Las novelas de Ercolini (Parte II)

Preventivas a pedido del poder

 

En la nota anterior señalábamos que cuando un juez no acierta a ofrecer argumentos lógicos y sus razonamientos resultan forzados, la sensación que dejan al lector es que la sentencia o resolución adoptada se ha construido de modo inverso, partiendo de una conclusión preestablecida para buscar luego los fundamentos que pudieran acomodarse a esa solución. Añadíamos que las decisiones adoptadas por el juez federal Julián Ercolini en los expedientes relevantes en los que ha tenido que intervenir –casos Techint, Cristóbal López y Nisman–, aparecen presididas por un mismo patrón: todas parecen dirigidas a complacer a intereses ajenos al propio accionar de la Justicia. En esta entrega analizaremos, exclusivamente, los argumentos que fueron utilizados por Ercolini para disponer la prisión preventiva de los empresarios Cristóbal López y Fabián De Sousa en diciembre de 2017, sin entrar en mayores consideraciones sobre la causa principal, que está subjudice y sobre la que otros jueces deberán pronunciarse.

 

El juez federal Julián Ercolini.

 

 

 

La maniobra de forum shopping

Ni bien Macri asumió la presidencia, se llevó a cabo una serie de actuaciones concertadas dirigidas a desestabilizar al Grupo Indalo, propietario de una cadena de medios, entre los que se destaca el canal C5N. El 13 de marzo de 2016, con la firma de Hugo Alconada Mon, se publicó una nota en La Nación en la cual se acusaba a la empresa insignia del grupo, Oil Combustibles, de haber cometido una evasión impositiva de 8.000 millones de pesos. Actualmente está en marcha una investigación penal porque existen indicios de que los datos que reflejaba la “pesquisa periodística” de Alconada Mon eran, en realidad, producto de un informe elaborado por la AFIP de manera irregular. Según ha declarado la ex subdirectora de Auditoría de ese organismo en el juicio de Oil Combustibles, el informe preparado bajo la gestión de Alberto Abad, que se utilizó para apuntar la denuncia penal, se hizo sin intervención de las áreas correspondientes.

Apenas publicada la nota, la ex diputada Elisa Carrió presentó un escrito en el juzgado de Julián Ercolini, acompañada del recorte periodístico. Sostuvo que lo allí expuesto formaba parte de la asociación ilícita conformada por Néstor y Cristina Kirchner, que ella había denunciado ocho años antes, en 2008. Pese a que el argumento carecía de toda seriedad, el juez no tuvo reparos en hacerse cargo de la nueva investigación, y acusó a los empresarios del delito de defraudación. El 24 de junio de 2016, Ercolini citó a indagatoria a los dueños del Grupo Indalo y a los ex titulares de la AFIP, Ricardo Etchegaray, y de la DGI, Ángel Toninelli.

 

 

La prisión preventiva de López y De Sousa

Sorpresivamente, el 20 de diciembre de 2017, Ercolini dispuso la prisión preventiva de López y De Sousa, con el argumento de que habían tenido un “comportamiento hostil” frente a las medidas cautelares dispuestas por el juzgado. El magistrado acusó a ambos de haber vendido acciones del Grupo Indalo a sabiendas de que no podían hacerlo porque pesaba sobre ellos y sus empresas una “inhibición general de bienes”. Según el juez, el accionar de los empresarios “se dirigió a obstruir la labor de la Justicia”. Pero lo cierto era que, según el propio relato de Ercolini, López y De Sousa le habían pedido, el 25 de octubre, el levantamiento de esa medida para vender acciones de empresas a otro “grupo inversor con reconocida experiencia”, alegando que la venta era imprescindible porque “se encontraba en peligro la continuidad de los negocios de todo el grupo”. Si bien el juzgado se negó a autorizar el levantamiento, el juez argumentó que López y De Sousa le informaron que el 20 de octubre habían vendido sus acciones: “Ellos mismos manifestaron haber vendido sus tenencias –cuando les estaba vedado– con anterioridad a haber solicitado autorización para ello”, relató Ercolini. Según el juez, esta conducta de los acusados lo habilitaba “a adoptar el encarcelamiento preventivo". En realidad, el argumento de Ercolini era falso. En una operación tan compleja como la venta de una empresa, lo usual es fijar primero las condiciones de venta en un contrato y luego presentarlas al juez para que apruebe la operación, que era justamente lo que habían hecho los empresarios. No se puede pedir la autorización de venta en abstracto, sin establecer antes las condiciones, como aparentemente pretendía el magistrado.

 

Ercolini dispuso la prisión preventiva de Fabián De Sousa y Cristóbal López en diciembre de 2017.

 

El 16 marzo de 2018, La Sala I de la Cámara Federal, con el voto favorable de los jueces Jorge Ballestero y Eduardo Farah y la disidencia de Leopoldo Bruglia, revocó la prisión preventiva de López y De Sousa por considerar que su libertad no ponía en riesgo la investigación. Además, los magistrados resolvieron cambiar la carátula de la causa: los empresarios estaban procesados como partícipes necesarios de administración fraudulenta agravada en perjuicio del Estado y decidieron procesarlos por un delito de evasión. Los jueces Ballestero y Farah argumentaron que la detención de los empresarios “desafía la razonabilidad”. “El decomiso de los bienes, incluso de manera preventiva, es una cosa. El decomiso de la libertad es otra bien distinta”, señaló el primero en su argumentación.

