Los jueces se plantan

Pese al bolsonarismo oficial, en Río Negro condenan a policías del gatillo y el suicidio fácil

 

Cuando el gobierno nacional promueve y autoriza mayores capacidades represivas y discrecionalidad en el uso de las armas a las fuerzas estatales, dos cámaras criminales de Río Negro emitieron fallos la semana pasada que confirman reclamos fundamentales de víctimas de crímenes de estado, familiares y organizaciones de base.

Una Cámara criminal de Bariloche condenó a un ex secretario de Seguridad y dos integrantes de la cúpula de la policía provincial por las decisiones y omisiones propias, así como también por la acción del centenar de efectivos a su cargo que intervino en la represión a la protesta popular del 17 de junio de 2010, que ocasionó la muerte de dos jóvenes, heridas graves a dos personas y leves a otras trece. “El operativo represivo fue incompatible con el derecho a la protesta social”, dice el fallo que recordó que el derecho a la protesta es uno de los derechos sociales y políticos garantizados en nuestro país y reafirmó el “rol innegable (de la protesta) en un sistema democrático”.

A la vez, el mismo 4 de diciembre en la misma sala de audiencias de la Circunscripción III, otra Cámara criminal desbarató la intención del ministerio público fiscal de legalizar la hipótesis de suicidio de un joven en una comisaría de El Bolsón, maniobra para encubrir el asesinato que tiene innumerables antecedentes probados en la provincia.

“Ustedes salen en cuatro años pero mi hijo no vuelve”, sintetizó Carmen Curaqueo, madre de Nino Carrasco (16 años), al finalizar la lectura de la sentencia que condenó a Víctor Cufré, policía retirado, ex secretario de Seguridad; Jorge Villanova, ex titular de la Jefatura; y Argentino Hermosa, ex jefe de la Regional III, a cuatro años de prisión efectiva y el doble de inhabilitación para ejercer cargos. Los tres fueron condenados por el crimen de Nino, entre otros hechos, aun cuando la instrucción de la causa en ocho años no identificó al autor material de los disparos con munición de plomo que le quitaron la vida al adolescente.

 

Víctor Cufré: altri tempi, los años de la impunidad

 

Por su parte, los familiares de Guillermo “Coco” Garrido, unas horas más tarde y a casi ocho años del crimen del joven de 24, empezaron a recorrer una nueva y obligada etapa para exigir del Poder Judicial que el reconocimiento de la verdad –no fue suicidio— se transforme en una condena de los responsables, a pesar que el paso del tiempo lo hará extremadamente difícil. El encubrimiento judicial se corresponde con el encubrimiento del propio gobierno provincial que jamás hizo una investigación interna seria que se conozca. El tribunal leyó el veredicto exculpatorio de dos policías; el fallo completo se conocerá el próximo 13 de diciembre.

 

Los absueltos celebran con su defensor

 

Las pérdidas irreparables de vidas, los daños inmensurables al interior de las familias y de vastos sectores de la sociedad no encuentran en los fallos respuesta justa, quedando pendientes medidas de reparación integral que exceden el marco del Poder Judicial. Aún así, los fundamentos del fallo contra la cúpula policial del gobierno de Miguel Saiz (2003-2011, dos períodos consecutivos), bajo cuya responsabilidad se cometieron los crímenes de junio y de Garrido, son una respuesta arrancada por años de lucha por familiares y distintas organizaciones de base locales que recrearon críticamente las demandas históricas de los organismos defensores de los derechos humanos.

 

Repudio por la absolución y llanto de los familiares. Fotos de José Luis Zamora.

 

El 17 de junio de 2010 hubo una protesta popular de repudio a la ejecución sumaria de un adolescente por parte de un policía en la zona de “El Alto”, reconoció la Cámara Criminal I integrada por los jueces Marcelo Barrutia, Emilio Riat y Juan Lagomarsino. Además reafirmó la plena vigencia en Argentina del legítimo derecho a la protesta, a la libre expresión y a peticionar ante las autoridades. Insistió en que está prohibida la represión a la protesta social con armas de fuego.

Con esta argumentación el Poder Judicial negó la versión oficial de la policía respecto a que habría sido una “turba de pibes violentos”, “delincuentes”, como insistieron durante toda la instancia de debate oral y público. La versión policial pivoteó en torno de la versión de que fue un desborde, un caos, en que hicieron lo que pudieron. Por el contrario, el fallo sostuvo que ese caos fue responsabilidad de la cúpula, ya que debieron haber interpretado que el crimen cometido por el cabo Sergio Colombil era una prueba de la incapacidad de la propia comisaría del barrio de encauzar el conflicto.

