Volver a la colonia

Ley Bases: más desigualdad y cláusula cerrojo al desarrollo

 

El martes 30 se le dio media sanción al proyecto de ley bases. A continuación, un breve resumen y análisis de los principales puntos:

 

Paquete fiscal

  • Regularización de activos o blanqueo: en resumen, es un mecanismo de exteriorización extremadamente laxo, con nulos controles en materia del origen del dinero y sin cruzamientos con la capacidad contributiva de quienes declaren los activos. En principio, el costo de blanquear oscila entre 5, 10 y 15% (tres etapas según el momento de ingreso). Pero en realidad se complementan con dos esquemas extremadamente generosos: la exteriorización de hasta U$D 100.000 se puede realizar a tasa cero y sin repatriación (lo que habilita a multiplicar blanqueadores de dinero que no es de origen propio), y si blanqueo repatriando, es decir, depositando en una cuenta bancaria local y lo mantengo hasta diciembre de 2025, la tasa cero no tiene tope. Como corolario: permite blanquear vía criptomonedas, lo cual, sin exigencia de origen de fondos, es una puerta al lavado.
  • Cambios en Bienes personales: el espíritu de la reducción de este impuesto patrimonial es reducir su peso e incentivar al blanqueo. Se reduce progresivamente (hasta 2027) la carga tributaria para los más ricos, siendo especialmente beneficiados unos 125.000 contribuyentes que hoy pagan 2,25% de alícuota. La nueva alícuota llega a 0,25% para todos en 2027. Complementariamente, se implementa un nuevo régimen que permite al gobierno adelantar recaudación de cinco años (afectando incluso ingresos del próximo gobierno), y que beneficia a los titulares del impuesto con estabilidad fiscal hasta 2038.
  • Restitución del impuesto a las Ganancias: alcanzará a 1,2 millones de personas, pero como carece de actualización automática hasta 2025, podrían terminar el año pagando unos 2 millones de trabajadores. La norma además elimina todas las eximiciones previstas en la ley anterior (aguinaldo, horas, guardias médicas, ropa de trabajo, etc.).
  • Monotributo: contiene una lógica suba de escalas, que corrige el atraso actual. El proyecto de ley original eliminaba la herramienta del monotributo social para aquellos cuentapropistas de menores ingresos, una herramienta que subsidiaba el aporte previsional y el 50% del pago de la Obra Social, lo que hubiese perjudicado a 600.000 monotributistas (pasarían a tener un aumento del 700%). El oficialismo no quiso restituir la redacción original y decidió postergar en 90 días una nueva propuesta superadora.

 

