Volver del linchamiento

Absolución de una maestra acusada de abuso sexual infantil

Roxana Ortega advierte sobre la vulnerabilidad de los docentes frente a las denuncias.

 

“Yo creo que a este caso le jugó muy en contra la exposición mediática. En una ciudad tan chica, con redes sociales activas, con mi cara por todos lados llamándome ‘abusadora’”. El testimonio pertenece a Roxana Ortega, maestra de la Escuela 201 del barrio Los Aromos, de Trelew, quien el lunes 24 agosto fue absuelta en primera instancia por la jueza María Tolomei de la acusación de abuso sexual simple agravado, por ser encargada de la educación de tres menores. La decisión judicial llega más de dos años después de que la acusación se hiciera pública en redes sociales con un tratamiento mediático irresponsable que alentó el linchamiento a cielo abierto contra la docente y el establecimiento educativo en su conjunto.

Lo que a principios de junio de 2024 comenzó como una denuncia por supuestos maltratos de Ortega a sus alumnos de segundo año, un mes después se convirtió en una acusación de abuso sexual contra dos menores, al que se sumó otro menor siete meses más tarde. Estos delitos se habrían cometido en su mayoría durante los recreos. Ese es uno de los puntos más débiles de la acusación, ya que por protocolo la docencia en primaria está obligada a permanecer fuera del aula cuidando a los estudiantes.

Ortega se recibió de docente en 2012 y en 2023 titularizó en segundo grado de la Escuela 201 “Atilio Viglione”. Al poco tiempo solicitó licencia por maternidad y en abril de 2024 retomó su puesto de trabajo en el aula. La docente le informó a este periodista que el 3 de junio un grupo reducido de padres del curso denunciaron supuestos malos tratos hacia sus hijos. El 5 tuvo que ser retirada del aula y escondida en la biblioteca ante una manifestación de padres en el interior del establecimiento educativo, que era transmitida en directo por redes sociales.

Supervisión de Educación Primaria en Trelew decidió apartarla por un mes del cargo e iniciar una instancia presumarial. Lo que debió haber sido una investigación que implicase a todas las partes, nunca ocurrió, según Ortega. Entre el 9 y el 10 de julio comenzaron a circular escraches en redes sociales, con una acusación muy distinta a la original: de supuestos maltratos se pasó a supuestos abusos sexuales contra dos menores. La funa no se redujo a afiches en las redes sino que fue acompañada de la viralización de audios tomados por las propias familias con los testimonios de los menores “confirmando” los abusos.

La denunciada fue convocada por Supervisión el jueves 11 de julio. A poco de llegar al recinto fue detenida por la policía. La llevaron a su casa y le allanaron el domicilio durante aproximadamente seis horas. De allí la trasladaron a un centro de detención con celda de aislamiento. Al día siguiente, la jueza Ivana González decidió su prisión preventiva aduciendo peligro de fuga y posible entorpecimiento del caso. “La bebé –tenía 11 meses– interrumpe la lactancia, se enferma y, a partir de eso, certificado de la pediatra mediante, me otorgan la prisión domiciliaria el martes”, relata Ortega. El 12 de noviembre recobró la libertad.

Para ese entonces, la parte acusatoria recaía en el Ministerio Público Fiscal. Durante el transcurso del mismo mes, uno de los niños presentado como testigo en la causa le contó a su madre que también había sido objeto de abuso sexual. La denuncia se radicó recién en febrero de 2025. En esos meses, Gladys García se sumó como abogada querellante en representación de las familias. Un detalle no menor es que Olavarría es conocida en la provincia como una “abogada del poder”, por oficiar de defensora en varios casos rutilantes que tienen como principales acusados a dirigentes importantes de la política chubutense.

 

El fallo absolutorio

Tras más de dos años de espera, el juicio comenzó el lunes 3 de agosto. En la lectura de su fallo, la jueza María Tolomei señaló que, además de que no existen evidencias físicas del abuso sexual, los únicos relatos que se han producido fueron los tomados por la licenciada Furnari (Gabriela, psicóloga perteneciente al ministerio Público Fiscal) a los tres niños considerados víctimas. No hubo testimonios de otro profesional ni de quienes pudieron haber sido testigos directos de los hechos denunciados, o sea sus compañeros de clase.

Más adelante, la magistrada se vale del fallo 22.215 del Superior Tribunal de Justicia impartido por el ex juez Jorge Pfleger para la interpretación de la coherencia interna y externa de los relatos. “Hay coherencia interna cuando el relato expresa una evidencia posible, carece de alteraciones, no es contradictorio en sí mismo, es nítido y persistente”. Los testimonios de los niños carecen de estas propiedades, entre otras cosas describen que la maestra llevaba una maleta del tamaño de una mesa del que sacaba de su interior cintos, rebenques y un palo con pinchos para golpear a sus alumnos.

