Trampa y anuencia

El gobierno de Juntos de Ramallo convalida que Ternium-Siderar tribute menos de lo que debe

 

La empresa Ternium-Siderar, de la transnacional Techint de Paolo Rocca, aprovechó los decretos nacionales que dispusieron el aislamiento social, preventivo y obligatorio (ASPO) con motivo de la pandemia de Covid-19 para declarar que su nómina de personal en relación de dependencia fue menor en los meses de 2020 en que se establecieron restricciones generales. Lo hizo para tributar menos en concepto de la Tasa por Inspección de Seguridad e Higiene (TISH) ante el municipio de Ramallo, donde está ubicada, que se calcula en relación a la cantidad de empleados de la empresa. Aunque Siderar no realizó despidos, se aferró –con la anuencia del gobierno local del intendente PRO Gustavo Perié–, a lo que expresa el artículo 71 de la Ordenanza Fiscal Impositiva, que para mayores contribuyentes –como Siderar– fija a la TISH “en función de la cantidad de personas efectivamente ocupadas por el contribuyente en jurisdicción de la Municipalidad de Ramallo”. Desde el Ejecutivo local pudieron objetar esa declaración, cruzándola con los datos de los aportes que realiza la empresa a los trabajadores en relación de dependencia para demostrar que no hubo baja de ocupados. La compañía declaró en abril 509 trabajadores menos con respecto a febrero de 2020, para tributar menos.

“La nómina de personal en relación de dependencia correspondiente a abril de 2020, a fin de liquidar la cuota 6/2020, de la Tasa por Inspección de Seguridad e Higiene ascendió a 2.739 personas”, expresa la nota de la empresa que justifica menos personal en planta, “considerando la situación generada por el Covid-19 y las restricciones generales al desplazamiento y circulación establecidas por el Poder Ejecutivo Nacional a través de los decretos 297/2020 y 355/2020, sus modificatorios y complementarios”. El gobierno local debió discutir la letra de la Ordenanza Fiscal Impositiva y señalarle a la empresa que esas personas resguardadas, que no concurrían por el cuidado al personal que la propia Siderar tenía obligación de asegurar por su lógica responsabilidad social, no se encontraban desempleadas, como afirmaba la declaración de personal inferior al registrado en febrero. Eso no ocurrió por la decisión política de que la empresa tribute menos.

 

 

Declaración de nómina de personal de Siderar de febrero de 2020.

 

 

Declaración de nómina de personal de Siderar de abril de 2020.

 

 

Ante una consulta para esta nota, desde la Unión Obrera Metalúrgica (UOM) de San Nicolás expresan que no existieron despidos ni suspensiones en 2020 en la planta Siderar ubicada en Ramallo. Por lo tanto, Rocca se aferró a los decretos nacionales para exponer que tenía menos trabajadores en planta, aunque eso no significara que tuviera menos cantidad de empleados. Lo que existió es un resguardo de esos trabajadores por parte de la empresa que, debido a los picos de contagio, debió tomar medidas para su disminuir la circulación. Pero para Rocca todo riesgo empresarial lo debe absorber el Estado y encontró en Ramallo un intendente que le permitió tributar menos –como contamos oportunamente en El Cohete a la Luna–, información que ahora profundizamos revelando las notas presentadas por la empresa y la anuencia del gobierno local. ¿Cómo proceden desde Tributos para corroborar si la declaración de empleados que dijo tener Siderar, mediante simple nota, es correcta? El director de esa dependencia del municipio de Ramallo, Ramón Locardi, no respondió a la consulta efectuada para esta nota. La tramparencia es lo que reina en el gobierno de Perié y se sabe quiénes ganan con ella.

Una tarea que se hacía en el gobierno anterior era el cruce de datos. Cuando se recibía la simple declaración de la empresa era cotejada con el formulario y comprobante 931, emitido por AFIP, que respalda el conjunto de aportes y contribuciones que realiza el empleador. De esa manera, se puede establecer fehacientemente que el número declarado sea cierto, tarea que se hacía a través de Tributos con las claves y accesos especiales que tiene la Municipalidad para tal fin.

