Que pague Ford

La CIDH exhortó a la Argentina a reparar los daños a un ex delegado secuestrado y despedido en dictadura

 

Mientras la causa contra ex directivos de Ford por delitos de lesa humanidad durante el terrorismo de Estado sigue esperando una definición de la Cámara de Casación, la responsabilidad de la automotriz en la represión ilegal está bajo la lupa en el fuero internacional. La Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) exhortó al Estado argentino a que repare los daños sufridos por el denunciante Pedro Troiani, ex delegado gremial de Ford y uno de los 24 trabajadores secuestrados y torturados entre marzo y agosto de 1976 con la complicidad de la empresa, que los despidió mientras estaban cautivos.

La CIDH cuestionó que la Justicia argentina haya considerado prescrito el pedido de indemnización de Troiani a Ford y abrió una oportunidad para que el Estado acompañe, a él y a sus ex compañeros, en el reclamo histórico de que la empresa pague por lo que hizo en dictadura.

Troiani era delegado de sección en la planta de General Pacheco cuando fue secuestrado por el Ejército, en la mañana del 11 de abril de 1976. Durante aquellos días, todos los delegados de la planta corrieron la misma suerte. Los fueron a buscar a sus casas o directamente a la empresa. Troiani pasó varias semanas detenido ilegalmente en la Comisaría 1ª de Tigre, hasta que lo blanquearon y lo trasladaron a la cárcel de Devoto. Al igual que sus compañeros, fue despedido de Ford por “abandono de tareas” mientras estaba secuestrado.

El Ejército tenía puertas abiertas en la empresa. Tal como muestra la investigación Responsabilidad empresarial en delitos de lesa humanidad, los directivos de Ford entregaron a las fuerzas represivas un listado de trabajadores para detener, facilitaron legajos personales, fotografías y camionetas para los traslados, permitieron detenciones dentro de la fábrica, en horario laboral y frente a compañeros y directivos, e incluso habilitaron el montaje de un centro clandestino que funcionó en el quincho del campo de deportes.

Tras el regreso a la democracia, Troiani y otros trabajadores presentaron demandas ante la justicia laboral para cobrar sus indemnizaciones por los despidos. En su caso, la solicitud fue rechazada en primera instancia bajo el argumento de que había vencido el plazo legal para reclamar, pese a que había explicado que no había podido hacerlo antes porque era un perseguido político y demandar a la empresa en el contexto dictatorial implicaba poner su vida en peligro. El caso llegó hasta la Corte Suprema, que en 1988 falló en contra de Troiani y desestimó la amenaza represiva como causal de interrupción del plazo de prescripción.

En 1992, Troiani llevó su reclamo ante la CIDH y demandó al Estado argentino por no haberle garantizado justicia. Desde entonces la Comisión lo tuvo bajo análisis y se puso a disposición de las partes para que iniciaran un diálogo. Los sucesivos gobiernos nacionales avanzaron en intentos de llegar a un “acuerdo de solución amistosa”, como se denomina al mecanismo de resolución de peticiones ante órganos internacionales de protección de derechos humanos, mediante una negociación entre los peticionarios y el Estado denunciado. En casi tres décadas, esos intentos nunca se concretaron, hasta ahora.

 

 

“Objetivo y prioridad militar”

La responsabilidad de Ford en la represión ilegal ganó una nueva visibilidad a fines de 2018, cuando el Tribunal Oral Federal 1 de San Martín condenó a penas de cárcel al ex gerente de Manufactura y número dos de la empresa, Pedro Müller, al ex gerente de Seguridad de la planta, teniente coronel Héctor Sibilla, y al ex jefe del Comando de Institutos Militares del Ejército, general Santiago Riveros, por los secuestros y torturas de los trabajadores de la automotriz.

Según se reconstruyó en el juicio, el 25 de marzo de 1976 hubo una reunión entre los directivos de Ford y la comisión interna. Ese día se les anunció a los delegados que la comisión ya no sería reconocida por la compañía. “La empresa Ford Motor Argentina pasa a ser objetivo y prioridad militar”, les informó el gerente de Relaciones Industriales, Guillermo Galarraga. Después le dijo a uno de los delegados: “Amoroso, dele saludos a Camps”. Como su interlocutor no sabía quién era Ramón Camps, Galarraga agregó: “Ya se va a enterar”.

En una causa cuya instrucción comenzó hace casi veinte años, cuando se derogaron las leyes de impunidad, Galarraga, Müller y Sibilla fueron procesados por la entrega de datos personales y fotos de los delegados al Comando de Institutos Militares y por facilitar las instalaciones de la planta para montar un centro de interrogatorios. Galarraga murió antes de llegar al juicio oral. Müller y Sibilla fueron condenados por el TOF-1 pero las defensas apelaron el fallo ante la Cámara de Casación Penal. Ya pasaron dos años y medio desde entonces. Aún resta que dos de los tres jueces de la Sala II de Casación emitan su voto para definir el caso.

 

 

La deuda imprescriptible de Ford

En paralelo a la causa penal, el reclamo por el despido de Troiani ante la CIDH siguió vigente y se definió por fin este año. En marzo pasado la CIDH emitió un informe reservado que un mes después comunicó al gobierno argentino, en el que le dio la razón a Troiani y llamó al Estado a reparar los daños que sufrió el denunciante por la falta de justicia. La Comisión emitió además una serie de recomendaciones para orientar las formas de esa reparación. Si el Estado no cumpliera con el pedido de la CIDH, el caso se elevaría a la Corte Interamericana de Derechos Humanos.

El pedido fue recogido por la Secretaría de Derechos Humanos de la Nación, que tiene a los delitos de responsabilidad empresarial durante la dictadura como una prioridad en su agenda. La Secretaría abrió un diálogo con Troiani para llegar a un acuerdo de solución amistosa, que ahora está encaminado. El mecanismo prevé la implementación de medidas de reparación integral de las violaciones a los derechos humanos contenidas en el caso y, al mismo tiempo, pretende ser una garantía para la sociedad de que dichas violaciones no se repetirán en el futuro.

El principio de acuerdo incluye varias líneas de reparación. Una de ellas fue la reposición este mes de la señalización como Sitio de Memoria de Ford en las inmediaciones de la planta de General Pacheco.

 

 

Se proyectan además medidas de promoción a las investigaciones académicas sobre responsabilidad civil y empresarial durante la dictadura. En el plano judicial, la Secretaría seguirá activa como querellante en la causa penal contra los ex directivos de la empresa. Hace algunos días presentó un nuevo pedido de pronto despacho ante Casación. Además, su área de legales acompañará un eventual planteo de Troiani ante la Justicia para que se reabra la causa por su indemnización, en busca de que Ford también pague en el plano económico.

Luego del reciente fallo de la Corte Suprema que revocó la falta de mérito de Carlos Blaquier, dueño del ingenio Ledesma, por delitos de lesa humanidad en Jujuy, el caso Ford aparece en el horizonte como una próxima posta posible para el juzgamiento y la comprensión de la responsabilidad empresarial durante el terrorismo de Estado. Siempre y cuando Casación no se demore tanto como los supremos: al igual que en el caso de Blaquier, es probable que no quede demasiado tiempo para confirmar las condenas al octogenario Müller y al nonagenario Sibilla.

 

 

 

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