Poder judicial y derechos humanos

Lineamientos fundamentales de un programa de gobierno

 

En el acto del 25 de Mayo en la plaza, Cristina Fernández de Kirchner planteó la necesidad de un programa de gobierno, y trazó lo que considera sus líneas fundamentales: renegociación de la deuda con el Fondo Monetario Internacional, alianza entre lo público y lo privado, reafirmación del “pacto democrático” y transformación democrática del Poder Judicial.

Es indudable que cualquier programa debe incluir necesariamente una nueva política en relación con el Fondo Monetario Internacional y respecto a la deuda contraída por el gobierno de Macri en 2018, en la que ninguna de las partes, ni la República Argentina ni el FMI, han cumplido con los requisitos formales y de razonabilidad.

Recordemos que no hubo intervención alguna del Congreso de la Nación en la negociación y aprobación del acuerdo. De acuerdo con el artículo 75 de la Constitución Nacional, son atribuciones del Congreso: “4) Contraer empréstitos sobre el crédito de la Nación. (…) 7) Arreglar el pago de la deuda interior y exterior de la Nación. (…) 22) Aprobar o desechar tratados concluidos con las demás naciones y con las organizaciones internacionales y los concordatos con la Santa Sede”.

Los partidarios del endeudamiento han argumentado que la Ley de Administración Financiera otorga al poder ejecutivo la potestad de tomar deuda con organismos multilaterales de crédito sin acuerdo del Congreso de la Nación. Pero este argumento es falaz por dos razones fundamentales: 1) El monto de la deuda contraída en virtud del acuerdo del Ejecutivo macrista alcanzaba una dimensión equivalente a casi el 50 % del presupuesto aprobado por el Congreso de la Nación para el año 2018; y 2) independientemente del monto, cualquier toma de deuda implica una modificación del presupuesto, lo que excede la flexibilidad otorgada al Poder Ejecutivo en la Administración presupuestaria.

El reciente informe de la Auditoría General de la Nación confirma que “el acuerdo suscripto, de casi 57.000 millones de dólares, resultó ser el más importante de la historia de la Argentina y también de la historia del Fondo, representando 127 veces la capacidad de endeudamiento de nuestro país”.

El endeudamiento contraído con el Fondo Monetario Internacional careció de toda razonabilidad, ya que no tuvo como finalidad cubrir necesidades o exigencias de planes de desarrollo y/o mejoramiento de la infraestructura o explotación de los recursos del país, ni paliar el déficit fiscal. Por el contrario, fue destinado a la especulación, a la fuga de divisas en beneficio de los representantes del capital financiero y sectores económicos concentrados que controlaban el gobierno.

También el FMI ha violado su Convenio Constitutivo. El artículo VI de este dice que “ningún país miembro podrá utilizar los recursos generales del Fondo para hacer frente a una salida considerable o continua de capital”.

El volumen del crédito y la forma de pago convenida tuvieron por supuesto un fin político coyuntural: contribuir a la reelección de Mauricio Macri en el 2019, objetivo indudablemente frustrado. Pero hubo un propósito estratégico concertado entre dicho gobierno antinacional y el Fondo Monetario Internacional: el avasallamiento de la soberanía del país, sometiéndolo a un férreo control de la dirección de la economía, lo que se traduce en el ejercicio de un poder de veto sobre las decisiones del Estado.

De todo ello concluimos que la contratación de la deuda con el Fondo Monetario Internacional constituye un acto ilegal y viciado de nulidad.

 

 

Antecedentes del endeudamiento

Es preciso recordar que hubo una decisión política anterior que abrió las puertas al mayor endeudamiento de nuestra historia con acreedores privados y finalmente con el FMI. En el 2016, acatando una arbitraria sentencia del juez del Estado de Nueva York, Thomas Griesa, el gobierno macrista pagó a los fondos buitre, en efectivo, 12.500 millones de dólares (4.650 millones de dólares; la suma de 323.000 dólares por día en concepto de interés punitorio desde el 29 de febrero hasta el 14 de abril de 2016: 5,5 millones más, y los honorarios totales de los abogados, incluyendo hasta los del embargo de la Fragata Libertad, incidente en el que habían perdido).