En la causa que tramita en el departamento judicial de San Nicolás en la que Siderar objeta la cuantía de la tasa que la Municipalidad de Ramallo cobra, la empresa –como detallamos anteriormente– apuntó al costo de la TISH con un informe del Instituto Tecnológico de Buenos Aires (ITBA), según el cual debía tributar mucho menos. También presentó otro análisis donde calculó, de acuerdo al presupuesto municipal, cuánto le insumía prestar ese servicio de inspección. La jueza María Isabel Fulgheri, del Juzgado en lo Contencioso y Administrativo 1 de San Nicolás, siguió el camino empresarial de verificar una relación directa entre el costo de la prestación del servicio y su base imponible, a tono con el pedido de Rocca.

 

Los trabajadores de la planta cumplían con el ASPO y la empresa no los declaró para ahorrase impuestos.

 

 

Se realizó así un peritaje sobre el procedimiento por el que se determina la TISH en la empresa. Esa medida se concretó y el abogado de Siderar, Juan Carlos Marchetti, solicitó que se resuelva la cautelar porque el dictamen del perito Carlos Luciano Bianchi “ratifica en un todo el dictamen del Instituto Tecnológico de Buenos Aires”. La respuesta del asesor letrado de la Municipalidad, en línea con el buen trabajo de defensa realizado por su antecesor, el asesor Ignacio Zubiete, es que se rechace la medida cautelar de la empresa.

José Luis Torriani, actual abogado de la Municipalidad de Ramallo, reconoce que la empresa tributó menos de lo que le correspondía en su contestación en la causa judicial. “En los meses críticos de aislamiento, y como consecuencia de las restricciones obligatorias impuestas por la pandemia, la empresa ha presentado declaraciones juradas al Municipio con una baja sensible en la cantidad de operarios en planta, lo que en forma directa trajo aparejado una importante disminución en el valor de la tasa”, dice en su escrito, y agrega que “ha sido en el mismo período en el que las máximas autoridades del grupo anunciaron ganancias sostenidas de la empresa a pesar de la pandemia, producto del alto consumo del mercado interno”.

La “baja sensible” en “cantidad de operarios en planta”, producto de las restricciones, no significa que Siderar haya tenido menos empleados. Han sido resguardados, no desocupados. Pero Torriani se ocupa del área legal, y el haberles permitido que paguen menos en concepto de TISH fue una decisión tributaria del gobierno local ajena a su competencia, que es la de realizar una buena defensa judicial, como la está haciendo en la causa.

En el análisis realizado por Bianchi, que obra en la causa, se encuentra que refiere a la definición de los vocablos “riesgo” y “peligro”, para luego describir que el primero “estará presente en el proceso industrial de Ternium, pero que la probabilidad que sea un elemento de alta peligrosidad se encuentra disminuida”. El perito decide mostrar la cara buena de la empresa y destacar todo lo que hace para disminuir los riesgos, pero el abogado Torriani, de la Municipalidad, muestra la otra cara de ese riesgo –que se convierte siempre en peligro– y enumera, con razón y pruebas, los siguientes hechos:

  • 20 de diciembre de 2019: derrame de subproducto de carbón de coque proveniente del desagüe N° 2 de la empresa, con intervención de las autoridades competentes, dado el grave daño en medioambiente.
  • 10 de febrero de 2020: en la obra de Chimenea 4 del área de Coquería se vieron afectados seis empleados de nacionalidad española de la empresa Dominion, todos técnicos especializados que fueron trasladados con politraumatismos, y cuatro con fracturas de los miembros inferiores.
  • 5 de agosto de 2021: terrible explosión del Convertidor N° 1, producto de un desperfecto en una lanza de oxígeno que perdía agua de refrigeración.