RIGI, privatizaciones y facultades para intervenir organismos

  • Régimen de Incentivo a las Grandes Inversiones (RIGI). La propuesta incentiva el ingreso de proyectos con un mínimo de U$D 200 millones de capital, con amplios beneficios tributarios y cambiarios y estabilidad fiscal por 30 años. Y con cesión de soberanía a la hora de controversias (se resuelven en el CIADI). No están establecidos sectores prioritarios, pero durante la sesión el diputado Miguel Ángel Pichetto, retomando al Presidente Milei, lo dijo con claridad: es para minería, petróleo y gas. A la usanza de los ‘90, también puede computarse como proyectos, con iguales beneficios, la compra de acciones hasta 15%. ¿Es buen o malo? Un breve análisis de un régimen de inversiones implica evaluar su impacto en la generación de dólares, la mejora fiscal, el cambio en la matriz productiva y la creación de empleo. En este caso se observa lo siguiente:
    • En materia de divisas, el régimen establece libre disponibilidad de 20% en primer año, 40% en segundo y 100% a partir del tercero.
    • En el plano fiscal, reduce ganancias a 25%, elimina Derechos de Exportación a partir del tercer año, permite el cómputo del Impuesto a los Débitos y Créditos compensatorio de ganancias, y otorga beneficios de IVA. Elimina derechos de importación. Impide que provincias y municipios modifiquen tributos sobre estos proyectos.
    • Cambio en la matriz productiva: no hay transferencia tecnológica sino que se beneficia al inversor extranjero, porque el local debe pagar aranceles por los insumos necesarios para producir el mismo bien de capital. Tampoco hay política de desarrollo de proveedores (ya el DNU 70 elimina el Compre Nacional y el PRODEPRO, Programa de Desarrollo de Proveedores). No exige agregación de valor.
    • Generación de empleo: al tratarse de actividades extractivas, con poco encadenamiento promovido, la creación será poca. No hay obligación de venta al mercado interno ni obligación de contratar en la Argentina y los sectores beneficiados no son mano de obra intensivos. En los últimos 15 años las actividades de agro, minería, petróleo y gas representaron 400.000 puestos de trabajo, solo el 6% del total de empleo registrado privado. Y no sufrieron ni subas ni caídas, ni cuando crecieron sensiblemente ni cuando cayó su actividad. En ese mismo período, sólo generaron 17.000 puestos de trabajo registrados privados directos.
  • Privatizaciones. Al igual que la Ley Bases original, hay privatizaciones totales y parciales, sin ninguna justificación económica que valide la selección arbitraria de las empresas a vender. De Loredo afirmó que eran “las más deficitarias”, pero el propio gobierno no aportó información alguna al respecto. El listado incluye: Aerolíneas Argentinas, ENARSA, Radio y Televisión Argentina, Intercargo, AySA, Correo Argentino, Belgrano Cargas, Sociedad Operadora Ferroviaria y Corredores Viales. En la privatización parcial se incluye Nucleoeléctrica Argentina y el complejo Yacimiento Carbonífero Río Turbio. Estas compañías son claves para garantizar la conectividad y federalismo en un territorio tan extenso como el nuestro, ya sea en materia ferroviaria de carga y de pasajeros, aérea, vial, aérea, postal y de radiodifusión. Asimismo, en el caso de AySA se trata de una empresa destinada a garantizar el derecho al agua potable y las cloacas en el AMBA, donde viven más de 14 millones de personas, mientras que ENARSA canaliza los subsidios energéticos e impulsa obras de infraestructura que promuevan el desarrollo de todas las regiones del país y garanticen la soberanía en materia energética, como el gasoducto NK, permitiendo la sustitución de importaciones e impulsando exportaciones. Muchas de ellas ya estuvieron en manos privadas y fue su fallida gestión la que terminó derivando en el retorno a la propiedad estatal (AA, AySA, Ferrocarriles, Correo y YCRT).
  • Amplias facultades para intervenir organismos y empresas del Estado. Los artículos 3 y 4 dan enormes facultades para que el Presidente pueda modificar estructuras, competencias, funciones e incluso disolver organismos. Como en el juego del salvavidas, se exceptuaron sólo algunos de renombre (tales como Conicet, Malbrán, CONEAU, CONEA, entre otros), pero se trata de 74 organismos que dependen de la decisión de Milei. Por ejemplo, el Banco de Datos Genéticos, la Administración de Parques Nacionales, Administración Nacional de Aviación Civil, ANMaC, Ente Nacional de Obras Hídricas de Saneamiento, SENASA, Tribunal Fiscal de la Nación, Hospital Posadas, Fondo Nacional de la Artes, Instituto Nacional del Cine, Servicio Meteorológico Nacional, Superintendencia de Servicios de Salud, por mencionar algunos. En el caso de las empresas, todas las que no han sido expresamente mencionadas para ser privatizadas pueden sufrir intervenciones que desvirtúen su rol y función. No es difícil presagiar las apuntadas por el Poder Ejecutivo en la ley bases de enero: ARSAT, Administración General de Puertos, BICE, Casa de la Moneda, Dioxitek, Fabricaciones Militares, Ferrocarriles Argentinos, Tandanor, Télam, por ejemplo.
  • Concesiones de Obras públicas (ley 17.520). Los cambios muestran similitudes con el régimen de contratos de participación público-privada (ley 27.328) que sancionó Mauricio Macri:
    • Se amplía el objeto de concesiones a infraestructuras y se habilitaría la concesión por plazo variable. Esto no es razonable, ya que la concesión supone el uso de bienes de dominio público y que el plazo determina la “ecuación económica financiera” de la contratación.
    • Ya no podrán concesionarse obras a entes públicos, lo que se encuentra en sintonía con la drástica reducción que propone este gobierno, junto con la privatización de Corredores Viales S.A. Las obras públicas quedarán en manos del sector privado. No sólo se eliminan riesgos para contratistas sino que se deroga que la concesión tenga como objeto “un abaratamiento efectivo de tarifa”.
    • En línea con el RIGI, se prevé que las disputas no sean resueltas por el Poder Judicial nacional sino por Tribunales arbitrales extranjeros.
    • También se dolarizan los contratos públicos. Se podrán fijar precios y remuneraciones de contratos en moneda extranjera y “el Estado Nacional sólo se liberará si el Concesionario percibe las cantidades comprometidas en la moneda pactada”.
    • Como ya alertó Cristina Fernández de Kirchner, los anteriores contratos de obra pública serán paralizados, o bien reconducidos a estas concesiones a medida de empresas. Curiosamente, no se tocarán los contratos vinculados a energía.

