Un joven mapuche acaba de ser condenado por la justicia federal por usurpar una fracción del territorio ancestral al Estado nacional argentino, en un juicio oral y público plagado de irregularidades y maniobras que superaron las arbitrariedades constatadas en otros procesos judiciales similares. Lemu Cruz Cárdenas (37 años) fue sentenciado por cuatro hechos ligados a la usurpación por despojo de tierras ubicadas en el Parque Nacional Los Alerces, en el noroeste de la provincia de Chubut; Belén Salinas (31 años), por el incendio intencional de un puente. Todos los incidentes de violencia y destrucción ocurrieron a partir del reasentamiento territorial de la lof Paillako - Futalafken mew en enero de 2020, que se atribuyeron a la joven pareja en forma dudosa.
Enrique Baronetto, juez de Cámara de Comodoro Rivadavia, falló el 21 de agosto contra la pareja mapuche con penas de ejecución en suspenso. Esta semana se conocerán los fundamentos.
Durante el juicio, Lemu permaneció detenido en el subsuelo de una dependencia de la Policía Federal en Comodoro, permitiéndosele diez minutos diarios de conversación telefónica con sus hijos de tres y trece años. Tampoco tuvo privacidad para hablar con sus abogadxs defensores, tal como denunció en la apertura del debate la Asociación Gremial de Abogad@s de la República Argentina, que representa a ambos acusados.
El fiscal Mariano Sánchez recurrió a una maniobra procesal para pedir penas de ejecución efectiva de hasta siete años de prisión, arengando que “la sociedad quiere que siga preso” durante una especie de segundo alegato final fuera de norma. El juez no hizo lugar en el fallo, aunque fue más que condescendiente durante las jornadas del debate, lo que motivó planteos de la defensa. Horas después de la sentencia, Lemu recuperó la libertad y se reencontró con lamngen (hermanxs) de comunidades que acompañaron las jornadas del debate.

Los ancestros de Cárdenas y de Salinas se asentaron en el lugar hace cien años, antes de la creación de la Administración Nacional de Parques Nacionales (ANPN) que los querelló. Al igual que sus familiares, por generaciones vivieron como pobladores sometidos a las exigencias de Parques hasta que plasmaron en una lof su proceso de reconstitución de memoria activa como pueblo originario. La comunidad fue desalojada en enero de este año, con un desfile y despliegue de fuerzas y equipamiento encabezados por la ministra de Seguridad de la Nación, Patricia Bullrich, e Ignacio Torres, gobernador de Chubut.

Paillako (arroyo tranquilo en mapuzundun, la lengua mapuche) padeció la persecución política y judicial, adjudicándole la autoría de incendios forestales intencionales y un sinnúmero de hechos de vandalismo a fuerza de titulares en los medios de comunicación hegemónicos. Es posible suponer que los sectores dominantes locales y el gobierno nacional no aceptarán este fallo, sobre todo si Lemu pretende regresar a vivir a la cordillera, cerca de sus hijxs.
Nueva colonia
El Ministerio Público Fiscal federal y la Administración Nacional de Parques Nacionales se consolidaron como custodios de la herencia colonial en la Argentina ante el reclamo territorial del pueblo mapuche-tehuelche, según se registró durante el juicio oral y público contra estos dos integrantes de la Paillako y en comparación a la trayectoria del poder judicial federal en los juicios contra la Lafken Winkul Mapu, en Villa Mascardi, Parque Nacional Nahuel Huapi.
La elevación a juicio contra Lemu fue por cuatro hechos en concurso ideal, pero ya con el juicio iniciado el fiscal Sánchez pretendió transformar la acusación para agravar las penas y pedir la prisión efectiva. Se plegó a la estrategia fiscal la abogada Natalia Cardozo, en representación de la querella de Parques Nacionales. Por su parte, Mariel Schneider actuó en representación de la querella de María Laura Fenoglio, guardaparques de Alerces, quien se presentó como víctima del ataque con piedras durante el incendio intencional de un puente de madera.
Durante su testimonio, tanto Fenoglio como otros funcionarios de Parques adjudicaron en forma genérica a la pareja la responsabilidad y supuesta autoría de numerosos hechos violentos y vandálicos que no se debatían en el juicio. Todxs reconocieron que no tienen formación específica respecto a relación con Pueblos Originarios (PO), ni protocolos propios, a pesar que el Estado Nacional hace 31 años que reconoció su preexistencia en la Constitución Nacional.
“El Estado es juez y parte (en la Argentina)”, sintetizó Gustavo Franquet, codefensor de Belén y Lemu, al inscribir el caso en el proceso americano de 500 años cuando los nuevos Estados nacionales se crearon sobre el despojo del territorio y del genocidio de los pueblos originarios. “Necesitamos jueces de la Constitución y garantes del control de legalidad para hacer posible el imperio de la ley por sobre el imperio de la fuerza”, sostuvo en el alegato final de la defensa, advirtiendo sobre la “herencia del colonialismo” que expresaron tanto el fiscal Sánchez como el elenco de Parques Nacionales. “¿Qué pasa con lxs niñxs que se crían bajo el imperio de la fuerza?”, planteó. A la par, recordó que la Corte Interamericana de Derechos Humanos, en un fallo contra el Estado argentino de 2020, sostuvo que no existen en el país “vías de derecho para los Pueblos Originarios, sólo vías de hecho”.

Los testigos y los interrogatorios permitieron también reconstruir el andamiaje desplegado por Parques en Alerces, donde no se privó de condicionar a los familiares de los imputados, especialmente al padre de Belén, quien es poblador y fue empleado de la institución hasta hace pocos meses atrás. En Villa Mascardi, Parques apeló a un empleado que, a la vez, es integrante de otra comunidad mapuche distanciada de la Winkul Mapu en conflicto. En Paillako se usó el conocimiento familiar de la guardaparques Fenoglio respecto a Lemu para asegurar la participación del joven en distintos hechos. Hubo testigos que aseguraron reconocerlo de espaldas y desde lejos por su modo de caminar, y deducir que talló en la pared de madera un símbolo intimidatorio porque “se le da muy bien el dibujo”. Fenoglio aseguró reconocer a Belén en una persona a la que sólo se le veían sólo los ojos, a varios metros de distancia, detrás del humo y en horas de la noche, justo el día que la joven estuvo a varios kilómetros del lugar, donde había asistido a un control de su último embarazo.
Son casi cinco años en que el conflicto se desarrolla en tres planos simultáneos, según planteó Laura Tafettani, codefensora: los hechos en Los Alerces, las negociaciones en la mesa de diálogo con el gobierno nacional, y el legajo penal. El fracaso de la vía política –la del diálogo– se entiende perfectamente con el poder discrecional ejercido por el fiscal Sánchez, imponiendo sus tiempos y objetivos. El año pasado, el gobernador Torres cuestionó frontalmente al juez federal de Esquel, Guido Otranto, por demorar el desalojo por la fuerza del territorio, que finalmente se hizo el 9 de enero de 2025 sin necesidad de emplear la fuerza, porque la comunidad se había retirado el día antes.
El fallo del jueves 21 de agosto es sólo un momento en la desigualdad asfixiante del imperio de la fuerza.
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