Riqueza, desigualdad y derechos

El sistema tributario como nivelador de la estructura social

 

La contribución sobre las grandes fortunas podría significar el comienzo de un debate más profundo sobre la distribución de ingresos y el rol de la política tributaria, con miras a reducir las desigualdades y brindar herramientas para que se cumplan los derechos fundamentales consagrados en la Constitución. En las últimas décadas, los impuestos progresivos han perdido su importancia dentro de la estructura tributaria –hoy fuertemente regresiva—; entre ellos, el impuesto sobre los bienes personales, que pasó de representar el 2,17% al 0,62% de los ingresos tributarios entre 2003 y 2019.

El proyecto del impuesto a las grandes fortunas consiste en un gravamen por única vez a aproximadamente 12.000 personas que poseen bienes personales declarados que superan los 200 millones de pesos. Para esas 12.000 personas, la alícuota será escalonada para distintos tramos de patrimonio, entre el 2% y el 3,5% para los bienes en el país y entre el 3% y el 5,25% para los bienes en el exterior. En cuanto a los últimos, en el caso de verificarse la repatriación del 30% de sus tenencias financieras del exterior, dentro de los 60 días de la publicación de la ley, se suprimirá el diferencial de la alícuota con respecto a los bienes situados en el país.

Muchos debates sobrevuelan el proyecto. Más allá de que este tributo contribuya a la recaudación fiscal –que, de todas formas, pareciera ser significativo, por cuanto rondaría alrededor de los 300.000 millones de pesos—, la importancia crucial de esta medida es poner en valor la capacidad del sistema tributario como nivelador de la estructura social. Sin duda, el aspecto más trascendente consiste en abrir el debate en torno a una reforma amplia del sistema tributario con una perspectiva progresiva que permita reducir los actuales niveles de desigualdad social, acentuados por la pandemia, como así también disminuir la brecha de género.

Desde ya, el debate no se agota en la redistribución de ingresos que permitirá la mayor recaudación, ni implica aceptar la distribución primaria de ingresos tal cual se manifiesta hoy en día. Por el contrario, es el puntapié inicial para comenzar a debatir no solo la distribución secundaria –a partir de la intervención del Estad—, sino también la primaria en la cadena de producción. Esto involucra poner en discusión una serie de desafíos, tales como la modificación de la estructura productiva y de los patrones de consumo, el aumento de los salarios reales, la creación de puestos de trabajo dignos, la supresión de la precarización laboral y la tercerización, el reconocimiento y la redistribución del trabajo doméstico y de cuidado no remunerado, políticas favorables al cooperativismo y pymes, la participación de la/os trabajadores en las ganancias de las empresas, políticas de defensa de la competencia, control de precios y tarifas máximas, la reforma de la ley de inversiones extranjeras y la de entidades financieras, entre otras políticas necesarias, además de una reforma progresiva y completa de la legislación tributaria.

 

 

Derechos económicos, sociales y culturales

Nuestra Constitución Nacional, a la que alguna/os se aferran para señalar –erróneamente— la confiscatoriedad del proyecto, es la misma que otorgó carácter constitucional a los derechos consagrados por el artículo 14 bis, que establece el acceso a una vivienda digna y la participación de los trabajadores en las ganancias de las empresas, entre otros aspectos tristemente sepultados durante décadas. Así como la propia Constitución otorga jerarquía constitucional al Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales, el cual establece que en ningún caso podrá privarse a un pueblo de sus propios medios de subsistencia y que los Estados Partes se comprometen a garantizar el ejercicio de los derechos que en él se enuncian. Sin embargo, quienes esgrimen la inconstitucionalidad de un proyecto de ley que impone un tributo a solamente alrededor del 0,026% de la sociedad argentina, no han alzado sus voces para exigir que se cumpla lo establecido en nuestra Carta Magna, denunciando el incumplimiento de los derechos económicos, sociales y culturales que padecen los excluidos sociales de este país.

