Otro monopolio por DNU

El gasoducto de Vaca Muerta, mezcla de campaña electoral y negocios

 

Macri emitió el 5 de julio pasado, en plena campaña, el decreto de necesidad y urgencia (DNU) 465/2019 por el cual, en una resolución escueta, instruye a la Secretaría de Energía a que licite la licencia para el diseño y la construcción de un gasoducto que conecte Vaca Muerta en Neuquén con Buenos Aires (específicamente: con Salliqueló, el Gran Buenos Aires y el Litoral, en las proximidades de San Nicolás, provincia de Buenos Aires).

La obra parece absolutamente necesaria para aprovechar el potencial energético y financiero del gas de Vaca Muerta.

Un tema relevante, que deberían debatir y decir los políticos, es si el excedente de ese gas que no se destine a uso domiciliario va a ser exportado o será industrializado, es decir, fuente de energía barata para el ansiado desarrollo industrial.

Es un debate central. De enorme importancia, que el DNU ni se plantea. El destino del gas conlleva el proyecto de país por las próximas décadas. Obviamente, va más allá de la construcción de la infraestructura de transporte, pero la autoridad que decide su construcción debería haberlo contemplado. El transporte debería ser una parte de un plan de aprovechamiento de los recursos naturales.

Si el proyecto de Macri es lo que parece, el gas a va engrosar las materias primas que Argentina exporta. Sin industria. La gestión Macri se inició con el desacompasado intento de ingresar a una Alianza del Pacífico pocas semanas antes de que los Estados Unidos abandonaran la idea. Finaliza con la firma, a las apuradas y resignando las reivindicaciones del interés nacional e industrial, del acuerdo UE-Mercosur. En el medio, su política económica dejó un tendal de empresas industriales fuera del mercado. La idea de Macri es, pues, que, salvo alguna excepción, el destino del hidrocarburo sea el consumo domiciliario y la exportación.

Los costos del gasoducto van de 800 a 2000 millones de dólares, según el medio periodístico. Se dice que el costo de un gasoducto tiene un precio internacional estándar. En Argentina hay un solo fabricante de caños sin costura que es Techint, uno de los interesados en la obra. La competencia es China que los construye a mitad de precio, pero es mano de obra china y habría que analizar los costos de flete, derechos de importación, etc. Todo indica que será Techint el constructor.

Si se trata de una obra necesaria, que resultará un activo estratégico y no demasiado cara, no es comprensible por qué Macri recurre a un instrumento tan débil como es un DNU. Más aún, por qué hizo un uso inconstitucional de ese instrumento.

Digo que no es tan cara la obra si se la compara con lo que gastó la Nación en arreglar el tránsito de Puerto Madero con el Paseo del Bajo o lo que destina día a día en intereses por LELIQs para mantener el dólar electoral, que por el primer semestre de 2019 devoró unos 4.500 millones de dólares.

El DNU es una decisión del Poder Ejecutivo con fuerza de ley. Es, pues, el ejercicio por el Presidente de una facultad que la Constitución atribuye al Congreso. Solo puede usarla por excepción, y si bien tiene vigencia mientras el Congreso no lo declare inválido, queda habitualmente en un cierto limbo de vigencia porque rara vez es ratificado o declarado inválido por ambas cámaras.

Los DNU no pueden ser emitidos por el Presidente porque el Congreso no quiere sancionar la ley. Solo puede hacerlo cuando hay urgencia y es fácticamente imposible que el Congreso pueda decidir si quiere o no emitir esa ley. Cuando de hecho no puede: no cuando no quiere. Otro uso es inconstitucional.

La necesidad del gasoducto es conocida desde hace años. El Congreso está en funcionamiento. Si no hay reuniones es porque el Poder Ejecutivo instruyó a las autoridades de las cámaras para que no sesionen, ni siquiera sus comisiones, salvo por algún tema con fines estrictamente electorales o cuando la oposición logra reunir quórum. Así, el DNU es inconstitucional y de lógica solo electoral. Si se trata de uno de los nuevos gasoductos que van a transportar la energía nueva del país, su gran esperanza financiera y productiva, ¿qué lógica tiene que el título que le da causa sea débil políticamente yjurídicamente, contrario a la norma constitucional? Y, de paso, una muestra más de la vocación de Macri de disponer negocios y transferencias millonarias por decreto. Como lo hizo cuando redujo los derechos de exportación aun sin delegación del Congreso, aumentó la coparticipación de la Ciudad de Buenos Aires -el distrito más rico-, permitió ingresar al blanqueo a los familiares o modificó las condiciones del soterramiento del Sarmiento para beneficiar a la empresa de la familia, sus socios y Odebrecht en un negocio de 3.000 millones dólares.

