Otra guerra justa

Cómo justificar una invasión ilegal

 

El canciller alemán Friedrich Merz ha declarado, en una comparecencia ante la prensa, que “Irán es el centro del terrorismo internacional” por su apoyo a organizaciones como Hamás, Hezbolá o los hutíes de Yemen. “Ese centro tiene que ser cerrado y los estadounidenses y los israelíes lo hacen a su manera”.

Esta justificación de la guerra ilegal lanzada por Israel y Estados Unidos contra Irán tuvo como correlato unas declaraciones en el mismo sentido de la Presidenta de la Unión Europea, la alemana Úrsula Von der Leyen, quien declaró que “no debería derramarse ninguna lágrima por el régimen iraní que ha infligido muerte y ha impuesto represión a su propio pueblo, y que ha causado devastación y desestabilización en toda la región a través de sus aliados armados con misiles y drones”. Su postura, sin referencias a la violación del derecho internacional, dista de la de otros líderes europeos como Pedro Sánchez o los Presidentes de Francia e Italia, que han reconocido la ilegalidad de la guerra contra Irán. En el discurso de Von der Leyen ante los embajadores de la Unión Europea, manifestó que “Europa ya no puede ser guardiana del viejo orden mundial, de un mundo que ha desaparecido y ya no volverá”. Días más tarde, ante las críticas recibidas, aclaró: “Ver el mundo tal como es no disminuye en modo alguno nuestra determinación de luchar por el mundo que queremos”. Pero quedó en evidencia que, en su fuero íntimo, los dirigentes conservadores alemanes abogan por resucitar la teoría medieval de la guerra justa.

 

 

La teoría de la guerra justa

La teoría de la guerra justa surgió como doctrina teológica en la obra de San Agustín de Hipona. En La ciudad de Dios, San Agustín distinguió entre el uso legítimo e ilegítimo de la violencia colectiva y denunció la pax romana, conseguida por medios imperialistas, como una paz falsa, obtenida mediante la mera conquista. A pesar de su oposición a la opresión romana, contempló la posibilidad de que una guerra pudiera estar justificada si se libraba en busca de un bien común y, una vez iniciada, estuviera sujeta a normas que protegieran a los civiles involucrados.

Esta ha sido la base de la posterior distinción jurídica entre el derecho a la guerra (ius ad bellum), señalando las ocasiones en que estaba justificado recurrir a ella, y el derecho de guerra (ius in bello), es decir, la regulación de las normas morales que deben regir en el combate. Los 22 libros que componen la obra de San Agustín fueron escritos a lo largo de 15 años, entre 412 y 426. Han transcurrido 1.600 años desde que se planteó la necesidad de proteger a los civiles en las guerras y, si observamos el mundo actual, comprobamos que no han existido avances significativos en esa dirección.

 

 

Las guerras justas de Walzer

El autor que retomó el tema de la guerra justa en el siglo XX fue el profesor Michael Walzer en su obra Guerras justas e injustas, publicada en inglés en el año 1977 y que Paidós editó en castellano en 2001. Walzer es el intelectual más relevante del sionismo liberal norteamericano. Una excelente nota sobre la polémica que mantuvo con Edward Said, de enorme actualidad a partir del genocidio en Gaza, puede leerse aquí. En esta se pretende responder a la siguiente pregunta: “¿Qué explica la asimetría entre la defensa del universalismo moral por parte del sionismo liberal y su profundo apego a un etno-Estado particular que viola sistemáticamente esos mismos principios?”

En su ensayo sobre la guerra justa, Walzer no se priva de describir los espantos de la guerra, señalando que “la guerra es tan horrorosa que nos vuelve cínicos respecto a la posibilidad de hacerla con restricciones y luego empeora tanto que logra que nos indignemos ante la ausencia de cortapisas; nuestro cinismo es testimonio de la imperfección de la convención bélica y nuestra indignación da fe de su realidad y su dureza”. Siguiendo a von Moltke, considera que "en la guerra, la mayor gentileza consiste en concluirla con rapidez”. La segunda de las cinco partes del ensayo se centra en la teoría de la agresión ilegítima, que da lugar al “crimen de guerra” sancionado actualmente en el Estatuto del Tribunal Penal Internacional. Dada la existencia de una sociedad internacional con una ley que establece los derechos de sus miembros, sobre todo los derechos de integridad territorial y soberanía política, para Walzer cualquier uso de la fuerza o amenaza de un inminente uso de la fuerza por parte de un Estado contra la soberanía política o la integridad territorial de otro Estado constituye una agresión y es un acto criminal que justifica la resistencia mediante el uso de la fuerza.

