Esta nota analiza dos hechos demostrables con documentos públicos: primero, que en 2024 empeoraron los indicadores de mortalidad infantil y de adultos mayores respecto de 2023; segundo, que en ese mismo año —y en los siguientes— el Estado nacional redujo en términos reales los recursos de los programas cuya función legal expresa es proteger la salud de esas poblaciones. La primera afirmación surge de los Anuarios de Estadísticas Vitales del Ministerio de Salud. La segunda, del presupuesto ejecutado publicado en el portal Presupuesto Abierto del Ministerio de Economía.
Lo que esta nota no afirma es que el ajuste causó directamente cada muerte. Establecer esa causalidad requeriría estudios de atribución epidemiológica que exceden cualquier análisis de contador o abogado. La mortalidad tiene determinantes multicausales. Reconocer eso no es una concesión al gobierno. Es precisión metodológica.
La tesis es más precisa y, por eso, más difícil de rebatir: el Estado tomó decisiones presupuestarias verificadas que degradaron su capacidad de proteger a los grupos más vulnerables. Los indicadores de mortalidad de esos grupos empeoraron. La obligación de explicar ese resultado recae sobre quienes tomaron las decisiones, no sobre quienes las documentan.
Los datos de mortalidad
La mortalidad infantil se mide en defunciones cada mil nacidos vivos. Ese cociente permite comparar años distintos: cuando nacen menos niños, puede haber menos muertes absolutas aunque el riesgo haya aumentado. En 2024 nacieron 413.135 bebés —el número más bajo del período reciente— pero la tasa subió a 8,5. Es el valor más alto desde 2022 y representa el mayor incremento interanual desde 2002.
Mortalidad infantil - 2023 vs. 2024

El incremento afectó a 15 de las 24 provincias. Corrientes, La Rioja y Santiago del Estero registraron subas de entre el 10% y el 20%. La mortalidad neonatal —primeros 28 días— pasó de 5,5 a 6 por mil. En 2021 se habían logrado cero muertes maternas adolescentes por aborto; en 2024 se registraron cuatro.
En adultos mayores, el número absoluto de fallecimientos subió en 21.276 respecto de 2023. La tasa pasó de 47 a 49,9 cada mil personas de 65 años y más.
Mortalidad de personas de 65 años y más - 2023 vs. 2024

El gobierno señalará —con fundamento— que estas tasas no son las peores de la historia reciente: los años pandémicos tuvieron valores más altos. Eso es cierto. Pero la comparación relevante no es con la pandemia. Es con 2023, el año inmediatamente anterior. Y en esa comparación, ambos indicadores empeoraron en el primer año completo de gestión.
El presupuesto en salud: 2023 como base, tres años de medición
Milei gobernó 2024 y 2025 sin presupuesto propio —prorrogó el de 2023 en ambos ejercicios—. El presupuesto 2026 es el primero que el Congreso aprobó bajo su gestión. Eso hace de 2023 la única referencia estable disponible para medir la evolución real del gasto. El cuadro que sigue usa 2023 como base y compara qué pasó en cada año posterior. Los datos provienen de fuentes de distinto signo político: la Oficina Nacional de Presupuesto (Ejecutivo), la Oficina de Presupuesto del Congreso (OPC, organismo técnico independiente), el Observatorio de Salud de la Universidad ISALUD y el CEPA. Cuando las tres fuentes convergen en la misma dirección, la convergencia es el dato.
Antes de leer el cuadro, una distinción imprescindible para no confundirse —y que el gobierno suele mezclar—: la Función Salud total incluye el PAMI, la Superintendencia de Servicios de Salud y las obras sociales. El Ministerio de Salud específico es el que ejecuta los programas de prevención, salud comunitaria, salud sexual y acceso a medicamentos. Son dos cosas diferentes. Cuando el gobierno anuncia que “la salud sube un 17%” habla de la función total. Cuando los médicos, las ONG y los medios se quejan, hablan del Ministerio y sus programas. Ambas cosas son ciertas y describen realidades distintas.
Evolución del gasto público en salud - base 2023, comparación 2024, 2025 y 2026