Que la lógica es electoral lo dicen los propios considerandos del DNU. La urgencia está fundada en que el Presidente considera imprescindible licitar y adjudicar esta obra estratégica “… dentro del próximo trimestre…” (sic). Clarito: antes de las elecciones de octubre.

El argumento para justificar la urgencia es un supuesto costo económico por la demora. Dice que si no se licita ya (es decir: antes de las elecciones) no estará disponible para el invierno de 2021, sino recién para el invierno de 2022. La demora de un año, argumenta, “produciría un impacto negativo en la balanza comercial energética del orden de los U$S 240.000.000”. Esta afirmación del Ejecutivo conlleva a una conclusión ineludible: si cada año de retardo acarrea un costo innecesario de 240 millones de dólares, y Macri asumió en diciembre de 2015, su desidia le costó al país ya 720 millones de dólares. Pero el argumento es efectista y se basa en un presupuesto falso. Si de costos hablamos, vimos que el dólar electoral demandó en el primer semestre de 2019 unos 4.568 millones de dólares (https://www.infobae.com/economia/2019/03/28/en-seis-meses-el-bcra-ya-pago-200-000-millones-por-intereses-de-leliq/). Macri gasta 9.000 millones de dólares anuales para mantener el dólar electoral que es su mejor -o su única- propuesta. Los 240 millones que alarman a Macri al punto hacerlo firmar un DNU son lágrimas de cocodrilo. Solo con el costo del dólar electoral se podrían construir cuatro gasoductos por año, y quedaría saldo para festejar la inauguración.

Pero además de efectista, el argumento es jurídicamente falso. No autoriza al Ejecutivo a ejercer atribuciones que la Constitución puso en cabeza del Congreso, porque no es el “mejor criterio” del Presidente sino la imposibilidad fáctica de tratamiento por las cámaras lo que lo autorizaría. Y nada, absolutamente nada, indica que el Congreso no pueda debatir y, si así lo considera, sancionar una ley para licitar el gasoducto con rapidez si se expresa la necesidad, se lo excluye del debate electoral y no hay “gato encerrado” en el negocio. Por cierto, si el Congreso fuera obtuso y no lo hiciera, eso tampoco permitiría al Presidente cerrar de hecho el Congreso, o ignorarlo como hace con este DNU, para legislar él porque se jacta de tener mejor criterio. Por cierto, los negocios por DNU no será una conducta tan grave como la Gran Fujimori (o la Gran Figueroa Alcorta o la Gran Guido), pero no deja de ser gobernar eludiendo al Congreso, violando la Constitución.

El punto más grave que conlleva este DNU no es el electoralismo ni el negocio poco transparente, sino la visión del país y de su desarrollo que expresa Macri en plena campaña, sin que se genere un debate democrático o aun la alarma del sector industrial.

El DNU establece que quien construya el gasoducto fijará el precio del transporte del gas, de la principal fuente de energía, por 17 años. Textualmente dispone que “La remuneración del transportista y los ajustes que correspondan serán libremente negociados con los cargadores”. Para suavizar agrega “sin incurrir en conductas discriminatorias”. Va de suyo que “incurrir en conductas discriminatorias” ya está prohibido por la Constitución y la ley, por lo que nada agrega.

Esos valores no se aplicarán al transporte de gas para los usuarios de “la demanda prioritaria de gas natural”, es decir, fundamentalmente, los usuarios residenciales.  No es claro qué ocurrirá con los usuarios domiciliarios de la energía eléctrica que se produzca con el gas.  

Para eso, el DNU excluye la aplicación del régimen tarifario de la ley 24.076 (Capítulo I Tit. IX) el que es remplazado por un “Régimen Especial Temporario” ad hoc para este negocio, cuyo elemento principal es la fijación por el dueño del gasoducto del precio del transporte del gas. La “libre negociación” a la que alude el decreto parece una broma. El decreto es tan escueto que no despeja las dudas respecto de si la idea es otorgarle un monopolio al concesionario, es decir, si se le permitirá que amplíe la capacidad de transporte sucesivamente. Esto dependerá de las normas que dicte la Secretaría de Energía ya que el Presidente no lo regula con claridad.

La urgencia de Macri es, antes de las elecciones, conformar un nuevo conformar un nuevo negocio en base a una necesidad: la del transporte del gas desde Vaca Muerta a Buenos Aires: el del transporte del gas desde Vaca Muerta a Buenos Aires. Sin plan estratégico para el uso de los hidrocarburos, debate democrático ni intervención del Congreso

Y ante cierta indiferencia general sobre un debate central de la política argentina: el hidrocarburo de Vaca Muerta, ¿será usado para exportación aumentando la primarización de nuestra economía o será fuente de energía para el desarrollo industrial que de progreso a la sociedad y prosperidad al Pueblo?

 

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