El margen de las universidades nacionales para sostener sus actividades se agota, mientras el trámite judicial que iniciaron en busca de recuperar su licuado financiamiento va evidenciando la pretensión del gobierno de estirar plazos y eludir desembolsos. Los argumentos con que lo intenta descubren con creciente nitidez su orden de prioridades, porque en la discusión presupuestaria que plantea como fondo de la controversia anida un programa económico de ganadores y perdedores.
El conflicto persiste por el incumplimiento por parte del Ejecutivo de la Ley de Financiamiento de la Educación Universitaria, en cuya sanción el Congreso insistió tras un veto presidencial. Por vía cautelar, dos instancias judiciales ordenaron implementarla en sus más urgentes disposiciones: actualizar salarios y becas a valores de noviembre de 2023. Diez días después de concluido ese mes inició su mandato Javier Milei, que cambió la motosierra de campaña por la más sutil y efectiva licuadora: la inversión pública en educación universitaria no se redujo nominalmente, sino en términos reales, por efecto de la erosión inflacionaria.
Los ejemplos más recientes son los aumentos nominales que el gobierno aplicó unilateralmente sobre los salarios universitarios: 2,5% en enero, 2,2% en febrero y 2% en marzo, contra registros inflacionarios oficiales de 2,9% en cada uno de los dos primeros meses del año y 3,4% en el tercero. El Ejecutivo ya ordenó, nuevamente sin acuerdos paritarios, liquidar los sueldos de abril con un incremento nominal de 1,7%. Habrá que esperar al conmemorativo 14 de mayo, cuando el INDEC publique su cómputo de inflación del mes, para saber en cuánto cifra el oficialismo el nuevo despojo.
Entre el miércoles 15 y el jueves 16, mientras las universidades públicas que lo integran realizaban jornadas de visibilización de sus urgencias, el Consejo Interuniversitario Nacional alertó en dos escritos que los retrocesos salariales configuran ya una amenaza a la integridad alimentaria de docentes y no docentes, cuyos padeceres o renuncias representan un riesgo inminente para el derecho a la educación superior de millones de estudiantes. Los que integran los hogares de menores recursos se ven además perjudicados por la merma en materia de becas, víctimas de similar licuación.
Al cierre de esta edición, la Justicia concedió al gobierno la suspensión en la ejecución de la cautelar hasta que se resuelva si su último recurso es o no elevado para la consideración de la Corte.
Alargue o penales
Firmadas por su nuevo presidente, el radical rosarino Franco Bartolacci, las presentaciones del CIN habían solicitado
- la inmediata ejecución de la medida cautelar que dos instancias judiciales le concedieron, para aplicar las partes de la ley referidas a recomposiciones de salarios y becas; y
- la resolución del planteo de fondo: la inconstitucionalidad observada en el decreto presidencial que, ante la insistencia del Congreso tras el veto, promulgó la normativa pero la dejó en suspenso.
La primera solicitud se sustenta en los fallos judiciales favorables y en la urgencia de su concreción, que el CIN funda en la naturaleza alimentaria del reclamo, por involucrar una pérdida salarial significativa en los hogares de docentes y no docentes. Por efecto inflacionario, trabajadores y trabajadoras del sector perdieron poco menos de un año de sueldos en los 29 meses de gobierno anarcocapitalista.
En el mismo escrito, el CIN requirió que se fijen multas diarias sobre los funcionarios responsables de incumplir la cautelar y se dé parte a la justicia criminal, para la investigación del delito de desobediencia. No sería la primera causa penal contra integrantes del plantel oficial por el desconocimiento de resoluciones judiciales, como atestigua esta nota de El Cohete sobre el caso del PAMI.
En el segundo escrito presentado, en que pidió una resolución a la controversia por la inconstitucionalidad del decreto, el CIN contestó los planteos que el gobierno repitió en cada apelación y deslizó que algunos de ellos buscarían la mera dilación del trámite. El organismo sospecha esa intención en la recusación a todos los magistrados que además sean docentes universitarios, por supuesto conflicto de intereses, y en la caracterización de la vía de amparo para la implementación efectiva de lo reclamado. “¿Acaso pretende el Ejecutivo que hagamos un reclamo administrativo y luego un juicio ordinario, mientras los docentes, no docentes, investigadores y becarios no llegan a fin de mes?”, se pregunta el escrito del CIN, que recuerda que el propio decreto presidencial que suspendió la aplicación de la ley reconoció el considerable atraso salarial respecto de la inflación.
