Por un sillón en Py

Los candidatos a cubrir la vacante que dejó Sergio Torres respondieron ante el Consejo de la Magistratura

 

A fines de septiembre, el Consejo de la Magistratura tomó las entrevistas personales en el concurso 433 para cubrir la vacante del Juzgado Federal 12 que ocupaba Sergio Torres hasta que asumió como ministro en la Corte bonaerense. Dieciséis postulantes –doce varones y cuatro mujeres– tuvieron que responder preguntas sobre la aplicación de la perspectiva de género, la evaluación de riesgo que debe realizarse en investigaciones de narcotráfico, sus interpretaciones sobre el artículo de “Ley del Arrepentido” que establece que la declaración del imputado arrepentido debe registrarse a través de un “método técnico idóneo” y sus posiciones sobre la idea juzgar a las personas jurídicas. Además les preguntaron si conocían el estado actual del juzgado vacante y qué propuestas tenían para mejorar el trabajo.

En una audiencia que se extendió por más de tres horas, respondieron preguntas los postulantes Diego Arce, Leonel Gómez Barbella, Julio César Di Giorgio, Maximiliano Iturburu, Julio Gonzalo Miranda, Josefina Minatta, Viviana Sánchez Rodríguez, María Elisa Gaeta, Leonardo Germán Brond, Raúl Alejandro Roust, Ignacio Labadens, Roberto Minguillón, Matías Latino, María Alejandra Provítola, Santiago Juan Schiopetto y Gonzalo Anzorreguy.

 

 

La consejera Graciela Camaño fue la primera en preguntar a cada uno de los postulantes sobre perspectiva de género. Mencionó el fallo “González y otras versus México” de la Corte Interamericana de Derechos Humanos (también conocido como “Campo Algodonero”) y consultó qué es lo que dicha sentencia ordena a los Estados nacionales. Todos los candidatos se refirieron al concepto de debida diligencia reforzada. “La Justicia tiene que investigar con especial énfasis en los casos de las mujeres, incluso cuando son imputadas. Hay que considerar el contexto, escuchar las voces de las víctimas, dejar de lado los estereotipos, utilizados tanto en el sistema de justicia como en el ámbito social. Se trata de generar presupuestos efectivos de acceso a la Justicia para las mujeres víctimas de violencia”, manifestó Josefina Minatta, fiscal federal de Concepción del Uruguay, Entre Ríos.

–¿Cómo lo aplicaría en la jurisdicción? –preguntó Camaño.

–Pienso que todos los casos, incluso los de corrupción, tienen un enfoque de género. El Centro de Investigación y Prevención de la Criminalidad Económica (Cipce) hizo un informe al respecto. También en los casos de trata y de transporte de estupefacientes la mirada interseccional es clave para arribar a soluciones más justas.

Viviana Sánchez Rodríguez, secretaria del Juzgado Criminal y Correccional 2, dijo que el fallo “Campo Algodonero” incorporó el concepto de “debida diligencia reforzada”. “Se resaltó la responsabilidad indirecta del Estado porque toleró y no garantizó la prevención de la violencia contra las mujeres”, recordó, e indicó que los Estados nacionales tienen la obligación de perseguir y sancionar estos delitos. “La investigación debe hacerse con personal capacitado en perspectiva de género, sin estereotipos. A las víctimas les cuesta llegar a las autoridades”, planteó Sánchez Rodríguez.

Diego Fernando Arce es secretario del Juzgado Federal 4 a cargo de Ariel Lijo, que subrogó el de Torres, y quedó primero en la orden de mérito con 173 puntos. Consultado sobre las enseñanzas del fallo “Campo Algodonero” señaló que se debe evitar la revictimización de la persona al momento de tomarle declaración.

–¿Y qué manda a hacer a los Estados? –preguntó Camaño.

–La debida diligencia establece que el Estado debe prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra las mujeres e investigar los delitos contra ellas. El Estado debe estar atento para poder prevenir –respondió Arce.

–No se olvide que el Estado tiene que reparar –dijo Camaño.

–Sí, según [la Convención de] Belem do Para –le devolvió Arce.

Julio Gonzalo Miranda es fiscal general en la Unidad de Lesa Humanidad de La Plata y en la UFI AMIA, y quedó segundo en el orden de mérito con 171,50 puntos. Consultado por los alcances del fallo “Campo algodonero”, dijo que el principio de debida diligencia estaba vigente desde que la Argentina incorporó con rango constitucional la Convención de Belem Do Para pero este fallo suma el concepto de debida diligencia reforzada. “En este tipo de casos tenemos que hacer un esfuerzo mayor porque la impunidad de este tipo de causas genera efectos nocivos en la sociedad”, advirtió Miranda.