A través de esta decisión, se concretó una verdadera rendición del país, respaldada por una mayoría del Congreso integrada por los legisladores de Cambiemos (PRO, UCR, Coalición Cívica), casi todo el Frente Renovador y sectores del peronismo que habían integrado las listas del Frente para la Victoria, que votó la derogación de las leyes 26.017 (ley cerrojo) y 26.984 (ley de pago soberano).

Esto era necesario —según el entonces ministro Prat Gay— para “la normalización de la relación de Argentina con el mercado de capitales”. Quedaba abierto el camino hacia un nuevo endeudamiento con acreedores privados y con el Fondo Monetario Internacional.

 

 

El Acuerdo de Facilidades Extendidas

El viernes 4 de marzo de 2022, el gobierno envió al Congreso el proyecto de aprobación —en los términos del artículo 2° de la ley 27.612— del programa de Facilidades Extendidas a efectos de refinanciar la deuda entre la República Argentina y el Fondo Monetario Internacional, correspondiente al acuerdo stand-by suscripto en el año 2018.

El Acuerdo de Facilidades Extendidas acordado con el FMI es un refinanciamiento de la deuda de 44.500 millones de dólares tomada por el gobierno macrista, que incluye diez revisiones a cumplirse trimestralmente durante dos años y medio, con desembolsos del Fondo que se efectuarán luego de completarse cada revisión.

Las condiciones son extremadamente desfavorables para nuestro país:

1)  En primer lugar, el gobierno nacional se ha comprometido a disminuir el crecimiento económico del país.

El punto 10 del Memorando de Políticas Económicas y Financieras prevé que el PIB (Producto Bruto Interno) crezca 3 ½ %-4 ½ % en 2022 y converja a un crecimiento potencial en torno a 1 ¾ %-2 ¼ % a mediano plazo. Esta expansión se verá sustentada por el consumo privado y la inversión, y las políticas públicas seguirán desempeñando un importante papel para respaldar el empleo, los ingresos reales y mejoras de los indicadores sociales. Esto es una señal evidente de los condicionamientos impuestos por el Fondo, destinados a lograr que el país llegue a crecer entre 1 ¾ % y 2 ¼ % del PIB, lo que equivale a un 10 % del crecimiento alcanzado en 2021.

En una nota anterior publicada en este medio en noviembre de 2021, habíamos observado que —frente a la posibilidad de que el crecimiento se elevara a un 10 u 11 %, superando el previsto en el presupuesto (8 %)— el Fondo había manifestado su preocupación, advirtiendo que aquel no debería superar el 2,5 % anual. Uno mayor determinaría el incremento de las importaciones, en desmedro de la acumulación de reservas y el avance en la reducción del déficit fiscal. En el acuerdo se registra que nuestro país se obliga a un descenso paulatino del crecimiento hasta llegar en 2024 al límite deseado por el organismo

2)  En segundo lugar, con respecto a la política fiscal y de financiamiento, la Argentina se compromete en el Memorando a “continuar saneando las finanzas públicas de una manera favorable para el crecimiento y en forma coherente con la sostenibilidad de la deuda”. Se fijó como objetivo un déficit primario del 2,5 % del PBI en 2022 —meta que fue cumplida en exceso—, su reducción a un 1,9 % en 2023 y a 0,9 % en 2024.

En síntesis, el acuerdo demuestra que el gobierno ha aceptado uno de los paradigmas de la teología neoliberal: es necesario alcanzar el superávit fiscal para atender los compromisos del Estado relativos a su deuda externa y al acceso a los mercados.

La drástica reducción del déficit fiscal y la reducción y posterior imposibilidad de utilizar el recurso de la emisión monetaria implican la disminución del gasto público, fundamentalmente el destinado a los fines sociales del Estado.

Las diez revisiones trimestrales, una cada tres meses —de las que ya se cumplieron dos— somete al país a un monitoreo permanente que nos remonta a las épocas más duras y humillantes para nuestro país, afecta la soberanía del país.