“Hay coherencia externa cuando se corresponde con evidencia palpable y con las demás circunstancias de la causa”, expresó Tolomei. Luego plantea que no hay coincidencia entre los relatos de los testigos y la acusación, y ni siquiera hay coincidencia entre lo que dicen los propios menores. La jueza también resaltó que no se respetaron las reglas esenciales establecidas por los protocolos existentes para interrogar a los niños en cámara Gesell.

En especial, hizo referencia al protocolo Nichd y a graves falencias en la conducción de los interrogatorios. Subrayó que los especialistas aconsejan no interrogar a los niños antes de la cámara Gesell para evitar la contaminación del relato, cuestión que en este caso estuvo lejos de cumplirse. “No es posible tener una mínima certeza sobre la confiabilidad de la información así obtenida”, manifestó.

“No afirmo con esto que los niños falsearan la información, pero ¿qué parte de la información es cierta y qué parte no? ¿En qué medida los recuerdos eran reales, implantados o inducidos? Imposible de determinar”, enfatizó Tolomei. Todo lo cual la llevó a afirmar que las acusaciones carecen de pruebas sólidas. De ahí la sentencia de no culpabilidad de Roxana Ortega y, con ella, su absolución en primera instancia.

Durante el juicio prestaron testimonio todos los compañeros de escuela de Ortega, quienes afirmaron la imposibilidad de que los docentes se encuentren en el aula mientras se desarrollan los recreos.

 

¿Falsas denuncias?

“Pensé en morirme”, reconoció, acongojada, Ortega. El linchamiento mediático durante los primeros días de la denuncia fue abrumador. Las semanas y los meses subsiguientes también fueron duros. La tenencia legal de su beba corrió riesgo. Para afrontar los gastos de la defensa, tuvo que vender su casa, lo que la obligó a volver a vivir con su madre. “Hicimos un esfuerzo familiar de endeudamiento para afrontar el caso”, reconoció.

Sin embargo, lejos de una postura revanchista contra las tres familias acusadoras, dirige sus críticas contra dos madres que motorizaron las acusaciones en el grupo de WhatsApp de padres del curso, pero que después se corrieron de todas las acusaciones formales contra Ortega. En especial, la maestra apunta al Estado como el principal responsable de su situación: en una primera instancia, Supervisión no investigó y luego la Fiscalía y el resto del Poder Judicial “no hicieron lo que correspondía”.

Sin dejar de reconocer su existencia, no parece inclinarse por la campaña pública y legislativa en favor de endurecer las penas contra las falsas denuncias. A pesar del torbellino de acusaciones públicas que le tocó atravesar, la docente se muestra prudente y no se inclina por las operaciones agitadas por la derecha política. Se asume como una fiel practicante y defensora de la ley de Educación Sexual Integral (ESI). Señala que no puede afirmar que sea una falsa denuncia porque entiende que del otro lado hay tres madres que escucharon a sus hijos. Y, agrega: “Sí ponemos en duda las formas y demás con cómo se manejaron. Además, la fiscalía nunca manejó otra hipótesis”. Al respecto, resalta que “una falsa o errónea denuncia con una buena investigación se cae”.

Ortega advierte que lo que ella vivió –y vive– le puede pasar a cualquiera, en especial a la docencia. “La docencia se encuentra muy vulnerable. A veces ni siquiera hace falta una denuncia. Con una simple queja te sacan”, lamenta. La maestra le reclama al Ministerio de Educación que acelere los trámites del sumario administrativo que le hicieron porque le imposibilita tomar un nuevo cargo. Ocurre que ella fue movida a tareas administrativas y le pagan lo correspondiente a un solo cargo. Por su antigüedad, puntaje y porque hay faltante de docentes en primaria, no sería un problema encontrar un segundo cargo, pero para que eso ocurra debe resolverse el susodicho sumario. Chubut tiene el salario con peor poder adquisitivo del país, alrededor de un millón de pesos por cargo para el iniciante, cuando la canasta familiar se encuentra entre los dos millones y medio y tres millones de pesos. El segundo cargo no es una opción, es una necesidad.

La maestra contó durante todo este proceso con el acompañamiento físico y simbólico de la mayor parte de la docencia local. El apoyo brindado en movilizaciones y redes sociales fue un factor fundamental para contrarrestar el linchamiento del que fue objeto.

 

 

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