Poco más de un mes más tarde, el 27 abril de 2018, la Sala I de la Cámara Federal de Casación Penal, con votos mayoritarios de Gustavo Hornos y Eduardo Riggi y la disidencia de Ana María Figueroa, revocó el fallo de la Cámara Federal. Los jueces mantuvieron la calificación de Ercolini de administración fraudulenta agravada y ordenaron la inmediata detención de los empresarios. Según la nota de Hernán Cappiello en La Nación, estábamos ante “un fallo que ayuda a sanar heridas”.

El periodista no tenía reparo en reconocer la fuerte intervención del Presidente Mauricio Macri en la resolución: “Mauricio Macri estaba convencido de que lo único que pretendían quienes liberaron a Cristóbal López era perjudicarlo. Esa semana de mediados de marzo, la lista de conspiradores contra el Gobierno la encabezaban los camaristas Eduardo Farah y Jorge Ballestero, que estaban demoliendo uno de los éxitos que podía exhibir: la corrupción se paga con la cárcel. Ballestero y Farah no hicieron caso a las advertencias que les llegaron a través de mensajeros que dijeron venir del edificio de 25 de Mayo, sede de los espías. Les dijeron que una decisión así tendría consecuencias. Y las tuvo”. Añadía que el juez Hornos no sólo había resuelto que la sala quedara integrada por el mismo, sino que también había derogado implícitamente lo dispuesto en el artículo 457 del Código Procesal de la Nación, al admitir un recurso que no correspondía, dado que las decisiones que confirman el auto de procesamiento sin prisión preventiva no son equiparables a definitivas. Luego se ha sabido, por una nota dirigida al Consejo de la Magistratura, que la Corte Suprema investiga el procedimiento que se utilizó para la integración de la Sala I en el dictado de esa resolución.

 

 

El sobreseimiento de los empresarios

Para completar el análisis de la decisión de Ercolini, resta señalar que la jueza federal María Eugenia Capuchetti dispuso, el 13 de septiembre de 2019, el sobreseimiento de Cristóbal López y Fabián De Souza en relación con la tentativa de venta que había dado lugar a la detención preventiva de los empresarios. Capuchetti se basó en un dictamen del fiscal Federico González, quien consideró que no había existido delito en el supuesto traspaso al grupo Rosner. La causa había sido impulsada por el fiscal Gerardo Pollicita cuando Ercolini dispuso privar de su libertad a los empresarios. La jueza declaró que “no hubo transferencia accionaria pues, pese a la sensación de que se encontraban realizando un ardid tendiente a confundir a las partes de aquel expediente que originó la formación de esta causa, los imputados realmente habían puesto en consideración del magistrado (Ercolini) la autorización para que se realice la transferencia accionaria”. Esta resolución obligó a dejar en libertad a los empresarios, que ya llevaban 22 meses en prisión desde su arbitraria detención.

Actualmente, existen tres investigaciones penales abiertas en relación con las actuaciones que afectaron al Grupo Indalo durante los años de gobierno de Mauricio Macri. En una causa a cargo de la jueza María Eugenia Capuchetti y el fiscal Franco Picardi se investiga la “mesa judicial” que operó durante el macrismo y desde la que se trató de influir en diversos expedientes judiciales. En otro procedimiento que está a cargo del juez Marcelo Martínez de Giorgi, fiscalía de Alejandra Mangano, se investigan las visitas de jueces amigos a la residencia de Olivos y a la Casa Rosada durante el gobierno de Macri. Finalmente, en el juzgado federal de María Servini de Cubría, fiscalía de Guillermo Marijuán, se investiga la maniobra dirigida a provocar la quiebra de Oil Combustibles y las presiones sobre Cristóbal López y Fabián De Sousa, utilizando a la AFIP para ahogar al Grupo Indalo y apoderarse de sus medios de comunicación. En esta causa está denunciado Macri, el asesor José Torello, el ex vicejefe de Gabinete Mario Quintana, el ex titular de la AFIP Alberto Abad, su sucesor Leandro Cuccioli, el empresario Nicolás Caputo y el fugitivo Fabián “Pepín” Rodríguez Simón.

Ha llamado la atención de los observadores políticos la aparentemente precipitada petición de asilo político formulada por “Pepín” Rodríguez Simón en Uruguay, cuando fue citado a declarar por la jueza Servini de Cubría en esta causa. Dado que con el gobierno de Alberto Fernández la “doctrina Irurzun” ha sido abandonada y los jueces ya no utilizan la prisión preventiva para obtener confesiones forzadas, la decisión de “Pepín” no parece haber sido debidamente meditada. Sin embargo, al repasar todas las intervenciones de Macri en las causas judiciales abiertas contra sus enemigos políticos, y la acogida que recibieron por parte de tantos jueces y fiscales dispuestos a acompañarlo en su cruzada particular, no resulta extraño que Rodríguez Simón tenga escasa confianza en la Justicia argentina. Será difícil restablecer esa confianza mientras los jueces que cometen “barrabasadas”, según la colorida expresión del Presidente Alberto Fernández, continúen imperturbables haciendo de las suyas.

 

 

 

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