Leonel Guillermo Gómez Barbella, fiscal federal de La Pampa, quedó tercero también con 171, 50 puntos. Sobre la sentencia de la Corte Interamericana, dijo que “viene a estandarizar un eje novedoso, la debida diligencia reforzada, con la idea de prevención a futuro”. Gómez Barbella también se refirió al convenio 190 de la Organización Internacional del Trabajo sobre espacios de trabajo libres de abusos y sostuvo que el Poder Judicial “no tomó nota de esta situación”. “Falta un protocolo de actuación”, consideró.

Para Ignacio Labadens, secretario del Tribunal Oral en lo Criminal Federal 1, la conceptualización más relevante del fallo “González y otras contra México” es que obliga a los Estados a remover todos los obstáculos y sancionar las leyes correspondientes para erradicar la violencia contra la mujer. “Los Poderes Judiciales tienen que actuar con celeridad. Hay que evitar estereotipos y es importante también la reparación”, añadió. Roberto Minguillón, secretario del Juzgado Federal de Quilmes, dijo que “se deben fortalecer las instituciones de protección y se debe buscar reparación para las víctimas”.

 

Riesgo narco

“¿Cuáles son las evaluaciones de riesgo que deben realizarse en una investigación de narcotráfico?”, preguntó el consejero Diego Molea.

Minatta consideró una técnica “particularmente riesgosa” la decisión de infiltrar a una persona en una organización o utilizar un “agente revelador”, porque puede significar la vida de esa persona. Sostuvo que el allanamiento y las “entregas vigiladas” pueden implicar un riesgo y “por esa razón el juez puede interrumpir esa medida en función de los riesgos”.

“En nuestro sistema, que tiene carácter inquisitivo al inicio de la investigación, el juez debe evaluar el riesgo. El narco tiene numerosos recursos humanos y monetarios”, advirtió Arce. Planteó como ejemplo que un juez se entere de la ruta por donde va a transitar una sustancia ilícita. Si se detiene al vehículo en el destino es mayor la posibilidad de generar más detenciones aunque también aumenta el riesgo de que la sustancia ingrese a esa zona. A su criterio, lo apropiado sería detener al vehículo en la ruta.

Maximiliano Iturburu, secretario de juzgado de Quilmes, ponderó –en relación con las evaluaciones de riesgo que deben tomarse en casos de narcotráfico– avanzar sobre los bienes que se incautan.

Para Raúl Alejandro Roust, secretario penal del Juzgado Federal de Campana, se trata de saber “frente a qué tipo de organización criminal se desarrolla la investigación”.

Minguillón consideró prioritario “preservar la identidad del denunciante así como la cadena de custodia de la prueba secuestrada”. Dijo que se debe trabajar “celosamente” con las fuerzas de seguridad y “desde el inicio de las actuaciones buscar activos de los imputados e imponer medidas cautelares para que puedan ser decomisados”.

 

 

Un juzgado “en orden”

El juzgado que Torres encabezó hasta mayo de 2019, cuando asumió en la Corte bonaerense, tiene tres secretarías. Una se ocupa de la causa “Mendoza” sobre el saneamiento de la cuenca Matanza-Riachuelo. El juzgado interviene en los contratos con las empresas que se encargan de la limpieza de la cuenca. Cuenta con unos 50 trabajadores, entre funcionarios y empleados judiciales. Tramita causas de estupefacientes, falsedad documental, corrupción y lavado de activos. En materia de lesa humanidad, instruyó la causa ESMA, que fue elevada a juicio por tramos.

El consejero Pablo Tonelli preguntó a los postulantes qué sabían acerca del juzgado y qué mejoras harían. En cuanto a las propuestas, Minatta planteó que quisiera contar con una sala especial para tomar testimonios a víctimas de violencia de género y trata de personas. María Alejandra Provítola, titular del Juzgado en lo Criminal y Correccional 6, sugirió dotar al juzgado de herramientas en materia de oralidad y contó su experiencia con la certificación de normas de calidad ISO 9001 en su juzgado. Uno de los elementos que consideraron los evaluadores para otorgar la distinción, según contó la jueza, fue que pudo subsanar las respuestas descoordinadas de distintas agencias a la hora de trabajar con víctimas de alta vulnerabilidad.

María Elisa Gaeta, secretaria del Juzgado 2 de San Martín, habló de generar la mejora continua en el desarrollo de la función, organizar al juzgado de manera horizontal, que no haya jurisprudencia contradictoria, que el juez sea accesible a todos los empleados, manejarse con transparencia y atender como corresponde al ciudadano y al litigante. También se manifestó a favor de certificar normas de calidad (ISO 9001).

