Sus (futuras) Señorías responden

Avanza el proceso para cubrir vacantes en la Cámara Federal porteña

 

Un pasito más. El jueves, durante casi toda la jornada, se tomaron las entrevistas personales en el concurso para ocupar dos cargos de juez o jueza en la Cámara Federal porteña. Los aspirantes, que reemplazarán a los magistrados Leopoldo Bruglia y Pablo Bertuzzi, tuvieron que responder preguntas sobre cómo aplicarían la perspectiva de género en sus fallos y al interior de sus equipos de trabajo, cómo valoran la figura del “arrepentido”, sobre la independencia judicial y qué opinión tienen acerca de declarar imprescriptibles los delitos de corrupción. El Cohete a la Luna presenta hoy las respuestas de los primeros seis candidatos según el orden de mérito: Fernando Poviña, Agustina Rodríguez, Cecilia Incardona, Gonzalo Viña, Laura Mazzaferri y Julio César Di Giorgio.

 

 

“¿Cómo compatibiliza una causa donde la víctima o victimaria es mujer con el nuevo paradigma del feminismo, que indica que somos más de la mitad de la población?”, abrió la entrevista Graciela Camaño a Poviña. El actual titular del juzgado federal 2 de Tucumán habló de estereotipos para las “actividades masculinas y femeninas”, subrayó que las nuevas generaciones “lo están superando” y dijo que en el ámbito judicial hay mujeres que son víctimas, victimarias o que asumen ambos caracteres: es el caso de las llamadas “mulas” que transportan estupefacientes. En general, indicó, son varones quienes las obligan a hacer esas actividades.

En los casos de trata de personas, dijo Poviña, las mujeres aparecen como victimarias y luego se advierte que son víctimas; las usan para captar a otras mujeres. En esa línea, la fiscala federal de Mar del Plata Laura Mazzaferri contó que fue secretaria de la Sala I de la Cámara Federal –para la que está concursando– entre 2007 y 2012. En 2008 se sancionó la primera Ley de Trata y llegó al tribunal de apelación un caso de una víctima que había sido considerada victimaria. Se trataba de una mujer de 21 años que había sido captada por un hombre que decía rescatarla del ámbito prostibulario y la usaba para atraer a más víctimas. “Todos los prejuicios de género llevaban a verla imputada como su pareja pero logramos revertir esto con mis compañeros secretarios de sala, que eran varones pero tenían perspectiva de género”. Mazzaferri consideró que “es un imperativo constitucional incorporar perspectiva de género en el trabajo de la justicia para colocar a los colectivos desaventajados en posiciones de igualdad con el resto de la ciudadanía”.

La senadora Silvia Giacoppo le preguntó a Poviña qué acciones encararía si tuviera una denuncia de este tipo en su ámbito laboral. Poviña contó que en el juzgado federal 1 de Tucumán, que subroga, hubo una denuncia de abuso sexual por parte de dos funcionarias mujeres de rango inferior a un funcionario varón de rango medio, a quien se separó de las funciones. Todos los testimonios de los compañeros de trabajo daban a entender una conducta machista y estereotipada por parte del funcionario varón, quien ya fue procesado y está camino a juicio oral.

“¿Qué entiende por enfoque interseccional?”, consultó Camaño a Agustina Rodríguez, coordinadora general de la Unidad Fiscal Especializada en Violencia contra las Mujeres (UFEM). “El enfoque interseccional nos permite ver todas las condiciones de vulnerabilidad que puede atravesar una persona; hay que identificar si una mujer es trans, migrante, menor de edad, adulta mayor, pensar en su condición socioeconómica, porque todo esto termina de poner los lentes de género. El Derecho no es neutral, el enfoque de género nos permite ver que el derecho está pensado en forma androcéntrica, por y para varones. Es necesario introducir los lentes de género para poder aplicar soluciones más justas”, indicó Rodríguez, y subrayó que para juzgar a una mujer es importante, por caso, advertir si está sometida a violencia de género.

Cecilia Incardona, actual fiscal federal de Lomas de Zamora, sostuvo que “juzgar con perspectiva de género es poder advertir en decisiones judiciales estereotipos de género que se introducen en las sentencias”. “Un juez o una jueza tiene que usar lentes de género para advertir si hay grupos desaventajados, como ser mujeres o trans. A la hora de liderar grupos de trabajo, la mirada de género ayuda a impulsar mejores equipos”, agregó.

Gonzalo Viña es fiscal de la Ciudad de Buenos Aires y comentó que las capacitaciones sobre género en el distrito se hacen por módulos. Él está cursando el tercero de cuatro, que se acaba de abrir. Dijo que los talleres le permitieron “deconstruir conceptos que se tienen asumidos y ni siquiera se piensan”. “Muchas nociones del campo jurídico necesitan ser repensadas, por caso el concepto androcéntrico”, planteó. Julio César Di Giorgio, juez del Tribunal en lo Criminal 4 de San Martín, dijo que el enfoque interseccional implica abordar los delitos en los que están involucrados colectivos desaventajados desde distintas disciplinas, entre ellas la psicológica y la sociológica, y añadió que es clave “contener y empoderar a la mujer víctima”.

