Las novelas de Ercolini (Parte I)

El arbitrario sobreseimiento de los directivos de Techint

 

Un buen thriller policial tiene que resultar convincente. Si la imaginación del autor es desproporcionada y se aleja demasiado de los hechos verosímiles, al final el resultado es decepcionante. Soluciones infantiles y desenlaces absurdos dejan la impresión de que el autor no supo resolver adecuadamente los problemas planteados y que terminó optando por las soluciones fáciles, ingenuas, casi agraviantes para la inteligencia media de los lectores. Se ha señalado en alguna ocasión que “la solución del misterio no debe escapar a un lector razonablemente inteligente y es necesaria una cierta honestidad del autor, en el sentido de que el lector puede aceptar que lo engañen, pero no con cualquier tontería”.

Si todo esto es predicable de una novela o de una película policial, las exigencias son aún mayores cuando se trata de una resolución judicial pretendidamente fundada en deducciones lógicas que establecen las relaciones de causalidad que median entre hechos relacionados. Cuando un juez no acierta a ofrecer argumentos lógicos y sus razonamientos resultan forzados, la sensación que deja es que la sentencia se ha construido de modo inverso: el juez estableció primero el resultado final y luego buscó los argumentos que le parecían más oportunos para justificar esa solución. Lamentablemente, esto es más habitual de lo que se piensa. Hay muchos jueces que obtienen una primera impresión intuitiva del caso y luego se aferran a ella, tratando de colocar argumentos a machamartillo para engalanar el resultado final. En ocasiones, esta construcción ad-hoc no es fruto de un error cognitivo, sino que es consecuencia de una decisión cínicamente adoptada que busca complacer al gobierno de turno o a grupos económicos poderosos para obtener favores a cambio. Entre esas presiones debemos también incluir el temor a ser objeto de escarnio por parte de los medios que pertenecen a las grandes corporaciones.

Seguramente el lector se preguntará si existe algún método que permita distinguir los errores involuntarios de los errores voluntarios. Para advertirlos se puede aplicar la misma lógica de un viejo refrán militar aplicado ante las reiteraciones: “Una vez es casualidad; dos veces es coincidencia; tres veces es acción enemiga”. Por este motivo, analizaremos en varias notas las resoluciones del juez federal Julián Ercolini en tres casos resonantes. La prisión preventiva de los empresarios Cristóbal López y Fabián De Sousa; la más resonante, vinculada con la muerte del fiscal Alberto Nisman, y el más reciente sobreseimiento de los directivos de Techint. Estos fallos resultan muy poco convincentes, se basan en razonamientos ilógicos y responden a un patrón común: todos parecen dirigidos a complacer a intereses ajenos al propio accionar de la Justicia.

 

 

El sobreseimiento de los directivos de Techint

En la presente nota nos referiremos exclusivamente a los razonamientos jurídicos del juez Ercolini empleados para disponer el sobreseimiento de los directivos del Grupo Techint –Paolo Rocca, Héctor Zabaleta y Luis María Betnaza–. No se considerará la consistencia de las acusaciones contra el otro acusado, Roberto Baratta, ni de la causa, basadas en las anotaciones de los cuadernos del suboficial Oscar Centeno, lo que demandaría un abordaje extenso, incompatible con el formato de esta nota periodística. La acusación penal en esta causa se basa en la supuesta recepción por parte de Baratta, ex funcionario del Ministerio de Planificación, de varios paquetes conteniendo dinero que habrían sido entregados por Héctor Alberto Zabaleta, siguiendo instrucciones de Luis María Betnaza, en el edificio del Grupo Techint, situado en la calle Della Paolera 299 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Estas entregas, que habrían sido ocho en total, se habrían materializado en el período que media entre el 29 de mayo de 2008 y el 18 de diciembre del mismo año en distintas sumas de dinero en pesos argentinos que en total habrían alcanzado, según el tipo de cambio de la época, al millón de dólares. Los hechos mencionados fueron originalmente considerados constitutivos de un delito de cohecho activo por la intervención de los directivos de Techint y de cohecho pasivo en el caso de Roberto Baratta. La existencia de los pagos surge de las anotaciones de los cuadernos de Centeno y el reconocimiento tanto de Zabaleta como de Betnaza de que tales pagos existieron. Teniéndolos por probados, la investigación de Ercolini se centró en establecer el origen de los fondos, dato relevante para establecer la responsabilidad de Paolo Rocca, y la causa que motivó los pagos realizados a Baratta, que se convertiría en un argumento relevante para justificar el sobreseimiento de los directivos de Techint.

 

Paolo Rocca y Luis María Betnaza, beneficiarios de un fallo ajeno a los intereses de la Justicia.