 

Reforma laboral, blanqueos y moratoria previsional

  • El Título V de la Ley Bases se denomina “modernización laboral”, pero es más preciso hablar de regresión laboral. Se derogan todas las sanciones a los empleadores, a saber: por trabajo en negro, por pago de parte del salario en negro, por registro tardío (falso) de una relación laboral, por contratación laboral en fraude a la ley (interposición de falso empleador), por falta de entrega de certificado de trabajo y aportes del artículo 80 del régimen de contrato de trabajo, por falta de pago de indemnizaciones por despido e incluso por quedarse el empleador con el dinero retenido a los trabajadores por aportes. Se configura así un sistema de registración particularmente laxo, donde al eliminarse las multas por las derogaciones efectuadas, finalmente da lo mismo registrar o no.
  • También legaliza el fraude: los tercerizados, que podrían ser contratados por empresas fantasma, testaferros o empresas contratistas que se declaren insolventes, ya no pueden exigir derechos (vía responsabilidad solidaria) a la empresa principal. Esto es el artículo 29 de la Ley de Contrato de Trabajo, que ni siquiera Videla con su Ministro de Trabajo Horacio Liendo pudieron tocar de la Ley Centeno de 1974.
  • Permite tener hasta cinco trabajadores sin registrar, llamados pomposamente “colaboradores”. La figura en sí es una invitación al fraude laboral, donde uno de los trabajadores será más que un colaborador y dará órdenes a los demás.
  • Incrementa el periodo de prueba. Actualmente es de tres meses. Se sube a seis meses. Por CCT se pueden subir hasta ocho meses en las empresas de seis y hasta 100 trabajadores; y hasta un año en las empresas de hasta cinco trabajadores. En el caso de las de más de 100 trabajadores, gozarán de seis meses de periodo de prueba.
  • Se establece la posibilidad de definir bajo convenio el fondo de cese laboral en reemplazo de indemnizaciones, se establece la validez de los despidos discriminatorios, se desvirtúan las bolsas de trabajo agrario, también se deroga el estatuto del viajante de comercio.
  • En materia de empleo público, el Titulo II de Reforma del Estado, capítulo IV de la Ley, es absolutamente regresivo. Ahora se puede pasar a un trabajador/a a situación de disponibilidad hasta por 12 meses, y si no es reubicado queda automáticamente desvinculado de la Administración Pública Nacional. Se quitan todas las protecciones de despido para aquellos trabajadores que se encuentren de licencia por enfermedad o accidente, por embarazo y por matrimonio. La movilidad del personal de una dependencia a otra, dentro o fuera de la misma jurisdicción presupuestaria, si bien es una atribución del empleador, estará sujeta a la regulación que se establezca en los convenios colectivos celebrados en el marco de la Ley 24.185, donde se eliminó el consentimiento expreso del trabajador. Se endurece el sistema disciplinario y se restringe el cobro de la contribución solidaria sindical.
  • Blanqueo laboral con reconocimiento de aportes, pero eliminación de la moratoria previsional. Si los empleadores tienen condonación de multas, extinción de acción penal por quedarse con aportes de los trabajadores y hasta reconocimiento de 60 meses de contribuciones por declarar trabajadores sin registrar, a los trabajadores se les niega esa posibilidad de reconocimiento de aportes para jubilarse. Las más afectadas son las mujeres, siendo que el 90% no tiene los 30 años suficientes para jubilarse. El cuadro que sigue, de CEPA, es contundente al respecto.

 

 

 

Los argumentos del oficialismo

En el debate en el recinto, sorprendió que el oficialismo y sus aliados defendieran proyectos con argumentos extremadamente endebles sobre los beneficios económicos que implicarían para el conjunto de la sociedad. Entre las afirmaciones, se dijo que:

  • Permite recaudar y así ordenar las cuentas públicas.