Es evidente que para determinados sectores —con privilegios— el derecho de la propiedad privada posee una preeminencia por encima del resto de los derechos humanos; aspecto, que cabe mencionar, no se desprende del cuerpo normativo de la ley suprema. Detrás de la protección de la propiedad privada y el principio de la no confiscatoriedad, existe una construcción dogmática que como un fantasma recorre la Argentina, aunque carece de anclaje normativo real. La propiedad privada es un derecho más entre los tantos que figuran en ese cuerpo legal y, quien otorgue preeminencia a este por sobre otros se posiciona, en rigor, en una tradición política e ideológica determinada, que defiende intereses concretos.

Peor aún, es posible observar que, a lo largo de las últimas décadas, el sistema tributario no ha ganado más que regresividad y el impuesto sobre los bienes personales ha perdido peso dentro de la estructura de ingresos tributarios, lo que ridiculiza aún más la postura expuesta anteriormente. A lo largo de los gobiernos kirchneristas, el impuesto a los bienes personales pasó de representar un 2,17% del total de la recaudación tributaria en 2003 al 1,18% en 2015 y en 2019, durante la gestión de Cambiemos, se redujo a 0,62%.

El neoliberalismo, en los últimos cuatro años de gobierno, arrasó con gran parte de los derechos económicos, sociales y culturales conquistados. Grupos económicos y empresas multinacionales obtuvieron ganancias fundamentalmente en base a las transferencias de recursos del resto de la sociedad, el endeudamiento externo, la fuga de capitales y los subsidios estatales, en contraposición a la teoría del esfuerzo personal y el mérito. Y hoy es el mismo poder económico el que intentará sacar provecho de la actual crisis, reduciendo aún más los salarios reales, pujando por una devaluación, aumentando precios, aprovechándose de la minimización de los costos que genera el teletrabajo en pandemia, precarizando derechos laborales y sociales, pretendiendo una modificación cada vez más regresiva de la matriz de distribución del ingreso y la riqueza.

 

 

Brecha digital

En el último informe especial Covid-19 N⁰ 7, CEPAL indica que el 46% de los niños y niñas de América Latina y el Caribe de entre 5 y 12 años vive en hogares que no están conectados a Internet, lo que implica la exclusión de más de 32 millones de niños y niñas. En este sentido, CEPAL propone a los países de la región garantizar una canasta básica de “tecnologías de la información y las comunicaciones” integrada por un computador portátil, un teléfono inteligente, una tableta y un plan de conexión para los hogares no conectados, con un costo anual inferior al 1% del PIB.

En este sentido, el decreto de necesidad y urgencia 690/2020 constituye un primer paso en torno a la construcción de una sociedad digital más inclusiva. El DNU establece que los Servicios de las Tecnologías de la Información y las Comunicaciones (TIC) y el acceso a las redes de telecomunicaciones para y entre licenciatarios y licenciatarias de servicios TIC son servicios públicos esenciales y estratégicos en competencia.

En Argentina, según las estimaciones de la CEPAL, dentro de los hogares del quintil de ingresos más bajos (es decir, el 20% de los hogares con menores ingresos) cerca del 27% de los niño/as no poseen acceso a internet. Según las estimaciones de INDEC, el 39,1% de los hogares en la Argentina, a diciembre de 2019, no poseía acceso a una computadora y el 17,1% de los hogares no tenía ningún tipo de acceso a internet.

El Consejo de Derechos Humanos de la Organización de las Naciones Unidas (ONU) aprobó la promoción, protección y disfrute de los derechos humanos en Internet que implica el reconocimiento “de Internet como fuerza impulsora de la aceleración de los progresos hacia el desarrollo en sus distintas formas”, exhortando “a los Estados a que promuevan y faciliten el acceso a Internet y la cooperación internacional encaminada al desarrollo de los medios de comunicación y los servicios de información y comunicación en todos los países”.

Es preciso recordar que en la Argentina en el año 2010 se puso en marcha el programa Conectar Igualdad con el objetivo de reducir la brecha digital, educativa y social,  que otorgó alrededor de 5 millones de computadoras al año 2015; política que luego fue interrumpida por las medidas adoptadas por Cambiemos, y cuya continuidad hubiera sido de gran ayuda para docentes y estudiantes en este contexto de pandemia.

El camino a seguir implica debates complejos y confrontaciones con sectores que no estarán dispuestos a perder sus privilegios, pero que significan la única puerta de entrada a una sociedad más digna, justa e igualitaria.

 

 

 

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