Tan Correntoso, que barre con las leyes

Leyes y derechos, burlados por las apetencias de los consentidos de Macri

 

Dos marcos jurídicos de interés colectivo están amenazados por un proyecto inmobiliario que pretende realizarse en el ejido municipal de Villa La Angostura, pequeña localidad patagónica donde el presidente Macri descansa a menudo. La “urbanización lago Correntoso y nueva costanera”, tal como está planteada hasta el momento, lesiona derechos del pueblo mapuche consagrados por convenios internacionales y el derecho interno, así como también la legislación protectora del bosque nativo fruto de un intenso y extenso debate en Argentina.

Criterios básicos de interpretación de la pirámide jurídica —por la que una ley es de rango superior a una resolución ministerial y a una ordenanza, por ejemplo—, están puestos en duda en la tramitación del proyecto que impulsa el fideicomiso Lago Correntoso ante despachos públicos provinciales y municipales, al menos en la documentación pública a la que hemos accedido hasta el momento.

La apertura del camino de acceso al lote de 87 hectáreas que pretende urbanizarse es un duro anticipo tanto del impacto ambiental que supone todo el proyecto, como de la práctica de los hechos consumados por la que buscan imponerlo en forma articulada desde el fideicomiso y el estado. De consumarse, alterará de raíz la cuenca del lago Correntoso, territorio tradicional de las comunidades mapuche Paisil-Antriao (costa este, juridicción municipal) y Quintupuray (costa oeste, juridicción del Parque Nacional Nahuel Huapi).

La intención de capitales privados de lotear y urbanizar el área –de bosque intacto, amplia costa al Correntoso y magnífica vista a la cordillera de los Andes y el lago Nahuel Huapi— se remonta a la década del ’80, cuando un poblador mapuche fue despojado de esa tierra en un remate dudoso. Cambió de mano en varias oportunidades hasta que en 2010 inició los trámites en curso el fondo fiduciario integrado por hombres vinculados a la familia del presidente Macri y al club Boca Juniors, entre otros. La erupción del volcán Puyehue en junio de 2011, con sus impactos medioambientales y económicos, fue aprovechada para montar un andamiaje normativo impulsado desde el gobierno provincial (y acatado fielmente por el gobierno local) que nunca fue revisado en estos años a pesar que muchos aspectos podrían ser nulos o directamente ilegales, de acuerdo a la opinión de algunos especialistas consultados para esta investigación.

 

Zona roja

El fraccionamiento en 21 lotes para residencias, la construcción de una costanera, una marina sobre la costa y la apertura de caminos internos para el loteo están absolutamente prohibidos en la banda bosque indicada con el color rojo en la cartografía legal vigente en Neuquén. En el expediente administrativo de aprobación de la apertura de un camino de acceso no existe agregada ninguna autorización expresa ni detallada de la autoridad de aplicación de la ley 2780 de Ordenamiento Territorial del Bosque Nativo (OTBN), al menos hasta que tomamos vista el último día de febrero de este año. Aún cuando pudiera haberse agregado con posterioridad, el año pasado se inició un camino en zona roja para una urbanización no autorizada por la autoridad legal competente.

 

 

En acuerdo con el fideicomiso Terrazas del Correntoso del basquetbolista Emanuel Ginóbili, en el lote lindero continúa el desmonte para una servidumbre de paso de 2.700 metros de longitud y 5 metros de ancho. Esta antesala ya supone arrasar 1,34 hectáreas de bosque nativo andino-patagónico, según consta en el estudio de impacto ambiental sólo de la caminería de vinculación, no de todo el proyecto de urbanización, que se desconoce.

En el expediente administrativo del camino se repite en distintas fojas que todo está supeditado a la aprobación del ministerio de Ordenamiento Territorial, en su carácter de autoridad de aplicación de la ley 2780. El trámite se reactivó entre 2015 y 2016 con notas simples firmadas por el entonces ministro del área Bertoya, pero sin el dictamen de Consejo Consultivo Provincial exigido por ley. El Consejo Consultivo local de Villa La Angostura está desactivado desde hace años, confirmaron distintos actores sociales e institucionales que lo integraron en su momento.

 

 

A fines de 2016 el arquitecto Rubén Sidoni presentó notas simples de la dirección de Catastro de la provincia y de la delegación de Bosques de San Martín de los Andes, que el fideicomiso hizo valer como aprobación de la urbanización en las 87 hectáreas. La oficina local desconoció que Catastro no opina y ni aplica la ley de Bosques y que una delegación de Bosques no sustituye al Consejo Consultivo provincial, cuyo dictamen y acta de tratamiento del proyecto no está incorporado en el expediente, entre otras irregularidades que se advierten en una primera lectura.

Si la legislación protectora del bosque nativo está vulnerada, el derecho propio de los pueblos originarios es totalmente desconocido y negado en este caso. La ladera del cerro falso Belvedere cae en pendiente pronunciada a la costa del Correntoso en esa fracción que es parte del antiguo lote 9 reivindicado como territorio tradicional por la comunidad Paisil-Antreao. La integridad del espacio territorial está en riesgo, siendo de imposible reparación la intervención que supone una urbanización cualquiera.

Decimos cualquiera porque no existe un proyecto formal concreto para analizar y debatir. Aunque seguro no es cualquiera, tratándose del proyecto del concuñado del presidente y una trama de hombres y hombrecitos. En el medio de la trama y de los años se perdieron 13 hectáreas: hasta los ’90 el lote nomenclatura 16-20-051-6090 tenía casi cien hectáreas, desde que lo compró Radal S.A. el lote pasó a ser identificado como 16-RR-25-5770-0000 y se redujo a las 87 actuales, siempre dentro de las 625 del antiguo lote 9 de la colonia agrícola-pastoril Nahuel Huapi.

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