Según la Oficina de Presupuesto del Congreso, el paquete fiscal no implica una mejora de la recaudación, sino que cambia su composición interna: “la reforma del Impuesto sobre los Bienes Personales reduciría la carga tributaria de ese impuesto en un rango de 0,33% en 2024 a 0,61% en 2027 del PIB, según el período fiscal y los supuestos adoptados”, lo que se compensa levemente por “la reforma del Impuesto a las Ganancias”, que “incrementaría la recaudación de ese tributo en 0,5004% del PIB sobre la base del período fiscal 2024 completo. El incremento sería de 0,3004% suponiendo una aplicación de siete meses durante 2024”. Todo esto se agrava por la “eliminación del Impuesto a la Transferencia de Inmuebles, que tiene un impacto teórico estimado de 0,0161% del producto para el período fiscal 2024 y de 0,125% del PIB suponiendo una aplicación de ocho meses durante 2024”. Para el año 2027, la reducción en recaudación a los más ricos, en BBPP, significaría perder recursos por 0,61% de PBI, profundizando el resultado negativo para las arcas públicas (agravado por el hecho de que, en adelante, se impide que se vuelva a gravar el patrimonio con un impuesto que se denomine distinto pero tenga la misma base imponible). En resumen, los datos para 2024 son los siguientes:

 

Impacto del paquete fiscal en 2024, OPC, abril 2024

 

Por otro lado, el RIGI supone aumento de gasto tributario. Peor aún, en caso de venta de acciones implicaría dejar de percibir recursos que hoy se reciben. Aquí el detalle de las reducciones tributarias del régimen:

 

 

 

  • Promueve el ingreso de dólares genuinos. FALSO

Si bien en la fase 1 podrán entrar dólares para compra de cartera o inversión en actividades extractivas (en carpeta, y que ya pensaban hacer), en la fase 2 (desde el año 3), el RIGI no exige que las exportaciones se liquiden en la Argentina, lo que no podrá modificarse en próximos gobiernos, ya que cualquier modificación de las condiciones de estabilidad abre las puertas a la judicialización en el CIADI. En el caso del blanqueo, los beneficios otorgados sin necesidad de repatriar capitales hacen difícil imaginar un ingreso sustancial de dólares por esta vía, a la par del carácter opaco de las eventuales repatriaciones que colocan a la Argentina casi en una plaza financiera para el lavado.

  • Se afirmó durante el debate (véase diputado Massot) que, gracias a los cambios que la ley tuvo desde enero, hoy se evita el industricidio porque se eliminó la suba de los de derechos de exportación a la industria. FALSO

El RIGI, precisamente, abre la puerta a la destrucción del entramado productivo en la medida en que no sólo no exige componentes nacionales para las inversiones, sino que coloca tasa cero a los derechos de importación para traer bienes de capital e insumos importados. La extranjerización ocurre en la medida que también se puede entrar al régimen adquiriendo empresas argentinas y siendo beneficiario de las bajas tributarias.

  • La ley permite generar empleo. FALSO

Asumir que el perdón de multas y sanciones y la extinción de acciones penales a empleadores conllevaría, junto con la legalización del fraude (tercerización y cinco colaboradores sin relación de dependencia como nueva normalidad), a la contratación de trabajadores, pareciera a esta altura un acto de ingenuidad. El gráfico que sigue muestra que los periodos de flexibilización laboral no fueron acompañados de mejora en la tasa de desocupación. A la inversa, más garantías laborales no fueron obstáculo para la creación de empleo en tiempos de expansión económica.

 

Evolución de la tasa de desocupación y medidas laborales, 1989 – 2021

Fuente: CEPA.

 

En definitiva, la ley bases es un paquete que configura una Argentina más regresiva e injusta en el plano tributario y más desindustrializada y extranjerizada en su aparato productivo, a partir de un régimen de inversiones colonial, que supone una cláusula cerrojo al desarrollo, convirtiendo a la Argentina en un nuevo enclave extractivista por 30 años. La ley también propone una Argentina donde la informalidad es una nueva normalidad: da lo mismo registrar que no registrar, cumplir que no cumplir, ante AFIP y ante ANSES, impuestos y contribuciones patronales. Si alguna vez cumpliste, no la viste. Era mejor evadir.

 

¿Qué país construye Milei para el poder económico?