 

 

 

El origen del dinero

Con respecto a cómo se generó el dinero para llevar adelante los pagos, Paolo Rocca declaró: “Por lo que pudimos averiguar, los fondos para estos pagos derivan de las sociedades centrales donde se mantienen los dividendos pagados por las sociedades operativas y Héctor Zabaleta tenía la facultad y autonomía para poder disponer de estos fondos en aquella oportunidad. Esto es lo que estamos averiguando. Mi responsabilidad es sobre las sociedades operativas del grupo, como ya mencioné. Las sociedades centrales están fuera de mi ámbito de responsabilidad. Los destinatarios finales de esos dividendos no tenían conocimiento sobre el destino de estos fondos. Héctor Zabaleta tenía autonomía para poder aplicar estos fondos a instancia de Luis Betnaza”.

El argumento defensivo de Rocca es, a todas luces, inverosímil. Según su propia declaración, es la máxima autoridad del Grupo Techint, que es un conglomerado de sociedades que operan en diversos países y en diversas actividades, pero que tiene los cuarteles centrales en la Argentina. Según lo manifestado en el expediente, “el Grupo Techint consiste en las sociedades controladas por la Holding San Faustin, incorporada en Luxemburgo. Esta última controla seis sociedades operativas y las sociedades centrales que reciben los dividendos de las sociedades operativas y lo retienen para futuros dividendos a los accionistas o para futuras inversiones. Mi rol principal es el de presidente y director ejecutivo de una de estas sociedades, la sociedad Tenaris. El segundo rol, es el rol de presidente de la sociedad Ternium, igualmente incorporada en Luxemburgo. El tercer rol que yo cubro es el rol de vicepresidente de la sociedad San Faustin, y miembro del comité ejecutivo de esta última (…) En su conjunto, el consolidado de la Holding San Faustin emplea alrededor de 80.000 personas en 57 países e incluye más de 400 sociedades distintas (…) Menciono la estructura del grupo y mi rol para indicar que para poder conducir esta actividad se requiere de un elevado nivel de autonomía y delegación en todos los funcionarios que llevan adelante las actividades del grupo. Quiero agregar también que, en calidad del miembro del Comité Ejecutivo residente en la Argentina, yo soy un referente para la sociedad Tecpetrol y Techint, en la cual no poseo ningún cargo formal, pero en la cual discuto las orientaciones estratégicas. A raíz de mi carga de trabajo y de mi agenda de viaje, el ámbito de autonomía y delegación en todo el grupo ha sido siempre muy amplio. Por esta razón, yo no autoricé ni estuve informado de los pagos de los que se me hace referencia, sino que me enteré por los diarios por las noticias de las últimas semanas”.

Teniendo en cuenta las declaraciones de Rocca, su condición de miembro del Comité Ejecutivo residente en la Argentina y su capacidad para discutir las decisiones estratégicas de las sociedades Tecpetrol y Techint, parece insólito suponer que Héctor Zabaleta no le haya consultado sobre la decisión de disponer de un millón de dólares para pagar unos fondos provenientes de “sociedades centrales que reciben dividendos y los retienen para futura retribución o inversiones”. Según una nota de la periodista Emilia Delfino, publicada en elDiarioAR, el contador Héctor Alberto Zabaleta está acusado del supuesto pago de coimas del Grupo Techint por tres fiscales de Milán y en una causa que tramita en el juzgado federal 13 de Curitiba, Brasil. El juzgado brasileño formuló un pedido de colaboración a la Justicia argentina que recayó en el juez Luis Rodríguez, pero que el fiscal Eduardo Taiano ha estado obstaculizando con el argumento de que no existen pruebas. Según la nota de Delfino, “tanto en Italia como en Brasil, le atribuyen al contador haber sido el administrador del dinero negro de Techint, no sólo en Buenos Aires sino en el mundo, a través de cuentas suizas y sociedades offshore. Los detalles de estos movimientos financieros fueron publicados por los medios L'Espresso de Milán, Poder 60 y Perfil en 2017”.

En relación con la situación procesal de Paolo Rocca, el juez Claudio Bonadío había dispuesto el procesamiento en orden a los delitos de asociación ilícita –en calidad de miembro– y de cohecho activo –en calidad de autor–, señalando que por “el cargo que ostentaba no podía desconocer la existencia de los pagos efectuados (a funcionarios) por el grupo económico al cual pertenecía”. La Sala I de la Cámara Federal, integrada por los jueces trasladados por Mauricio Macri, Leopoldo Bruglia y Pablo Bertuzzi, revocó la resolución de Bonadío, disponiendo la falta de mérito con el argumento de que “la responsabilidad de Rocca, cimentada fundamentalmente en su posicionamiento jerárquico dentro del holding, carece del sustento necesario y suficiente para vincularlo a este proceso”. Añadieron que “si bien este ocupaba una elevada posición dentro del holding, lo cierto es que –a diferencia de otras estructuras empresariales– la especial dimensión y diversificación de este grupo económico es lo que obsta en este caso a inferir que el nombrado haya intervenido en orden a las exigencias de dinero a las que aludieron los co-imputados, ordenando que se efectivizaran esos pagos”. Al dictar el sobreseimiento de Rocca, Ercolini considera que no se habían incorporado nuevos elementos de prueba que permitieran demostrar que tuviera relación directa con los pagos efectuados. Decisión que estaba cantada desde el momento en que Ercolini no tomó ninguna iniciativa investigativa para conocer la trazabilidad del dinero pagado, lo que indudablemente era una obligación inexcusable si se quería completar la instrucción de forma correcta.

