La mirada sesgada

Casación absolvió a un médico militar imputado por partos clandestinos en el Hospital de Campo de Mayo

 

Por cuarta vez en un fallo dividido, un tribunal resolvió esta semana a favor de la absolución de Raúl Eugenio Martín, ex médico militar del Hospital Militar de Campo de Mayo, acusado por los crímenes cometidos en la maternidad clandestina que funcionó en esa unidad y por la que pasaron al menos 35 militantes secuestradas embarazadas durante la última dictadura.

Con la disidencia del juez Carlos Mahiques y el voto mayoritario de Liliana Catucci y Eduardo Riggi, la Sala 3 de la Cámara de Casación Penal rechazó los recursos de la fiscalía y la querella contra la absolución dictada en el juicio oral contra Martín, en 2018, por los delitos de sustracción, retención y ocultamiento de menores y supresión de la identidad de los hijos nacidos en cautiverio de cinco víctimas, además de secuestros y torturas agravadas contra ellas.

Aunque en el juicio se probó que los delitos existieron, y aunque ningún juez descartó que Martín hubiera podido tener responsabilidad en ellos, tanto el Tribunal Oral Federal 3 como Casación consideraron que no hay pruebas suficientes como para sortear el “estado de duda” acerca de la inocencia o culpabilidad del acusado. En 2014, Martín ya había sido juzgado por los casos de otras secuestradas que dieron a luz en el mismo hospital, con el mismo resultado: voto dividido en el TOF y en Casación y beneficio de la duda.

 

Hospital y centro clandestino

La investigación judicial probó que, entre 1976 y 1980, en el Hospital Militar se montó una maternidad clandestina a la que se proveyeron los recursos materiales y humanos necesarios para llevar a término los embarazos de militantes secuestradas ilegalmente. Sin que las entradas de las mujeres y los partos se asentaran en ningún registro formal, los niños y niñas nacidos allí eran sustraídos a sus madres, ocultados y, en muchos casos, entregados a apropiadores. Las secuestradas solían ingresar por la noche, tabicadas, y eran alojadas en el pabellón de Epidemiología, un espacio dispuesto especialmente para su cautiverio, donde permanecían por varios días identificadas como NN, atadas a las camas y bajo vigilancia militar.

En este tramo de la causa, que se inició como un desprendimiento de la histórica megacausa conocida como “Plan Sistemático de Apropiación de Menores”, el TOF-3 juzgó a Martín por los casos de cinco víctimas que parieron a sus hijos e hijas en el Hospital Militar de Campo de Mayo entre 1977 y 1980: María Teresa Trotta, Rosa Taranto, Paula Ogando, Celina Galeano y Marcela Molfino. Ogando y Galeano fueron las únicas en recuperar la libertad junto a sus hijas. Trotta, Taranto y Molfino permanecen desaparecidas. La identidad de sus hijas e hijos apropiados fue restituida muchos años después gracias a la búsqueda de Abuelas de Plaza de Mayo.

 

Las funciones del acusado

Durante el período juzgado, Martín era mayor del Ejército y ejerció distintos cargos jerárquicos dentro del hospital, donde cumplió tareas en una oficina ubicada a metros del pabellón de Epidemiología. Fue jefe del Servicio de Clínica Médica entre 1976 y 1980, año en el que además firmó documentos como subjefe de la División Clínica Médica, que abarcaba 14 servicios y especialidades incluyendo Pediatría. Además, quedó probado que fue “médico interno” entre 1972 y 1982. Los médicos internos eran oficiales con grado militar que cumplían guardias rotativas, en intervalos de una semana a diez días y usualmente de tarde o noche, durante las cuales quedaban a cargo del hospital en ausencia del director o subdirector de turno.

“Este voto mayoritario de Casación dice lo mismo que había resuelto el TOF: que no se puede responsabilizar a Martín porque no se manchó las manos −dice Iván Polaco, auxiliar fiscal de la Unidad Especializada para casos de Apropiación de Niños durante el Terrorismo de Estado que intervino en el caso−. El fallo afirma que, como nadie lo vio intervenir personalmente en los hechos, la prueba no alcanza para quebrar la duda sobre su responsabilidad. Pero los jueces no valoran ni entienden la injerencia de Martín como médico interno: cuando estaba de guardia, quedaba a cargo de un hospital donde funcionaba un centro clandestino de detención”.