Se hace referencia a la inflación, reconociendo que se trata de un fenómeno multicausal, pero se apela a recetas ortodoxas para combatirla, tales como la reducción de la emisión monetaria, y no hay ninguna referencia al control de precios y la necesidad de que para su eficacia se penetre en la estructura de costos de las grandes empresas formadoras de precios.

El Acuerdo de Facilidades Extendidas firmado por el actual gobierno y la mayoría del Congreso convalida el acto jurídico ilegal consumado en el 2018, pero no compromete la continuidad de la querella criminal iniciada por Decreto 239 del 8 de abril de 2021 contra Mauricio Macri, Nicolás Dujovne, Luis Andrés Caputo en su doble carácter de ministro de Finanzas y presidente del Banco Central; y Adolfo Sturzenegger y Guido Sandleris como presidentes del Banco Central, fundada en que los fondos otorgados por el FMI fueron destinados a “solventar la formación de activos externos, en perjuicio del Estado argentino y de todo el pueblo de la Nación”; que “el endeudamiento subvencionó las ganancias de los especuladores por la decisión de los denunciados” y que los denunciados “ejecutaron un programa criminal destinado a generar ingentes ganancias finales en dólares a personas físicas y jurídicas, las que fueron solventadas mediante el endeudamiento externo contraído por el Estado nacional, quien en los próximos años deberá afrontar el pago de enormes cuotas del capital y sus intereses, circunstancia que implicó una transferencia extraordinaria, indebida y fraudulenta de activos desde el sector público hacia una parte del sector privado”. El proceso tramita ante el Juzgado de la doctora Capuchetti —el mismo Juzgado que interviene en la causa por la tentativa de homicidio contra la Vicepresidenta de la Nación— y no ha avanzado hasta la fecha, pese al tiempo transcurrido.

El Fondo Monetario Internacional, el organismo de última instancia que legitima el orden económico internacional y que ha causado las peores catástrofes económicas para los pueblos, goza de la misma impunidad absoluta que la que detenta la Organización del Tratado del Atlántico Norte (OTAN) en el plano político-militar, ambas bajo la dirección de Estados Unidos. La deuda externa no es sólo un instrumento de dominación económica, sino uno de los mecanismos permanentes de dominación política sobre los pueblos.

 

 

Algunos de los lineamientos fundamentales del programa

Se impone la renegociación de la deuda con el FMI, condicionando su pago al volumen de las exportaciones, con el fin de recuperar la soberanía nacional. Los condicionamientos impuestos en el Acuerdo de Facilidades Extendidas comprometen las posibilidades de desarrollo de nuestro país y la recuperación de las condiciones de vida y de trabajo perdidas por nuestro pueblo. Se trata de un acuerdo de cumplimiento imposible, tanto en las condiciones en que fue pactado en el 2018, como en las fijadas por el Acuerdo de Facilidades Extendidas. Es por ello por lo que no puede excluirse la posibilidad de suspender los pagos en caso de negativa del organismo a renegociarlo.

Consideramos que son también objetivos principales del programa el control estatal del comercio exterior, la recuperación de los puertos y el Paraná, recrear nuestra flota mercante y la Junta Nacional de Granos, para terminar con la subfacturación y el contrabando de cereales.

La relación entre lo público y lo privado implica un fortalecimiento de la estructura y rol de dirección del Estado, dado que la apropiación privada de recursos naturales, empresas públicas y bienes colectivos se generalizó a partir de la década del ‘90 y el Estado está lejos de haber recuperado aún su capacidad de dirección del proceso económico. No constituyen un buen ejemplo los contratos de Participación Público-Privada (PPP), en auge a partir del 2016, en los que el sector privado financia, construye y explota la obra, y el sector público garantiza los ingresos y la recuperación del capital en determinado plazo, generando a futuro un pasivo para el Estado. “Este régimen de contratación busca reducir la intervención estatal y aumentar la privada; es una puerta de ingreso a las corporaciones globales y de crecimiento de la deuda externa que no aparece como tal en el presupuesto público” presupuesto público” [1].

“No ser Potosí” —referencia de Cristina al antiguo Virreinato del Perú— requiere a mi juicio que el Estado argentino tome a su cargo el papel fundamental en la explotación del litio. La acumulación por desposesión es la regla que siguen las empresas multinacionales, por lo que nada puede esperarse de una política colonial que abandone su explotación —tal como ocurre actualmente en Jujuy y otras provincias del norte—. Es necesario destacar que el gobierno de Bolivia ha nacionalizado dicho recurso.