 

 

Zabaleta y Betnaza

En su declaración indagatoria, Betnaza había reconocido haber dado instrucciones a Zabaleta para hacer los pagos a Baratta, argumentando que estaban vinculados a la expropiación por Hugo Chávez de la empresa venezolana SIDOR, perteneciente al Grupo Techint. Según su relato, “en abril de 2008 se declara la nacionalización. Se nos convoca a un acuerdo de accionistas para el traspaso de las acciones, se saca un decreto en donde se hace la nacionalización efectiva y se pide a la empresa haga una salida, no antes de fin de julio de 2008, para garantizar el traspaso de una gestión a la otra (estatal). Al momento del decreto y del Aló Presidente, Chávez y los entes nombrados por él comienzan un hostigamiento (….) Por un lado, para bajarle el precio a la indemnización, y por otro, para involucrar a nuestros ejecutivos en acciones penales. En ese momento la empresa toma la decisión de trasladar a todo el personal argentino, en sucesivas tandas, empezando por los más altos ejecutivos, que eran los más expuestos. Ante muchas noticias periodísticas, apelamos al gobierno argentino, en las personas de Ministerio de Planificación Federal, y nos manifestaron que hagamos un aporte porque ellos significaban gastos que el gobierno argentino no tenía por qué afrontar. (…) En razón de la situación que estábamos viviendo en Venezuela, le doy instrucciones de Zabaleta para que haga los pagos”. Por su parte Héctor Zabaleta, en su indagatoria, atribuye los pagos efectuados a Baratta a otros motivos. Manifiesta que luego de recibir una llamada telefónica de Baratta, “lo hablé con Luis Betnaza, y este me dijo que tenía un compromiso con el gobierno porque si no le iban a cortar la luz y el gas de las plantas de Siderar y Siderca”.

El abogado defensor de Luis María Betnaza solicitó el sobreseimiento de su asistido sosteniendo sustancialmente que “las entregas de dinero que se le adjudican no estuvieron motivadas por la obtención de una contraprestación espuria, sino que fueron consecuencia de las exigencias hechas por funcionarios del Ministerio de Planificación para asistir a personas dependientes de la Organización Techint frente al estado de necesidad atravesado por el personal (especialmente los de nacionalidad argentina) de la empresa SIDOR, radicada en la República Bolivariana de Venezuela, durante el año 2008 y la urgencia de proteger la integridad física y materializar su salida del país”. Para acreditar estos extremos, el abogado solicitó la declaración de varios directivos de la firma que habían estado en Venezuela. De este modo, se tomó declaración testimonial a Pablo Daniel Brizzio, quien manifestó que “en mayo de 2008 un diputado de Venezuela públicamente dijo que había que sacar una ley para prohibir la salida de los empleados argentinos de la firma de Venezuela. En la ciudad donde quedaba la planta Puerto Hordas, que está a 600 kilómetros aproximadamente de Caracas, el clima, luego de la nacionalización, estaba muy difícil y hubo problemas. Había pintadas y amenazas contra los argentinos. El gremio se había puesto muy a favor de la nacionalización y presionaba para que ello ocurra rápido, hacían manifestaciones dentro de la planta casi diariamente (…) Las asambleas del gremio eran en el cambio de turno, por lo que bloqueaban el ingreso a la planta. A María Elena Posadas, que era la Directora de Recursos Humanos, cuando se estaba negociando el contrato, le tomaron su oficina, rompiendo la puerta y las ventanas, por eso yo fui ahí y nos retuvieron en el lugar hasta la madrugada. Ello fue, aproximadamente, a finales de marzo de 2008. También en una asamblea quemaron un muñeco que hacía referencia a ella”.