Los requisitos que establece Walzer para poder considerar que una guerra es justa son numerosos y de difícil cumplimiento. Debe existir una agresión previa, y por tanto la guerra es justa si se libra para defenderse de una agresión armada o para defender la integridad territorial o la soberanía de un Estado. También, la decisión de ir a la guerra debe ser tomada por autoridades políticas legítimas que representen a una comunidad política. Además, aunque exista causa justa, la intención también debe ser moralmente correcta y no debe perseguir la conquista o la venganza. La guerra debe guardar cierta proporcionalidad, de modo que los costes humanos y materiales deben ser proporcionales al bien que se pretende conseguir. Y debe ser siempre un último recurso y sólo debe iniciarse cuando todas las alternativas razonables han sido intentadas o resultan claramente inútiles. Añade que incluso cuando una guerra es justa al iniciarse, puede convertirse en injusta por el modo en que se combate. Debe existir una distinción moral absoluta entre combatientes y no combatientes y debe haber proporcionalidad en el uso de la fuerza, incluso cuando se atacan objetivos militares. Finalmente, cabe añadir que Walzer contempla como justas las “intervenciones humanitarias”, cuando se produce una violación masiva de derechos humanos, como, por ejemplo, un genocidio. 

El argumento de Walzer es engañoso dado que en el fondo persigue justificar algunas guerras por motivos morales, lo que no hace más que abrir la puerta a nuevas guerras. De hecho, Walzer consideró que la Guerra de los Seis Días, librada en 1967 por Israel contra sus vecinos árabes, era una guerra preventiva justa.  Posteriormente justificó también la guerra que libró la OTAN contra Yugoslavia (marzo-junio 1999), dado que se ajustaba a una “intervención humanitaria”. En esa breve guerra aérea, la OTAN adoptó la estrategia de bombardear la infraestructura civil e industrial de Yugoslavia para forzar la retirada del ejército yugoslavo de la provincia de Kosovo. Fue la primera guerra que libraron Estados Unidos y sus aliados después de la caída de la URSS sin contar con la autorización del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas. Guarda enorme similitud con la guerra actual que libran Estados Unidos e Israel contra Irán, en el sentido de que se busca causar daño a las infraestructuras civiles —algo prohibido por las Convenciones de Ginebra— para conseguir un cambio de régimen o, al menos, un “cambio en el comportamiento del régimen”, como ha acontecido en Venezuela. 

Yugoslavia sufría en la provincia de Kosovo los embates del Frente de Liberación de Kosovo, un grupo separatista albanés que utilizaba tácticas terroristas. A regañadientes, el Presidente de Yugoslavia, Slobodan Milosevic, había aceptado la presencia de observadores de la Organización de Seguridad Europea que vigilaban que en esos enfrentamientos no se violaran los derechos humanos. No obstante, un combate entre la guerrilla albanesa y el ejército yugoslavo dejó un tendal de 45 albaneses muertos en la localidad de Racak. Este incidente fue el pretexto utilizado por la OTAN para iniciar la guerra. Esta “intervención humanitaria” dejó luego un saldo de alrededor de 1.600 muertos, de los cuales 1.000 eran militares y 600 civiles, abatidos todos en los bombardeos humanitarios.  Como curiosidad, cabe señalar que el ministro israelí de Asuntos Exteriores en aquel momento, Ariel Sharon, criticó el bombardeo de la OTAN a Yugoslavia como un acto de "intervencionismo brutal". Dijo: "Israel tiene una política clara. Estamos en contra de acciones agresivas. Estamos en contra de herir a personas inocentes. Espero que las partes regresen a la mesa de negociaciones lo antes posible".

 

 

 

La guerra como proceso judicial

El profesor Norberto Bobbio en su obra El problema de la guerra y las vías de la paz (Gedisa, 1992) cuestiona la teoría de la guerra justa, considerando que la asimilación de la guerra a un procedimiento judicial para determinar si la guerra es justa o injusta es una maniobra burda. Esto es así ya que, contrariamente a lo que sucede en un juicio, aquí son las partes las que deciden quién tiene razón. Para decirlo en sus mismas palabras, “mientras un procedimiento judicial conforme a su finalidad debe ser organizado de modo que permita vencer a quien tiene razón, la guerra es, de hecho, un procedimiento que permite tener razón al que vence”. En opinión del filósofo italiano, la polémica de la guerra justa sirve para mostrar el punto exacto en que se produce la fractura entre el iusnaturalismo y el positivismo jurídico.

