Con el ahínco inyectado por Donald Trump y el resultado de las elecciones legislativas de medio término, Javier Milei confirmó el envío al Congreso de otra reforma laboral. Por trascendidos, tendría lugar luego del 10 de diciembre, en sesiones extraordinarias, y con la nueva composición legislativa.
En la era del agite convulsivo y rumiante signado por la inflación informativa y los trastornos de ansiedad, los proyectos que circulan en las distintas redes antisociales contendrían el retorno al estatus jurídico de las personas a las cosas.
Un coloniaje del marco legal laboral
Tanto en el borrador cuya autoría y veracidad se desconocen como en el proyecto presentado en el año 2024 por la diputada libertaria Romina Diez, se fulminan derechos constitucionales que sintetizan conquistas históricas obtenidas con sangre, muchas de las cuales se inscriben en el artículo 14 bis de la Constitución nacional.
La afirmación de que es irrelevante la destrucción de esos derechos porque gran parte de las y los trabajadores no gozan de ellos peca de una aceptación tácita del estado de cosas y de una resignación inadvertida. Con ese criterio, también sería inocuo derogar el derecho a la protesta porque este gobierno lo tornó fácticamente inexistente a través de la represión y del protocolo antipiquetes de la ministra Bullrich.
Algunos de los cambios desfavorables de estos proyectos serían los siguientes: ampliación de trabajo a 12 horas (al estilo griego, también bajo el yugo del FMI); derogación virtual del salario mínimo sustituido por el salario sujeto a productividad; fraccionamiento de vacaciones; pago en cuotas de indemnizaciones por despido arbitrario; fin de la ultraactividad de convenios colectivos de trabajo; el retorno de los tickets canasta, y el regreso de las modalidades de contratos sin derecho a indemnización.
Los argumentos del lado del conservadurismo, que hoy asume la forma de colonialibertarismo, son tan vetustos como, al parecer, efectivos: aumentar el empleo, poner fin a la desocupación e informalidad (43% del universo laboral), modernizar las relaciones de trabajo y —en teoría— terminar con la quiebra de las pymes a causa de los juicios laborales.
Atar la quiebra de las pequeñas y medianas empresas a la existencia de derechos laborales y al reclamo por su vigencia es la operación política velada por excelencia.
Al parecer, para los funcionarios campeones de la economía con y sin dinero, nada tendría que ver en esas quiebras la retracción sostenida del consumo, la dolarización de las tarifas y la apertura de la importación.
La novedad de los museos
Estos proyectos se presentan como innovaciones necesarias para modernizar el derecho laboral ante las nuevas relaciones productivas del trabajo, en tiempos de la revolución industrial 4.0.
El mantra del dinamismo, la necesaria flexibilidad y la modernización lo escuchamos desde la instauración del pensamiento único surgido al calor del nuevo paradigma productivo advenido en los años ‘70. El fin de la historia y el trabajo, también (Francis Fukuyama 1989/Jeremy Rifkin 1995).
Por esos años, el gobierno de Carlos Menem logró la Ley de Reforma del Estado (Ley 23.696) —con sus consiguientes privatizaciones y los despidos masivos en el sector público—. Además, se produjo la caída del muro de Berlín y los axiomas del Consenso de Washington configuraron texto sagrado para la economía ortodoxa neoliberal. Un contexto propicio para formular reformas legislativas que socialicen el riesgo empresario en los laburantes.
Post crisis financiera Lehman Brothers, finalizado el segundo mandato de Cristina Fernández de Kirchner, Mauricio Macri tuvo su oportunidad y presentó sus “innovaciones” legislativas.
El proyecto de Milei, sea el del DNU 70/23 suspendido por una acción cautelar de la CGT o la Ley Bases (27.742), es tan novedoso como los museos.
Basta hacer un itinerario superficial para vislumbrar que los diversos proyectos de reforma laboral de Milei, truncos y vigentes, son casi idénticos a los implementados y/o propuestos en los gobiernos de Carlos Menem y Mauricio Macri, segundo y tercer ciclo de endeudamiento neoliberal, al decir de Cristina Fernández de Kirchner.
Pasen y vean.
