicia

Morena Herrera, coordinadora de la Agrupación Ciudadana para la Despenalización del Aborto Terapéutico, Ético y Eugenésico (ACDATEE) de El Salvador se cruzó por primera vez con la historia de Manuela en 2010, meses después de su muerte. La agrupación realizaba una investigación de los casos de aborto y emergencia obstétrica criminalizados en ese país y las presas se la contaron. “Un médico nos ayudó a reconstruir la historia clínica y así llegamos a la familia de Manuela. Estaban muy golpeados y nos dijeron que lo que más les dolía era cómo habían ensuciado su imagen”. Entonces acordaron presentar una revisión de la sentencia condenatoria con el fin de “dignificar la imagen de Manuela”. En 2011 la Justicia se negó a revisarla y, habiendo agotado las instancias nacionales del proceso judicial, la ACDETTE junto al Centro de Derechos Reproductivos (CDR) y la Colectiva Feminista por el Desarrollo Local presentaron en 2012 una petición ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) para que tratara el caso de Manuela. En julio de 2019 la CIDH decidió someter el caso ante la Corte y la audiencia se celebró el miércoles y el jueves últimos. Las organizaciones plantearon que el Estado de El Salvador violó su obligación de garantizar los derechos a la libertad, garantías judiciales, protección judicial e igualdad y no discriminación de Manuela, ya que fue detenida y condenada arbitrariamente por un delito que no cometió.

El caso de Manuela pone en discusión no sólo los derechos sexuales y reproductivos de las mujeres sino también los derechos humanos vinculados a la no discriminación y de igualdad en el acceso a la salud y a la justicia, desde una mirada de género y también de clase. “En la historia de Manuela hubo una discriminación estructural e interseccional por la vulnerabilidad en que se encontraba”, reflexionó Sara García, miembro también de Agrupación Ciudadana.

La investigación y el proceso penal tuvieron un sinfín de carencias técnicas. Desde la Agrupación señalaron que “nunca se pudo establecer de forma científica si el feto había llegado a término, si había nacido vivo o cuál fue la causa de su muerte”. Tampoco se investigaron los posibles elementos que afectaron el curso de su embarazo, como el cáncer aún no diagnosticado y la emergencia obstétrica que sufrió. En la misma línea, el obstetra especialista en embarazos de alto riesgo Guillermo Ortiz dijo en la audiencia que, según la historia clínica, Manuela presentaba un embarazo de “alto riesgo” y que sufrió “un parto extrahospitalario intempestivo”. Afirmó que al llegar al hospital padecía una hemorragia post-parto ocasionada por placenta retenida, un desgarro del canal del parto y una preeclampsia o hipertensión causada por el embarazo.

Desde las organizaciones y la familia piden que la Corte IDH reconozca la responsabilidad del Estado sobre las violaciones de derechos tanto en el ámbito de la salud como en el procesal y de la garantía de defensa legal efectiva. Además reclaman que el Estado públicamente dignifique la imagen de Manuela y repare integralmente a la familia. “Estamos exigiendo una reparación integral, que se limpie el nombre de Manuela, el estigma y la violencia que enfrentó ella y hoy su familia. Pero también pedimos una medida de no repetición, que se generen leyes y políticas públicas que no permitan que esa historia vuelva a ocurrir”, destacó la activista.

“Me siento contento de que el caso de mi mamá haya llegado a la Corte y espero que fallen a favor de nosotros”, dijo el hijo menor de Manuela en una charla con El Cohete. “No quiero que esto vuelva a pasar en otra familia, porque es muy doloroso lo que nosotros sufrimos”, añadió.

 

 

Del hospital a la cárcel

La llegada de la historia de Manuela a la Corte IDH abre la puerta para hablar de la despenalización del aborto en un país como El Salvador, que persigue penalmente y criminaliza a las personas gestantes no sólo por abortar sino por emergencias obstétricas o complicaciones espontáneas durante el embarazo, el parto o el post-parto.

