Retenciones, una batalla democrática

El constitucionalismo social y los derechos humanos limitan la propiedad en favor del desarrollo y la igualdad

 

El carácter y alcance del derecho de propiedad resulta un tema fundamental en relación a dos cuestiones clave en una sociedad periférica: la posibilidad del crecimiento y diversificación productiva, y la efectividad en progresar en sus objetivos de igualdad.

Tanto el constitucionalismo social como los documentos fundantes del Derecho Internacional de los Derechos Humanos son tributarios de un paradigma de vigencia del derecho de propiedad en un sentido relativo. En cambio, el neoliberalismo tiene como uno de sus campos de batalla la reinstalación de una concepción absoluta de ese derecho.

La Constitución Argentina, sancionada en 1949 e inspirada en el primer enfoque, disponía que “la propiedad privada tiene una función social y, en consecuencia, estará sometida a las obligaciones que establezca la ley con fines del bien común… el capital debe estar al servicio de la economía nacional y tener como principal objeto el bienestar social. Sus diversas formas de explotación no pueden contrariar los fines de beneficio común del pueblo argentino”. El texto fue derogado por la dictadura instalada tras el golpe de Estado de 1955, y las políticas por ella establecidas perseguían la reinstalación de una Argentina liberal.

En las décadas del '70 y el '80, las políticas ofertistas que se impulsaron desde la contraofensiva Reagan-Thatcher recurrieron a la reducción de impuestos como lógica de estímulo a la inversión, estrategia que tuvo profundas consecuencias en la distribución del ingreso y la riqueza, favoreciendo un proceso de concentración y desigualdad.

Esas políticas de reducción de impuestos fueron proseguidas por ajustes del gasto público que, con un proclamado objetivo de equilibrio fiscal, han recortado el gasto social y despojado a las mayorías populares de derechos sociales. Vista desde un enfoque que recupera la economía crítica, la consecución de la lógica reducción de impuestos-reducción del gasto, más que ser un estímulo a la inversión, persigue dos objetivos: el aumento de la tasa de ganancia y la disminución del tamaño del Estado. Este achicamiento provocó la mercantilización de servicios que atienden derechos sociales y el recorte y simplificación de los roles del Estado en la economía. Los neoliberales sostuvieron estas reformas sustentándolas en una concepción del derecho de propiedad absoluto, sosteniendo que los bienes y servicios que atienden la salud, la educación, la vivienda y otros derechos económicos, sociales y culturales no llueven del cielo, sino que su producción tiene un costo. Les adjudicaban el carácter de falsos derechos. Esta corriente también reivindica una sociedad de mercado (concepto diferente a una economía con mercados), basada en el criterio que sostiene que la asignación de recursos debe provenir de los agentes privados, desplazando a la voluntad ciudadana de las decisiones del diseño estratégico de la sociedad, para confiarla a las señales de consumidores y productores, los primeros con desigualdades intensas en la distribución del ingreso, los segundos altamente concentrados. Contrariamente a las prescripciones del uso de la propiedad privada, que indicaba el enfoque relativo, el neoliberalismo concibe que su disposición y destino, como el de sus frutos, corresponden al propietario. Descalifica la planificación y pontifica que el estímulo que rige el “progreso” estaría determinado por la maximización de la tasa de beneficio de los propietarios de los medios de producción.

El problema del desarrollo, del crecimiento y de los avances en la consecución de la igualdad en la Argentina ha sido estilizada con precisión por diversos trabajos y autores, y tiene puntos en contacto con el de otros países dependientes. El estudio especial de FIDE “Rentabilidad de la producción sojera en la Argentina actual” explica con claridad que “existe en la Argentina una asimetría estructural entre los sectores agropecuario e industrial, derivada de una diferencia de origen en sus productividades relativas, que se explica tanto por la abundancia y riqueza de la tierra cultivable (especialmente en la zona núcleo de la Pampa Húmeda) como por el temprano desarrollo agropecuario en relación con el industrial. En otros países en desarrollo la desventaja estructural de la industria se manifiesta en relación con otros sectores, como el minero, petrolero, etc., dependiendo de las circunstancias históricas y geográficas”.