Menem
Carlos Menem llegó con el lema de la revolución productiva. Continuó con “porque gané, cambié”.
Y vaya si cambió.
Salarios bajos, impuestos irrisorios y nulas regulaciones laborales era lo que necesitaba el capital internacional para desembarcar en nuestro país.
La reforma laboral fue, también en ese entonces, una de las principales exigencias que pedía el Fondo Monetario Internacional.
La flexibilización —que encubría destrucción de derechos laborales constitucionales— fue una de las características del modelo neoliberal que se globalizó en los años '90 y tuvo como principal exponente a Milton Friedman y la Escuela de Chicago, tan citados por el mileísmo.
El supuesto fin de la cultura del trabajo llegó de la mano del rechazo del rol compensador del Estado y la sobrevaloración de la actividad financiera.
¿Cómo se cristalizó en las leyes laborales?
En 1990 se reglamentó y limitó el derecho a huelga y un año después el gobierno promovió la Ley Nacional de Empleo (24.013), sancionada en 1991.
Esta ley estableció los llamados contratos basura, dividiendo al personal entre permanentes y contratados.
Este fue el inicio de los trabajadores de primera y segunda categoría.
Ya en 1992 se suspendieron los derechos obtenidos en empresas privatizadas (fueron más de 60) y aparecieron las pasantías estudiantiles, modalidad contractual que encubría fraudulentamente vínculos jurídicos laborales para abaratar mano de obra.
En el año 1993 se establecieron los “aumentos por productividad” y en el 94 se sancionó la Ley Pymes (24.465), que permitía bajar indemnizaciones; modificar la extensión y distribución del horario de trabajo por decisión del empleador; jornadas de hasta 12 horas; fraccionamiento de vacaciones; período de prueba, y contrato a tiempo parcial.
La Carlos Menem debería disputar la autoría de estas “innovaciones” a LLA.
En 1995 llegó la Ley de Riesgos de Trabajo (Ley 25.557) que mercantilizó la salud de los trabajadores e introdujo la timba de las aseguradoras, hoy demandantes de ganancias a costa de los laburantes.
En 1998 la llamada reforma laboral de la Ley 25.013 estableció el contrato de aprendizaje y redujo la indemnización sustitutiva del preaviso, así como la indemnización por antigüedad y las derivadas de un despido por fuerza mayor o falta y disminución de trabajo. Asimismo, fulminó la ultraactividad de los convenios colectivos de trabajo, con la caducidad a los dos años de suscriptos, y permitió que un convenio de ámbito menor modificara a uno de ámbito mayor desfavorablemente.
Las ansias de retornar a la unidad de negociación individual siempre fueron un anhelo de la derecha.
Durante el gobierno menemista se duplicó el desempleo, del 7% al 14%. La precarización laboral pasó del 29% en 1990 al 38% al finalizar el mandato.
Macri
En octubre de 2017, previo a las elecciones de medio término de aquel año, Macri prometió no enviar proyecto alguno de reforma laboral. Incumplió, como en todas sus promesas.
En su iniciativa, se modificaban aspectos sustanciales de la Ley de Contrato de Trabajo, también de la Ley de Convenios Colectivos y de Asociaciones Sindicales.
No se olvidó del blanqueo y la reducción de contribuciones patronales, demanda recurrente de la comunidad empresarial.
Con el camino pavimentado al repetir el latiguillo de los privilegios del trabajador —y un claro discurso criminalizador del derecho del trabajo—, el proyecto de ley tenía un factor estructurante tácito: una igualación entre empleador y trabajador.
Este proyecto facilitaba la tercerización y subcontratación, y limitaba el concepto de irrenunciabilidad porque permitía al laburante renunciar a los derechos emergentes del contrato de trabajo individual en tanto fueran superiores a los de la ley y el convenio colectivo de trabajo. Al parecer, la libertad del trabajador es solo para disponer en su perjuicio.
Además, habilitaba la creación a través de convenios colectivos del famoso banco de horas, un invento utilizado por el menemismo (y hoy por el gobierno) que establece una determinada cantidad de horas integrativas de la jornada de trabajo, cuya distribución el empleador a su arbitrio puede disponer. Esto conlleva la no contabilización de horas extras, ya que se diluye el límite de la jornada máxima legal.