En la imputación, la fiscalía mostró que Martín firmó historias clínicas de embarazadas ingresadas legalmente al hospital, lo que probaría su alcance sobre esa área. Sin embargo, tanto el TOF como Casación sostuvieron que esas firmas correspondían a “tareas burocráticas” propias de su función jerárquica y que no se probó que Martín estuviera justo de guardia en las fechas en que se produjeron los partos de las cinco víctimas. Según Polaco, ese es un argumento sesgado, ya que la maternidad clandestina tenía un funcionamiento regular que no podía sostenerse sin el aporte de cada médico interno. “Estamos hablando de un sistema preparado para recibir en cualquier momento a una secuestrada embarazada. Obviamente no podía contarse con que eso dejara de funcionar en el momento en que le tocaba la guardia a Martín”.

 

Voto dividido en Casación

En su voto mayoritario en Casación, los jueces Catucci y Riggi se alinearon casi sin intervenciones propias con la absolución del TOF, que había considerado que “no se demostró que (Martín) fuera un eslabón esencial en la cadena de mandos” y que no había “prueba directa de su intervención concreta con las embarazadas”. Tampoco abrieron juicio sobre el hecho de que Martín hubiera declarado en su indagatoria que no sabía absolutamente nada sobre el funcionamiento de la maternidad clandestina en el Hospital Militar, pese a que numerosos testigos −incluso monjas que prestaban servicios allí− declararon que la presencia de secuestradas embarazadas en el pabellón de Epidemiología era algo sabido por todo el mundo.

Mahiques votó en disidencia y sostuvo que el TOF había hecho una valoración arbitraria de las pruebas reunidas acerca del aporte de Martín a los crímenes cometidos. El argumento en minoría de Mahiques hizo énfasis, entre otras cosas, en lo dudoso que resultaba que el acusado no tuviera siquiera conocimiento de los hechos: “Resulta al menos controvertible que Martín ignorase lo que todos sabían, incluidas personas bajo su ordenes, a lo largo de un prolongado período. (…) En su calidad de médico interno tenía y ejercía su autoridad en la dirección del hospital en ausencia de los directores titulares. Según lo referido por los testigos, estos últimos solían retirarse durante la tarde o la noche, horario en que generalmente ingresaban las parturientas detenidas clandestinamente, quienes enseguida eran alojadas por varios días en un sector ubicado a poca distancia de la oficina utilizada por Martín”.

 

El problema de fondo

“Casación resolvió mal como consecuencia de la mirada sesgada sobre una causa con muchos déficit en la instrucción, sobre todo la demora en ser elevada a juicio oral y su división en dos tramos −dice Pablo Lachener, abogado de Abuelas de Plaza de Mayo y querellante en la causa−. La gran mayoría de los médicos que estaban a cargo del hospital murieron o quedaron afuera por incapacidad sobreviniente antes de ser juzgados. Eso hace que ahora los jueces pierdan de vista el análisis de conjunto: no se trata de Martín como un médico aislado sino del Hospital Militar de Campo de Mayo funcionando al servicio de la represión. El problema es que se llegó a juicio con un solo médico, y eso complica la apreciación de una causa donde lo que hay que observar es un aparato organizado de poder en el que él era una entre otras piezas”.

Además de Martín, la acusación original involucraba a más de una decena de médicos militares que ocuparon cargos jerárquicos del Hospital Militar de Campo de Mayo en el período en cuestión: Lorenzo Equioz, director del hospital hasta diciembre de 1976; Ramón Posse, director hasta diciembre de 1977; Agatino Di Benedetto, subdirector hasta diciembre de 1977 y luego director hasta diciembre de 1979; Mario Remis, director hasta diciembre de 1981; Jorge Habib Haddad, subdirector entre diciembre de 1977 y diciembre de 1981; Ramón Capecce, jefe de Cirugía; Gustavo Silva, jefe de Epidemiología hasta 1978; Julio César Caserotto, jefe del Obstetricia; Ricardo Lederer, subjefe del Obstetricia desde 1978; y Norberto Bianco, jefe de Traumatología y personaje con un rol central en la maternidad clandestina.

Excepto Martín y el ya condenado Bianco (apropiador de Pablo Casariego Tato, hijo de los desaparecidos Norma Tato y Jorge Casariego), todos los demás médicos militares quedaron afuera del juicio por fallecimiento o incapacidad sobreviniente. La querella de Abuelas evalúa presentar ahora un recurso de queja ante la Corte Suprema contra el fallo sobre Martín. El máximo tribunal todavía tiene pendiente un recurso presentado contra su absolución en el primer tramo de la causa. Tal vez no quede mucho tiempo: como tantos acusados por la represión ilegal, el doctor Martín ya es un octogenario.

 

 

 

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