Argentina for sale: las bases de un proyecto extranjerizante

En enero de 2024 Milei habló en Davos. Lo hizo frente a un auditorio de grandes empresarios internacionales, es decir buena parte de la elite económica mundial. En el cierre de su discurso intimó a los empresarios a “no dejarse amedrentar”. “Ustedes son benefactores sociales, son héroes. Que nadie les diga que su ambición es inmoral... Ustedes son los verdaderos protagonistas de esta historia. Y sepan que, a partir de hoy, cuentan con un aliado inclaudicable en la Argentina”.

La ley que promueve, pero particularmente el Régimen de Incentivos a las Grandes Inversiones con media sanción en Diputados, va en sintonía con aquella promesa, ilustrando, además, su política de alianzas.

En la última semana se publicó en la revista Forbes una interesante entrevista realizada a Robert Mc Ewen, bajo el sugestivo título de “el magnate canadiense fascinado con Milei que quiere invertir en la Argentina”.

 

 

Esta entrevista resulta ilustrativa del devenir de nuestro país en caso de aprobarse la Ley Bases. ¿Por qué? ¿Qué dice este empresario? A continuación, trascribimos alguna de las principales definiciones:

“Teníamos una mina sindicalizada con un acuerdo que estaba vigente hace 40 años y que yo quería cambiar porque lo veía muy perjudicial para la empresa. Entonces, iniciaron una huelga que duró 46 meses. No produjimos ni una onza de oro en todo ese tiempo. Cada vez que volvíamos a la mesa de negociaciones, les ofrecía menos dinero que antes. Eso llevó a que me amenazaran de muerte y tuve que reemplazar todas las ventanas de mi casa por vidrio blindado porque recibía ataques”. 

–¿Nunca pensaste en ceder ante los reclamos del gremio?

–No, yo sabía que era algo que había que hacer. Y al final del día el sindicato decidió irse. Fue el primer caso en la historia minera de Canadá o Estados Unidos en que un sindicato se retiró de una mina. Y después de que terminó la huelga, pasamos de producir 50.000 onzas al año a 500.000 onzas al año. Nuestro costo de producción pasó de 360 dólares por onza a 60 dólares”.

–¿Le pediste algo en particular para poder desarrollar el proyecto?

–Creo que todos los que están considerando una inversión en minería están buscando estabilidad. Estamos buscando libertad para mover el dinero de un lado a otro, traerlo al país sin que el dinero sea confiscado. Y luego, cuando estás obteniendo ganancias, estás reinvirtiendo en el país, pero también quieres sacar ganancias del país. Quiero decir, cualquiera que dirija un negocio no comienza un negocio para dejar todo su dinero allí”.

En resumen, eliminación del sindicato, salarios pulverizados, rentabilidad extrema y disponibilidad absoluta de divisas. Todo lo escrito en la Ley Bases. Estas son las condiciones que pretende garantizar Milei con el RIGI y el resto de las normas. De hecho, la minería es uno de los sectores mencionados por Milei de los que vendría la recuperación económica.

 

Los héroes locales

Las facilidades para el desembarco en la Argentina que Milei ofrece a los mega-ricos del mundo se complementan con la ostensible alianza que se forjó con los mega-ricos locales. Recientemente se publicó en la revista Forbes quiénes son los seis más ricos de la Argentina: Marcos Galperín, dueño de Mercado Libre; Paolo Rocca, al frente de Techint; Alejandro Bulgheroni, de Pan American Energy; Gregorio Pérez Companc, del Grupo Pérez Companc, dueño de Molinos Río de la Plata entre otras sociedades; Eduardo Eurnekián, al frente de Corporación América, y Eduardo Costantini, dueño de Consultatio. Con mucha facilidad se pueden encontrar declaraciones de apoyo explícito al gobierno y también los cargos ocupados o políticas impulsadas que los benefician. El caso YPF es elocuente: en la compañía a cargo de Marín (acompañado por Ottino), provenientes de Tecpetrol/Techint, y con participación de representantes de Eurnekián (Posse y Rolandi) y de Mercado Libre (Vázquez), se acaban de aprobar 70.000 dólares mensuales para cada uno de los miembros de su directorio.

 

 

Si quedaba alguna duda sobre la orientación de la Ley Bases, fue el propio ministro de Economía quien, en la última semana, aclaró esas dudas en sendas intervenciones que podés ver en los videos a continuación.