Así, el desarrollo de economías diversificadas por parte de estos países necesita de una política económica que intervenga con un dispositivo que estimule el crecimiento de los sectores con productividades inferiores. La cuestión no resulta secundaria, sino central para el desarrollo, porque los sectores con productividades menores resultan ser los de la manufactura industrial, que es un sector con gran capacidad de creación de empleo. Además, la posibilidad de desplegar procesos de industrialización completos, que no sólo sustituyan bienes de consumo sino también las maquinarias e insumos intermedios, y que también acepten el desafío de la competitividad exportadora, requieren de esa intervención. Más aun si se plantean el necesario objetivo de desplegar actividades ubicadas no sólo en los niveles de baja y media tecnología, sino en espacios de alta tecnología también.

El informe de FIDE subraya el papel de los macroprecios, cuyo nivel no resulta del solo impacto en el mercado en que se generan, sino que trascienden a toda la economía. La existencia de productividades estructurales diferenciadas otorga al nivel del tipo de cambio un carácter clave. Si el mismo está muy apreciado –dólar barato—, expresa una alineamiento con el sector de productividad mayor, disminuyendo las posibilidades de desarrollo diversificado de la economía y conduciendo a una especialización en los rubros más maduros, que en la periferia son —generalmente— perceptores de rentas por ventajas naturales. Si el tipo de cambio está muy depreciado, aunque exprese la productividad del sector más atrasado provoca un reducido poder adquisitivo de los ingresos populares y los salarios, que traba el desarrollo de un mercado interno. Lo que impide un adecuado punto de partida para una escala de producción industrial, siendo —también— un generador de desigualdad social.

La política económica de desarrollo, que además de diversificar la producción y perseguir el valor de la igualdad, amplíe la posibilidad exportadora, requiere que el macroprecio del tipo de cambio se desdoble. Un papel clave en ese sentido jugarían los derechos de exportación (las retenciones), con que se gravarían los productos primarios (en particular –en la Argentina— los de origen agropecuario), de manera tal que dentro de las actividades transables (industria, minería, agro) cada sector habría de obtener un tipo de cambio real efectivo acorde con su productividad (más elevado en el caso de la industria, más bajo en el caso del agro). Bajo este régimen, se promueve la industria local y la competitividad industrial, pero no a costa del deterioro del salario real, lo que permite su inserción exportadora sostenida por un crecimiento del mercado interno. Es una política cambiaria que articula los tres objetivos: desarrollo, igualdad y diversificación exportadora que aleja la restricción externa.

La pertinencia de las retenciones como política permanente tiene un efecto adicional: como las exportaciones se componen sustancialmente de bienes salario, si se adoptara una política de tipo de cambio único y depreciado, el impacto sobre los ingresos populares y los salarios impactaría sobre sus posibilidades de adquirir bienes esencialísimos. Además, los derechos de exportación proveerían un efecto similar al de un impuesto como ingreso presupuestario. Entonces permitirían la disponibilidad de mayores recursos para atender derechos sociales, o financiar actividades estratégicas como las de las de investigación de ciencia y tecnología, que resulta fundamental para el despliegue de los proyectos industriales de media y alta tecnología.

En conclusión, el régimen cambiario con retenciones resulta muy adecuado para el país beneficiando el desarrollo, la igualdad y el financiamiento público.

Sin embargo, su vigencia ha sido insistentemente resistida por el sector agropecuario de la pampa húmeda, que desarrolla un conjunto de argumentos y posicionamientos ideológicos, apoyado por los grandes medios de comunicación y sectores del poder concentrado, que postulan las ideas del consenso neoliberal.

Uno de los argumentos que emplean es que el sector hoy es un productor principalmente de soja, y que este no es un bien salario ya que sólo forma parte marginal de la dieta de los argentinos. Sin embargo, el precio de la soja es también un macroprecio de la economía argentina, los arrendamientos agropecuarios y los valores de compra-venta de la tierra se establecen sobre la base del precio de ese poroto, así que su valor influye en la rentabilidad de los cereales, oleaginosas y otras actividades agropecuarias.