Entre el 2000 y el 2019, la Agrupación Ciudadana por la Despenalización del Aborto identificó 181 casos de mujeres salvadoreñas que sufrieron emergencias obstétricas y enfrentaron procesos jurídicos por el delito de aborto o de homicidio agravado. Hoy hay 20 mujeres en la cárcel, que fueron procesadas y por las que se pide su liberación. “Las cifras dan cuenta es una problemática sistemática que se da en el marco de la penalización absoluta del aborto. Las mujeres son perseguidas del hospital a la cárcel, sin acceso a la Justicia, sin ser escuchadas”, aseguró García. En tal sentido, la abogada argentina de la CIDH, Laura Clérico, declaró durante la audiencia que “este no es un caso aislado: da cuenta de los problemas estructurales en la historia de Manuela y de otras personas en situaciones similares. Manuela no pudo acceder a la educación básica, no sabía leer ni escribir, no tenía acceso a la salud sexual integral ni a los métodos anticonceptivos modernos, y no tuvo acceso a atención de salud de calidad”.

En la mayoría de estos casos, las mujeres son denunciadas por profesionales de la salud, quebrantando el secreto profesional. Herrera señaló que hay una inseguridad jurídica que pesa no sólo sobre las mujeres o personas gestantes sino también sobre los médicos que “sienten temor de que si no denuncian puedan ser considerados también cómplices. Se trata de un andamiaje institucional donde las leyes, la interpretación que se hace de ellas y la forma de aplicación coadyuvan a crear un ambiente de persecución a las mujeres”.

 

 

Un fallo observado por toda Latinoamérica

Así como la situación de Manuela se repite en su país, también lo hace en diversos países de la región como Ecuador, donde hay 122 mujeres criminalizadas por eventos obstétricos, u Honduras, donde incluso recientemente se volvió más rígido el acceso a derechos sexuales y reproductivos con la restricción del derecho al aborto. En nuestro país, un informe realizado en diciembre por el Centro de Estudios Legales y Sociales (CELS) y la Campaña por el Derecho al Aborto Legal Seguro y Gratuito reveló que existen al menos 1.532 mujeres que afrontan causas penales por abortos y 37 por eventos obstétricos criminalizados en 17 provincias. Natalia Saralegui Ferrante, coautora del libro Dicen que tuve un bebé y quien participó de dicha investigación, aseguró que la de Manuela “no fue una situación aislada. Está asociada a prácticas que se desarrollan en El Salvador pero también en diversos países de la región. Es por eso que desde los feminismos de la región, y en particular los feminismos jurídicos, venimos muy atentas a la causa de Manuela”. La abogada junto a las otras dos autoras del libro, Gloria Orrego-Hoyos y María Lina Carrera, se presentó en febrero de este año como amicus curiae en la causa que tramita en la Corte IDH para poner en consideración las implicancias que tiene el caso en toda Latinoamérica. “Focalizamos nuestro planteo en los casos de criminalización de eventos obstétricos desde una perspectiva regional, mostrando que hoy la Corte no está resolviendo solamente respecto de la familia de Manuela sino sobre una realidad ampliamente difundida por las redes antiderechos en nuestro continente y que no ha sido hasta el día de hoy lo suficientemente visibilizada”.

Saralegui Ferrante recordó la historia de Patricia Solorza, una mujer que murió en 2019 esposada a una cama de la terapia intensiva del hospital de José León Suárez y había sido condenada a ocho años de prisión por homicidio agravado por el vínculo tras un aborto en el segundo trimestre de gestación. “Para nosotras poder presentarnos como amicus en el caso de Manuela fue también una forma de poder llevar a la Corte Interamericana, aunque más no sea con el relato que aportamos, la historia de Patricia, para mostrar que entre El Salvador y José León Suárez no hay tantas diferencias”, destacó.

La abogada sostuvo que la sentencia sobre el caso de Manuela tiene la posibilidad visibilizar la “serie de prácticas que van desde el hospital hasta el juzgado y la penitenciaría, que están afectando a cientos de mujeres en nuestra región, en su mayoría pobres, racializadas y que muchas veces habitan en territorios rurales y son parte de pueblos originarios”. Las feministas de El Salvador y toda América Latina repiten: “Manuela es Justicia y Esperanza”, porque su historia puede abrir el camino a la transformación para que ninguna mujer, niña o persona gestante vuelva a ser criminalizada por sufrir un evento obstétrico.

 

 

 

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