Similar conclusión extrajo el organismo en relación con las recusaciones de magistrados. Dado que “la enorme mayoría de los jueces son docentes de universidades nacionales”, señaló, una respuesta afirmativa a las recusaciones produciría el deambular de la causa por “decenas de juzgados, hasta encontrar un juez que no lo sea”.
Durante el trámite del expediente, el gobierno propuso aportar como pruebas informes a elaborar, relativos a las transferencias realizadas a las universidades en 2025. El CIN advirtió que ese proceso abriría una larga cadena de “oficios interminables” a bancos y reparticiones, para obtener información inconducente, porque el reclamo no cuestiona lo transferido, sino la licuación inflacionaria.
Mientras corre el tiempo, el oficialismo busca insertar en el Congreso un proyecto para modificar la ley que incumple. Sus posibilidades de éxito son inciertas, porque el sistema universitario se distribuye en todas las jurisdicciones representadas en las Cámaras, a cuyas economías contribuye.
La Marcha y el plan
El Gobierno incluyó en las recusaciones a los tres miembros de la Corte Suprema, ante la que pretende interponer un recurso extraordinario federal contra la cautelar que resiste. Si lo aludido es un posible interés económico, el argumento para solicitar a los supremos que se excusen es endeble: como ocurre con el conjunto de jueces, juezas y fiscales que integran planteles docentes en universidades públicas, sus remuneraciones por actividades académicas no son significativas dentro de sus ingresos totales.
En el recurso que pretenden someter a juicio de la Corte, los representantes del oficialismo escribieron que
- la acción judicial viola la división de poderes, cuando su real objeto es prevenir los efectos de la suspensión del Ejecutivo de una ley aprobada y ratificada por el Congreso;
- ese decreto presidencial se apoyó en leyes previas que obligan a suspender nuevas normas que no prevean fuentes de financiamiento para aquello que dispongan, omitiendo que por encima se encuentra el mandato constitucional al Ejecutivo de aplicar las normativas que el Congreso ratifique tras un veto;
- la confirmación de la Cámara no contempló la sanción del Presupuesto 2026, un obsequio de sectores opositores que de todos modos no incluyó la derogación de la Ley de Financiamiento a la Educación Universitaria, como pretendía el oficialismo;
- las universidades gozan de autonomía y autarquía, dos condiciones que el gobierno desconoce cuando amenaza auditarlas por mano propia, y no lo eximen de la obligación de financiarlas; y
- no se cumpliría el requisito de daño presente o inminente dado que se cumplieron las transferencias presupuestarias de 2025 y se incluyeron en ellas incrementos salariales, sin aclarar que en ambos casos corrieron por debajo de la inflación e impactaron en miles de renuncias con riesgo cierto sobre el derecho a la educación.
Por detrás de los elementos formales emerge la cuestión de fondo, en última instancia referida a la puja distributiva. Para el gobierno, el cumplimiento de la Ley de Financiamiento de la Educación Universitaria rompería el sacro objetivo del superávit fiscal, al establecer un incremento de egresos en las cuentas públicas, pero no nuevos ingresos. Nada impide al propio oficialismo proponerlos, y en tal caso podrá verse a qué sectores elige proteger. El CIN señaló, por su parte, que el argumento contable elude el efecto inflacionario que también mejora nominalmente la recaudación fiscal.
Los magistrados intervinientes hasta el momento coincidieron en el nulo impacto de la inversión obligada por la ley incumplida, que la Oficina de Presupuesto del Congreso calculó en 0,23% del PBI. En el recurso que pretende elevar a la Corte, el Ejecutivo objeta la conclusión judicial, dado que el PBI mide actividad económica y no cuentas fiscales. Es tan cierto como que el grado de descalce entre uno y otras es fruto de las políticas económicas adoptadas.
El gobierno amenaza con una parálisis casi total del ámbito público nacional, en caso de que deba afrontar la recomposición del financiamiento y los salarios universitarios. No es la proporción histórica que se ha evidenciado.
Algo pulido en los estrados y brutal en las redes sociales, el discurso oficial coloca como supremo interés público al equilibrio fiscal que el arquetipo de endeudador crónico celebra cada mes.
No hay registros, en cambio, de que haya sido tomado como reivindicación o reclamo por manifestaciones multitudinarias como las Marchas Federales que sí han despertado las universidades que durante décadas significaron una oportunidad de movilidad social. La próxima quedó confirmada para el martes 12 de mayo, dos días antes de que el INDEC mida en números oficiales al más reciente despojo.
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