Los paquetes tecnológicos utilizados actualmente en la producción sojera, las características del cultivo y las condiciones de la demanda internacional, componen un cuadro que favorece el desplazamiento de otras producciones agropecuarias hacia ese cultivo, la falta de intervención en la política económica del sector crea condiciones tendientes al monocultivo de soja. Por eso resulta necesario el establecimiento de retenciones en función de garantizar no sólo la diversificación productiva de la economía, sino también la del propio sector agropecuario.

Un régimen de tipo de cambio competitivo que incluye la aplicación de derechos de exportación tiene la capacidad de equilibrar con retenciones diferenciadas la competitividad de los sectores exportadores (inclusive dentro de los sectores dominantes en la industria cuyas ventas tienen como destino principal los mercados externos), e ir incorporando a nuevos participantes en las ventas al exterior. El diseño de las retenciones y sus diferenciaciones deberían evitar cambios no deseados en el diseño productivo del país (como los desmontes en territorios con producciones campesinas ancestrales y autosostenidas) y, por el contrario, favorecer la diversidad socioproductiva. Su aplicación en otras cadenas de producción primaria, que tienen el riesgo de convertirse en economías de enclave —como la minería—, puede establecer precios relativos que favorezcan la incorporación de mayor valor agregado.

El intento de establecimiento de retenciones móviles al sector agropecuario durante el primer gobierno de Cristina Fernández, que traducía una idea de construcción de un régimen permanente y con ajuste automático en relación a los movimientos del precio, se enfrentó con la oposición de las patronales agropecuarias y de los partidos de la oposición política. Los contenidos argumentales de esa resistencia estaban fuertemente impregnados de un cuestionamiento a los derechos de exportación por su carácter “confiscatorio”, adoptando diversos planos de argumentación que referían a la ilegitimidad de no fijar un tope sobre la tasa del impuesto, a la “libertad” en la disposición de los frutos de la propiedad de la tierra, a la no “discriminación” respecto al tipo de cambio – mediante el reclamo de la “libertad de mercado”, y a la autorreivindicación de ser los “productores” que proveían de mayor cantidad de divisas a la economía. Estos “argumentos-principios” son tributarios del librecambio y defensores de un derecho de propiedad no intervenido por el poder político en función del desarrollo nacional. Las patronales agropecuarias son una voz permanente de inflexible ortodoxia ideológica en esa corriente de pensamiento.

Sin embargo, el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales al que Argentina adhirió y ratificó, para luego darle rango constitucional en 1994, exige el avance progresivo en ese tipo de derechos. Esos derechos son de acceso. La atención de este tipo de derechos humanos requiere de presupuesto público y por lo tanto de ingresos por parte del Estado. También en el ámbito de la ONU se emitió la Declaración sobre el Derecho al Desarrollo (Res. 41/128 de la Asamblea General del 4/12/1986) cuyo artículo 2 en su inciso 3 dispone que: “Los Estados tienen el derecho y el deber de formular políticas de desarrollo nacional adecuadas con el fin de mejorar constantemente el bienestar de la población entera y de todos los individuos sobre la base de su participación activa, libre y significativa en el desarrollo y en la equitativa distribución de los beneficios resultantes de este”.

Este orden jurídico se alinea claramente con el reconocimiento del derecho de propiedad relativo y no absoluto, y con el reconocimiento y exigencia de políticas públicas que progresen en la atención de los derechos económicos, sociales y culturales.

La política de Macri quitó en su inicio las retenciones y adhirió a las prescripciones del consenso neoliberal. Con el cambio de gobierno por producirse, la Argentina recuperará un rumbo respetuoso de lo prescripto por el orden jurídico vigente, lo que significará una acción intensa del Estado por el cumplimiento de los derechos humanos en su integridad. Ya asoman voces que anuncian resistir ese cambio de política y reclaman la continuidad del régimen económico-social predicado por la contraofensiva conservadora. La construcción de la democracia requiere el respeto de la voluntad popular y la legitimidad de origen del poder político. Si la herramienta de los tipos de cambio diferenciados mediante retenciones es considerada por el gobierno popular como una herramienta imprescindible para el desarrollo, el goce absoluto del derecho de propiedad no puede ser interpuesto para impedir la implementación de derechos de exportación

 

* Profesor de la UBA, ex Director del CEFID-AR.

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

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