 

Explosión en el Convertidor N°1 de Acería de la Planta General Savio de Siderar, ubicada en Ramallo.

 

 

El primer hecho señalado por el asesor letrado municipal en la causa da cuenta de que la empresa genera un impacto ambiental desfavorable para la comunidad de Ramallo y la zona. Eso no es tenido en cuenta ni por la empresa, que objeta la TISH y pretende tributar chauchas y palitos, ni por el gobierno local de Juntos, que le realiza una venia y adhesión al permitirle que en tres meses de 2020 tribute menos, perdiendo la Municipalidad más de nueve millones de pesos de recaudación.

Tal como se comprueba en los ejemplos detallados por Torriani, la empresa genera un fuerte impacto y peligrosidad en la zona en su labor. Uno de ellos es el impacto al río Paraná, que daña notablemente la característica de Ramallo turístico que tiene el partido. El viernes 20 de diciembre de 2019, tal cual fue descripto en la causa que tramita en el Poder Judicial de San Nicolás por el abogado del municipio, la Autoridad Marítima de Prefectura Naval Argentina fue anoticiada por el coordinador del puerto de la empresa Ternium –alrededor del mediodía– de que había una mancha de color oscuro sobre el lecho del río Paraná. Las autoridades verificaron lo acontecido y determinaron que la mancha era producto de las lluvias que desbordaron la acumulación del producto carbón de coque, que terminó impactando en el río.

“Han sido accidentes lamentables, hechos desafortunados, siniestros con daños de suma importancia en los que ha prevalecido el silencio llamativo de parte de la empresa”, señala Torriani en la causa que rechaza la cautelar de la compañía. El abogado de la Municipalidad de Ramallo no ahorra ironía al expresar en su contestación judicial que “sería interesante que se convoque a los representantes de la actora a que nos ilustre cuáles han sido las fallas que ocasionaron estos accidentes o, mejor aún, que nos indique qué parte del informe del ITBA no se ha logrado aplicar para evitar este tipo de episodios”. Recordemos que el informe del Instituto Tecnológico de Buenos Aires había calculado que la TISH que debía pagar la empresa era una suma veinte veces menor de la que tributa.

Con respecto a la explosión en el convertidor, el asesor letrado del municipio también señala en la causa que “basta con transitar hoy el camino que une San Nicolás con Ramallo a la altura de Ternium para observar el daño que dejó el estallido reciente”. Por ello sostiene que “resulta extremadamente difícil aceptar la posición de la actora al minimizar tal circunstancia, so pretexto que su empresa resulta ser, en cierto modo, infalible en materia de seguridad”. Añade que en Siderar existen “sectores de elevada peligrosidad” y que esa situación no sólo “afecta a los operarios de la planta, sino también a terceros contratistas, como es el caso de los operarios españoles gravemente lesionados, y hasta a cualquier ciudadano común, porque a partir de derrames en el río Paraná se ven afectados intereses colectivos, como es el daño al medio ambiente”.

Los daños ambientales ocasionados por el impacto de la producción que la empresa realiza, sumado a su deseo de objetar la TISH, debería llevar a que el gobierno del intendente Gustavo Perié –que tiene mayoría en el Concejo Deliberante– reformule el artículo 71 de la Ordenanza Fiscal Impositiva para que empresas como la de Paolo Rocca tributen por Ingresos Brutos devengados durante el período fiscal por el ejercicio de la actividad gravada, como lo hacen en el partido las actividades comerciales y hoteles. Pero, lejos de ello, el intendente GP (Gustavo Perié o Grupo Paolo) decide aceptar las trampas de la empresa, recaudando menos en desmedro de toda la comunidad. Pensar en una política tributaria progresiva donde puedan pagar más los que más tienen también debe ser un deber de los legisladores municipales y del intendente, si pretende contar con más recursos, algo que no sucede en Ramallo y que es una de las deudas a saldar. Difícil que los de Juntos (por Paolo) sean los que cumplan con esa tarea.

 

 

 

 

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