LA UBA Y EL ESTADO DE DERECHO

Moro fue acusado de ejercer tortura contra detenidos para poder arrancarles una delación

 

Finalmente se ha suspendido una conferencia que iba a dar Sergio Moro el juez brasileño y ex Ministro de Justicia de Bolsonaro. Como estamos en un Estado de Derecho, el hecho de que Moro dé una conferencia forma parte de la libertad de expresión propia de ese estado y a esto nadie puede oponerse. Es más, en su anterior viaje a Buenos Aires Moro dio charlas en la UCA.

Pero este no es el punto problemático. El problema es que esa conferencia, cuyo título era “Combate contra la corrupción, democracia y estado de derecho” iba a dictarla en la Facultad de Derecho de la UBA, siendo el único expositor, con la presentación por parte del Vicedecano y con transmisión del sitio oficial de Facebook de nuestra Casa de Estudios. Esto sí que es grave y es lo que dio lugar a que muchos se opusieran, entre los cuales nos contamos como Profesores de Derecho Penal y Procesal Penal de esta Facultad.

Pensamos que la Universidad Pública —y en el ámbito jurídico, la Facultad respectiva—  debe tener una conducta coherente con la defensa del Estado de Derecho, tantas veces violado en nuestro país ante la indiferencia de muchos sectores, entre ellos el académico. Y Moro, durante el ejercicio de la magistratura representó un modelo de juez incompatible con un Estado Democrático de Derecho al encarcelar a una persona sin que su sentencia estuviera firme, lo que impidió su presentación como candidato de uno de los partidos mayoritarios de Brasil, posibilitando el triunfo de Bolsonaro y además, cuando este asumió, fue su primer Ministro de Justicia.

Vivimos una época en la cual se utiliza al derecho y a la justicia penal para campañas políticas, formulándose denuncias de supuestos delitos sólo con fines políticos, aunque tales denuncias carezcan de todo sustento. Pensamos que es en el ámbito del Derecho Penal donde actualmente se producen las mayores discusiones y también quizás las mayores violaciones de los derechos humanos.

Se ha señalado que la gestión del actual Presidente de Brasil es reconocida por violentar y atacar los derechos de las minorías étnicas, sexuales, religiosas, los derechos de las mujeres y por fomentar el odio y la discriminación como una herramienta política.

Por otra parte Moro, entre otras ideas contrarias al Estado de Derecho, apoya la liberalización del acceso a las armas, la reducción de la mayoría de edad penal y la concesión de inmunidad a los policías que matan en el ejercicio de sus funciones – posición con la que sólo Patricia Bullrich, con su “doctrina Chocobar”, podría acordar. También fue acusado por el magistrado Gilmar Mendes de ejercer tortura contra detenidos para poder arrancarles una delación.

Moro fue blanco de procedimientos administrativos en el Consejo Nacional de Justicia por su conducta, considerada parcial e incompatible con el Código de Ética de la Magistratura. Entre los reclamos, figura el caso en que ordenó un allanamiento a la Policía Federal en compañías aéreas para conocer vuelos de los abogados de un investigado. El ministro de la Corte Celso de Mello en su voto se refirió a “hechos extremadamente preocupantes”, como “la monitorización de abogados” y la “demora en el cumplimiento de órdenes judiciales de tribunales superiores”.

Tampoco se trata de una figura de prestigio y labor académica que justifique, aunque sea en parte, su presencia como conferenciante en una Universidad Pública, donde enseñamos precisamente los derechos humanos y todos los instrumentos internacionales que  encuadran la actuación del Estado y los límites del Sistema Penal

No olvidemos que existen planteos que son contrarios a la Constitución y que nuestro país forma parte del sistema interamericano de Derechos Humanos, que consagran los Pactos internacionales y también los pronunciamientos de la Corte y de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos y cuya violación puede generar responsabilidad internacional para el Estado Argentino.

Como ya hemos declarado anteriormente, pensamos que no se trata de un tema que pueda ser objeto de distintas posiciones por parte de quienes impartimos las clases en nuestra Facultad. Se trata nada más ni nada menos que de aplicar o no los principios provenientes de la Constitución y de los Pactos de Derechos Humanos a ella incorporados, los cuales no pueden ser vulnerados por interpretación alguna de parte de quienes formamos parte de la comunidad académica y sobre los cuales es necesario sentar una posición de quienes formamos parte de la comunidad jurídica y de quienes queremos vivir en un Estado de Derecho.

La opinión es libre, lo que no es libre es el contenido esencial del Derecho. Hay un ámbito que se considera “puro” para la formación de un abogado, que es el aprendizaje de los Derechos Humanos en el ámbito académico. Acá no hay ningún tipo de discriminación, solo hay un pedido de coherencia. Es en este ámbito donde se discute cuál es la misión del Derecho Penal, cuales son los límites del poder represivo del Estado y cuáles son los límites constitucionales que conforman un verdadero Estado de Derecho.

Consideramos nuestra obligación, como integrantes del ámbito académico, de la Universidad pública, el manifestar estas inquietudes que generan propuestas como estas y a las que nos oponemos, ofreciendo el aporte que consideramos necesario para contribuir al afianzamiento del Estado Democrático de Derecho.

La construcción y la reafirmación diaria de un Estado de Derecho significa un verdadero aprendizaje para los ciudadanos y para las instituciones, que resultan lesionadas si no se cumple con las reglas constitucionales. Esto es lo que diariamente se les enseña a los alumnos y los valores que sustentan un Estado Democrático de Derecho.

Como ya lo hemos señalado en otras declaraciones, creemos que la Universidad Pública debe tener presencia en la difusión y discusión de los problemas y debe lograr uno de sus objetivos básicos, cual es lograr formar profesionales creativos, críticos y emprendedores, que el día que egresen de la Facultad se lleven no solamente una sólida formación académica, sino también una formación como ciudadanos comprometidos con la realidad, porque esto contribuye al futuro de nuestra sociedad. Es por todo eso que su actividad académica debe ser coherente con los principios constitucionales.

Creemos que deberíamos reflexionar serenamente sobre las bases que sustentan nuestra comunidad académica, para evitar en el futuro la reiteración de iniciativas que lesionen la más elemental vocación  de nuestro medio jurídico, cualquiera sea la posición política o ideológica que se comparta, dentro del felizmente plural abanico democrático.

 

 

 

Lucila Larrandart (Prof. Consulta), Raúl Zaffaroni (Prof. Emérito), Julio Maier (Prof. Emérito), Maximiliano Rusconi (Prof. Titular),  Alejandro Slokar (Prof. Titular), Luis F. Niño (Prof. Titular), Graciela E. Otano (Prof. Adjunta), Marcelo R. Buigo (Prof. Adjunto),  Elizabeth Gómez Alcorta (Prof. Adjunta), Deborah Damonte (Jefa de Trabajos Prácticos), Renato Vannelli (Jefe de Trabajos Prácticos), Graciela Angriman (Docente Ayudante), Hernán del Gaizo (Jefe de Trabajos Prácticos), Martín Clemente (Prof. Adjunto).

 

 

 

 

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