El único modo racional de limitar las guerras y sus terribles consecuencias es arbitrando un procedimiento institucional que permita que exista un árbitro imparcial que determine si existen justificaciones suficientes para iniciarla. Es decir que, sin alcanzar todavía el inasible objetivo de eliminar totalmente el recurso a la guerra, cabe al menos establecer un procedimiento que la limite. Esto debe hacerse de modo similar al que se utiliza en el derecho interior para evitar que los particulares acudan al uso de la violencia por mano propia. Y este es justamente el procedimiento que se arbitró en la Carta de las Naciones Unidas. Se prohibió el recurso directo a la guerra por los Estados en el art. 2.4: “Los miembros de la Organización, en sus relaciones internacionales, se abstendrán de recurrir a la amenaza o al uso de la fuerza contra la integridad territorial o la independencia política de cualquier Estado, o en cualquier otra forma incompatible con los propósitos de las Naciones Unidas”. Y solo se permitió su uso cuando lo autorizara el Consejo de Seguridad o se ejercitara el derecho a la legítima defensa, en el art. 51: “Ninguna disposición de esta Carta menoscabará el derecho inmanente de legítima defensa, individual o colectiva, en caso de ataque armado contra un miembro de las Naciones Unidas, hasta tanto que el Consejo de Seguridad haya tomado las medidas necesarias para mantener la paz y la seguridad internacionales”. Por otra parte, el principio de no intervención en los asuntos internos de un Estado es una norma fundamental del derecho internacional que quedó recogida en el art. 2.7 de la Carta de las Naciones Unidas al establecer que ningún Estado puede intervenir en los asuntos internos o externos de otro Estado, especialmente en cuestiones políticas, económicas o sociales.

Por consiguiente, de acuerdo con la Carta de las Naciones Unidas, la falta de democracia en el interior de un Estado no puede ser invocada para iniciar una guerra. Es cierto que el régimen teocrático iraní —que no respeta los derechos humanos de su población y oprime a las mujeres— no reúne los requerimientos mínimos de una democracia, pero según el derecho internacional, es una cuestión que deben resolver los propios iraníes. Si admitimos “intervenciones humanitarias” o “cambios de régimen”, estamos abriendo la caja de Pandora y el único resultado es la destrucción del orden jurídico internacional y el uso de la guerra como medio habitual para resolver las disputas entre los Estados. Un ejemplo es lo acontecido con Irak, que padeció la guerra lanzada por George W. Bush el 20 de marzo de 2003, en una operación denominada "Shock and Awe" (conmoción y pavor). El objetivo de esta era supuestamente liberar a los iraquíes de la dictadura de Sadam Hussein y eliminar sus armas de destrucción masiva. Finalmente, dejó un Estado destruido, sumido en interminables guerras civiles, lo que provocó la muerte, directa o indirecta, de alrededor de 500.000 personas según un estudio de la Universidad de Washington. 

Es un ejemplo demasiado reciente para que olvidemos la catástrofe que deparan las intervenciones imperiales enmascaradas de intervenciones humanitarias.  

Por razones obvias, Israel no está interesada en un orden internacional que castiga y sanciona el delito de genocidio o persigue a su Primer Ministro por crímenes de guerra. Tampoco Donald Trump tiene interés en sostener un organismo imparcial como las Naciones Unidas y busca reemplazarlo con un esperpento llamado Board of Peace para que gobiernos vasallos, como el de Milei en la Argentina, le rindan pleitesía. Pero el conjunto de Estados, comprometidos por la Carta de las Naciones Unidas, no puede aceptar que se produzca la destrucción de un orden concebido para evitar que los Estados poderosos se apropien de los recursos de los más débiles.  Estas son las premisas establecidas por Kant en La paz perpetua, para quien era mejor respetar la diversidad de los gobiernos que la paz definitiva impuesta por un imperio. Si aceptamos que cada país ataque a los demás en base a sus exigencias de seguridad o simplemente porque su poderío militar le permite cualquier capricho, abrimos las puertas para un mundo hobbesiano, de guerras permanentes de todos contra todos, “donde prima el egoísmo, la desconfianza mutua y la competencia feroz por recursos escasos”. Como decía Hobbes, en ese estado de naturaleza, la vida humana se describe como "solitaria, pobre, desagradable, brutal y corta". ¿Esto es lo que queremos para nuestros hijos?

 

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