El diputado del Pro por la Ciudad de Buenos Aires, Pablo Tonelli, preguntó a todos los concursantes por su opinión sobre la figura del arrepentido y si la consideraban de utilidad. Esta figura, resistida por una parte de la biblioteca del derecho, se incorporó en la legislación argentina durante la presidencia de Mauricio Macri. Leonardo Fariña fue uno de los arrepentidos estelares. El juez Poviña dijo que dicho instituto “tuvo resistencias por algunas cuestiones constitucionales y éticas”. Aseguró que hay casos en los que, por su envergadura, usaría la figura “siempre y cuando no sea prueba dirimente y con los recaudos legales correspondientes”.

Mazzaferri consideró que “es una figura engarzada con un sistema acusatorio”. “Si es voluntario y se dan todas las garantías, como ser un abogado defensor, entiendo que es un buen instrumento”, indicó. Gonzalo Viña sostuvo que su valoración sobre la figura es “positiva”.

“Nos estábamos quedando un poco atrás para la investigación de delitos complejos y esta figura viene a dotar de nuevas técnicas de investigación, aunque creo que el régimen que se eligió para esta figura puede generar problemas porque no terminamos de pasar a un sistema acusatorio. Hoy está pensada como una herramienta que tiene el fiscal a su disposición pero no está concebida como prueba, entonces jueces y juezas tienen que ser muy prudentes a la hora de evaluar. El arrepentido o la arrepentida no tiene la obligación de decir la verdad, entonces todo lo que cuente tiene que ser evaluado de manera muy minuciosa porque es información y no es prueba”, planteó Agustina Rodríguez.

En esa misma línea, Incardona señaló que “la figura generó fricciones en la academia y en la jurisprudencia; está bastante resistida”. “Desde nuestro Código miramos con recelo la figura del arrepentido por tener en cuenta la palabra del arrepentido, porque está negociando”, sostuvo, aunque hizo una salvedad: “Si el imputado libremente acepta colaborar con la investigación, no encuentro objeciones legales a la figura. El tema es no coaccionar al imputado”.

También Di Giorgio cuestionó la figura. Dijo que “la regulación es deficitaria, no es de utilidad, porque en un estado de derecho [las pruebas] tienen que ser obtenidas sin ningún tipo de cuestionamiento”.

El juez Alberto Lugones, vicepresidente del Consejo de la Magistratura, les preguntó a Rodríguez y Mazzaferri si consideraban que las relaciones residuales con el poder son razones suficientes para justificar la prisión preventiva. Esa “doctrina”, sostenida por el juez de la Sala II de la Cámara Federal Martín Irurzun, fue la que habilitó el encarcelamiento de distintos dirigentes kirchneristas durante el gobierno de Cambiemos.

Rodríguez dijo que la prisión preventiva tiene que ser la “última ratio”. “Para dictar una prisión preventiva tiene que comprobarse el peligro de fuga o el peligro de entorpecimiento del proceso penal”, explicó. Mazzaferri coincidió con la idea de la prisión preventiva como “última ratio del proceso”.

 

¿Imprescriptibilidad para los delitos de corrupción?

El consejero abogado Carlos Matterson preguntó a los concursantes si consideraban que los delitos de corrupción tienen que ser declarados imprescriptibles. “La prescripción es una autolimitación que se impone el Estado. Tenemos que ser cuidadosos, porque hay un plazo para investigar estos delitos. Esta herramienta está prevista para delitos de lesa humanidad, crímenes de guerra”, planteó Incardona, que estuvo casi una hora respondiendo preguntas.

“Quisiera hacer una distinción entre el instituto de la prescripción y la duración razonable de los procesos. Las decisiones de prescripción son de política criminal”, respondió Mazzaferri a su turno.

Viña dijo que “la imprescriptibilidad, por los tratados en materia internacional que firmó la Argentina, tiene que seguir siendo una excepción”. Y habló de las deficiencias en el sistema de justicia.

–Cuando habla de las deficiencias no se referirá al Consejo de la Magistratura, ¿no? –bromeó Tonelli.

–Nooo, me refiero a que el Código es ineficaz –respondió rápido Viña–. Es inconcebible que no existan oficinas judiciales, que se repliquen tareas administrativas en las fiscalías. Si bien estoy muy de acuerdo con el principio de inamovilidad de los jueces, es necesario revisar los resultados que se obtienen de la función judicial.

El consejero abogado Diego Marías le preguntó a Viña su opinión sobre el instituto del informante y si estaba de acuerdo con que el Estado pague por información. “La figura del informante era utilizada antes de ser legislada bajo la forma de denuncia anónima. En ese sentido, es positivo que se la incluya. Aunque pagar a un informante es especialmente conflictivo porque lo excluye del control de la defensa. Igual no puede hacerse una valoración en abstracto sobre la figura sino que tiene que ser en concreto”.

 

Independencia judicial

A Incardona le preguntaron qué es un juez independiente y si conocía los tratados tendientes a garantizar este principio. “La independencia judicial está muy ligada a la imparcialidad, es una metagarantía, está por encima de todas las demás. Se trata de ser independiente no solamente de influencias externas. La imparcialidad es una herramienta imprescindible a la hora de pensar en la función judicial. Se trata de juzgar advirtiendo que uno o una lo tiene que hacer sin visiones estereotipadas”, dijo.

Finalizado el proceso de entrevistas, ahora la Comisión de Selección de Magistrados y luego el propio plenario del Consejo de la Magistratura deberán definir las ternas que elevarán al Poder Ejecutivo para cubrir las vacantes en al estratégica Cámara Federal porteña.

 

 

 

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