Por su parte, Hugo Solis Tobar, quien fuera gerente general de Acerías y director de Operaciones de SIDOR, relató que “en marzo del año 2008 hubo una asamblea del gremio en la que se decidió tomar la planta. Para ello fueron a la acería y laminación. En ambas tuvimos que mandar a la guarda nacional de Venezuela para resguardar a nuestros empleados. Retenciones del personal extranjero o superior en la planta ocurrieron muchas veces (…) Al declararse la nacionalización de la empresa, el 9 de abril de 2008, el gremio se siente más dueño de la empresa y empieza a presionar más, pues consideraban que era de ellos. Querían que nos vayamos. Entonces era muy complicado manejar la empresa, ya que era una medida de fuerza después de otra. Entre ellos, recuerdo al gerente de Sistemas, Alejandro Fuentes, a quien le tomaron el Departamento de Informática de modo violento porque decían que nos estábamos llevando la información. Cuando ocurrió esto fue que los empleados argentinos y mexicanos empezaron a ser enviados a sus países. Al final quedamos unos 15 para hacer la transición y la entrega técnica de la empresa. Tuvimos que poner un plan de evacuación en la empresa, pues no sabíamos en qué momento se iba a pasar a la violencia física. El plan era para ver cómo huir del lugar en caso de que las cosas pasaran a mayores. Por suerte, pudimos hacer ordenadamente la salida de la gente”. Según otra prueba, se habían registrado pintadas en el interior de la planta que decían “Muerte a los argentinos”, “Argentinos malditos ladrones” y “Vinieron a robarnos malditos sean”.

 

 

La deducción de Ercolini

El juez Ercolini, a partir de esas declaraciones, considera probado que se produjeron diversas situaciones de violencia contra los directivos de la firma SIDOR, “lo que corroboraría que los pagos efectuados por Zabaleta a Baratta habrían tenido origen en ese pedido de ayuda a las autoridades del gobierno, desde donde se habría solicitado el aporte de dinero. Ello también resulta coincidente con el espacio de tiempo en el que habrían ocurrido los pagos en cuestión”. Añade que “en este punto, entiendo que los imputados, al concretar el pago de las sumas de dinero requeridas, se vieron en la imperiosa necesidad de afectar a un bien jurídico con el fin de salvar otros bienes jurídicos, no sólo de mayor jerarquía, sino también por la pluralidad de afectaciones, ante amenazas objetivas y ciertas de probables e inminentes daños a diversos bienes jurídicos. En este sentido, el daño que pudo haber supuesto el pago ilegal de una suma importante de dinero a un funcionario público del gobierno habría estado justificado por la necesidad de salvar o evitar mayores daños cuya ocurrencia era inminente –artículo 34, inciso 3 del Código Penal–”.

La deducción de Ercolini es completamente arbitraria y francamente absurda. En primer lugar, lo único que se ha probado es que durante los meses de marzo y abril de 2008 se produjeron en la planta de SIDOR de Venezuela una serie de episodios reveladores de tensión con el sindicato obrero. Estas manifestaciones de violencia simbólica –quema de un muñeco, pintadas en los muros, retención temporal de directivos por unas horas– suelen ser bastante habituales en los conflictos en los que intervienen los sindicatos y carecen de la relevancia que se pretende asignarles. Si bien la empresa afirma haber diseñado un plan de evacuación del personal, de acuerdo a la declaración de Hugo Solis Tobar, “pudimos hacer ordenadamente la salida de la gente”. De modo que la existencia de un “estado de necesidad” ha existido sólo en la imaginación del juez Ercolini. Pero aun si diéramos por probada la existencia de ese estado de necesidad, la pregunta que cabe formular es: ¿cómo se puede pensar que haciendo unos pagos en la Argentina a un funcionario del Ministerio de Planificación se podía conseguir que el sindicato de obreros de SIDOR adoptara una actitud menos beligerante? Una hipótesis más plausible tal vez sería relacionar esos pagos de Zabaleta con las gestiones encaminadas a obtener el reconocimiento de las indemnizaciones por la expropiación, gestiones que efectivamente se hicieron en la segunda mitad de 2008 desde el Ministerio de Planificación y que permitieron que Techint fuera compensada con 1.900 millones de dólares. Claro que si este fuera el caso, la eximente de estado de necesidad no podría ser invocada por el juez.

La decisión de Ercolini de sobreseer a Paolo Rocca y a los otros dos directivos de Techint es claramente arbitraria y sólo busca la impunidad de los representantes de la mayor empresa industrial de la Argentina en un caso de soborno que el juez tiene por probado. El soborno es siempre una figura bilateral y si hay un sobornador pasivo, hay otro activo. Si se considera probado el delito, resulta imposible eximir de responsabilidad al que efectuó los pagos. La decisión de Ercolini es demoledora para el fatigado prestigio de la Justicia de nuestro país. Mientras el Consejo de la Magistratura no tome cartas en el asunto, el juez Ercolini seguirá al frente de un juzgado federal impartiendo una Justicia acomodada a sus caprichosas interpretaciones. Será difícil conseguir una mayor calidad institucional en la Argentina con jueces serviles a los designios de los poderosos.

 

 

 

 

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