Un juez penal de Bariloche puso un escollo a la estrategia del Poder Judicial en favor de los grandes capitales y a la criminalización sistemática del reclamo del pueblo mapuche por el derecho al territorio tradicional. Marcelo Álvarez Melinger absolvió a Soledad Cayunao del cargo de presunta usurpación en perjuicio del empresario Hugo Alberto Barabucci, inversor de capitales de la Casa Real de los Emiratos Árabes Unidos en Río Negro. No hubo despojo, sino más bien un reclamo, sintetizó en la resolución que ingresó a última hora del jueves 9 de abril. Es más, consideró que debió investigarse la legalidad de las medidas tomadas por los responsables del establecimiento rural al repeler el supuesto despojo, en febrero de 2023. El espacio en discusión está junto a los ríos Alto Chubut y Foyel, pocos kilómetros abajo de sus nacientes, en tierras de alto valor medioambiental donde funciona un coto de caza mayor y un centro de inseminación y mejoramiento genético animal.
El debate oral y público del martes 7 permitió confirmar —al menos en parte— información dispersa, así como tener precisiones sobre el modo en que operan estos capitales a través de argentinos.
La embajada de la Argentina en Emiratos Árabes Unidos intervino en la gestión por la que el gobierno monárquico le donó dos millones de dólares a Barabucci para que compre la parcela de 14.600 hectáreas en conflicto sin ninguna condición —“hasta donde sé”—, según el testimonio del empresario que inició la denuncia penal. En 2017, cuando se concretó la compra-venta entre Barabucci y Marcos Marcelo Mindlin, era Presidente Mauricio Macri; la canciller, Susana Malcorra, y Fernando de Martini estaba al frente de la Embajada de Argentina en Abu Dhabi.
También precisó que dirige un club de polo contratado por el gobierno local, por lo que reside en Emiratos Árabes Unidos entre noviembre y abril, donde además tiene propiedades. Barabucci, 59 años, de Santa Fe, jugador de polo profesional, titubeó durante su declaración. Aseguró ser el propietario de la parcela en cuestión, a pesar de que la documentación disponible dice que lo es el fideicomiso Amaike, controlado por capitales árabes que reportan directamente al príncipe heredero al trono.
Aunque en este juicio no se discute ni la propiedad ni el mejor derecho al territorio —lo que correspondería al fuero civil—, fue notable el esfuerzo del Ministerio Público fiscal, la querella y los testigos de parte por desvincular a Amaike del conflicto. Los capitales de ese fideicomiso llegan en definitiva a través de una red de sociedades al emir Mohammed bin Zayed Al Nahyan, quien arribó por primera vez a la región el 23 de febrero pasado, cinco días antes de la ofensiva militar conjunta de Estados Unidos e Israel contra Irán. Los ataques alcanzaron a Abu Dabi, uno de los siete emiratos federados en Emiratos Árabes Unidos. Al Nahyan es la casa real que conduce este emirato.
Mismos hechos, otra interpretación
Álvarez Melinger empezó su veredicto poniendo distancia con dos fallos en los que el Superior Tribunal de Justicia (STJ) de Río Negro sentó su jurisprudencia contra “las vías de hecho” de la gente mapuche que ejerce su derecho al retorno o recuperación territorial. En este caso, no se probó ni violencia ni clandestinidad, afirmó. De este modo, se anticipó a la argumentación de manual que sostienen las fiscalías en toda la provincia y los defensores dogmáticos de la propiedad privada contra la demanda territorial mapuche-tehuelche.
Barabucci (o quien sea el propietario formal) no fue despojado ni total ni parcialmente de la parcela, ya que de todos los testigos y documentación aportados surge que jamás perdió el control real del lugar, es decir, la posesión, sostuvo en su fallo cuyos fundamentos se conocerán en los próximos días.
En febrero de 2023, alambradores del establecimiento rural Alto Chubut encontraron a un grupo de gente mapuche en un puesto improvisado en “el plantel”. Este sector de buenas pasturas está ubicado a más de 1500 metros sobre el nivel del mar, por donde se accede a tres lagunas de aguas permanentes y el nacimiento del río Jacinto. Acudieron al lugar el encargado de la empresa, Andrés “Cané” Saint Antonin, y el capataz para exigir el retiro del grupo. Días después, los empleados de la empresa regresaron y ya no estaban, e identificaron a Soledad Cayunao, entre otras personas de la zona, como miembro del grupo que se había retirado. Desmantelaron el puesto de montaña precario, cuyos elementos entregaron a la policía local a propuesta de la Fiscalía de El Bolsón. Esa acción debió haberse investigado, ya que pudo haber sido despojo en perjuicio del grupo mapuche, advirtió el fallo.