Lo que el cuadro muestra con claridad es que la distinción entre “función salud total” y “Ministerio de Salud” no es un tecnicismo: es la diferencia entre el anuncio y la realidad. La función total puede mostrar una leve recuperación en 2026 respecto de 2025, pero el Ministerio que ejecuta los programas de prevención —los que llegan a las maternidades, los centros de salud, los hospitales públicos y las personas mayores— sigue cayendo. Y esa caída acumula tres años consecutivos desde la base de 2023.
El cuadro se limita a los programas de salud. Pero para entender el ajuste en su dimensión completa, corresponde señalar —fuera del cuadro— lo que ocurrió con otros dos componentes del gasto público en el mismo período. Mientras salud, educación, desarrollo social y obra pública acumularon caídas reales de entre el 29% y el 31% respecto de 2023, la Secretaría de Inteligencia del Estado aumentó su ejecución un 23% real en 2024 y un 52% real en 2025, siempre comparado contra 2023. Los Servicios de Deuda Pública, por su parte, sostuvieron su peso en la estructura del gasto —representando el 8% del total en 2025— sin sufrir ajuste real equivalente al aplicado sobre los servicios sociales. Esa asignación de prioridades no es una lectura política. Es lo que muestra la ejecución presupuestaria publicada por el propio Ejecutivo Nacional.
Sobre el presupuesto 2026 en ejecución: ya en mayo, mediante una modificación presupuestaria, el Ministerio de Salud recibió un recorte adicional de 63.000 millones de pesos sobre lo que el Congreso había aprobado. El programa más afectado fue el de Acceso a Medicamentos, Insumos y Tecnología Médica. Las quejas que circulan en los medios tienen, entonces, sustento numérico verificable.
La dimensión jurídica: la obligación que el Estado no puede esquivar
El artículo 75, inciso 22 de la Constitución Nacional incorpora con jerarquía constitucional el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales (PIDESC). Su artículo 12 reconoce el derecho de toda persona al disfrute del más alto nivel posible de salud. La Observación General Nº14 del Comité PIDESC establece que ese derecho incluye la obligación estatal de garantizar el acceso equitativo a los servicios de salud, con énfasis específico en las poblaciones vulnerables: niños, adultos mayores y personas en situación de pobreza.
La doctrina constitucional argentina reconoce el principio de no regresividad: el Estado no puede reducir deliberadamente el nivel de protección de un derecho social sin demostrar que esa reducción es necesaria, proporcional y justificada. La carga de esa demostración recae sobre el Estado. Una caída acumulada de tres años en los programas de salud dirigidos a los grupos más vulnerables no es, en principio, compatible con ese estándar.
No es necesario probar causalidad directa para plantear incumplimiento constitucional. Es suficiente demostrar que el Estado redujo los medios destinados a garantizar un derecho, que los resultados empeoraron, y que el Estado no ha ofrecido explicación verificable sobre la compatibilidad de esas reducciones con sus obligaciones. Los tres elementos están presentes.
Lo que queda en pie
El gobierno puede responder varias cosas. Que heredó un sistema deteriorado: verdad, parcialmente. Que la inflación distorsiona las comparaciones: no, porque las caídas están calculadas en términos reales. Que el presupuesto 2026 recupera terreno con un aumento del 17% en salud: es cierto para la función total, falso para el Ministerio específico, que cae 13,7%. Que los datos de 2025 no están cerrados en mortalidad: también es cierto, y por eso esta nota no los afirma.
Lo que no puede responder es esto: en tres años consecutivos, el Estado redujo en términos reales los recursos de los programas de salud dirigidos a los más vulnerables. Los indicadores de mortalidad empeoraron en 2024, el primer año de esa reducción. El entorno presupuestario de 2025 fue igualmente adverso. Y el presupuesto 2026, medido en el Ministerio específico, sigue cayendo. Todo eso está documentado con fuentes oficiales. Y genera una obligación institucional de explicación que no ha sido cumplida.
Un país no se mide solo por si cierra el superávit. También se mide por lo que protege mientras lo cierra. Cuando los recortes caen sistemáticamente sobre salud comunitaria, salud sexual, acceso a medicamentos, PAMI y hospitales —y no sobre inteligencia ni deuda— la pregunta deja de ser técnica.
Es política, jurídica y moral. Y los números la responden.
* El autor es contador público, abogado y escribano.
Fuentes
- Datos de mortalidad 2023 y 2024: Anuarios de Estadísticas Vitales, DEIS, Ministerio de Salud de la Nación. Los datos de 2025 están en proceso de consolidación y no se incluyen en este análisis.
- Ejecución presupuestaria 2024 y 2025: Centro de Economía Política Argentina (CEPA), informes mensuales de ejecución de la APN base devengado, datos a diciembre 2025 (publicados enero 2026).
- Análisis programático 2024: Observatorio de Salud, Universidad ISALUD, octubre de 2024. Base: Oficina Nacional de Presupuesto, Ministerio de Economía (portal Presupuesto Abierto).
- Control independiente: Oficina de Presupuesto del Congreso (OPC), análisis de ejecución septiembre 2024 y análisis del Proyecto de Presupuesto 2026.
- Presupuesto 2026 aprobado: Chequeado, «Presupuesto 2026: educación, jubilaciones, salud y otros puntos clave de la ley aprobada por el Senado», diciembre de 2025. ACIJ, «Análisis presupuesto y derechos — Proyecto 2026», septiembre de 2025. Fundación Huésped, análisis programa VIH/ITS 2026, noviembre de 2025.
- Modificaciones presupuestarias 2026: Presupuesto Abierto, Ministerio de Economía; OPC, seguimiento de modificaciones 2026. Recorte adicional de $63.000 millones en salud documentado en mayo de 2026.
- PAMI: Fundación Soberanía Sanitaria, «PAMI: aumento de precios y recortes en la cobertura de medicamentos», julio de 2025. Resolución INSSJP 2431/2024.
- Marco jurídico: Constitución Nacional, art. 75 inc. 22. PIDESC, art. 12. Comité PIDESC, Observación General Nº14 (2000). Jurisprudencia CSJN sobre derecho a la salud y principio de no regresividad.
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