  • El lunes pasado les dijo a los empresarios que la baja de Bienes Personales –no su eliminación– era para evitar que las provincias aplicaran impuestos similares: “Si nosotros no pusiéramos aunque sea esa alícuota baja, mañana la provincia de Buenos Aires le puede poner el impuesto en 2% y deberían pagarlo”.
  • También aclaró: “La mayoría de acá son empresarios, no les tengo que decir a ustedes las cosas que tiene la ley que los favorece, empezando por la reforma laboral”.

 

 

Los empresarios mencionados más arriba se reunieron recientemente en el Hotel Llao Llao, a instancias de otro empresario cercano, Eduardo Elsztain del Grupo IRSA. Allí, Milei los apañó al sostener que los fugadores argentinos eran, en realidad, “héroes”.

Pero no fueron sólo palabras. Como describimos, la Ley Bases les permite el blanqueo [1], les otorga grandes beneficios a través del RIGI y habilita a una nueva ronda de privatizaciones como sucedió en los ‘90, donde buena parte de estos empresarios lograron pingües negocios.

Esto último resulta de particular trascendencia para el círculo rojo de Javier Milei. Eduardo Elsztain, dueño de la constructora IRSA, está interesado en el negocio inmobiliario de Radio y Televisión Argentina, que en caso de liquidación estará a cargo de la Agencia de Administración de Bienes del Estado, cuyo presidente, Nicolás Pakgojz, es ex funcionario de CABA y señalado como hombre ligado al desarrollo inmobiliario de IRSA en dicha ciudad. ¿Cuál es el negocio con la venta de AA e Intercargo? El recorrido es algo más sofisticado: traspasar la empresa del Grupo Aerolíneas, Aerohandling, a Intercargo, y con ello “limpiar AA”, ponerla más atractiva en la góndola y, a la par, condenar a Intercargo (que es superavitaria), lo que permitiría mejorar la posición de la empresa de rampas de Eurnekián para quedarse con el negocio que hoy ostentan Aerohandling a Intercargo. Para Correo Argentino, asoma el interés de Marcos Galperín, dueño de Mercado Libre, que podría beneficiarse de la estructura logística con la que cuenta la empresa postal. Por su parte, YCRT tendría a su termoeléctrica como principal foco de interés para su venta. En el caso de Nucleoeléctrica Argentina (NASA) han sido los propios trabajadores de Luz y Fuerza quienes denunciaron que el grupo Pérez Companc –dueño de CONUAR desde que el menemismo la privatizara– quiere participar allí.

Así, bajo el paraguas de la eficiencia del Estado, se impulsa un plan de negocios basado en la liquidación y remate de empresas y activos nacionales.

La contracara es el objetivo disciplinador hacia las y los trabajadores. La eliminación de todas las sanciones por incumplimientos contractuales en detrimento de los trabajadores no hace más que promover la no registración y limitar las posibilidades de reclamo frente a la patronal. A esto se suma la precarización a la brasileña, que permite contratar hasta cinco trabajadores con la figura del monotributo. Esto sucedió en Brasil en 2017: trabajador autónomo o monotributista que pueda prestar servicios a un único empleador, pero sin vínculo laboral permanente.

“Aun con divergencias en su interior, el objetivo compartido de esa comunidad reside en ‘ordenar’ la relación capital-trabajo en valores cercanos a una distribución del ingreso del 70/30. Es decir, condicionar a los trabajadores a quedarse con menos de un tercio de los ingresos nacionales”, escribíamos en enero de 2016 una nota titulada El plan 70/30. Con diferencias, Milei recorre el mismo camino acompañado de la reducción de la torta, es decir con un segundo efecto distributivo intra-capital: los grandes mejoran, los más chicos desaparecen.

En la práctica, esto implica un nuevo piso de salarios y jubilaciones (sin moratoria y con eje en jubilaciones privadas: cae seguridad social un 20% real). No van a seguir cayendo. Su recuperación será acotada porque ese es el objetivo.

Fue nada más y nada menos que el jefe de bancada de La Libertad Avanza quien, luego de un esfuerzo descomunal por intentar encontrar algún beneficio para los trabajadores en el proyecto de ley, terminó concluyendo que deberán seguir esperando: “En el futuro se van a beneficiar cuando bajemos impuestos”.

 

 

Para concluir, un meme que resume que todo.

 

 

[1] Incluye, por ejemplo, la posibilidad de recuperar la residencia argentina para aquellos que la hayan abandonado, sólo a los efectos de poder blanquear. Esta decisión tiene nombre y apellido: Marcos Galperín.

 

 

 

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