Ningún elemento probó que Cayunao hubiera desarmado el puesto de veranada, a pesar de que se colocaron cámaras de seguridad en el lugar y se retiraron las tarjetas de memoria que no se exhibieron durante el juicio, precisó el juez. Sólo se exhibieron las fotografías que tomó una escribana pública llevada al lugar por los denunciantes, pero no las grabaciones de las cámaras con sensores de movimientos que hubieran ofrecido un rango temporal mucho más amplio y preciso.
A la vez, otorgó relevancia a las afirmaciones de los alambradores y de la Policía rionegrina sobre las características del alambrado perimetral en ese sector, escarpado, de muy difícil acceso y dificultad material para establecer el límite entre la parcela de Barabucci y la de su vecina mapuche Irma Cayunao. En definitiva, dio cuenta de que la unidad territorial y la vida en el territorio son muy diferentes al dibujo de un plano o un registro burocrático.
Aunque en este escrito no lo desarrolló, mencionó la práctica tradicional de arreo de animales en el ciclo veranada-invernada, para lo que es frecuente y necesario levantar refugios o campamentos, uno de los argumentos de la defensa a cargo de Martín Palumbo y Milton Díaz.

Este mismo juez tuvo una intervención muy controvertida en otro juicio contra la Lof Buenueleo de Bariloche en 2022, lo que aumentó la expectativa por su fallo en relación a la Lof Cayunao. Empezó su veredicto poniendo distancia con dos fallos en los que el Superior Tribunal de Justicia (STJ) de Río Negro sentó su jurisprudencia contra “las vías de hecho” de la gente mapuche que ejerce su derecho al retorno o recuperación territorial. En este caso, no se probó ni violencia ni clandestinidad, afirmó.
Álvarez Melinger ingresó a la carrera judicial provincial en 1990. A principios de 2020 fue designado juez de juicio en la Tercera Circunscripción con asiento en Bariloche.
Febrero ardiente
El empresario Andrés Saint Antonin, testigo de la querella, es un conocido actor de la conflictividad territorial en la cordillera. Inconfundible, su timbre de voz, altanero de tan seguro. El mismo jinete de a caballo que golpeó y arrastró varios metros a la reportera gráfica Alejandra Bartoliche durante la marcha por el libre acceso al lago Escondido, el 1 de febrero de 2023. Con la adrenalina de la patoteada sangrienta en favor de Joseph Lewis, días después hizo 45 kilómetros campo adentro, en el paraje El Foyel, para subir a caballo hasta la veranada “El Plantel”, que los nuevos dueños rebautizaron como “Puesto Blanco”. No era la primera vez; lo había hecho al menos dos veces antes, cuando su patrón era el zar de la energía argentina, Marcelo Mindlin, para destruir los puestos y confrontar con los hermanos Benavídez.
Como testigo, al presentarse a sí mismo, dio cuenta del movimiento de los capitales y de actividades económicas desconocidas dentro de los territorios aislados. Se presentó como empresario agropecuario. Dijo que administra trece propiedades rurales en la zona, entre ellas, las de Amaike, Barabucci y la vecina Río Foyel S.A. Insistió en asegurar que el predio en conflicto es propiedad del ex polista santafecino, no de un fideicomiso. Tiene a su cargo la actividad del coto de caza “Futan tue”, donde funciona un criadero de ciervos, un laboratorio para inseminación y transferencia embrionaria y mejoramiento genético de especies que no identificó.
Relató que arribó a donde estaba el grupo que ingresó sin autorización, identificando a Soledad Cayunao, entre otrxs. “Al día siguiente se habían retirado. Dejaron unos nylon y pertenencias”, reconociendo que había cesado el supuesto intento de despojo. Precisó que entre la base del complejo del coto de caza y el sector “El Plantel” hay unos 500 metros de diferencia en la altura, un escorial de piedra escarpado para subir. Todos los testigos dijeron que accedieron a caballo. De todos modos, al menos en una oportunidad hace unos años, descendieron materiales en helicóptero, de acuerdo con el testimonio de los pobladores del lugar.
El predio está alambrado desde 2008 o 2009, informó. Justamente, el inicio del alambrado olímpico para un futuro coto de caza alertó sobre cambios en el viejo conflicto de la comunidad Kom Kiñé Mu (KKM) con un terrateniente de la zona, que ocupaba sin título de propiedad. Esa tierra fue parte del paquete de la maniobra de transferencia masiva de tierra pública (unas 70.000 hectáreas) a capitales privados, desconociendo la legislación vigente en materia de tierras fiscales y de los derechos de los pobladores mapuche o criollos que sostenían las formas de vida tradicionales. Una comisión investigadora de la Legislatura rionegrina analizó (2012-2015) el plan sistemático de apropiación que se materializó entre 2006 y 2011 desde el Estado con la participación de agentes inmobiliarios y estudios jurídicos. Este juicio es, de algún modo, efecto colateral del desconocimiento de las conclusiones de esa investigación con rango de ley.
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