Con respecto a la democratización del Poder Judicial, se trata de uno de los objetivos más difíciles, dada la resistencia tenaz del poder económico, la derecha y el Partido Judicial a cualquier modificación de la estructura de dicho poder. Hay que recordar que un fallo de la Corte declaró la inconstitucionalidad de la elección popular de 19 miembros del Consejo de la Magistratura, ordenada por la ley 26.855, en el marco de la más seria campaña por la democratización de la Justicia que se llevara a cabo en la historia de nuestro país en el año 2013.

Es imposible sostener el sistema democrático y el propio funcionamiento del Estado con un Poder Judicial de carácter monárquico, no elegido por el pueblo, integrado por jueces que conservan sus empleos “mientras dure su buena conducta”, hoy liderado por una Corte disminuida de cuatro personas, que pretenden colocarse por encima de los Poderes Legislativo y Ejecutivo, y han llegado a suspender elecciones provinciales y proscribir candidatos.

Es por todo ello que creemos necesaria una reforma de la Constitución Nacional, como de muchas de nuestras provincias.

Por supuesto que no constituye un ejemplo a seguir el proyecto de constitución autoritaria propuesto por el gobernador de Jujuy, Gerardo Morales. En primer lugar, las sesiones de la constituyente no son públicas; habilitándose sólo un correo electrónico y un sitio digital para la “participación” ciudadana. En segundo lugar, el debate de los constituyentes sólo tendrá una duración de un mes. El proyecto propone modificaciones en 193 de los 212 artículos de la Constitución de 1986. Se eliminan las elecciones de medio término, ya que la Legislatura se renueva en forma total cada cuatro años. Establece que “el partido que obtenga la mayoría de los votos en las elecciones de gobernador obtendrá la mitad más uno de las bancas de la Legislatura”. Bajo el título “Derecho a la Paz Social y la Convivencia Democrática Pacífica”, el proyecto establece “la expresa prohibición de cortes totales de calles y cortes de ruta, así como toda otra perturbación al derecho a la libre circulación de los habitantes de la provincia y sus consecuencias legales”; y responsabiliza políticamente a “aquellos representantes y funcionarios públicos que incentiven, inciten, impulsen o promuevan, por acción u omisión, el surgimiento de grupos que vulneren la paz social y la convivencia democrática pacífica”. El derecho a “la propiedad privada” se refuerza a través de “mecanismos y vías rápidas y expeditivas (…) que restablezcan cualquier alteración en la posesión, uso y goce de los bienes a favor de su titular”, y se impulsa una ley especial de desalojo. De esta forma se tiende a colocar en una situación aún más desfavorable a los pueblos originarios que defienden sus derechos a la posesión y propiedad comunitarias —reconocidos por la Constitución Nacional y pactos internacionales con jerarquía constitucional— favoreciendo a los terratenientes que invocan “las condiciones para el desalojo “aun cuando los autores de la ocupación no consentida se atribuyan la representación o los derechos del pueblo”. Las multitudinarias movilizaciones de los docentes y otros sectores populares no se limitan al reclamo salarial, sino que manifiestan el rechazo a la nueva Constitución pergeñada por Gerardo Morales, con el fin de legitimar la constitución material ya impuesta al pueblo de Jujuy a partir de la prisión de Milagro Sala.

Una verdadera Asamblea Constituyente Democrática —como poder constituyente originario, nacional o provincial— no puede estar condicionada por limitaciones o pactos —como ocurriera en 1994— y debe garantizarse la participación directa del pueblo en los debates y aprobación.

Uno de los puntos fundamentales de una nueva Constitución es la democratización del Poder Judicial, que debe contemplar la elección popular de los miembros de la Corte Suprema de Justicia y del Consejo de la Magistratura.

 

 

[1] Brenta N., Historia de la deuda externa argentina. De la dictadura hasta nuestros días, Editorial Capital Intelectual, p. 191/192.

 

 

 

 

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