Después de ocho años, recién en este juicio el Poder Judicial incorporó y legitimó la relación directa de los crímenes de la tarde con el crimen de la madrugada.

Resultó contradictoria con esa fundamentación la absolución de Jorge Carrizo, ex jefe de la Comisaría 28 de El Alto, cuyos subordinados persiguieron la madrugada del 17 a un grupo de pibes, matando de un tiro en la cabeza a Diego Bonefoi. Carrizo fue calificado como “el único que permaneció en el barco”, como una virtud ante una jerarquía que desertó de sus responsabilidades. “No fue el responsable de dar órdenes ni de pedir municiones de plomo”, precisó el fallo. Su permanencia en el barco, por el contrario, da cuenta de su necesidad de controlar en forma directa las posibilidades de ajuste de cuentas con los jóvenes sobrevivientes de la persecución homicida de la madrugada, al punto que personal de su comisaría atacó con todo tipo de armas, desde el frente y a mansalva, a por lo menos dos viviendas familiares de esos testigos fundamentales desde muchas horas antes que hiriera de muerte a las dos víctimas fatales de la represión.

 

La conmoción de los familiares. Fotos Naza Pargade

 

Durante las jornadas de las audiencias numerosos testigos, especialmente de las familias del barrio reprimido, dieron cuenta del interés particular de los efectivos de la 28 por ajustar cuentas con los pibes por la prisión inmediata del cabo Colombil. Un joven detalló cómo él mismo, desde la parte alta de su casa, veía el fondo de la comisaría y escuchaba constantemente los gritos de las víctimas de las torturas y vejaciones. Las querellas insistieron en los casos previos que explican el estallido del 17. Aun así, la Fiscalía insistió en que ese comisario no abandonó el barco, posición que ratificó el tribunal.

El manto protector para Carrizo habla de las debilidades de fondo de todo el itinerario de este expediente, con muchos cambios de jueces y fiscales en la instrucción, así como vaivenes políticos al interior del poder judicial y en relación al Ejecutivo provincial. La revisión crítica de las prácticas ajenas y propias ante este conflicto es indispensable para establecer responsabilidades respecto a la impunidad, así como para mensurar los costos sociales y políticos de algunos discursos de defensa de los derechos humanos sin una labor profesional consecuente y rigurosa.

Leonardo Saccomanno, médico forense del Poder Judicial, se ocupó especialmente de interpretar no sólo las lesiones de los quince heridos constatados para su calificación penal (leves o graves), sino a las personas heridas en los lugares concretos de la represión y por el tipo de armas utilizadas. También insistió para que el expediente original de los heridos se unificara con el de los dos homicidios. Esa unificación fue fundamental para una interpretación más justa del conjunto de hechos, tanto desde el interés penal de la causa como desde la verdad reparadora, lo que quedó plasmado en la sentencia.

Las organizaciones de base fueron partícipes y testigos directas tanto de acciones justas como la de Saccomanno –de perfil bajo, modestísimo—, como de otras claudicantes. Su trabajo formó parte de un informe interdisciplinario coordinado por Guillermo Pregliasco, físico forense, que hizo tres aportes fundamentales a partir de fotografías y videos: la precisión de los horarios de los disparos fatales, la identificación de los grupos de policías en su desplazamiento territorial y el uso de munición de plomo. La realización de ese informe fue gestionada por la Multisectorial contra la impunidad y la represión de Bariloche ante  la Procuradora General de la provincia Liliana Piccinini, el que fue sistemáticamente atacado por las defensas de los policías. Ahora el fallo confirmó totalmente su validez jurídica como peritaje.

Argentino Hermosa, ex hombre fuerte de la Regional III, ahora es abogado. Fue condenado por varios hechos, entre ellos por el uso masivo, indiscriminado e ilegal de munición de plomo en la represión por parte de casi un centenar de efectivos bajo su mando, algunos de ellos de civil y encapuchados. A la vez, tres escopeteros fueron condenados como coautores del homicidio de Sergio Cárdenas, al no haberse individualizado de entre ellos al que disparó con munición de plomo matando en forma inmediata al joven.

Mientras el fallo condenatorio sigue su camino de apelaciones, el deber de memoria, verdad y justicia exige leerlo colectivamente en el contexto regional de la militarización de la vida en el territorio y en el nacional de las estrategias militaristas.

 

 

 

La foto principal es de Naza Pargade

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