En el proyecto macrista sindicatos y empresas podrían negociar un Fondo de Cese Laboral, con aportes del trabajador, financiando su propio despido. Esto ya está vigente en la Ley Bases desde el 8 de julio de 2024.
Milei lo hizo
Por último, el sueño de la deslaboralización de los vínculos contractuales, que consolida la falsedad emprendedurista.
Aparece la figura del trabajador independiente, quien podría tomar hasta cuatro colaboradores sin estar en relación de dependencia. Una aporía también incluida en la ley Bases.
Lejos de crearse puestos de trabajo, se perdieron.
Con el DNU 70/23, a días de haber iniciado su mandato, Javier Milei pretendió con 44 artículos derogar virtualmente las normas protectorias del derecho individual y colectivo del trabajo. En resumidas cuentas, llevarse puesto el art. 14 bis de la Constitución nacional.
Muchas de esas modificaciones fueron subsumidas en la Ley 27.742, llamada ley Bases.
Ese decreto eliminó en todos los regímenes (empleo privado, casas particulares, trabajo agrario) las indemnizaciones agravadas por el no registro o el registro defectuoso de la relación laboral. Las famosas “multas” cuya supresión el capital concentrado pedía a gritos.
Excluyó del régimen de la Ley de Contrato de Trabajo a “las contrataciones de obra, servicios, agencia y todas las reguladas en el Código Civil y Comercial de la Nación”. La legalización del fraude.
También ampliaba el período de prueba —que en teoría tiene por objetivo evaluar la idoneidad del trabajador— de tres a ocho meses.
Ambos puntos fueron incorporados en la ley Bases.
El DNU 70/23, al igual que los proyectos en danza del gobierno, incluye el banco de horas.
También se modificaba la indemnización por antigüedad (art. 245, LCT) al reducir la base de cálculo de la mejor remuneración mensual normal y habitual al 67% habilitando que, por medio de convenios colectivos de trabajo, se implemente un fondo de cese laboral.
El Fondo de Cese Laboral, por convenio colectivo, se incorporó en la Ley Bases.
Del mismo modo, la tarifa ampliada ante el despido discriminatorio. Discriminar sale un poco más caro.
En la mentada ley Bases, al gobierno no le dio el músculo para modificar la Ley de Asociaciones Sindicales y de convenios colectivos. Sin embargo, su insistencia continuó con sus representantes más cipayos en la Comisión de Legislación del Trabajo del Congreso nacional.
Por último, el proyecto de ley de la diputada Diez (que el gobierno negó fuera reeditado y presentado) incluía la posibilidad de firmar acuerdos para renunciar a derechos. También incluía ejercicio abusivo del ius variandi, fraccionamiento de vacaciones, jornada de 12 horas diarias, salario del 80% al momento de gozar de licencia por enfermedad inculpable y reducción de intereses que gravan los créditos laborales, entre otras modificaciones.
¿Qué quieren?
Ni el saber ni la construcción de sentido son aislados ni individuales.
Un colega que tiene experiencia desde la cuna como abogado laboralista aclaró este interrogante.
Comentó, palabra más, palabras menos, que el objetivo es deslaboralizar las relaciones laborales, instaurar la relación de dependencia como excepción, quitar el carácter salarial a los salarios, tornar aún más autoritarias y discrecionales las relaciones de trabajo incrementando el poder del empleador, convalidando incluso las prácticas discriminatorias; quebrar cualquier esquema de defensa colectiva con especial foco en los sindicatos, bastardear la negociación colectiva y desalentar la participación limitando la integración del patrimonio gremial, obstaculizando su recaudación. Y entorpecer la búsqueda de reparación judicial imponiendo una paridad procesal inexistente.
Que la acción política organizada del campo nacional y popular y las organizaciones libres del pueblo lo impidan.
--------------------------------
Para suscribirte con $ 8.000/mes al Cohete hace click aquí
Para suscribirte con $ 10.000/mes al Cohete hace click aquí
Para suscribirte con $ 15.000/mes al Cohete hace click aquí