Arce dijo que lo primero que haría es una auditoría interna para ver estado real de los expedientes. “Es importante formar equipos de trabajo, ver los talentos de cada quién, implementar protocolos de actuación y clasificar jurisprudencia”, indicó.

El postulante Leonardo Germán Brond, secretario del Ministerio Público de la Defensa, dijo que se presentó en el juzgado para conocer más detalles del funcionamiento y que el juez Lijo –que lo subroga– no lo dejó acceder a información.

En esa línea, Matías Latino, secretario penal del Juzgado Federal de Campana, dijo que cuando ingresó al sistema a buscar información sobre las causas que tramita el Juzgado 12 encontró con que las estadísticas eran del año 2012.

–¿Eso depende de nosotros? –preguntó enojado Tonelli.

–No, la responsabilidad por esos temas es de la Corte –trató de cortar rápido Molea, y cambió de tema.

 

 

Las posibilidades de un “método técnico idóneo”

El consejero Alberto Lugones consultó a los postulantes cómo veían el artículo 6 de la “Ley del Arrepentido” (27.304), que establece que la declaración del imputado arrepentido debe registrarse a través de un “método técnico idóneo”. La jueza Provítola sostuvo que “lo más importante es tomar los recaudos posibles para establecer” que el testimonio sea “incólume” y subrayó que el “arrepentido tiene que testimoniar con libertad, voluntad y conciencia del estado de las cosas”.

Sobre la registración a través de un “método idóneo”, el fiscal Gómez Barbella citó el voto en disidencia de la jueza de la Cámara de Casación Penal Ana María Figueroa en la causa “De Vido”. Dijo que la magistrada manifestó que la declaración del arrepentido es muy importante para dejarla sólo por escrito porque quizás alcance no sólo su responsabilidad penal sino la de otros.

–¿Qué considera usted un medio técnico idóneo? –inquirió Lugones.

–En mi opinión, audiovisual. No creo que sea suficiente un acta. Un autor dijo que el legislador no quiso quedar atado a la evolución de la tecnología. Figueroa sostuvo en su voto (en disidencia con la mayoría de la Sala) que el medio idóneo es la filmación pero cuando la Cámara pidió el registro los videos no estaban –recordó Brond.

También Labadens dijo que estaba de acuerdo con la idea de videofilmación, o al menos un audio sin imagen. “Pero el acta sería lo mínimo indispensable”, planteó.

 

 

Relaciones residuales con poder

El consejero Lugones le preguntó a Julio César Di Giorgio, juez del Tribunal en lo Criminal 4 de San Martín, si considera que las relaciones residuales del poder son razones suficientes para justificar prisión preventiva (según estableció la “doctrina” Irurzun).

—Considero que la prisión preventiva es de excepción, de última ratio. La Convención Interamericana indica que la prisión preventiva no debe ser la regla, para dictarla peligro de fuga o entorpecimiento de la investigación tiene que ser real, no algo hipotético o imaginario. Hay un abanico de medidas de menor intensidad hasta llegar a una de mayor intensidad como es la prisión preventiva. La relación residual hay que analizarla en este marco y hay que ver si efectivamente el imputado tiene la capacidad de entorpecer investigación —respondió Di Giorgio.

 

 

De “buches” y personas jurídicas

El consejero Diego Marías (representante de los abogados de la matrícula federal, de Capital) le preguntó a Provítola si estaba de acuerdo con que el Estado pague por información, según lo establece la misma ley 27.304. La jueza dijo que si bien hubo cuestionamientos, a su juicio dicha herramienta es útil y “vino a legitimar antiguas prácticas (…) como la presentación de denuncias anónimas, a cargo de los comúnmente denominados ‘buches’”. Sin embargo alertó que “la entrega de dinero debe ser la última ratio”.

El consejero consultó también por la ley 27.401 que establece el régimen de responsabilidad penal aplicable a las personas jurídicas privadas, ya sean de capital nacional o extranjero, sancionada en 2017. Arce dijo que se discutió arduamente si correspondía cambiar la teoría del delito y afirmó que con dicha sanción “la Argentina se puso al nivel de otras jurisdicciones”.

–¿Cuál es su opinión sobre esta ley? –le preguntó Marías a Miranda.

–Era una necesidad. Se da así cumplimiento a normas internacionales. Detrás de las sociedades hay personas que delinquen. Esta ley tiene muchos efectos en la política de recupero de activos. A la persona jurídica le duele la caja y le duele que se vea menoscabada su imagen –enfatizó Miranda.

Finalizado el proceso de entrevistas, ahora la Comisión de Selección de Magistrados y luego el propio plenario del Consejo de la Magistratura deberán definir las ternas que elevarán al Poder Ejecutivo para cubrir la vacante de Torres en el Juzgado Federal 12.

 

 

 

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